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Guía de estudio sobre diversos temas relacionados con los derechos fundamentales, vistos durante todo el semestre
Tipo: Apuntes
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¡No te pierdas las partes importantes!
DERECHO: conjunto de normas jurídicas que regulan la vida del hombre en la sociedad - palabra polisémica / diversificada
ponderación de derechos^ -^ poder judicial
los derechos humanos en la historia
está basado en la idea de que el derecho es un producto de la actividad humana se desarrolló a partir de los escritos filosóficos ingleses de Hobbes y Bentham y Kelsen considerado el pilar de esta corriente
proceso de racionalidad / cuestionamiento / bien o mal en el iuspositivismo no se puede tener una actitud ante un opuesto ya que pasa por un proceso legislativo y esta hace que la ley sea perfecta
la norma es lo que el hombre le da en su conjunto (lícito/ilícito) - la norma o te permite o te prohíbe
siglo 5 al 15, Roma^ -^ griegos / presocráticos / mesopotamia / romanos aparece un sistema de leyes - ius gentium y ius pretori
Aparece el cristianismo por medio de Constantino en el imperio romano; la edad media se ve muy marcada por dos instituciones. La religión y el Gobierno (sistema feudal / reyes y el papa)
Diez siglos en donde hay “opresión” gracias al privilegio del papa y el feudalismo señor feudal: aquel que impera sobre su reino, sujeto al rey santa inquisición
Cuando la edad media llega a su fin, en la modernidad, llegan los seres pensantes provocando “revolución” - ya no se atribuye al rey ni a Dios, etc.
estructura de las normas jurídicas norma moral : interna norma jurídica : externa = en la voluntad de las partes, se da una obligatoriedad si hay voluntad, se hace un acto jurídico, se da una obligación como concibe kelsen un sistema jurídico y de qué manera se convierte en obligatoria hechos para determinar si una norma pertenece a un determinado sistema jurídico norma fundamental: su función es autorizar la creación de una primera constitución tiene que haber una norma que sostenga el sistema jurídico constitución (ley superior / máxima / máximo ordenamiento jurídico) - ley - decreto -.... ley más inferior pirámide //// peldaños superior , inferior
teoría del derecho centrada en la protección de los derechos fundamentales y el control del poder estatal.
El garantismo es un modelo de derecho que limita el poder del Estado mediante normas y garantías jurídicas, para asegurar los derechos humanos y fundamentales.
● Legalidad estricta: El poder sólo puede actuar si hay una ley previa que lo autorice. ● Derechos fundamentales: Son el núcleo del sistema; el derecho existe para proteger a las personas. ● Garantías: Son los mecanismos (procesales, institucionales y normativos) que aseguran el cumplimiento y respeto de los derechos. ● Separación entre derecho y moral: Aunque reconoce valores éticos, el derecho debe funcionar con reglas claras y objetivas.
Especialmente en el derecho penal, donde defiende: ● La presunción de inocencia. ● El debido proceso. ● El principio de mínima intervención penal. Evita el abuso de poder y garantiza un Estado de Derecho justo y democrático.
jurista y filósofo del derecho brasileño, conocido por su crítica al derecho tradicional y su enfoque en un derecho más justo, plural y emancipador.
Crítica al positivismo jurídico ○ Rechaza la idea de que el derecho es solo un conjunto de normas impuestas por el Estado. ○ Cree que el derecho no debe separarse de la realidad social y la justicia.
Pluralismo jurídico ○ Defiende la existencia de múltiples formas de derecho, no solo el estatal (como el derecho indígena, comunitario, popular, etc.). ○ Reconoce los saberes y prácticas jurídicas de pueblos oprimidos.
Derecho alternativo ○ Promueve un derecho que sirva para transformar la sociedad y combatir la exclusión. ○ Está a favor de una justicia más participativa, democrática y cercana al pueblo.
Emancipación social ○ El derecho debe ser una herramienta para liberar y no para reproducir desigualdades. ○ Apoya la lucha por los derechos humanos, especialmente de los sectores marginados.
jurista mexicano conocido por sus aportes al garantismo penal en América Latina, influenciado por Ferrajoli, pero con un enfoque más aplicado a la realidad latinoamericana.
Garantismo penal latinoamericano ○ Adapta las ideas de Ferrajoli al contexto de violencia, desigualdad y debilidad institucional de América Latina. ○ Defiende que el derecho penal debe ser la última opción (última ratio) y usarse con límites estrictos.
Defensa de los derechos humanos
SIGLO XX teoría de la justicia - John rawls
Diferencias relevantes
tuvieran; las aptitudes pueden ser características de inteligencia, salud, algunos
GARANTÍA DE IGUALDAD Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse,salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
el 1º constitucional y el 2º se parecen; se reitera el primero^ -^ NEOCONSTITUCIONALISMO LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPED.pdf ART 1º - Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de interés social. El objeto de la misma es prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en los términos del Artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato. Discriminación: distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos
el principio de igualdad se configura como uno de los valores superiores del orden jurídico, ha de servir de criterio básico para la - hacer ley (art 73, 74 const) producción normativa
no significa que todos los individuos deban ser iguales en todo, ya que si la propia Constitución patrimoniales, está aceptando implícitamente la existencia de desigualdades materiales y protege la propiedad privada, la libertad económica y otros derechos económicas - excepción a la regla genérica el principio de igualdad no implica que todos los sujetos de la norma se encuentren siempre, en todo momento y ante cualquier circunstancia, en condiciones de absoluta igualdad, sino que dicho principio se refiere a la de no tener que soportar un perjuicio (o privarse de un beneficio) desigual e igualdad jurídica, que debe traducirse en la seguridad injustificado. - estatus social / reconocimiento por mérito / necesidades básicas
no implica que todos los sujetos de la norma se encuentren siempre, en todo momento y ante cualquier circunstancia, en condiciones de absoluta igualdad
el valor superior que persigue este principio consiste en evitar que existan normas que, llamadas a proyectarse sobre situaciones de igualdad de hecho, produzcan como efecto de su aplicación la ruptura de esa igualdad al generar un trato discriminatorio entre situaciones análogas, o bien, propicien efectos semejantes sobre personas que se encuentran en situaciones dispares, lo que se traduce en desigualdad jurídica.
Los tribunales deben ser especialmente exigentes con el legislador, desde la perspectiva^ -^ hecho / norma / relación = pasó o no del principio de igualdad (art 1º const.) - cuando la norma legal analizada utiliza para la configuración de su contenido normativo los criterios clasificatorios allí enumerados
exista una relación de instrumentalidad entre la medida clasificatoria y el fin
-^ pretendido primero se toma en cuenta la generalidad para después justificar el porqué de la
la idea de la igualdad es compleja pero el problema de la igualdad se puede resolver con COMPLEJO POR
art 1 párrafo 4 : Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
art 3 : Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación obligatorias, la inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.
Libertad de elegir qué tipo de educación quiere después de la educación básica la formación radica en etapas / circunstancias del estudiante^ -^ licenciatura la educación básica es fundamental - libre elección de objeto, forma, método y contenido, frente a cualquier injerencia externa. Esto supone la elección del programa, la bibliografía adecuada, la importancia que se da en clase a cada tema, etc.
desarrollo libre de la personalidad dentro del marco de la procreación, habla de la libertad de la sexualidad
No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito los asuntos políticos del país ; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar. No se considerará ilegal, y objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de u obligarla a resolver en el sentido que se desee violencias o amenazas para intimidarla.
obedece a ciertos parámetros y condiciones
art 11 : territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su salvoconducto u otros requisitos semejantes. subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad El ejercicio de este derecho estará criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país. Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones. LIBERTAD DE TRÁNSITO (DERECHO FUNDAMENTAL) - garantizada con una ley diversa
La libertad de circulación o de tránsito es una condición indispensable para el libre desarrollo de la persona cuatro dimensiones:
Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, devociones o actos del culto respectivo, individual o colectivamente, tanto en siempre que no constituyan un delito o falta público como en privado, en las ceremonias,
penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna. Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria LIBERTAD DE CREENCIA RELIGIOSA - juicio de valor = raciocinio = marco de la libertad
La idea de estado de derecho surge a partir del siglo 18, cuando la constitución se vuelve estricta; documento que pasa por un proceso legislativo. Así la ley se promulga, por el poder ejecutivo.el poder judicial la aplica - consagración de los 3 poderes la constitución escrita, viene de un proceso de raciocinio cuando la ley parte de este proceso de raciocinio, la ley parte de sí misma:
de la obligatoriedad sale el Estado de Derecho^ -^ sujeción a la ley = obligatoriedad de la ley derecho fundamental de la seguridad jurídica nada puede estar por encima de la ley para que el derecho sea respetado; y si no la ley misma se “sana” no puede quedar al arbitrio del juzgador(es); la ley misma “guia” como debe de llevarse a cabo, como debe corregirse
Perpetua. que sea posible a fin de que las personas puedan conocerlos y ajustar su conducta a lo que Principio que afirma que los ordenamientos jurídicos deben ser lo más estables establezcan. - las leyes (más o menos) deben guardar una cierta sincronía en el tiempo
Los derechos políticos son los que te permiten participar en las decisiones del gobierno de tu país. Gracias a ellos, puedes políticos y formar parte de partidos o movimientos. votar, ser elegido para un cargo público, opinar sobre temas Son muy importantes porque ayudan a que todos podamos tener voz en cómo se organiza y dirige la sociedad. Sin estos derechos, sólo unas pocas personas decidirán por todos
● Votar en elecciones: Elegir a tus representantes (como el presidente, alcaldes o diputados) de forma libre y secreta. ● Ser elegido: Si cumples con los requisitos, puedes postularte para un cargo público. No sólo puedes votar, también puedes ser quien recibe los votos. ● Opinar y expresar ideas políticas: Tienes derecho a expresar lo que piensas sobre temas del gobierno, ya sea hablando, escribiendo o publicando tus ideas. ● Reunirte y organizarte: Puedes formar parte de partidos políticos, sindicatos u organizaciones para defender tus ideas o apoyar a candidatos. ● Participar directamente en decisiones: En algunos países, la gente puede votar en referéndums o consultas populares sobre temas importantes. Estos derechos existen para asegurar que el poder del gobierno no esté en manos de unos pocos, sino que se reparta entre todos los ciudadanos. Pero también traen responsabilidades, como informarte bien antes de votar y respetar las ideas de los demás.
Son una categoría de derechos humanos reconocidos en varios instrumentos internacionales, especialmente en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), adoptado por la ONU en 1966. Estos derechos garantizan el bienestar y la dignidad humana en aspectos esenciales como el trabajo, la salud, la educación y la cultura.
Categoría Derecho Constitución (CPEUM) Mexicana Económicos Trabajo digno y socialmente útil Art. 123 Condiciones justas y equitativas laborales Art. 123 Igualdad salarial por trabajo igual Art. 123, fracc. VII Jornada laboral, descanso, vacaciones Art. 123, fracc. IV, V, VI Sindicación y huelga Art. 123, fracc. XVI-XXII Seguridad social Art. 123, fracc. XXIX y Art. 4º Vivienda digna y decorosa Art. 4º Alimentación adecuada Art. 4º Desarrollo sustentable económico Art. 25 Sociales Salud Art. 4º Educación gratuita y laica Art. 3º Protección a la familia Art. 4º Protección de la infancia Art. 4º Igualdad y no discriminación Art. 1º Protección vulnerables a grupos Art. 1º y 4º Medio ambiente sano Art. 4º