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es un resumen de múltiples temas de materia laboral
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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5 de abril del 2024 CONVENIO DE LIQUIDACION LABORAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C Jorge Agustín Ortiz Hernández, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE SE LE DENOMINARÁ “EL TRABAJADOR” Y POR OTRA PARTE LA MORAL Comunicación y Publicidad Profesional, S.A. DE C.V. A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PATRÓN” Y QUIEN ES REPRESENTADA POR EL LICENCIADO
1.- Con en fecha 7 de septiembre de 1999, con un horario de 9:00 a 18:00 hrs., de lunes a viernes, y prestaciones superiores a la ley. gozando de vacaciones iniciales por 12 días al cumplir el primer año de trabajo y aumentando conforme a lo establecido por la ley federal del trabajo, se le paga un aguinaldo de 25 días, se establece una prima vacacional de 35%, igualmente se establece una prima dominical de 35%, se pacta una capacitación para actualización en medios audiovisuales 2 veces al año, en los meses de enero y julio, mismos que se considerarán indispensables para la continuidad de la relación laboral.
I.- Declara “EL TRABAJADOR” que siempre prestó sus servicios, única y exclusivamente para “EL PATRÓN”, deslindando de la relación a cualquier persona física o moral, que por razones comerciales o contractuales hayan interactuado con este ultimo II.- Declara “EL TRABAJADOR” que siempre laboró al servicio de “EL PATRÓN”, dentro de una jornada legal de labores tanto semanal como diaria, siempre contó con tiempo suficiente para descansar y tomar alimentos. III.- Declara “EL TRABAJADOR” que siempre recibió el pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo conforme a la Ley Federal del Trabajo, y fue inscrito ante los institutos de seguridad
social. De igual forma, manifiesta que durante el tiempo que prestó sus servicios no sufrió accidente o enfermedad profesional alguna. IV.- Declara “EL PATRÓN” ser una persona moral, constituida de acuerdo con las leyes de la República Mexicana, en términos del instrumento notarial 1294-, pasado ante la fe del notario público número 13 de Toluca, que se encuentra constituida y es dueña del centro de trabajo ubicado en calle 2 sur, 3918, Colonia El Carmen Toluca Estado de México. V.- Declara el Licenciado Omar David Morales Dotor en representación de “EL PATRÓN” que cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente convenio y obligarse a nombre de esta. III.- Declaran ambas partes que de común acuerdo han tomado la determinación de terminar la relación de trabajo en términos del Artículo 53, fracción I de la Ley Federal del Trabajo, y aceptar una liquidación total por el tiempo que se laboró al patrón en un en atención a ello, celebran el presente al tenor de las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA. - “EL TRABAJADOR” y “EL PATRÓN” de común acuerdo con esta fecha dan por terminada la relación de trabajo que les unía, en términos del Artículo 53, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo; reconociendo ambas partes lo manifestado en el capítulo de antecedentes, en relación a las condiciones de trabajo. SEGUNDA. - “EL PATRÓN” se compromete a cubrir a “EL TRABAJADOR”, la cantidad neta de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos M.N.), en efectivo, dándole la calidad de liquidación total donde un 50% de la liquidación total se dará en una exhibición y el resto en el plazo de 2 meses cuyos pagos constarán de 3 exhibiciones serán hechos a una cuenta Mexicana con la cual se da por pagado de todas y cada una de las prestaciones a que tuvo derecho, tales como, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y cualquier otra que haya tenido conforme a su antigüedad, a la relación de trabajo y a la Ley Federal del Trabajo y que se detallan en el finiquito que se agrega al presente como anexo 1. TERCERA: “EL TRABAJADOR” acepta y reconoce la cantidad que le es pagada, como la que comprende el pago de sus prestaciones, reconociendo desde luego el recibo finiquito que se anexa al presente convenio, por lo tanto, otorga en favor de “EL PATRÓN”, el finiquito más amplio que en derecho proceda, no reservándose AMBAS PARTES acción ni derecho alguno que ejercitar con