




Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Este documento proporciona una guía completa sobre el manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos (rpbi) en méxico, de acuerdo con la norma oficial mexicana nom-087-semarnat-ssa1-2002. Se detallan las diferentes categorías de rpbi, la clasificación de los establecimientos generadores, las fases de manejo (identificación, envasado, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final), y las medidas de seguridad que deben implementarse para garantizar la protección de la salud y el medio ambiente.
Tipo: Apuntes
1 / 8
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
Son aquellos materiales generados durante los servicios de atención médica que contengan agentes biológico-infecciosos según son definidos en la NOM-087 y que puedan causar efectos nocivos a la salud y al ambiente, aun cuando el laboratorio de microbiología no es propiamente un servicio de atención médica, el material que se utiliza y los residuos que se generan cumplen los criterios de esta definición. La Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, establece la clasificación de los residuos peligrosos biológico-infecciosos, así como las especificaciones para su manejo; y es de observancia obligatoria para los establecimientos que generen residuos peligrosos biológico-infecciosos y los prestadores de servicios a terceros que tengan relación directa con los mismos. La NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 clasifica los Residuos Biológico-Infecciosos (RPBI) en cinco categorías que son las siguientes:
1. - Sangre y sus componentes sólo en su forma líquida a.- Derivados no comerciales incluyendo células progenitoras, hematopoyéticas. b.- Fracciones celulares o acelulares de la sangre (hemoderivados). 2. – Cultivo y cepas de agentes Biológico-Infecciosos a.- Los cultivos generados en:
a.- Tejidos y órganos y partes que remueven o extirpan en necropsias, cirugías u otro tipo de intervención quirúrgica, y que no se encuentran en formol. b.- Muestras biológicas para análisis químico, microbiológico e histológico, excluyendo orina y excremento c.- Cadáveres y partes de animales inoculados con agentes enteropatógenos en centros de investigación y bioterios.
4. – Residuos no anatómicos a.- Recipientes desechables que contengan sangre líquida b.- Materiales de curación empapados, saturados o goteando sangre o cualquiera de los siguientes fluidos corporales: Líquido sinovial Líquido pericárdico Líquido pleural Líquido céfalo-raquídeo Líquido peritoneal c.- Material desechable que contengan. Esputo, secreciones pulmonares y cualquier material usado para contener éstos de pacientes con sospecha o diagnóstico de tuberculosis o de otra enfermedad infecciosa. d.- Materiales desechables empapados, saturados o goteando sangres, o secreciones de pacientes con sospecha o diagnóstico de fiebres hemorrágicas , así como enfermedades infecciosas emergentes. e.- Materiales absorbentes utilizados en jaulas de animales que hayan sido expuestos a agentes enteropatógenos. 5. – Objetos punzocortantes a.- Incluye: tubos capilares, navajas, lancetas, agujas de jeringas desechables, aguas hipodérmicas, de sutura, de acupuntura, de tatuaje, bisturí y estiletes de catéter. Siempre que hayan estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas durante el diagnóstico y tratamiento.
experiencia, es más representativo clasificar con base en el volumen de generación: Nivel I: menos de 25 Kilogramos por mes de RPBI Nivel II: 25 a 100 Kilogramos por mes de RPBI Nivel III: más de 100 Kilogramos por mes de RPBI Manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos Los generadores y prestadores de servicios, además de cumplir con las disposiciones legales aplicables, deben cumplir con las disposiciones correspondientes a las siguientes fases de manejo: a.- Identificación de los residuos. b.- Envasado de los residuos generados c.- Almacenamiento temporal d.- Recolección y transporte externo. e.- Tratamiento. f.- Disposición final. Identificación y envasado En las áreas de generación de los establecimientos generadores, se deberán separar y envasar todos los residuos peligrosos biológico-infecciosos, de acuerdo con sus características físicas y biológicas infecciosas, conforma a la tabla siguiente: Tipo de residuos Estado físico Envasado Color Sangre Líquidos Recipientes herméticos Rojo Cultivos y cepas de agentes infecciosos Sólidos Bolsas de polietileno Patológicos Sólidos Bolsas de polietileno Amarillo Líquidos Recipientes Amarillo
herméticos Residuos no anatómicos Sólidos Bolsas de polietileno Rojo Líquidos Recipientes herméticos Rojo Objetos punzocortantes Sólidos Recipientes rígidos de polipropileno Rojo Es importante señalar que durante el envasado, los residuos peligrosos biológico- infecciosos no deberán mezclarse con ningún otro tipo de residuos municipales o peligrosos. Almacenamiento La Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 contempla que se deberá destinar un área para el almacenamiento temporal de los residuos biológico-infecciosos, además, deberán almacenarse en contenedores metálicos o de plástico con tapa y ser rotulados con el símbolo universal de riesgo biológico, con la leyenda Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos. El periodo de almacenamiento temporal estará sujeto al tipo de establecimiento generador, como sigue: Nivel I: Máximo 30 días. Nivel II: Máximo 15 días. Nivel III: Máximo 7 días. En el caso de los residuos patológicos, humanos o animales (que no estén en formol) deberán conservarse a una temperatura no mayor a 4ºC. El área de almacenamiento temporal debe estar separada de las áreas operativas, además, debe contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles.
SEMARNAT; en el caso de los establecimientos generadores requieren autorización sólo en los casos que determine la Secretaría. Los residuos patológicos deben sr incinerados o inhumados, excepto aquellos que estén destinados a fines terapéuticos o de investigación. Disposición final Los residuos peligrosos biológico-infecciosos tratados e irreconocibles podrán disponerse como residuos no peligrosos en sitios autorizados por las autoridades competentes.
Referencias