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Garantías Crediticias Personales y Reales: Tipos, Obligaciones, Derechos y Efectos, Apuntes de Administración de Empresas

Una introducción a las garantías crediticias personales y reales, incluye su concepto, diferencias, obligaciones, derechos, formas de constitución y efectos del incumplimiento. Además, se detalla el proceso de hipoteca y prenda, anticresis, operaciones de reporte, secularización y sobre patrimonios.

Qué aprenderás

  • ¿Qué son las garantías crediticias personales y reales?
  • ¿Cómo se constituyen las garantías reales?
  • ¿Qué son las consecuencias de no cumplir con una obligación crediticia?

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 30/11/2021

luisa-fernanda-vidal-gutierrez
luisa-fernanda-vidal-gutierrez 🇨🇴

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GARANTIAS CREDITICIAS PERSONALES Y REALES
PRESENTADO POR:
LUISA FERNANDA VIDAL GUTIERREZ ID: 658358
CORPORACIÓN UNIVERSIDAD MINUTO DE DIOS REGIONAL NEIVA
FAULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
LEGISLACION COMERCIAL
NRC 3954
NEIVA - HUILA
2019
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¡Descarga Garantías Crediticias Personales y Reales: Tipos, Obligaciones, Derechos y Efectos y más Apuntes en PDF de Administración de Empresas solo en Docsity!

GARANTIAS CREDITICIAS PERSONALES Y REALES

PRESENTADO POR:

LUISA FERNANDA VIDAL GUTIERREZ ID: 658358

CORPORACIÓN UNIVERSIDAD MINUTO DE DIOS REGIONAL NEIVA

FAULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

LEGISLACION COMERCIAL

NRC 3954

NEIVA - HUILA

GARANTIAS CREDITICIAS PERSONALES Y REALES

PRESENTADO POR:

LUISA FERNADA VIDAL GUTIERREZ ID: 658358

Garantías crediticias Presentar A: Cesar Favian García Ramírez CORPORACIÓN UNIVERSIDAD MINUTO DE DIOS REGIONAL NEIVA FAULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS LEGISLACION COMERCIAL NRC 3954 NEIVA - HUILA 2019

1. INTRODUCION

La garantía real es una actividad en la cual evidenciaremos las clases de garantías crediticias personales y reales en la cuales las personales son las que tenemos como requisitos un fiador y las reales tenemos como requisitos una hipoteca o un bien. Existen diferentes tipos de garantías en la cuales se encuentran la personales y la reales y ellas están regidas por la ley, i su incumplimiento a una de ellas puede tener consecuencias como es la hipoteca de un bien y el reporte en centrales de riego.

2. GARANTIAS CREDITICIAS

2.1 Concepto Una garantía crediticia es cuando es solicitado un préstamo a una entidad bancaria el cual esta entidad solicitad al prestatario algún tipo de garantía, es decir algún respaldo para poder satisfacer la devolución del dinero. De esta forma el prestamista debe ofrecer alguna prueba que sirva como aval para quien le realiza el préstamo y esta la puede presentar por descuento por nómina o por hipoteca de algún inmuebles entre otros, pues en la mayoría de operaciones financieras solicitan este requisito de una garantía personal (codeudor) o garantía real hipoteca de un bien.

3. GARANTIAS PERSONALES En esta garantía encontramos que es un requisito que exige la entidad bancarias con aval para realizar su préstamo y este consiste en una persona que pueda servir de codeudor para responder por la deuda en caso de que el prestamista por x motivo no pueda cumplir, no necesariamente en esta garantía la persona debe contar con un bien. Para representar esta garantía el respaldo a la deuda puede ser una persona natural o persona jurídica, esta garantía personal podría ser de dos tipos. ➢ Solidaria: el que presta el dinero puede reclamarlo a cualquiera de los titulares. ➢ Mancomunada: cada titular responderá por una parte. (Navarro, 2015) 3.1 Obligaciones Esta garantía se formaliza mediante la suscripción de instrumentos establecidos por ley entre estos se tienen: ➢ Fianza. En nuestro código civil es el contrato en el cual se obliga frente al acreedor a cumplir determinada prestación en garantía de una obligación ajena si esta no es cumplida por el deudor. ➢ Carta fianza. Es un contrato de garantía de cumplimiento de una obligación ajena entre el fiador y el deudor, que en caso de que el deudor no cumpla las obligaciones el fiador estará obligado a cumplir con la deuda. ➢ Póliza de caución. Esta representa la evidencia de un contrato que tiene por objeto la indemnización de una compañía de seguros respeto a un tercero a causa de determinados actos u omisiones realizados por el asegurado. (Van Horne, 2002) 3.2 Derechos

otorgarse por escritura pública, expresando la renta del inmueble y el interés que se pacte; la renta del inmueble se aplica al pago de los intereses y gastos y el saldo al capital. ➢ Con desplazamiento o entrega física: consiste en un préstamo en dinero otorgado mediante la garantía de una prenda que puede ser una joya y/o objetos varios como electrodomésticos, artículos eléctricos y electrónicos, etc. ➢ Operaciones de reporte: son operaciones realizadas tanto con acciones como con obligaciones, que implican la realización de dos operaciones simultáneas. ➢ Secularización: (titulación de bonos), mecanismo mediante el cual un conjunto de activos con un flujo de caja predecible y verificable se transforma en valores negociables tipo bonos. ➢ Sobre Patrimonios: Sobre cuentas por cobrar, sobre inventarios de materia prima o inventarios de productos terminados, constituyen garantías adecuadas para un préstamo de corto plazo. (abogados) 4.1 Derechos Los derechos reales de garantía otorgan a su titular un poder real sobre una cosa ajena, como garantía del cumplimiento de una obligación, de tal forma que si ésta se incumple, puede el acreedor solicitar la venta en pública subasta de la cosa gravada y cobrarse la deuda con el importe obtenido. Este derecho es oponible y preferente a cualesquiera otros acreedores. En el caso de inmuebles la preferencia se pospone por Ley al crédito de la Administración por los impuestos que gravan la propiedad urbana - contribución urbana; transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados - ; los gastos de la propiedad horizontal por la anualidad corriente y la vencida; y la prima de los seguros sobre los propios bienes de los dos últimos años. 4.2 Formas de constitución Bastará con que conste en documento con fecha fehaciente para gozar de privilegio sobre los créditos pignorados. La prenda en garantía de créditos futuros sólo atribuirá privilegio especial a los créditos nacidos antes de la declaración de concurso, así como a los créditos nacidos después de la misma. (Rordriguez)

Personas o bienes sobre los que recae y efectos del incumplimiento. Cuando no se puede pagar la hipoteca en los plazos y montos fijados al pedir el crédito hipotecario, el banco puede comenzar a cobrar intereses penales según las condiciones pactadas en la escritura del crédito hipotecario, los que normalmente se fijan a la tasa máxima convencional. Además si el retraso en el pago se prolonga más de 20 días el banco puede exigir el pago de los gastos de cobranza. Estos tramos están regulados en la Ley del consumidor en el artículo 37 conforme a la siguiente escala progresiva.

5. DIFERENCIA ENTRE GARANTIAS PERSONALES Y REALES ➢ Garantías personales. Se refieren a patrimonio personal del deudor, que en un primer momento, pueden no tener límite, en esta se incluye el sueldo mensual hasta que cancele la deuda. ➢ Garantías reales. Este hace referencia al bien hipotecado, esto es a que el patrimonio que tiene que responder el hipotecado al banco para saldar una deuda hipotecaria se limita solo al bien. (Derecho uned, 2009)