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Foro penal sobre un caso resolver, Ejercicios de Derecho Penal

Foro sobre un caso a resolver hay que buscar jurisprudencia

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 18/04/2020

ACastroA
ACastroA 🇨🇴

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Foro evaluable 2
Criterios y normas de participación:
Las respuestas o intervenciones tendrán un límite de 100 palabras cada una y
deberán ser originales. El número de intervenciones por alumno estará limitado
a 3 por cada foro. Se valorará: participación, capacidad de síntesis y
coherencia argumental, no se valorarán opiniones sino argumentos.
SE TRATA DE LEER EL CASO Y ARGUMENTAR SI ES POSIBLE O NO LA
APLICACIÓN DE ALGUNA CAUSA DE JUSTIFICACIÓN. ¿QUÉ DICE AL
RESPECTO LA JURISPRUDENCIA?
“Sobre las 11 horas del día 27 de enero del 2019, Pedro F. S. –mayor de edad,
sin antecedentes penales y con pasaporte boliviano– que había llegado al
Aeropuerto Madrid-Barajas Adolfo Suárez, en un vuelo de la Compañía
American Air Lines, procedente de Miami, infundió sospechas a los funcionarios
de la Guardia Civil pertenecientes a la Jefatura del Servicio Fiscal y
Aeroportuario, y, tras practicársele, con su consentimiento, una radiografía por
un facultativo, se observó que portaba en el interior de su organismo los que,
una vez expulsados, resultaron ser 66 cuerpos cilíndricos que contenían
cocaína, con un peso bruto de 618,5 gramos y 567 gramos de peso neto, con
una pureza media de 80'5%, que iba a destinar a su posterior comercialización.
Asimismo, portaba 745 dólares norteamericanos. La sustancia intervenida
hubiera alcanzado, en el mercado clandestino, un importe de 28.000 euros,
aproximadamente. El menor Daniel F. A., de 14 años de edad, hijo de la señora
A. y Pedro F. S. ha presentado un cuadro patológico de meninges
(meningioma) en el cerebro, debiendo ser intervenido quirúrgicamente a la
mayor brevedad posible, ascendiendo el importe de la intervención quirúrgica
a 9.000 dólares norteamericanos. A tal fin, Pedro F.S. había solicitado un
crédito en la «Cooperativa de Ahorro y Crédito Cristo Rey CEBA Ltda» de
Cochabamba, que le fue denegado, por no cumplir con la política crediticia de
la institución y por haber determinado la insolvencia económica para cubrir con
el prepago del préstamo, lo que le llevó a realizar estos hechos con el fin de
poder costear la intervención de su hijo”

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Foro evaluable 2 Criterios y normas de participación: Las respuestas o intervenciones tendrán un límite de 100 palabras cada una y deberán ser originales. El número de intervenciones por alumno estará limitado a 3 por cada foro. Se valorará: participación, capacidad de síntesis y coherencia argumental, no se valorarán opiniones sino argumentos. SE TRATA DE LEER EL CASO Y ARGUMENTAR SI ES POSIBLE O NO LA APLICACIÓN DE ALGUNA CAUSA DE JUSTIFICACIÓN. ¿QUÉ DICE AL RESPECTO LA JURISPRUDENCIA? “Sobre las 11 horas del día 27 de enero del 2019, Pedro F. S. –mayor de edad, sin antecedentes penales y con pasaporte boliviano– que había llegado al Aeropuerto Madrid-Barajas Adolfo Suárez, en un vuelo de la Compañía American Air Lines, procedente de Miami, infundió sospechas a los funcionarios de la Guardia Civil pertenecientes a la Jefatura del Servicio Fiscal y Aeroportuario, y, tras practicársele, con su consentimiento, una radiografía por un facultativo, se observó que portaba en el interior de su organismo los que, una vez expulsados, resultaron ser 66 cuerpos cilíndricos que contenían cocaína, con un peso bruto de 618,5 gramos y 567 gramos de peso neto, con una pureza media de 80'5%, que iba a destinar a su posterior comercialización. Asimismo, portaba 745 dólares norteamericanos. La sustancia intervenida hubiera alcanzado, en el mercado clandestino, un importe de 28.000 euros, aproximadamente. El menor Daniel F. A., de 14 años de edad, hijo de la señora A. y Pedro F. S. ha presentado un cuadro patológico de meninges (meningioma) en el cerebro, debiendo ser intervenido quirúrgicamente a la mayor brevedad posible, ascendiendo el importe de la intervención quirúrgica a 9.000 dólares norteamericanos. A tal fin, Pedro F.S. había solicitado un crédito en la «Cooperativa de Ahorro y Crédito Cristo Rey CEBA Ltda» de Cochabamba, que le fue denegado, por no cumplir con la política crediticia de la institución y por haber determinado la insolvencia económica para cubrir con el prepago del préstamo, lo que le llevó a realizar estos hechos con el fin de poder costear la intervención de su hijo”