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Formulario Afiliación, Tesis de Marketing

Formulario para afiliar a una persona al fondo nacional del ahorro a cesantías o ahorro voluntario.

Tipo: Tesis

2021/2022

Subido el 26/08/2024

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geraldine-bernal-4 🇨🇴

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bg1
FONDO NACIONAL DEL AHORRO S.A. - OTRA ADMINISTRADORA Código: GC-CC- FO -O1O Versión: 2
Número de Identificación Tributaria:
¿Tiene ciudadanía y/o residencia fiscal en EE. UU.? ¿Tiene doble nacionalidad?
9. ESPACIO EXCLUSIVO PARA USO DEL FONDO NACIONAL DEL AHORRO S.A.
Nombre completo del gestor comercial que entrevista:
Canal de entrevista:
Documento de identidad:
FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓNFORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓN
FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓN
DILIGENCIAR SI ES INDEPENDIENTE Y/O ASALARIADO
SI USTED ES TRABAJADOR ASALARIADO O DEPENDIENTE DILIGENCIE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN
Descripción actividad económica:
1. INFORMACIÓN PERSONAL
2.1 INFORMACIÓN PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE (PEP)
8 . DECLARACIONES Y AUTORIZACIONES
6. CESANTÍAS Y/O TRASLADO
7. DECLARACIÓN DE ORIGEN Y DESTINO DE LOS RECURSOS - AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL (AVC) (si seleccionó afiliación por AVC o AVC CRE)
5. SI USTED ES APODERADO (aplica para afiliación Ahorro Voluntario (AVC) y Colombianos Residentes en el Exterior, en este caso el apoderado deberá residir en Colombia)
Ciudad de nacimiento: País de nacimiento:
Departamento/estado de nacimiento: Vivienda
Propia
Arrendada Familiar
¿Usted presenta alguna
discapacidad? NO
Correo electrónico: Nivel de estudios:
Primaria Bachillerato Pregrado Posgrado Ninguno
Nombre o razón social del empleador:
No tengo NIT por condición diplomática No tengo NIT por pertenecer a un organismo multilateral con exención de impuestos Nombre de la entidad:
Telefono(s): indicativo país Código de área ciudad: Número célular:Número fijo:
Correo electrónico de la empresa: Indicativo país: Número de oficina (celular/fijo):Código de área ciudad:
¿Es usted una persona políticamente expuesta
(Decreto 830 de 2021)?
¿Tiene familiares hasta segundo grado de consanguinidad, segundo
de afinidad y primero civil que sean PEP?
Nombre:
Cédula ciudadanía:
Nombre:
Cédula ciudadanía:
NO NO
$ $ $ $ $
Ingresos mensuales Otros ingresos* Egresos mensuales Total activos Total pasivos
*Detalle de otros ingresos:
Declaro que los recursos que se entregarán al Fondo Nacional del Ahorro S.A., en adelante la Sociedad, por concepto de cesantías provienen de actividades lícitas. No admitiré que terceros efectúen depósitos a mi cuenta con dineros
provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. Declaro que la información que he suministrado en este formulario es exacta, completa y
verídica, por lo tanto entiendo que la falsedad, omisión o error en este tendrá las consecuencias estipuladas en la Ley y la reglamentación interna de la Sociedad. Declaro que he recibido información comercial sobre los derechos y deberes
que adquiero como afiliado(a) a la Sociedad y acepto la normatividad de la entidad.
Los trabajadores pertenecientes al sector privado afiliados a la Sociedad, así como los servidores públicos que se afilien voluntariamente, solo podrán trasladar sus Cesantías a una Sociedad Administradora de Cesantías transcurridos
tres (3) años a partir de la afiliación, siempre que no tengan crédito vigente con la Sociedad (Art. 5 y 8 de la Ley 432 de 1998).
Declaro que los activos y recursos que poseo y he informado en el presente contrato; así como aquellos que entregaré en virtud del Ahorro Voluntario Contractual (AVC) no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas
en la legislación vigente.
Los recursos que entregaré en Ahorro Voluntario Contractual (AVC) provienen de las siguientes fuentes:
1.
2.
No admitiré que terceros efectúen depósitos en cuentas a mi nombre con fondos provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas.
Autorizo a la Sociedad a que dé por terminado el Ahorro Voluntario Contractual (AVC), en caso de infracción de cualquiera de los numerales contenidos en este documento, eximiendo a la Sociedad de toda responsabilidad que se
derive de información inconsistente, inexacta o insuficiente que yo hubiere proporcionado en este documento o de la violación del mismo.
3.
4.
Producto actividad económica Salario Pensión Honorarios y/o Comisiones Otra ¿Cuál? : _____________________________________________________________________________________
Declaro que la información aquí suministrada es auténtica y veraz. Autorizo irrevocablemente al Fondo Nacional del Ahorro S.A., en adelante la Sociedad, para verificarla a través de los medios que considere convenientes. Igualmente,
me obligo a actualizar los datos reportados en este formulario, por lo menos una vez al año y/o una vez se produzcan cambios en ellos o que la Sociedad lo requiera. De igual forma autorizo a la Sociedad o a quien represente sus
derechos u ostente en futuro la calidad de acreedor a reportar, actualizar, solicitar, consultar y divulgar a sus filiales, a las centrales de información o a cualquier base de datos, toda la información referente a mi comportamiento
comercial. La presente autorización comprende no solo la facultad de consultar, reportar, procesar y divulgar, sino también la de solicitar, consultar y compartir información sobre mis relaciones comerciales y el origen de mis recursos
con cualquier entidad y/o institución de acuerdo con la finalidad del tratamiento de datos autorizada. SÍ AUTORIZO
Autorizo al Fondo Nacional del Ahorro S.A., en adelante la Sociedad, con domicilio en la Carrera 65 No. 11 - 83 en Bogotá, dirección electrónica www.fna.gov.co y teléfono 571 381 0150, a que realice el tratamiento de mis datos personales
para los usos y las finalidades descritas en la Política de Tratamiento de datos de la Sociedad disponible en la página https://www.fna.gov.co/atencion-ciudadana/condiciones- y-politicas/politica-tratamiento-datos-personales, y según
lo previsto en la Ley 1581 de 2012, la Ley 1266 de 2008, Decreto 1377 de 2013 y demás normas concordantes. Manifiesto que he leído y acepto la Política de Tratamiento de Datos de la Sociedad, a través de la cual he sido informado sobre
(I) los derechos que me asisten como titular de los datos personales, especialmente a conocer, consultar, actualizar y rectificar la información (II) los tratamientos que se realizarán a mis datos , incluida la posible transmisión internacional
de datos, y que la finalidad principal de dichos usos es la prestación integral del servicio contractado, (III) los mecanismos para presentar reclamaciones o peticiones relacionadas con el tratamiento de mis datos, (IV) el carácter facultativo
de la respuesta a las preguntas de este formulario que puedan versar sobre datos sensibles (ej. la condición de discapacidad), y entiendo que, al suministrar esos datos concedo mi autorización expresa para su tratamiento.
SI AUTORIZO
Autorizo a la Sociedad, para que gestione el proceso de comunicación de mi intención de traslado al fondo de cesantías al cual me encuentro afiliado, al igual que a mi empleador, a la dirección, o al correo electrónico relacionados en este
formulario, para que de esa manera se pueda dar curso a mi solicitud de traslado en los términos de lo establecido en el artículo 2.2.1.3.25. del Decreto 1072 de 2015, incorporado por el artículo 2º del Decreto 1562 de 2019.
De no autorizar el envío de recibos y demás comunicaciones o notificaciones a través de correo electrónico, este se remitirá a la dirección física principal informada en este formulario. Si los datos para el envío de información marcados
no son correctos o no están actualizados, AUTORIZO que sean remitidos a través del correo electrónico suministrado en este formulario, o aquel del cual la entidad tenga conocimiento por cualquier otro medio, según los procedimientos
establecidos por la Sociedad.
Autorizo a la Sociedad a enviar mensajes con contenido institucional, comercial e informativo de su(s) trámites vigentes a través de: Correo electrónico Celular
SÍ NO SÍ NO
Desea que la Sociedad envíe su recibo de pago, certificado de intereses, extractos de su cuenta de ahorro voluntario, reporte anual de costos y demás
comunicaciones o notificaciones a través de: Correo electrónico Correspondencia física
Señale con una X su dirección principal : Domicilio Sitio de trabajo
Impresión dactilar
Firma afiliado:
4. RELACIÓN TRIBUTARIA CON OTROS PAÍSES
Fecha nacimientoFecha expedición documento
AAAAMMDD
AAAAMMDD
F M
Género
C.C. C.E. T.I. Otro:
Tipo de documento de identidad Número de documento:
Número de documento: Teléfono/celular: Correo electrónico:Tipo documento de identidad: C.E.C.C.
¿Tiene obligaciones tributarias por ciudadanía y/o residencia
fiscalen otro(s) país(s) diferentesa Colombia y EE.UU.?
País:
Número de Identificación Tributaria
País:
Número de Identificación Tributaria
¿Cuál?: NO
Ciudad domicilio: Departamento/estado domicilio: País domicilio:
Barrio:Dirección de domicilio:
Fecha de solicitudCiudad:
Ahorro Voluntario Contractual Ahorro Voluntario Contractual Plus (Condiciones Especiales)Ahorro Voluntario Contractual Colombianos Residentes en el Exterior
Nombres Primer apellido Segundo apellido
Nombres Primer apellido Segundo apellido
Independiente
Dependiente
Tipo de
vinculación:
Pensionado
Docente
Ejercito Nacional
Armada Nacional
Fuerza Aérea
Policía Nacional Madre comunitaria Ferias nacionales
de Servicio al Ciudadano Cuenta con beneficios AFC
Tipo documento de identidad país
de residencia:
Número de documento Código postalPaís de residencia Estatus migratorio definido
Tipo documento de identidad país
de residencia:
Número de documento Código postalPaís de residencia Estatus migratorio definido
NO
Departamento/estado de la empresa: Ciudad de la empresa:Dirección de la empresa: País:
Sector:
Público Privado
Cargo actual: Fecha de vinculación
Identificación entidad o empresa:
No.
C.C. C.E. NIT
NO NO
Diligenciar únicamente si su solicitud de afiliación es para el producto Ahorro Voluntario Contractual (AVC)
CESANTÍAS: Afiliación Traslado Nombre del fondo o empresa que administra sus cesantías:
2. INFORMACIÓN LABORAL
Diligenciar si reside en el exterior
Favor diligenciar en letra imprenta clara y legible en tinta negra, sin tachones ni enmendaduras.
AAAAMMDD
AAAAMMDD
3. INFORMACIÓN FINANCIERA (los colombianos residentes en el exterior deben diligenciar los campos de valores solicitados en pesos colombianos)
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FONDO NACIONAL DEL AHORRO S.A. - OTRA ADMINISTRADORA Código: GC-CC- FO -O1O Versión: 2

¿Tiene ciudadanía y/o residencia fiscal en EE. UU.? Número de Identificación Tributaria: ¿Tiene doble nacionalidad?

9. ESPACIO EXCLUSIVO PARA USO DEL FONDO NACIONAL DEL AHORRO S.A.

Nombre completo del gestor comercial que entrevista:

Canal de entrevista:

Documento de identidad:

FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓNFORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓNFORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓN

DILIGENCIAR SI ES INDEPENDIENTE Y/O ASALARIADO

SI USTED ES TRABAJADOR ASALARIADO O DEPENDIENTE DILIGENCIE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN

Descripción actividad económica:

1. INFORMACIÓN PERSONAL

2.1 INFORMACIÓN PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE (PEP)

8. DECLARACIONES Y AUTORIZACIONES

**6. CESANTÍAS Y/O TRASLADO

  1. DECLARACIÓN DE ORIGEN Y DESTINO DE LOS RECURSOS - AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL** (AVC) (si seleccionó afiliación por AVC o AVC CRE) 5. SI USTED ES APODERADO (aplica para afiliación Ahorro Voluntario (AVC) y Colombianos Residentes en el Exterior, en este caso el apoderado deberá residir en Colombia)

Ciudad de nacimiento: Departamento/estado de nacimiento: País de nacimiento: Vivienda Propia Arrendada

Familiar

¿Usted presenta alguna discapacidad? SÍ NO

Correo electrónico: Nivel de estudios: Primaria Bachillerato Pregrado Posgrado Ninguno

Nombre o razón social del empleador:

No tengo NIT por condición diplomática No tengo NIT por pertenecer a un organismo multilateral con exención de impuestos Nombre de la entidad:

Telefono (s) : indicativo país Código de área ciudad: Número fijo: Número célular:

Correo electrónico de la empresa: Indicativo país: Código de área ciudad: Número de oficina (celular/fijo) :

¿Es usted una persona políticamente expuesta (Decreto 830 de 2021)?

¿Tiene familiares hasta segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil que sean PEP?

Nombre: Cédula ciudadanía:

Nombre: NO SÍ NO SÍ Cédula ciudadanía:

Ingresos mensuales Otros ingresos Egresos mensuales Total activos Total pasivos*

*Detalle de otros ingresos:

Declaro que los recursos que se entregarán al Fondo Nacional del Ahorro S.A. , en adelante la Sociedad, por concepto de cesantías provienen de actividades lícitas. No admitiré que terceros efectúen depósitos a mi cuenta con dineros provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. Declaro que la información que he suministrado en este formulario es exacta, completa y verídica, por lo tanto entiendo que la falsedad, omisión o error en este tendrá las consecuencias estipuladas en la Ley y la reglamentación interna de la Sociedad. Declaro que he recibido información comercial sobre los derechos y deberes que adquiero como afiliado(a) a la Sociedad y acepto la normatividad de la entidad. Los trabajadores pertenecientes al sector privado afiliados a la Sociedad, así como los servidores públicos que se afilien voluntariamente, solo podrán trasladar sus Cesantías a una Sociedad Administradora de Cesantías transcurridos tres (3) años a partir de la afiliación, siempre que no tengan crédito vigente con la Sociedad (Art. 5 y 8 de la Ley 432 de 1998).

Declaro que los activos y recursos que poseo y he informado en el presente contrato; así como aquellos que entregaré en virtud del Ahorro Voluntario Contractual (AVC) no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en la legislación vigente. Los recursos que entregaré en Ahorro Voluntario Contractual (AVC) provienen de las siguientes fuentes:

1. 2.

No admitiré que terceros efectúen depósitos en cuentas a mi nombre con fondos provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. Autorizo a la Sociedad a que dé por terminado el Ahorro Voluntario Contractual (AVC), en caso de infracción de cualquiera de los numerales contenidos en este documento, eximiendo a la Sociedad de toda responsabilidad que se derive de información inconsistente, inexacta o insuficiente que yo hubiere proporcionado en este documento o de la violación del mismo.

3. 4.

Producto actividad económica Salario Pensión Honorarios y/o Comisiones Otra ¿Cuál? : _____________________________________________________________________________________

Declaro que la información aquí suministrada es auténtica y veraz. Autorizo irrevocablemente al Fondo Nacional del Ahorro S.A. , en adelante la Sociedad, para verificarla a través de los medios que considere convenientes. Igualmente, me obligo a actualizar los datos reportados en este formulario, por lo menos una vez al año y/o una vez se produzcan cambios en ellos o que la Sociedad lo requiera. De igual forma autorizo a la Sociedad o a quien represente sus derechos u ostente en futuro la calidad de acreedor a reportar, actualizar, solicitar, consultar y divulgar a sus filiales, a las centrales de información o a cualquier base de datos, toda la información referente a mi comportamiento comercial. La presente autorización comprende no solo la facultad de consultar, reportar, procesar y divulgar, sino también la de solicitar, consultar y compartir información sobre mis relaciones comerciales y el origen de mis recursos con cualquier entidad y/o institución de acuerdo con la finalidad del tratamiento de datos autorizada. SÍ AUTORIZO Autorizo al Fondo Nacional del Ahorro S.A. , en adelante la Sociedad, con domicilio en la Carrera 65 No. 11 - 83 en Bogotá, dirección electrónica www.fna.gov.co y teléfono 571 381 0150 , a que realice el tratamiento de mis datos personales para los usos y las finalidades descritas en la Política de Tratamiento de datos de la Sociedad disponible en la página https://www.fna.gov.co/atencion-ciudadana/condiciones- y-politicas/politica-tratamiento-datos-personales , y según lo previsto en la Ley 1581 de 2012, la Ley 1266 de 2008, Decreto 1377 de 2013 y demás normas concordantes. Manifiesto que he leído y acepto la Política de Tratamiento de Datos de la Sociedad, a través de la cual he sido informado sobre (I) los derechos que me asisten como titular de los datos personales, especialmente a conocer, consultar, actualizar y rectificar la información (II) los tratamientos que se realizarán a mis datos , incluida la posible transmisión internacional de datos, y que la finalidad principal de dichos usos es la prestación integral del servicio contractado, (III) los mecanismos para presentar reclamaciones o peticiones relacionadas con el tratamiento de mis datos, (IV) el carácter facultativo de la respuesta a las preguntas de este formulario que puedan versar sobre datos sensibles (ej. la condición de discapacidad), y entiendo que, al suministrar esos datos concedo mi autorización expresa para su tratamiento. SI AUTORIZO

Autorizo a la Sociedad, para que gestione el proceso de comunicación de mi intención de traslado al fondo de cesantías al cual me encuentro afiliado, al igual que a mi empleador, a la dirección, o al correo electrónico relacionados en este formulario, para que de esa manera se pueda dar curso a mi solicitud de traslado en los términos de lo establecido en el artículo 2.2.1.3.25. del Decreto 1072 de 2015, incorporado por el artículo 2º del Decreto 1562 de 2019.

De no autorizar el envío de recibos y demás comunicaciones o notificaciones a través de correo electrónico, este se remitirá a la dirección física principal informada en este formulario. Si los datos para el envío de información marcados no son correctos o no están actualizados, AUTORIZO que sean remitidos a través del correo electrónico suministrado en este formulario, o aquel del cual la entidad tenga conocimiento por cualquier otro medio, según los procedimientos establecidos por la Sociedad.

Autorizo a la Sociedad a enviar mensajes con contenido institucional, comercial e informativo de su(s) trámites vigentes a través de: Correo electrónico SÍ NO Celular SÍ NO Desea que la Sociedad envíe su recibo de pago, certificado de intereses, extractos de su cuenta de ahorro voluntario, reporte anual de costos y demás comunicaciones o notificaciones a través de: Correo electrónico Correspondencia física Señale con una X su dirección principal : Domicilio Sitio de trabajo

Firma afiliado:^ Impresión dactilar

4. RELACIÓN TRIBUTARIA CON OTROS PAÍSES

Fecha expedición documento Fecha nacimiento A A A A M M D D F M A A A A M M D D

Género C.C. C.E. T.I. Otro:

Tipo de documento de identidad Número de documento:

Tipo documento de identidad: C.C. C.E. Número de documento: Teléfono/celular: Correo electrónico:

¿Tiene obligaciones tributarias por ciudadanía y/o residencia fiscalen otro(s) país(s) diferentesa Colombia y EE.UU.?

País: Número de Identificación Tributaria

País: Número de Identificación Tributaria

¿Cuál?: NO SÍ

Ciudad domicilio: Departamento/estado domicilio: País domicilio:

Dirección de domicilio: Barrio:

Ciudad: Fecha de solicitud

Ahorro Voluntario Contractual Ahorro Voluntario Contractual Colombianos Residentes en el Exterior Ahorro Voluntario Contractual Plus (Condiciones Especiales)

Nombres Primer apellido Segundo apellido

Nombres Primer apellido Segundo apellido

Independiente Dependiente

Tipo de vinculación:

Pensionado Docente

Ejercito Nacional Armada Nacional

Fuerza Aérea Policía Nacional

Madre comunitaria

Ferias nacionales de Servicio al Ciudadano

Cuenta con beneficios AFC

Tipo documento de identidad país de residencia:

Tipo documento de identidad país Número de documento País de residencia Estatus migratorio definido Código postal de residencia:

Número de documento País de residencia Estatus migratorio definido Código postal SÍ NO

Dirección de la empresa: Ciudad de la empresa: Departamento/estado de la empresa: País:

Sector: Público Privado Cargo actual:^ Identificación entidad o empresa: Fecha de vinculación No.

C.C. C.E. NIT

NO SÍ NO SÍ

Diligenciar únicamente si su solicitud de afiliación es para el producto Ahorro Voluntario Contractual (AVC)

CESANTÍAS: Afiliación Traslado Nombre del fondo o empresa que administra sus cesantías:

2. INFORMACIÓN LABORAL

Diligenciar si reside en el exterior

Favor diligenciar en letra imprenta clara y legible en tinta negra, sin tachones ni enmendaduras.

A A A A M M D D

A A A A M M D D

3. INFORMACIÓN FINANCIERA (los colombianos residentes en el exterior deben diligenciar los campos de valores solicitados en pesos colombianos)

Código: GC-CC- FO -O1O Versión: 1Código: GC-CC- FO -O1O Versión: 2

REGLAMENTO CONTRATO DE AHORRO VOLUNTARIO (AVC)

CONDICIONES PACTADAS POR EL SUSCRIPTOR

1. CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: 1.1. Podrán suscribir contrato de ahorro voluntario , en adelante “ AVC ” con el Fondo Nacional del Ahorro S.A. , en adelante " la Sociedad " las personas naturales, en adelante el “ SUSCRIPTOR ”, afiliadas a través de cesantías, así como las personas señaladas en el parágrafo segundo del artículo 29 de la Ley 546 de 1999, adicionado por el artículo primero de la Ley 1114 de 2006 y el decreto 2555 de 2010. 1.2. Todo SUSCRIPTOR del AVC con la Sociedad estará sometido a suministrar a la Sociedad todos los documentos y demás información que este requiera para cumplir con un adecuado proceso de identificación y conocimiento del cliente. 1.3. El SUSCRIPTOR se obliga a notificar a la Sociedad oportunamente y en la forma o por los medios establecidos por este, cualquier cambio de la información que permita su ubicación, evaluación financiera o cambio en el tipo de actividad que desarrolle. 1.4. La Sociedad. aplicará políticas y controles sobre prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, de conformidad con lo establecido en las normas correspondientes. Así mismo, se reservará el derecho de afiliación por vía AVC , absteniéndose de aprobar o desembolsar créditos, cuando ello pueda implicar exposición de la Sociedad. a los riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo. 1.5. El SUSCRIPTOR se compromete a realizar depósitos de dinero a favor de la Sociedad , en las cuantías acordadas e intervalos regulares libremente establecidos en el presente contrato, hasta cumplir la meta del ahorro en el plazo convenido. El cumplimiento de este contrato se fundamenta en 3 parámetros básicos: I) periodicidad (entendida como constancia y hábito del ahorro), II) monto periódico (suma pactada como ahorro) y, III) monto total. PARÁGRAFO: En el evento que el SUSCRIPTOR de este contrato sea dependiente; pensionado; independiente bancarizado que declare renta o que haya suscrito contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión; asociado a cooperativas de trabajo o cuando existan convenios con entidades públicas o privadas suscritos con la Sociedad gozarán de condiciones especiales del AVC , en virtud de las cuales se entenderán cumplidos los términos del contrato de AVC en el momento de acumular el valor correspondiente al ahorro pactado dentro del plazo previsto en el contrato. Cuando exista convenio suscrito con fuente de pago a favor de la Sociedad por un plazo mínimo de 12 meses se entenderá cumplido el contrato AVC cuando se consigne el equivalente a una cuota del monto del contrato. En todo caso, el monto deberá ser inmovilizado hasta el vencimiento del plazo pactado en este contrato. 1.6. El primer pago y los subsiguientes se realizarán con la periodicidad definida en el presente contrato, adquiriendo el SUSCRIPTOR la calidad de afiliado a la Sociedad una vez se haya hecho efectivo el primer pago pactado en el contrato. 1.7. La Sociedad podrá habilitar medios electrónicos para que el SUSCRIPTOR efectúe los depósitos acordados, realice el retiro total de los mismos, para lo cual la Sociedad asegurará la adecuada contabilización de depósitos y de los retiros a nombre del suscriptor, en todo caso, se requerirá autorización expresa del SUSCRIPTOR para el uso de estos medios. 2. CONDICIONES DE MANEJO: 2.1. El monto total del AVC no podrá ser inferior al equivalente del ingreso promedio mensual del afiliado, manifestado por este, siempre y cuando el monto total ahorrado no sea inferior a 1.2 del salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) en Colombia a la fecha de suscripción del contrato. Para colombianos en el exterior que no han definido su situación migratoria, el monto total no podrá superar 7 smmlv dentro del periodo contractual. Lo anterior, sin perjuicio del mínimo de que trata el presente numeral. 2.2. El plazo mínimo del AVC para personas cuyos ingresos provengan de un contrato trabajado o de una relación laboral de derecho público o privado y pensionados será de 9 meses y de 12 meses para quienes no cumplan con estas condiciones. Las cuantías de las cuotas será la pactada en este contrato y su periodicidad podrá ser: mensual, bimestral, trimestral, semestral, cada nueve meses o anual, según se indique en este documento. Terminado el plazo inicial del contrato, la cuenta podrá continuar abierta hasta el retiro del dinero. Durante este tiempo el afiliado podrá solicitar el retiro de la totalidad de las sumas depositadas en cualquier momento. La entrega de los recursos se hará en los términos previstos en el numeral 7.4. de este documento. 2.3. Los afiliados no podrán tener más de un contrato de AVC vigente con la Sociedad. 2.4. La Sociedad suministrará al SUSCRIPTOR o a quien este autorice, información sobre la apertura, movimientos y saldos del AVC y a los funcionarios públicos facultados para consultarla. En tal sentido, la Sociedad enviará anualmente al SUSCRIPTOR , en documento físico o correo electrónico o en cualquier otro medio electrónico, la información relacionada con el movimiento del AVC a los afiliados. 2.5. La Sociedad podrá entregar a los titulares del contrato de AVC un código de barras o cualquier mecanismo que considere idóneo que les permitirá dar cumplimiento con el plan de AVC acordado. La custodia, manejo y uso del código de barras será de exclusiva responsabilidad del afiliado. 2.6. La Sociedad no cobrará suma alguna al titular del AVC por el manejo, la administración, transacciones y servicios asociados al producto. 2.7. El monto del AVC podrá incrementarse mensualmente de acuerdo con el valor de las cuotas mensuales del crédito o del canon mensual del Leasing Habitacional. El afiliado que resulte beneficiario de un crédito y/o contrato de Leasing Habitacional la Sociedad podrá destinar el monto del AVC y sus rendimientos al pago de éstos, previa autorización del afiliado, de manera expresa en documento independiente y/o en el pagaré contentivo de la obligación. 3. LIQUIDACIÓN Y ABONO DE INTERESES: 3.1. La Sociedad reconocerá y abonará al “ SUSCRIPTOR ” sobre los depósitos de AVC , una tasa de interés equivalente al límite inferior del rango meta de inflación establecido por el Banco de la República para el año en curso. Dicha tasa de interés no podrá ser modificada durante el periodo de liquidación del respectivo depósito. 3.2. La tasa de interés remuneratorio se liquidará en forma trimestral, sobre el saldo promedio del trimestre o fracción correspondiente a partir de la primera consignación, y el abono de los rendimientos se efectuará en el último día de cada periodo de liquidación, esto es, trimestre vencido, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, según corresponda. 3.3. **La Sociedad cesará la obligación de reconocer intereses remuneratorios por las sumas depositadas, en los siguientes casos: a) Terminación unilateral por parte la Sociedad descritas en el numeral 6.1. del presente contrato. b) Cuando los recursos se encuentren en cuentas por pagar. c) Cuando los recursos se encuentren en cuentas puente reintegros.

  1. DEPÓSITOS:** 4.1. El SUSCRIPTOR realizará los depósitos pactados en el presente contrato en las entidades financieras que para tal efecto señale la Sociedad , quien adoptará los canales de comunicación adecuados para mantener informado al SUSCRIPTOR sobre los establecimientos bancarios en los cuales podrá realizar tales depósitos. 4.2. El SUSCRIPTOR podrá depositar sumas de dinero superiores a las acordadas en el presente contrato. Estos depósitos adicionales no modificarán las condiciones iniciales del contrato, salvo modificación pactada del mismo y no podrán exceder, individual o conjuntamente, el valor inicial del contrato. 4.3. Los depósitos extraordinarios se podrán utilizar para cubrir un máximo de 3 cuotas futuras no pagadas o pagadas parcialmente, durante la vigencia del contrato. En el mes en que no se realice la consignación o el valor de ésta sea inferior al pactado, se tomará de los depósitos adicionales el valor necesario para pagar, completar o realizar un pago parcial de la cuota. 4.4. Los depósitos adicionales que realice el SUSCRIPTOR al amparo de la modificación pactada se tendrán en cuenta para la evaluación y asignación del puntaje para acceder a los créditos o contratos de Leasing Habitacional que otorgue la Sociedad. 4.5. Vencido el plazo del contrato el SUSCRIPTOR podrá realizar depósitos en cuantía superior a la inicialmente pactada. Pero, dichos depósitos no modificarán las condiciones establecidas del contrato, ni serán considerados como una de las variables de la metodología de evaluación y asignación del crédito y/o contrato de Leasing Habitacional. A tales depósitos se les reconocerá intereses remuneratorios sobre la totalidad de los depósitos realizados, de acuerdo con las condiciones establecidas. 4.6. Los depósitos se podrán hacer en efectivo, medios electrónicos o cheques de gerencia. 5. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: 5.1. El SUSCRIPTOR podrá solicitar financiación de vivienda a través de crédito y/o Leasing Habitacional a la Sociedad cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato, de acuerdo con la metodología definida por la Junta Directiva. 5.2. Para efectos del cálculo del puntaje el mes inicial será aquel en el cual el ahorrador realice la primera consignación. Durante los 12 meses del contrato, el SUSCRIPTOR debe realizar al menos una consignación entre el primer y último día del mes calendario para obtener los puntos correspondientes a la periodicidad. Los puntos correspondientes al monto periódico se asignarán si en el mes calendario deposita al menos la suma pactada, o se asignará proporcionalmente conforme al valor depositado. Si el último día del mes calendario cae fin de semana o festivo, se permite consignar el siguiente día hábil sin afectar el puntaje. 5.3. En todo caso conforme a lo dispuesto en el artículo 10.5.10.1.5 del Decreto 2555 de 2010 la celebración del AVC , así como el cumplimiento del mismo por parte del SUSCRIPTOR, no supone obligación alguna de la Sociedad de otorgar crédito únicamente por ese hecho. 5.4. El SUSCRIPTOR que resulte beneficiario de un crédito y/o contrato de Leasing Habitacional de la Sociedad podrá destinar el monto del ahorro voluntario contractual y sus rendimientos al pago de estos, para lo cual autorizo a la Sociedad a realizar el débito de la cuenta de AVC. En estos eventos el monto del AVC podrá incrementarse de acuerdo con el valor de las cuotas o cánones. 5.5. En los eventos en que el SUSCRIPTOR acceda a un crédito y/o Leasing Habitacional antes del vencimiento del plazo pactado en el contrato de AVC, los recursos depositados en la cuenta AVC quedarán inmovilizados hasta el vencimiento del plazo pactado. 6. TERMINACIÓN DEL CONTRATO: 6.1. La Sociedad dará por terminado el contrato en los siguientes casos: a) Cuando se detecte inconsistencia o inexactitud en la información suministrada por el afiliado. b) Cuando se advierta que el origen de los recursos utilizados por el afiliado puede estar relacionado con las conductas mencionadas en el artículo 102 del EOSF, modificado por el artículo 1 de la Ley 1121 de 2006. c) Cuando se detecte cualquier conducta fraudulenta por parte del afiliado. Una vez se presente alguna de estas causales la Sociedad informará por escrito o vía correo electrónico al SUSCRIPTOR , en un término no mayor a 30 días, para que efectúe la solicitud de retiro de estos recursos. 6.2. **El SUSCRIPTOR podrá dar por terminado el contrato unilateralmente, en cualquier momento, bien sea durante la vigencia inicial, después del vencimiento o durante la subsanación establecida en el numeral 10 del presente contrato.
  2. RETIROS:** 7.1. la Sociedad entregará al SUSCRIPTOR , a quien este autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, junto con los rendimientos liquidados hasta la fecha del retiro de los recursos, previo cumplimiento de los requisitos, en los siguientes casos: a) A solicitud del afiliado. b) Por orden de autoridad competente. c) Por muerte del afiliado. La documentación que se debe presentar se encuentra en www.fna.gov.co 7.2. La Sociedad entregará al afiliado, a quien éste autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, sin rendimientos, cuando el contrato se termine por decisión unilateral por parte de la Sociedad , en los casos señalados en el numeral 6.1 del presente contrato. La documentación que se debe presentar se encuentra en www.fna.gov.co 7.3. El SUSCRIPTOR no podrá realizar retiros parciales de las sumas depositadas. 7.4. La Sociedad realizará el pago de las sumas depositadas al titular o persona autorizada en un plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud. 7.5. En caso de fallecimiento o presunción de muerte del SUSCRIPTOR la Sociedad entregará las sumas depositadas con sus intereses a los herederos, a solicitud de estos y de conformidad con las disposiciones legales vigentes y los procedimientos para retiro de fallecidos de AVC. 8. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE AFILIADO POR AVC: 8.1. El SUSCRIPTOR perderá la condición de afiliado a través de AVC en los casos enunciados en los numerales 6.1., 7.1. y 7.2. 9. BENEFICIOS AFC: 9.1. En relación con los beneficios tributarios que aquí se trata, el titular del AVC que se vincule a este producto en los términos del presente reglamento y de la normatividad vigente aplicable a la materia, reconoce y acepta: a) Que los beneficios tributarios aquí previstos son de creación legal y, por tanto, su duración y alcance se encuentran sujetos a las disposiciones legales vigentes. b) Que la información que le ha suministrado a la Sociedad en relación con los beneficios tributarios no constituye una asesoría tributaria. c) Es obligación del SUSCRIPTOR informar previa y oportunamente a su empleador o pagador, según sea el caso, el valor de las sumas que deberá consignar con destino al AVC. d) Que a través de la cuenta de AVC sólo podrán efectuarse pagos de las cuotas periódicas de amortización del crédito que le hubiere otorgado la Sociedad , para realizar prepagos de este o para la cancelación del precio de compraventa del respectivo inmueble. Salvo que el afiliado expresare una intención diferente. 10. CUMPLIMIENTO PARCIAL Y SUBSANACIÓN DEL CONTRATO: El SUSCRIPTOR que en el plazo inicial del contrato no obtenga el 100 % del puntaje, podrá subsanar el incumplimiento de la siguiente manera: 10.1. Habiendo alcanzado un porcentaje de cumplimiento del contrato igual o superior al 75 %, al vencimiento del plazo pactado, se le concederán automáticamente al SUSCRIPTOR hasta 12 meses adicionales para cumplir con el ahorro del monto total del contrato. Durante estos 12 meses adicionales el afiliado podrá alcanzar el monto pactado en el contrato, mediante consignaciones en fechas y cuantías variables. En el momento que se logre el ahorro total se asignará el puntaje. 10.2. Habiendo alcanzado un porcentaje de cumplimiento del contrato inferior al 75 %, al vencimiento del plazo pactado, automáticamente se reiniciarán el cálculo del puntaje y el plazo inicialmente pactado. El SUSCRIPTOR cuenta con 6 meses desde que se venza el plazo del contrato para realizar una consignación y a partir de ese momento, empieza a contar el nuevo plazo adicional. El monto total ahorrado durante el plazo inicial podrá aplicarse para cubrir hasta 3 cuotas futuras del plazo adicional. Estas cuotas futuras se podrán cargar una vez el afiliado realice la consignación que habilita el plazo adicional y podrán cubrir el valor de cuotas no pagadas o pagadas parcialmente durante la nueva vigencia. 10.3. La subsanación del contrato definida en este numeral será posible por una única vez por cada contrato. 10.4. Transcurrido el tiempo adicional de que trata el presente numeral sin lograr el puntaje establecido, se le permitirá al afiliado suscribir un nuevo contrato. 11. VARIACIÓN DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO: 11.1. El SUSCRIPTOR podrá, basado en su ingreso mensual, incrementar el valor de la cuota pactada y por ende el monto total del contrato siempre y cuando tenga entre 2 y 8 meses de haberlo iniciado y haya cumplido estrictamente su obligación contractual. Se conservará el plazo pactado, en el plazo restante se cancelará el saldo del nuevo monto en cuotas iguales y se suscribirá un otrosí. 11.2. El SUSCRIPTOR podrá, basado en su ingreso mensual, disminuir el valor de la cuota pactada y por ende el monto total del contrato siempre y cuando tenga entre 2 y 8 meses de haberlo iniciado y haya cumplido estrictamente su obligación contractual. Se conservará el plazo pactado, en el plazo restante se cancelará el saldo del nuevo monto en cuotas iguales y se suscribirá un otrosí. 11.3. En todo caso, el monto total ahorrado antes de la modificación del contrato permanecerá en la cuenta y el nuevo monto total pactado no podrá ser inferior al 1.2 smmlv vigente en Colombia a la fecha de suscripción del otrosí. 12. OTRAS DISPOSICIONES : 12.1. El SUSCRIPTOR declara y acepta que toda la información contenida en este documento (anverso y reverso) constituye el contrato de AVC suscrito con la Sociedad. 12.2. El SUSCRIPTOR deberá actualizar sus datos con una periodicidad mínima de un año. En caso de incumplimiento de este numeral, la Sociedad podrá condicionar la realización de cualquier trámite al cumplimiento de dicha obligación. La autorización de la información se permitirá previa confirmación de que la misma se está realizando por parte del consumidor financiero y no por un tercero no autorizado.

Favor diligenciar en letra imprenta clara y legible en tinta negra, sin tachones ni enmendaduras.

Valor de la cuota Valor del contrato AVC TRADICIONAL

Firma Firma

Número documento de identidad:

Nombre:

Número documento de identidad:

Nombre:

SUSCRIPTOR FONDO NACIONAL DEL AHORRO S.A.

FUNCIONARIO QUE ENTREVISTA

AVC PLUS (AVC condiciones especiales)

Periodicidad:

Plazo del contrato: Doce meses Periodicidad Mensual

Plazo del contrato: Nueve meses Doce meses

Mensual Bimestral Trimestral Semestral Nueve meses Anual

Fecha de diligenciamiento A A A A M M D D

Fecha de diligenciamiento A A A A M M D D

Código: GC-CC- FO -O1O Versión: 1Código: GC-CC- FO -O1O Versión: 2

REGLAMENTO CONTRATO DE AHORRO VOLUNTARIO (AVC)

CONDICIONES PACTADAS POR EL SUSCRIPTOR

1. CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: 1.1. Podrán suscribir contrato de ahorro voluntario , en adelante “ AVC ” con el Fondo Nacional del Ahorro S.A. , en adelante " la Sociedad " las personas naturales, en adelante el “ SUSCRIPTOR ”, afiliadas a través de cesantías, así como las personas señaladas en el parágrafo segundo del artículo 29 de la Ley 546 de 1999, adicionado por el artículo primero de la Ley 1114 de 2006 y el decreto 2555 de 2010. 1.2. Todo SUSCRIPTOR del AVC con la Sociedad estará sometido a suministrar a la Sociedad todos los documentos y demás información que este requiera para cumplir con un adecuado proceso de identificación y conocimiento del cliente. 1.3. El SUSCRIPTOR se obliga a notificar a la Sociedad oportunamente y en la forma o por los medios establecidos por este, cualquier cambio de la información que permita su ubicación, evaluación financiera o cambio en el tipo de actividad que desarrolle. 1.4. La Sociedad. aplicará políticas y controles sobre prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, de conformidad con lo establecido en las normas correspondientes. Así mismo, se reservará el derecho de afiliación por vía AVC , absteniéndose de aprobar o desembolsar créditos, cuando ello pueda implicar exposición de la Sociedad. a los riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo. 1.5. El SUSCRIPTOR se compromete a realizar depósitos de dinero a favor de la Sociedad , en las cuantías acordadas e intervalos regulares libremente establecidos en el presente contrato, hasta cumplir la meta del ahorro en el plazo convenido. El cumplimiento de este contrato se fundamenta en 3 parámetros básicos: I) periodicidad (entendida como constancia y hábito del ahorro), II) monto periódico (suma pactada como ahorro) y, III) monto total. PARÁGRAFO: En el evento que el SUSCRIPTOR de este contrato sea dependiente; pensionado; independiente bancarizado que declare renta o que haya suscrito contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión; asociado a cooperativas de trabajo o cuando existan convenios con entidades públicas o privadas suscritos con la Sociedad gozarán de condiciones especiales del AVC , en virtud de las cuales se entenderán cumplidos los términos del contrato de AVC en el momento de acumular el valor correspondiente al ahorro pactado dentro del plazo previsto en el contrato. Cuando exista convenio suscrito con fuente de pago a favor de la Sociedad por un plazo mínimo de 12 meses se entenderá cumplido el contrato AVC cuando se consigne el equivalente a una cuota del monto del contrato. En todo caso, el monto deberá ser inmovilizado hasta el vencimiento del plazo pactado en este contrato. 1.6. El primer pago y los subsiguientes se realizarán con la periodicidad definida en el presente contrato, adquiriendo el SUSCRIPTOR la calidad de afiliado a la Sociedad una vez se haya hecho efectivo el primer pago pactado en el contrato. 1.7. La Sociedad podrá habilitar medios electrónicos para que el SUSCRIPTOR efectúe los depósitos acordados, realice el retiro total de los mismos, para lo cual la Sociedad asegurará la adecuada contabilización de depósitos y de los retiros a nombre del suscriptor, en todo caso, se requerirá autorización expresa del SUSCRIPTOR para el uso de estos medios. 2. CONDICIONES DE MANEJO: 2.1. El monto total del AVC no podrá ser inferior al equivalente del ingreso promedio mensual del afiliado, manifestado por este, siempre y cuando el monto total ahorrado no sea inferior a 1.2 del salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) en Colombia a la fecha de suscripción del contrato. Para colombianos en el exterior que no han definido su situación migratoria, el monto total no podrá superar 7 smmlv dentro del periodo contractual. Lo anterior, sin perjuicio del mínimo de que trata el presente numeral. 2.2. El plazo mínimo del AVC para personas cuyos ingresos provengan de un contrato trabajado o de una relación laboral de derecho público o privado y pensionados será de 9 meses y de 12 meses para quienes no cumplan con estas condiciones. Las cuantías de las cuotas será la pactada en este contrato y su periodicidad podrá ser: mensual, bimestral, trimestral, semestral, cada nueve meses o anual, según se indique en este documento. Terminado el plazo inicial del contrato, la cuenta podrá continuar abierta hasta el retiro del dinero. Durante este tiempo el afiliado podrá solicitar el retiro de la totalidad de las sumas depositadas en cualquier momento. La entrega de los recursos se hará en los términos previstos en el numeral 7.4. de este documento. 2.3. Los afiliados no podrán tener más de un contrato de AVC vigente con la Sociedad. 2.4. La Sociedad suministrará al SUSCRIPTOR o a quien este autorice, información sobre la apertura, movimientos y saldos del AVC y a los funcionarios públicos facultados para consultarla. En tal sentido, la Sociedad enviará anualmente al SUSCRIPTOR , en documento físico o correo electrónico o en cualquier otro medio electrónico, la información relacionada con el movimiento del AVC a los afiliados. 2.5. La Sociedad podrá entregar a los titulares del contrato de AVC un código de barras o cualquier mecanismo que considere idóneo que les permitirá dar cumplimiento con el plan de AVC acordado. La custodia, manejo y uso del código de barras será de exclusiva responsabilidad del afiliado. 2.6. La Sociedad no cobrará suma alguna al titular del AVC por el manejo, la administración, transacciones y servicios asociados al producto. 2.7. El monto del AVC podrá incrementarse mensualmente de acuerdo con el valor de las cuotas mensuales del crédito o del canon mensual del Leasing Habitacional. El afiliado que resulte beneficiario de un crédito y/o contrato de Leasing Habitacional la Sociedad podrá destinar el monto del AVC y sus rendimientos al pago de éstos, previa autorización del afiliado, de manera expresa en documento independiente y/o en el pagaré contentivo de la obligación. 3. LIQUIDACIÓN Y ABONO DE INTERESES: 3.1. La Sociedad reconocerá y abonará al “ SUSCRIPTOR ” sobre los depósitos de AVC , una tasa de interés equivalente al límite inferior del rango meta de inflación establecido por el Banco de la República para el año en curso. Dicha tasa de interés no podrá ser modificada durante el periodo de liquidación del respectivo depósito. 3.2. La tasa de interés remuneratorio se liquidará en forma trimestral, sobre el saldo promedio del trimestre o fracción correspondiente a partir de la primera consignación, y el abono de los rendimientos se efectuará en el último día de cada periodo de liquidación, esto es, trimestre vencido, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, según corresponda. 3.3. **La Sociedad cesará la obligación de reconocer intereses remuneratorios por las sumas depositadas, en los siguientes casos: a) Terminación unilateral por parte la Sociedad descritas en el numeral 6.1. del presente contrato. b) Cuando los recursos se encuentren en cuentas por pagar. c) Cuando los recursos se encuentren en cuentas puente reintegros.

  1. DEPÓSITOS:** 4.1. El SUSCRIPTOR realizará los depósitos pactados en el presente contrato en las entidades financieras que para tal efecto señale la Sociedad , quien adoptará los canales de comunicación adecuados para mantener informado al SUSCRIPTOR sobre los establecimientos bancarios en los cuales podrá realizar tales depósitos. 4.2. El SUSCRIPTOR podrá depositar sumas de dinero superiores a las acordadas en el presente contrato. Estos depósitos adicionales no modificarán las condiciones iniciales del contrato, salvo modificación pactada del mismo y no podrán exceder, individual o conjuntamente, el valor inicial del contrato. 4.3. Los depósitos extraordinarios se podrán utilizar para cubrir un máximo de 3 cuotas futuras no pagadas o pagadas parcialmente, durante la vigencia del contrato. En el mes en que no se realice la consignación o el valor de ésta sea inferior al pactado, se tomará de los depósitos adicionales el valor necesario para pagar, completar o realizar un pago parcial de la cuota. 4.4. Los depósitos adicionales que realice el SUSCRIPTOR al amparo de la modificación pactada se tendrán en cuenta para la evaluación y asignación del puntaje para acceder a los créditos o contratos de Leasing Habitacional que otorgue la Sociedad. 4.5. Vencido el plazo del contrato el SUSCRIPTOR podrá realizar depósitos en cuantía superior a la inicialmente pactada. Pero, dichos depósitos no modificarán las condiciones establecidas del contrato, ni serán considerados como una de las variables de la metodología de evaluación y asignación del crédito y/o contrato de Leasing Habitacional. A tales depósitos se les reconocerá intereses remuneratorios sobre la totalidad de los depósitos realizados, de acuerdo con las condiciones establecidas. 4.6. Los depósitos se podrán hacer en efectivo, medios electrónicos o cheques de gerencia. 5. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: 5.1. El SUSCRIPTOR podrá solicitar financiación de vivienda a través de crédito y/o Leasing Habitacional a la Sociedad cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato, de acuerdo con la metodología definida por la Junta Directiva. 5.2. Para efectos del cálculo del puntaje el mes inicial será aquel en el cual el ahorrador realice la primera consignación. Durante los 12 meses del contrato, el SUSCRIPTOR debe realizar al menos una consignación entre el primer y último día del mes calendario para obtener los puntos correspondientes a la periodicidad. Los puntos correspondientes al monto periódico se asignarán si en el mes calendario deposita al menos la suma pactada, o se asignará proporcionalmente conforme al valor depositado. Si el último día del mes calendario cae fin de semana o festivo, se permite consignar el siguiente día hábil sin afectar el puntaje. 5.3. En todo caso conforme a lo dispuesto en el artículo 10.5.10.1.5 del Decreto 2555 de 2010 la celebración del AVC , así como el cumplimiento del mismo por parte del SUSCRIPTOR, no supone obligación alguna de la Sociedad de otorgar crédito únicamente por ese hecho. 5.4. El SUSCRIPTOR que resulte beneficiario de un crédito y/o contrato de Leasing Habitacional de la Sociedad podrá destinar el monto del ahorro voluntario contractual y sus rendimientos al pago de estos, para lo cual autorizo a la Sociedad a realizar el débito de la cuenta de AVC. En estos eventos el monto del AVC podrá incrementarse de acuerdo con el valor de las cuotas o cánones. 5.5. En los eventos en que el SUSCRIPTOR acceda a un crédito y/o Leasing Habitacional antes del vencimiento del plazo pactado en el contrato de AVC, los recursos depositados en la cuenta AVC quedarán inmovilizados hasta el vencimiento del plazo pactado. 6. TERMINACIÓN DEL CONTRATO: 6.1. La Sociedad dará por terminado el contrato en los siguientes casos: a) Cuando se detecte inconsistencia o inexactitud en la información suministrada por el afiliado. b) Cuando se advierta que el origen de los recursos utilizados por el afiliado puede estar relacionado con las conductas mencionadas en el artículo 102 del EOSF, modificado por el artículo 1 de la Ley 1121 de 2006. c) Cuando se detecte cualquier conducta fraudulenta por parte del afiliado. Una vez se presente alguna de estas causales la Sociedad informará por escrito o vía correo electrónico al SUSCRIPTOR , en un término no mayor a 30 días, para que efectúe la solicitud de retiro de estos recursos. 6.2. **El SUSCRIPTOR podrá dar por terminado el contrato unilateralmente, en cualquier momento, bien sea durante la vigencia inicial, después del vencimiento o durante la subsanación establecida en el numeral 10 del presente contrato.
  2. RETIROS:** 7.1. la Sociedad entregará al SUSCRIPTOR , a quien este autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, junto con los rendimientos liquidados hasta la fecha del retiro de los recursos, previo cumplimiento de los requisitos, en los siguientes casos: a) A solicitud del afiliado. b) Por orden de autoridad competente. c) Por muerte del afiliado. La documentación que se debe presentar se encuentra en www.fna.gov.co 7.2. La Sociedad entregará al afiliado, a quien éste autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, sin rendimientos, cuando el contrato se termine por decisión unilateral por parte de la Sociedad , en los casos señalados en el numeral 6.1 del presente contrato. La documentación que se debe presentar se encuentra en www.fna.gov.co 7.3. El SUSCRIPTOR no podrá realizar retiros parciales de las sumas depositadas. 7.4. La Sociedad realizará el pago de las sumas depositadas al titular o persona autorizada en un plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud. 7.5. En caso de fallecimiento o presunción de muerte del SUSCRIPTOR la Sociedad entregará las sumas depositadas con sus intereses a los herederos, a solicitud de estos y de conformidad con las disposiciones legales vigentes y los procedimientos para retiro de fallecidos de AVC. 8. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE AFILIADO POR AVC: 8.1. El SUSCRIPTOR perderá la condición de afiliado a través de AVC en los casos enunciados en los numerales 6.1., 7.1. y 7.2. 9. BENEFICIOS AFC: 9.1. En relación con los beneficios tributarios que aquí se trata, el titular del AVC que se vincule a este producto en los términos del presente reglamento y de la normatividad vigente aplicable a la materia, reconoce y acepta: a) Que los beneficios tributarios aquí previstos son de creación legal y, por tanto, su duración y alcance se encuentran sujetos a las disposiciones legales vigentes. b) Que la información que le ha suministrado a la Sociedad en relación con los beneficios tributarios no constituye una asesoría tributaria. c) Es obligación del SUSCRIPTOR informar previa y oportunamente a su empleador o pagador, según sea el caso, el valor de las sumas que deberá consignar con destino al AVC. d) Que a través de la cuenta de AVC sólo podrán efectuarse pagos de las cuotas periódicas de amortización del crédito que le hubiere otorgado la Sociedad , para realizar prepagos de este o para la cancelación del precio de compraventa del respectivo inmueble. Salvo que el afiliado expresare una intención diferente. 10. CUMPLIMIENTO PARCIAL Y SUBSANACIÓN DEL CONTRATO: El SUSCRIPTOR que en el plazo inicial del contrato no obtenga el 100 % del puntaje, podrá subsanar el incumplimiento de la siguiente manera: 10.1. Habiendo alcanzado un porcentaje de cumplimiento del contrato igual o superior al 75 %, al vencimiento del plazo pactado, se le concederán automáticamente al SUSCRIPTOR hasta 12 meses adicionales para cumplir con el ahorro del monto total del contrato. Durante estos 12 meses adicionales el afiliado podrá alcanzar el monto pactado en el contrato, mediante consignaciones en fechas y cuantías variables. En el momento que se logre el ahorro total se asignará el puntaje. 10.2. Habiendo alcanzado un porcentaje de cumplimiento del contrato inferior al 75 %, al vencimiento del plazo pactado, automáticamente se reiniciarán el cálculo del puntaje y el plazo inicialmente pactado. El SUSCRIPTOR cuenta con 6 meses desde que se venza el plazo del contrato para realizar una consignación y a partir de ese momento, empieza a contar el nuevo plazo adicional. El monto total ahorrado durante el plazo inicial podrá aplicarse para cubrir hasta 3 cuotas futuras del plazo adicional. Estas cuotas futuras se podrán cargar una vez el afiliado realice la consignación que habilita el plazo adicional y podrán cubrir el valor de cuotas no pagadas o pagadas parcialmente durante la nueva vigencia. 10.3. La subsanación del contrato definida en este numeral será posible por una única vez por cada contrato. 10.4. Transcurrido el tiempo adicional de que trata el presente numeral sin lograr el puntaje establecido, se le permitirá al afiliado suscribir un nuevo contrato. 11. VARIACIÓN DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO: 11.1. El SUSCRIPTOR podrá, basado en su ingreso mensual, incrementar el valor de la cuota pactada y por ende el monto total del contrato siempre y cuando tenga entre 2 y 8 meses de haberlo iniciado y haya cumplido estrictamente su obligación contractual. Se conservará el plazo pactado, en el plazo restante se cancelará el saldo del nuevo monto en cuotas iguales y se suscribirá un otrosí. 11.2. El SUSCRIPTOR podrá, basado en su ingreso mensual, disminuir el valor de la cuota pactada y por ende el monto total del contrato siempre y cuando tenga entre 2 y 8 meses de haberlo iniciado y haya cumplido estrictamente su obligación contractual. Se conservará el plazo pactado, en el plazo restante se cancelará el saldo del nuevo monto en cuotas iguales y se suscribirá un otrosí. 11.3. En todo caso, el monto total ahorrado antes de la modificación del contrato permanecerá en la cuenta y el nuevo monto total pactado no podrá ser inferior al 1.2 smmlv vigente en Colombia a la fecha de suscripción del otrosí. 12. OTRAS DISPOSICIONES : 12.1. El SUSCRIPTOR declara y acepta que toda la información contenida en este documento (anverso y reverso) constituye el contrato de AVC suscrito con la Sociedad. 12.2. El SUSCRIPTOR deberá actualizar sus datos con una periodicidad mínima de un año. En caso de incumplimiento de este numeral, la Sociedad podrá condicionar la realización de cualquier trámite al cumplimiento de dicha obligación. La autorización de la información se permitirá previa confirmación de que la misma se está realizando por parte del consumidor financiero y no por un tercero no autorizado.

Favor diligenciar en letra imprenta clara y legible en tinta negra, sin tachones ni enmendaduras.

Valor de la cuota Valor del contrato AVC TRADICIONAL

Firma Firma

Número documento de identidad:

Nombre:

Número documento de identidad:

Nombre:

SUSCRIPTOR FONDO NACIONAL DEL AHORRO S.A.

FUNCIONARIO QUE ENTREVISTA

AVC PLUS (AVC condiciones especiales)

Periodicidad:

Plazo del contrato: Doce meses Periodicidad Mensual

Plazo del contrato: Nueve meses Doce meses

Mensual Bimestral Trimestral Semestral Nueve meses Anual

Fecha de diligenciamiento A A A A M M D D

Fecha de diligenciamiento A A A A M M D D