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DETALLADO RESUMEN DE FORMAS DE GOBIERNO
Tipo: Resúmenes
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Para poder analizar la forma de gobierno que adoptó nuestro país, es indispensable conocer el Art. 1 de nuestra Constitución, que expresa lo siguiente: "La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según lo establece la presente constitución. " Entonces, de acuerdo a este artículo, surge que en nuestro país la forma de gobierno es: a) Representativa b) Republicana c) Federal FORMA REPRESENTATIVA: La "forma representativa de gobierno" implica que el pueblo se gobierna a sí mismo, pero a través de sus representantes. Es decir que el gobierno actúa representando al pueblo que lo eligió. Generalmente se utiliza la expresión "democracia indirecta" como sinónimo de "forma representativa". Esto nos lleva a distinguir entre democracia directa y democracia indirecta: o Democracia Directa (o pura): en este tipo de gobierno, el pueblo sin representantes dicta sus propias leyes y ejerce por sí mismo las funciones del Estado. Obviamente, ésto no tiene vigencia en la actualidad, ya que fue pensado para civilizaciones pequeñas y con pocos habitantes. o Democracia Indirecta (o representativa): el pueblo no se gobierna por sí mismo directamente, sino que elige a ciertas personas para que lo represente. La forma representativa está avalada y confirmada por el Art. 22 de la Constitución, que establece lo siguiente: "El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución.,," Por medio de este artículo, la Constitución ratifica la forma de gobierno representativa establecida por el art. 1. Formas Semidirectas de Democracia.- La Reforma Constitucional de 1994 intentó ampliar un poco más la participación del pueblo en la vida política del Estado, a través de las "formas semidirectas de democracia". Podemos mencionar las siguientes: iniciativa popular, consulta popular, referéndum, plebiscito, etc. FORMA REPUBLICANA: La palabra "República" deriva del latín "res pública"; ésto significa: la cosa pública, la cosa del pueblo, etc. Pero la mejor definición fue dada por el constitucionalista argentino Aristóbulo del Valle. Según él, una República "es una sociedad organizada en base a la igualdad de todos los hombres, cuyo gobierno es simple agente del pueblo, elegido por el pueblo de tiempo en tiempo y responsable ante el pueblo por su administración ". De esta definición surgen las principales características de la "forma republicana", que son las siguientes: