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La influencia marxista en el gobierno de Chávez: perspectiva filosófica del Derecho., Apuntes de Filosofía del Derecho

Este documento analiza la influencia de la ideología marxista en el gobierno de Hugo Chávez, particularmente en su gestión de Venezuela. El texto explora cómo las ideas de Marx sobre la plusvalía, la lucha de clases y la crítica al capitalismo han impactado la política venezolana. Además, se discute el enfoque de Chávez hacia la democracia y la justicia social, así como las controversias sobre la propiedad privada durante su gobierno.

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 30/04/2021

guido-antonio-romero-martines
guido-antonio-romero-martines 🇻🇪

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26-02-2021
Alumno: Richard Romero
Universidad Santa María CI: 26.078.917
Cátedra: Filosofía del Derecho
Cuarto Semestre, Sección “A”
Aspectos influyentes de la ideología
marxista y particularmente en la gestión de
gobierno de Hugo Chávez
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¡Descarga La influencia marxista en el gobierno de Chávez: perspectiva filosófica del Derecho. y más Apuntes en PDF de Filosofía del Derecho solo en Docsity!

26-02- Alumno: Richard Romero

Universidad Santa María CI: 26.078.

Cátedra: Filosofía del Derecho Cuarto Semestre, Sección “A”

Aspectos influyentes de la ideología

marxista y particularmente en la gestión de

gobierno de Hugo Chávez

Introducción

En la segunda mitad del siglo XX y los primeros diez años del siglo XXI se han publicado numerosos libros que exploraban la forma en que Marx y Engels pensaban el derecho y la forma en que criticaban la economía política, el materialismo histórico o el materialismo. La dialéctica puede confirmar científicamente la crítica fundamental de todo el derecho moderno, ciertos sistemas legales específicos, teorías legales burguesas e incluso casos reales combinados con leyes específicas. Todos estos principios planteados en el pasado poseen un impacto profundo en las sociedades contemporáneas, en este caso tomaremos el caso de Venezuela en un determinado momento de su historia política

Sin embargo desde muy temprano, el gobierno de Hugo Chávez provocó la inseguridad jurídica en materia de propiedad inmobiliaria por medio de la promoción y la falta de sanción de invasiones de tierras y otros inmuebles. Se usó, además, una retórica que hacía pensar que la mayoría de los que poseían tierras, en especial los grandes productores, las habían usurpado. Se ofreció una redistribución de las tierras a costa de los propietarios o poseedores privados, ignorando que en Venezuela ya había habido reforma agraria y que, además, el principal propietario de tierras era el Instituto Agrario Nacional. A la luz de los textos de Marx y de la propia experiencia de la acción y omisiones del gobierno, puede verse que en realidad no movía al gobierno un interés por la justicia social, sino el deseo de eliminar a cualquier agente que gozara de independencia frente al gobierno. De hecho, se trató de desconocer los títulos de propiedad entregados en el marco de la Reforma Agraria por el régimen republicano que se instauró en 1958. Pero no los títulos dados a los ricos, que no los había, sino los títulos dados a los pequeños campesinos. Después de estos inicios de violencia fáctica, llegó el momento de la violencia legal, del uso del aparato estatal como una máscara de los intereses de clase de los comunistas, quienes, por cierto, no eran los “proletarios”, pues la gran mayoría de los trabajadores sindicalizados fueron siempre fuertes opositores del gobierno. De hecho, aún hoy, cuando casi toda resistencia ha sido ya barrida, no puede decirse que Chávez tuviese un completo dominio del movimiento sindical. En enero del 2002 el Presidente del Instituto de Tierras, Adán Chávez, hermano de Hugo Chávez, declaró que las adjudicaciones que se hicieran conforme a la nueva Ley de Tierras no otorgarán a los beneficiarios de éstas un derecho de propiedad con las notas que tradicionalmente los códigos atribuyen a ese derecho. En realidad, darían sólo el derecho de uso y disfrute, mientras el dominio seguiría en manos del Estado. En una nota de prensa del 20 de junio de 2007 que recoge declaraciones de la Federación de Ganaderos de Venezuela, puede verse que las promesas de Chávez resultaron cumplidas, y que, además, el Instituto de Tierras tiene entre sus metas no aumentar la producción agropecuaria, sino intervenir las tierras que aún se hallen bajo régimen de propiedad privada. Más recientemente el gobierno ha revelado que la política de adjudicación no va a limitarse a los inmuebles agrícolas, sino que se va a extender a todos los bienes inmuebles, también los urbanos. En cuanto a la reforma propuesta a la Constitución por Hugo Chávez, en lo que se refiere a la propiedad. El artículo que se pretendía reformar es el 115, que textualmente dice: “ Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo

por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes ” En el nuevo artículo propuesto se crea o se declara la existencia de diversas formas de propiedad. La pública, que pertenece al Estado. La social directa o indirecta, que pertenecen al pueblo. La comunal o la de las ciudades. La mixta, que integra al sector público, al social, al comunal y al privado, dejando siempre intacta la soberanía de la nación. Después de este extraño elenco, declara la existencia de la propiedad privada. Pero lo hace de un modo peculiar, realmente revolucionario, marxista. Este decía lo siguiente; la propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo, y medios de producción legítimamente adquiridos. La propuesta, después, incluye un párrafo con la cláusula sobre la expropiación, semejante al artículo vigente, excepto que después de la frase cualquier clase de bienes, añade: “sin perjuicio de la facultad de los Órganos del Estado, de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objeto de expropiación, conforme a los requisitos establecidos en la ley”. En lo que se refiere a la propiedad privada, es fácil darse cuenta de que la sustitución de categorías jurídicas por categorías socio-económicas de tipo marxista, tales como medios de producción, bienes de uso y consumo. No es difícil percibir, igualmente, tanto que el artículo propuesto ya no estaría consagrando un derecho o garantía como que las notas de la propiedad ya no estarían consagradas constitucionalmente. La cláusula expropiatoria, con su añadido, sólo intentará cambiar la situación de hecho sobre la tenencia de los bienes. La Asamblea Nacional modificó el texto presentado originalmente por Chávez e incluyó los atributos de la propiedad en la propuesta de reforma del artículo, pero declarando que dichos atributos serán restringidos por leyes. La redacción de la cláusula sería la siguiente: “La propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo y medios de producción legítimamente adquiridos, con los atributos de uso, goce y disposición y las limitaciones y restricciones que establece la ley”.

Bibliografía

Filosofía Jurídica y Política – Miguel Cevedo Marín Revista de Derechos Humanos y Estudios Sociales - Año 2013 www.saber.ula.ve www.bbc.com scielo.conicyt.cl