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La filiación es el derecho jurídico que establece la relación de descendencia entre dos personas. Qué son considerados hijos de matrimonio y fuera de él, según el derecho español. Los hijos de matrimonio son aquellos nacidos después de 180 días de su celebración o dentro de los 300 días siguientes a su disolución. Por otro lado, los hijos fuera de matrimonio solo obtienen filiación mediante el reconocimiento voluntario de los progenitores o una sentencia judicial.
Tipo: Apuntes
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La filiación es un derecho jurídico que existe entre dos personas donde una es descendiente de la otra, sea por un hecho natural o por un acto jurídico.
Se presumen hijos de los cónyuges: I.- Los hijos nacidos después de ciento ochenta días contados desde la celebración del matrimonio; II.- Los hijos nacidos dentro de los trescientos días siguientes a la disolución del matrimonio, ya provenga ésta de nulidad del contrato, de muerte del marido o de divorcio Este término se contará en los casos de divorcio o nulidad, desde que de hecho quedaron separados los cónyuges por orden judicial.
La filiación de los hijos nacidos fuera de matrimonio, sólo se establece por el reconocimiento voluntario hecho por los progenitores o por una sentencia que así lo declare. Pueden reconocer a sus hijos, los que tengan la edad exigida para contraer matrimonio, más la edad del hijo que va a ser reconocido.