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Extinción de la Propiedad: Derecho Romano vs. Paraguay, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Romano

Este trabajo académico realiza un análisis comparativo de los modos de extinguir la propiedad en el derecho romano y la legislación paraguaya vigente. Se examinan figuras como la usucapión, la renuncia, el abandono y la expropiación, destacando las similitudes y diferencias entre ambos sistemas jurídicos. Una visión profunda de la evolución del derecho de propiedad y su aplicación en el contexto paraguayo.

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2023/2024

Subido el 18/11/2024

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sol-perez-26 🇦🇷

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Derecho Romano I
Cátedra
Segunda cátedra
Docente
Karen Leticia González Orrego
Título del trabajo
Análisis comparativo acerca de los modos de extinguir la propiedad en el Derecho Romano y
la Legislación Nacional Vigente
Autor
Sol Nadyne Pérez Aquino
Asunción-Paraguay
2024
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
Carrera de Derecho
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Derecho Romano I

Cátedra

Segunda cátedra

Docente

Karen Leticia González Orrego Título del trabajo Análisis comparativo acerca de los modos de extinguir la propiedad en el Derecho Romano y la Legislación Nacional Vigente Autor Sol Nadyne Pérez Aquino Asunción-Paraguay 2024 UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES Carrera de Derecho

TABLA DE CONTENIDO

Portada 1 Índice 2 Introducción. ........................................................................................................................ 3 Breve relato sobre el análisis comparativo acerca de los modos de extinguir la propiedad en el Derecho Romano y la Legislación Nacional Vigente Desarrollo .............................................................................................................................. 4 Conclusión … ........................................................................................................................ 8 Bibliografía general … ........................................................................................................ 10 Anexo… ................................................................................................................................ 11

DESARROLLO TEMÁTICO

Modos de extinguir la Propiedad en el Derecho Romano En el Derecho Romano, la propiedad podía extinguirse, por diversas causas, que respondían a las características de la sociedad de la época: los modos de extinción más comunes eran:

  • Abandono (Derelictio) : La derelictio o abandono de un bien era una de las formas más simples de extinguir la propiedad. Si un propietario manifestaba la voluntad clara y expresa de renunciar a su derecho sobre un bien, este se consideraba abandonado. El abandono debía ser un acto voluntario y sin intención de recuperar el bien, ya que si alguien lo tomaba después del abandono, podía adquirir la propiedad mediante ocupación. Este principio estaba profundamente arraigado en la idea de que la propiedad es un derecho ligado a la voluntad y el control de su titular.
  • Usucapión (Usucapio) : La usucapión es una de las figuras más interesantes del Derecho Romano, ya que permitía que una persona adquiriera la propiedad de un bien tras haberlo poseído de forma continua y pública durante un período de tiempo determinado. Para que la usucapión fuera válida, debían cumplirse ciertos requisitos, como la posesión de buena fe y la existencia de un justo título. Este mecanismo no solo servía para adquirir propiedad, sino también para extinguir la titularidad del propietario anterior. La usucapión en Roma era un reflejo de la importancia de la posesión efectiva como elemento clave del derecho de propiedad.
  • Pérdida por destrucción o desaparición del bien : En Roma, la propiedad sobre un bien también se extinguía cuando este dejaba de existir físicamente. Si un objeto o inmueble se destruía o desaparecía, ya no había un objeto sobre el cual ejercer derechos, y por tanto, se extinguía la propiedad. Esto reflejaba la concepción romana de la propiedad como un derecho que siempre debía estar vinculado a una cosa tangible.
  • Expropiación (Publica utilitas causa) : Aunque Roma no tenía un sistema de expropiación tan desarrollado como el moderno, existían casos en los que el Estado podía quitar la propiedad a un particular por razones de utilidad pública. Sin embargo, esta práctica estaba limitada y normalmente se esperaba que el Estado compensara al propietario de alguna manera. El interés público justificaba la intervención en la propiedad privada, pero solo bajo circunstancias excepcionales.
  • Pérdida por muerte sin herederos : En Roma, cuando una persona fallecía sin dejar herederos o testamento, su propiedad se revertía al Estado, lo que se conocía como "bienes vacantes". En estos casos, la extinción de la propiedad se daba por la imposibilidad de transmitirla a un sucesor, y los bienes pasaban a formar parte del patrimonio estatal. Modos de extinguir la propiedad en la legislación Paraguaya En la legislación paraguaya, el derecho de propiedad y sus modos de extinción están regulados principalmente por el Código Civil Paraguayo y otras normativas específicas, como las leyes de expropiación. A continuación, te detallo los principales artículos y leyes vigentes que abordan la extinción de la propiedad en Paraguay: 1. El Abandono El abandono como forma de extinción de la propiedad se contempla en el Código Civil Paraguayo , específicamente en los siguientes artículos: Artículo 1985 : Este artículo establece que el abandono de un bien debe ser manifiesto y voluntario. No basta con la simple falta de uso o cuidado del bien para que se presuma el abandono. Esto protege al propietario, garantizando que la pérdida de su derecho de propiedad no ocurra sin su voluntad clara y expresa. La ley es clara en que no puede suponerse el abandono solo porque el propietario deje de usar el bien. La manifestación de la renuncia debe ser clara y sin ambigüedades. Si el bien es abandonado de manera voluntaria, otro puede adquirirlo, ya sea por ocupación o por otras vías legales, como la usucapión. 2. Usucapión La usucapión , también conocida como prescripción adquisitiva, es un modo de adquirir la propiedad que también implica la extinción del derecho de propiedad para el titular anterior. Los artículos relacionados en el Código Civil Paraguayo son: Artículo 1988 : Define la usucapión como la adquisición de la propiedad mediante la posesión continua, pacífica y pública durante un período de tiempo estipulado por la ley. Artículo 1989 : Establece que la usucapión puede ser ordinaria o extraordinaria.

4. Renuncia Voluntaria

El Código Civil Paraguayo también permite la renuncia voluntaria del derecho de propiedad. Este es un acto por el cual el propietario decide dejar de ser titular de un bien. Los artículos relevantes son: Artículo 2011 : Este artículo establece que una persona puede renunciar voluntariamente a su derecho de propiedad. La renuncia debe ser expresa y clara, y el bien, al no tener dueño, puede ser adquirido por otro, ya sea el Estado o un tercero interesado. La renuncia voluntaria es una forma directa de extinguir el derecho de propiedad. Una vez realizada la renuncia, el bien se convierte en “res nullius” (bien sin dueño), quedando a disposición de quien lo reclame o lo adquiera legalmente.

5. Destrucción o Pérdida del Bien

El Código Civil Paraguayo también contempla la extinción de la propiedad por destrucción o pérdida del bien. Aunque no tiene un artículo específico, la lógica de esta figura se deriva del principio de que no puede existir un derecho sobre algo que ya no existe. Si un bien es destruido o desaparece, la propiedad sobre él se extingue. Esto aplica tanto a bienes muebles como inmuebles. En el caso de inmuebles, por ejemplo, si un edificio es completamente destruido, ya no hay un objeto sobre el cual ejercer derechos de propiedad.

6. La Sucesión por Muerte Sin Herederos

En Paraguay, al igual que en el Derecho Romano, la propiedad también se puede extinguir cuando una persona fallece sin dejar herederos. En estos casos, el Estado puede reclamar los bienes como “bienes vacantes”: Artículo 2591 del Código Civil Paraguayo : Este artículo establece que, si una persona fallece sin dejar testamento o herederos legales, sus bienes pasan a ser propiedad del Estado. Este mecanismo asegura que los bienes no queden sin dueño, lo que podría generar incertidumbre legal o conflictos. El Estado se convierte en propietario de los bienes que no tienen un titular claro, y puede disponer de ellos según las normativas establecidas.

Comparación entre el Derecho Romano y la Legislación Paraguaya Al comparar ambos sistemas jurídicos, es evidente que, aunque han pasado siglos, muchos de los principios básicos del Derecho Romano siguen vigentes en la legislación paraguaya. La usucapión y el abandono son ejemplos claros de figuras que han perdurado a lo largo del tiempo, aunque con algunas adaptaciones en cuanto a requisitos y formalidades. En cuanto a la expropiación, el Derecho Romano tenía una visión más restringida en comparación con la legislación paraguaya, que cuenta con un marco más detallado y regulado para equilibrar los intereses privados y públicos. Además, la legislación moderna incluye mayores garantías para los propietarios, como el derecho a una indemnización justa y la posibilidad de recurrir ante la justicia. Otro punto importante es el abandono. En el Derecho Romano, la derelictio podía ser más fácilmente asumida por simples actos del propietario, mientras que en Paraguay el abandono debe ser claramente manifestado, lo que otorga mayor seguridad jurídica a los bienes inmuebles.

BIBLIOGRAFÍA GENERAL

https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/9580/constitucion-nacional- https://www.unir.net/revista/derecho/derecho-romano/ https://www.etp.com.py/libro/derecho-romano

ANEXOS