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EXCEPCIONES CIVILES EN BOLIVIA, Resúmenes de Derecho Procesal

Importancia de la excepción en materia civil

Tipo: Resúmenes

2023/2024

Subido el 15/04/2025

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PRIMER PARCIAL
TEMA 1: NOCIONES GENERALES DE DERECHO PROCESAL CIVIL
1. Naturaleza Jurídica del Derecho Procesal Civil
El derecho procesal civil forma parte del derecho público, ya que regula la organización y funcionamiento del
sistema judicial en beneficio del interés general.
• Tutela de derechos: El Estado garantiza la protección de los derechos de los ciudadanos mediante
procedimientos judiciales.
• Relación con el derecho sustantivo: Aunque el derecho procesal es formal (regula el procedimiento), está
estrechamente ligado al derecho civil sustantivo, que establece los derechos y obligaciones de las personas.
2. Elementos del Derecho Procesal Civil
Los tres pilares fundamentales que estructuran el derecho procesal civil son:
1. Acción
• Es el poder jurídico que tienen las personas para acudir a los tribunales y exigir tutela judicial.
• Sin acción, no puede iniciarse un proceso.
• Es un derecho fundamental reconocido en la Constitución.
2. Jurisdicción
• Es la facultad exclusiva del Estado de administrar justicia.
• Permite resolver controversias aplicando la ley.
• Solo los jueces tienen jurisdicción para decidir sobre los conflictos.
3. Competencia
• Es el límite de la jurisdicción, determinado por:
• Materia (civil, penal, laboral, etc.).
• Territorio (dónde ocurrió el hecho o residen las partes).
• Grado (tribunales de primera instancia, apelación o casación).
3. Definición de Derecho Procesal Civil
Es el conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos judiciales en materia civil, estableciendo
derechos y obligaciones de las partes dentro del proceso.
Características:
• Regula la conducta de los sujetos procesales (demandante, demandado, juez, abogados, testigos, peritos,
etc.).
• Su principal objetivo es la solución de conflictos civiles.
• Permite a las personas invocar pretensiones basadas en normas del derecho civil.
4. Definición de Proceso Civil
El proceso civil es un conjunto de actos ordenados y regulados jurídicamente que buscan la resolución de un
conflicto de intereses en el ámbito del derecho civil.
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PRIMER PARCIAL

TEMA 1: NOCIONES GENERALES DE DERECHO PROCESAL CIVIL

1. Naturaleza Jurídica del Derecho Procesal Civil El derecho procesal civil forma parte del derecho público, ya que regula la organización y funcionamiento del sistema judicial en beneficio del interés general.

  • Tutela de derechos: El Estado garantiza la protección de los derechos de los ciudadanos mediante procedimientos judiciales.
  • Relación con el derecho sustantivo: Aunque el derecho procesal es formal (regula el procedimiento), está estrechamente ligado al derecho civil sustantivo, que establece los derechos y obligaciones de las personas. 2. Elementos del Derecho Procesal Civil Los tres pilares fundamentales que estructuran el derecho procesal civil son: 1. Acción
  • Es el poder jurídico que tienen las personas para acudir a los tribunales y exigir tutela judicial.
  • Sin acción, no puede iniciarse un proceso.
  • Es un derecho fundamental reconocido en la Constitución. 2. Jurisdicción
  • Es la facultad exclusiva del Estado de administrar justicia.
  • Permite resolver controversias aplicando la ley.
  • Solo los jueces tienen jurisdicción para decidir sobre los conflictos. 3. Competencia
  • Es el límite de la jurisdicción, determinado por:
  • Materia (civil, penal, laboral, etc.).
  • Territorio (dónde ocurrió el hecho o residen las partes).
  • Grado (tribunales de primera instancia, apelación o casación). 3. Definición de Derecho Procesal Civil Es el conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos judiciales en materia civil, estableciendo derechos y obligaciones de las partes dentro del proceso. Características :
  • Regula la conducta de los sujetos procesales (demandante, demandado, juez, abogados, testigos, peritos, etc.).
  • Su principal objetivo es la solución de conflictos civiles.
  • Permite a las personas invocar pretensiones basadas en normas del derecho civil. 4. Definición de Proceso Civil El proceso civil es un conjunto de actos ordenados y regulados jurídicamente que buscan la resolución de un conflicto de intereses en el ámbito del derecho civil.

Elementos del proceso civil:

1. Solución de conflictos

  • A través de procedimientos judiciales se resuelven controversias entre particulares. 2. Autoridad judicial
  • El juez dirige el proceso y dicta la sentencia basada en el derecho aplicable. 3. Sujetos coadyuvantes
  • Además de las partes y el juez, intervienen testigos, peritos y otros servidores judiciales que ayudan a esclarecer los hechos. 5. Presupuestos del Proceso Civil Para que un proceso civil sea válido, debe cumplir ciertos requisitos esenciales: 1. Existencia del proceso
  • Debe haber un conflicto que requiera intervención judicial.
  • Es necesario que haya una acción legalmente presentada. 2. Validez del proceso
  • El juez debe tener jurisdicción y competencia.
  • Las partes deben tener capacidad jurídica.
  • La demanda debe estar bien fundamentada y notificada al demandado. 6. Clasificación de los Procesos Civiles Los procesos civiles se dividen en varias categorías según su finalidad: 6.1. Procesos Preliminares
  • Conciliación: Intento de solución extrajudicial del conflicto.
  • Diligencias preparatorias: Pruebas o actuaciones previas para asegurar el éxito de una demanda. 6.2. Procesos Incidentales
  • Acumulación de procesos: Unificación de demandas similares.
  • Recusación: Solicitud para cambiar de juez por imparcialidad.
  • Tercerías: Intervención de un tercero que tiene interés en el litigio. 6.3. Procesos de Conocimiento
  • Ordinario: Requiere una tramitación extensa y detallada.
  • Extraordinario: Procedimientos especiales para ciertos casos.
  • Monitorio: Procedimiento ágil para cobrar deudas no discutidas. 6.4. Procesos de Ejecución
  • Ejecución de sentencias: Obligar a una persona a cumplir lo ordenado por un juez.
  • Ejecución de sumas de dinero: Cobro forzoso de deudas. 6.5. Procesos Concursales
  • Concursales necesarios: Obligatorios para empresas en quiebra.
  • Concursales voluntarios: Solicitados por el deudor que no puede pagar.

Acceso a la justicia : o Toda persona tiene derecho a un juez imparcial y a un juicio justo.  Derecho a la defensa : o Se garantiza que cada parte pueda:  Exponer sus argumentos.  Presentar pruebas.  Contar con asistencia jurídica adecuada. 2.3. Principios de Moralidad y Buena FeMoralidad : o El proceso judicial no es solo una formalidad; su objetivo principal es descubrir la verdad. o Las partes y el juez deben actuar con ética y rectitud.  Buena fe : o Se espera que todos los intervinientes actúen con honestidad y lealtad. o Evita prácticas como:  Presentar pruebas falsas.  Hacer uso malintencionado de los procedimientos judiciales. 2.4. Principio de Economía ProcesalPronta solución del conflicto : o Se busca evitar dilaciones innecesarias para que el proceso termine en el menor tiempo posible.  Simplificación del procedimiento : o Se eliminan trámites innecesarios para hacer más ágil la justicia.  Reducción de costos : o Se busca evitar gastos excesivos para las partes y el sistema judicial. 2.5. Principio de Saneamiento y Dirección del ProcesoSaneamiento procesal : o Se eliminan errores o irregularidades que puedan afectar el juicio. o Ejemplo: Si hay un defecto en la demanda, se da oportunidad de corregirlo.  Dirección del juez : o El juez tiene el poder de guiar y controlar el proceso , garantizando su correcto desarrollo. 2.6. Principio de Verdad Material e InmediaciónVerdad Material : o El juez no debe basarse solo en formalidades, sino en los hechos reales y la justicia sustancial. o Ejemplo: Si una prueba documental es cuestionada, el juez debe profundizar en su autenticidad.  Principio de Inmediación : o El juez debe tener contacto directo con las partes, pruebas y testigos. o Se promueve la realización de audiencias donde el juez pueda evaluar personalmente la información.

Tema 3: Estructura, naturaleza, fuentes y relación del Derecho Procesal Civil con

otras ramas del derecho

1. Introducción El Derecho Procesal Civil es una rama del derecho que regula la función jurisdiccional en materia civil, estableciendo los principios, normas y procedimientos para la solución de conflictos entre particulares mediante los órganos judiciales. Importancia  Garantiza el acceso a la justicia.  Asegura la tutela efectiva de los derechos de los ciudadanos en asuntos civiles. 2. Estructura del Derecho Procesal Civil a) Parte Orgánica  Regula la organización y competencia de los tribunales de justicia.  Establece la estructura jerárquica y funciones de los órganos judiciales. b) Parte Funcional o Procesal  Regula los principios generales del proceso y las reglas de procedimiento.  Define cómo se desarrollan las actuaciones procesales. c) Parte Ejecutiva  Regula los procedimientos de ejecución de sentencias y otros actos procesales. 3. Naturaleza Jurídica del Derecho Procesal Civil Existen diferentes posturas sobre su naturaleza: a) Derecho Público  Se considera parte del Derecho Público porque regula la función jurisdiccional del Estado.  Sus normas son de orden público e interés general. b) Derecho Privado  Algunos autores sostienen que tiene elementos de Derecho Privado porque regula relaciones jurídicas entre particulares.

e) Derecho Administrativo  En ciertos casos, los procesos civiles pueden involucrar a la administración pública, como: o Juicios de responsabilidad civil por actos administrativos. f) Derecho ComercialLitigios mercantiles se resuelven a través del Derecho Procesal Civil, como: o Contratos comerciales. o Disputas entre sociedades.

TEMA 4: LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL

La función jurisdiccional es una de las tres funciones esenciales del Estado, junto con la legislativa y la ejecutiva. Su propósito es garantizar la aplicación del derecho, resolviendo conflictos entre particulares o entre estos y el Estado, asegurando el acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales. El término jurisdicción proviene del latín iuris dictio , que significa "decir el derecho". Se define como la potestad del Estado, ejercida por sus órganos jurisdiccionales, para conocer y resolver conflictos jurídicos mediante decisiones con autoridad y fuerza de cosa juzgada.  Carnelutti : La jurisdicción es la actividad estatal destinada a la aplicación del derecho para solucionar litigios. Diferentes Significaciones de la Jurisdicción

  1. Sentido orgánico : Se refiere a los órganos del Estado (jueces y tribunales) que ejercen la función jurisdiccional.
  2. Sentido material o funcional : Es la actividad de administrar justicia resolviendo conflictos jurídicos.
  3. Sentido territorial : Indica el ámbito geográfico donde los órganos jurisdiccionales ejercen su potestad. Naturaleza Jurídica de la JurisdicciónTeoría de la Soberanía : La jurisdicción es una manifestación del poder soberano del Estado.  Teoría del Derecho Público : Es una función pública, opuesta a la actividad privada.  Teoría de la Autodefensa Prohibida : Sustituye la autotutela privada, prohibiendo la justicia por mano propia. Caracteres y Peculiaridades de la JurisdicciónExclusiva del Estado : Solo los jueces y tribunales pueden ejercerla.  Independiente : No depende de otros poderes del Estado.  Imparcial : Los jueces deben actuar sin sesgos.  Definitiva : Sus resoluciones tienen autoridad de cosa juzgada. Formas de Jurisdicción
  4. Jurisdicción Contenciosa : Se da cuando hay un conflicto entre partes que debe ser resuelto por un juez.
  5. Jurisdicción Voluntaria : No hay conflicto, pero se requiere intervención judicial (ejemplo: declaración de herederos).

Contenido de la Jurisdicción

  1. Declarativa : Determina la existencia de un derecho o situación jurídica (ejemplo: reconocimiento de propiedad).
  2. Ejecutiva : Hace cumplir decisiones judiciales con ejecución forzosa (ejemplo: pago de una deuda).
  3. Cautelar : Asegura la efectividad de una futura sentencia mediante medidas preventivas (ejemplo: embargo de bienes). Funciones de la Jurisdicción
  4. Resolver controversias : Dirime conflictos entre ciudadanos o con el Estado.
  5. Garantizar la seguridad jurídica : Asegura certeza en la aplicación del derecho.
  6. Hacer cumplir el derecho : Efectiviza las normas jurídicas.
  7. Ejercer control : Supervisa la constitucionalidad y legalidad de actos administrativos y legislativos

TEMA: 5 LA COMPETENCIA

1. Concepto y Fundamento de la Competencia La competencia es la facultad de un órgano jurisdiccional para conocer, decidir y ejecutar un determinado proceso. Es esencial para garantizar la correcta administración de justicia, asegurando que el tribunal adecuado resuelva cada conflicto. Bases y Naturaleza JurídicaFundamentos de la competencia: Se basan en criterios establecidos por el legislador, como el principio de especialidad y el principio de territorio.  Naturaleza jurídica: La competencia es una condición necesaria para que el juez pueda ejercer su función. Si un juez carece de competencia, sus decisiones son inválidas. 2. Principios Fundamentales de la Competencia 1. Principio de Especialidad o Cada juez tiene una competencia específica según la materia. o Ejemplo: Un juez penal no puede conocer un caso civil. 2. Principio de Territorio o Determina qué juez es competente según el lugar donde ocurrió el hecho o donde residen las partes. 3. Contenido de la Competencia 1. Conocer el caso: o El juez tiene la capacidad de recibir y entender el caso aplicando la ley correspondiente. 2. Resolver el conflicto: o El juez dicta sentencias y decisiones que ponen fin al litigio. 3. Ejecutar decisiones: o El juez puede ordenar el cumplimiento de sus resoluciones.

1. Concepto y Fundamento de la Acción La acción es el derecho subjetivo procesal que permite a una persona acudir a un tribunal para solicitar la protección de un derecho o interés legítimo. Es el mecanismo que activa la función jurisdiccional del Estado, lo que implica que sin acción no hay proceso judicial. Evolución HistóricaDerecho romano: La acción era el derecho de exigir el reconocimiento de una situación jurídica ante un magistrado.  Codificación moderna: Se entiende como el derecho de acudir a los tribunales para obtener una resolución sobre una controversia. Definición Actual La acción es el derecho de cualquier persona a interponer una demanda ante un juez, sin necesidad de demostrar de antemano que tiene razón. 2. Características de la Acción A. Derecho Subjetivo Público 1. Acceso a la Justicia: Toda persona puede acudir a los tribunales sin importar su condición. 2. Manifestación del Derecho: Está reconocido en constituciones y tratados internacionales. B. La Acción es AutónomaIndependiente del derecho material: Una persona puede demandar aunque no tenga derecho materialmente.  Existe por sí misma: No requiere que el derecho sustantivo esté garantizado de antemano. C. La Acción es Instrumental  No es un fin en sí misma, sino un medio para obtener tutela judicial.  Es el mecanismo mediante el cual los ciudadanos buscan la protección de sus derechos. D. La Acción es Abstracta  No depende de la certeza del derecho reclamado.  Una persona puede demandar aunque luego se determine que no tiene razón. 3. Teorías sobre la Naturaleza Jurídica de la Acción 1. Teoría Clásica o Civilista o La acción está ligada al derecho material. o Si no hay un derecho lesionado, no hay acción. 2. Teoría Procesalista o La acción es un derecho autónomo e independiente del derecho sustantivo. o Toda persona puede acudir a los tribunales, aunque su reclamo no prospere. 3. Teoría del Derecho Público Subjetivo o La acción es un derecho frente al Estado para exigir justicia.

o Se fundamenta en el acceso a la justicia como un derecho humano fundamental.

4. Acción como Derecho a la Jurisdicción 1. Perspectiva Constitucional: o Garantizado en tratados internacionales y constituciones. 2. Exigencia al Estado: o Permite exigir a los órganos jurisdiccionales que resuelvan las controversias conforme a derecho. 3. Posibilidad de Decisión Judicial: o No garantiza un fallo favorable, solo la posibilidad de que el juez decida. 5. Relación entre Acción y Justicia  La acción es el vehículo para garantizar la justicia.  Sin la posibilidad de ejercer acciones judiciales, los derechos quedarían sin protección efectiva.  Es un pilar del Estado de Derecho , ya que permite que las normas sean aplicadas y que los ciudadanos hagan valer sus derechos.

TEMA:7 LA PRETENSIÓN

1. Concepto y Fundamento La pretensión procesal es el núcleo del proceso judicial. Representa la solicitud de una parte para que un juez reconozca un derecho, imponga una obligación o defina una relación jurídica. En el proceso civil, se materializa a través de la demanda , iniciando la intervención del órgano jurisdiccional. 2. Diferencia entre Pretensión y DemandaPretensión: Contenido de lo que se solicita al juez dentro de un proceso.  Demanda: Acto procesal que formaliza la pretensión y da inicio al litigio. 3. Características EsencialesJurídica: Basada en normas legales.  Unilateral: Puede ser formulada por una sola parte sin acuerdo con la otra.  Contradictoria: Genera oposición del demandado, dando lugar al litigio. 4. Elementos Clave de la PretensiónSubjetivos: Demandante, demandado y el juez.  Objetivos: Petición inmediata (tutela) y mediata (bienes demandados).  Causa: Razones jurídicas y fácticas que fundamentan la pretensión. 5. Vicisitudes en el ProcesoAmpliación: Se añaden nuevos elementos.  Modificación: Se cambia el contenido sin alterar su esencia.  Oposición: El demandado presenta excepciones o defensas.