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Evidencia Digital en el Proceso Judicial, Apuntes de Derecho Penal

Describe el conjunto de evidencia digital que pueden ser utilizadas en el Proceso Judicial, para probar un hecho.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 26/07/2020

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carlos-isaias-aponte-gonzalez 🇪🇨

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Evidencia Digital en el Proceso Judicial
Dr. Santiago Acurio Del Pino
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¡Descarga Evidencia Digital en el Proceso Judicial y más Apuntes en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

Evidencia Digital en el Proceso Judicial

Dr. Santiago Acurio Del Pino

Agenda

  • Evidencia digital
    • Introducción
    • Qué es evidencia Digital
    • Necesidad de la evidencia digital
    • Problemática
  • Validez de la Evidencia Digital
  • Conclusiones

Introducción

  • Los problemas tradicionales al manejar

investigaciones relacionadas con equipos

informáticos, es la forma como se recupera la

información digital o electrónica de esta clase de

equipos,.

  • El problema radica en cómo instrumentalizar un

procedimiento o un método adecuado para

realizar esta tarea, cumpliendo con la premisa

de que estas prácticas deben ser aceptadas y

puestas en acción de forma universal y

respetando el debido proceso.

Definiciones

  • Por evidencia entendemos cualquier dato o información que pueda ser utilizado para determinar o demostrar la veracidad, que prueba un hecho una vez realizado o bien que no ha sido realizado.
  • Por evidencia digital y electrónica entendemos cualquier evidencia soportada en formato que se ha sido generada, transmitida, recibida por un dispositivo electrónico o informático que permiten archivar y reproducir la palabra, el sonido, la imagen y datos de cualquier otra clase.
  • En definitiva son campos magnéticos y pulsos electrónicos que pueden ser recogidos y analizados usando técnicas y herramientas especiales

Necesidad de la evidencia digital

  • En un mundo donde el uso de la redes de comunicaciones es cada vez es más intensivo (celulares, Internet, redes sociales y entornos 2.0 por poner algunos ejemplos) y, por lo tanto, donde las relaciones interpersonales se canalizan a través de medios electrónicos y telemáticos, es lógico que empiece a surgir la necesidad de probar o acreditar las actuaciones legítimas transferencias bancarias, declaraciones de impuestos….) o las conductas ilícitas de las que somos víctimas (fraudes informáticos como el PHISING, acosos a través de redes sociales, amenazas mediante SMS) en el formato en que se producen: el digital.

Problemática

  • Ahora se recibe un mensaje en el chat o

un SMS en donde el componente digital o

electrónico generan varios problemas:

  • 1.- la manipulación (¿puede un juez estar

completamente seguro de que el mensaje de

datos que se le muestra no ha sido

manipulado por el receptor?),

  • 2.- la volatilidad (se puede borrar, perder,

alterar) y cómo llevar ese mensaje de datos a

un proceso con garantías de que no ha sido

manipulado ante un Tribunal de Justicia

Necesidad de Prueba

  • La prueba dentro del proceso judicial es

de especial importancia, ya que desde ella

se confirma o desvirtúa una hipótesis o

afirmación precedente, el objetivo del

proceso conduce hacia la averiguación de

la verdad formal.

Necesidad de Prueba

COIP Materias Penales

  • Comprobar la existencia material de la infracción y la responsabilidad penal de la persona procesada.
  • Generar convicción en el Juzgador más allá de todo duda razonable.

COGEP

Materias no Penales

  • A la hora de sustanciar ante cualquier Tribunal de Justicia una cuestión litigiosa hay que tener presente que para que las pretensiones de las partes prosperen no basta con relatar los hechos acaecidos sino que también hay que desplegar la actividad probatoria necesaria que acredite la veracidad del relato fáctico que se expone. (Art. 162 del COGEP)

Concepto de Mensaje de Datos

  • Es toda aquella información generada por

medios electrónicos, digitales o similares

que puede ser almacenada o

intercambiada por cualquier medio.

Ejemplos: documentos electrónicos,

correo electrónico, páginas Web,

telegrama, télex, fax, facsímil e

Intercambio electrónico de datos.

Ley de Comercio Electrónico

  • Los mensajes de datos tienen el mismo

valor que los documentos escritos en

virtud del principio de equivalencia

funcional.

  • Se equiparan a escrito y a original
  • Los mensajes de datos son medios de

prueba.

  • El medio probatorio es el camino que designa

la ley para ingresar el objeto de prueba al

proceso

Normas Legales

Código Orgánico Integral Penal

  • Artículo 499.- La prueba documental se regirá por las siguientes reglas: - 6. Podrá admitirse como medio de prueba todo contenido digital conforme con las normas de este Código.

Código Orgánico General del Procesos

  • Art. 196.- Producción de la prueba documental en audiencia. Para la producción de la prueba documental en audiencia de juicio se procederá de la siguiente manera: - 3. Las fotografías, grabaciones, los elementos de pruebas audiovisuales, computacionales o cualquier otro de carácter electrónico apto para producir fe, se reproducirán también en su parte pertinente en la audiencia y por cualquier medio idóneo para su percepción por los asistentes.

Normas Legales COGEP

  • Art. 202.- Documentos digitales. los documentos producidos electrónicamente con sus respectivos anexos, serán considerados originales para todos los efectos legales. - Las reproducciones digitalizadas o escaneadas de documentos públicos o privados que se agreguen al expediente electrónico tienen la misma fuerza probatoria del original. - Los documentos originales escaneados, serán conservados por la o el titular y presentados en la audiencia de juicio o cuando la o el juzgador lo solicite. - Podrá admitirse como medio de prueba todo contenido digital conforme con las normas de este código.

Reglas para recuperar el

Contenido Digital

  • El análisis, valoración, recuperación y

presentación del contenido digital

almacenado en dispositivos o sistemas

informáticos se realizará a través de

técnicas digitales forenses.

  • Art. 500.1 del COIP

Reglas para recuperar el

Contenido Digital

  • Cuando el contenido digital se encuentre almacenado en sistemas y memorias volátiles o equipos tecnológicos que formen parte de la infraestructura critica del sector público o privado, se realizará su recolección, en el lugar y en tiempo real , con técnicas digitales forenses para preservar su integridad, se aplicará la cadena de custodia y se facilitará su posterior valoración y análisis de contenido. - La Integridad se garantiza con el uso de códigos de integridad, a través de la aplicación de algoritmos matemáticos que calculan un número único basado en el contenido del mensaje de datos, conocido como función HASH. - Art. 500.2 del COIP