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Estructura y Principios de la Constitución, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Constitucional

Estructura y Principios de la Constitución, LA CONSTITUCION Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2021/2022

Subido el 29/08/2022

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Diversos conceptos de derechos
constitucionales.
Estructura general de la Constitución.
La Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos de 1917 es carta magna y norma
fundamental, establecida para regir
jurídicamente al país, la cual fija los límites y
define las relaciones entre los poderes de la
federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial,
entre los tres órdenes diferenciados del
gobiernoː el federal, estatal y municipal, y entre
todos aquellos y los ciudadanos.
Derecho Constitucional
El Derecho Constitucional indica los
procedimientos de creación, modificación y
abrogación de todas las normas de ese orden
jurídico. Se refiere a una rama del orden
jurídico, o sea, a una disciplina que tiene como
finalidad el conocimiento de un determinado
conjunto de preceptos.
El constitucionalismo.
Es una tendencia sociopolítica cuyos objetivos
principales son:
a) dotar a los Estados de una Constitución
escrita;
b) hacer valer la supremacía de dicha
Constitución;
c) reconocer los derechos inherentes a la
persona; y
d) estructurar al Estado y someterlo, junto con
sus autoridades, al Derecho.
Estructura
La Constitución de 1917 está compuesta por 136
artículos divididos en nueve títulos, los cuales se
encuentran subdivididos en Capítulos.
Corrientes Constitucionalistas.
El constitucionalismo liberal o clásico, que
se destaca por la consagración de los
derechos individuales;
El constitucionalismo restaurador, que
buscó conciliar la institución de la Corona
instaurando las monarquías
constitucionales;
El constitucionalismo social, que postula
que los derechos individuales deben ceder
cuando estén en conflicto con los derechos
sociales;
El neoconstitucionalismo que postula que
«la constitución es garantizada por los
jueces e instituye la ponderación como
mecanismo último de su aplicación.
El nuevo constitucionalismo
latinoamericano que busca establecer
mecanismos de legitimidad y control sobre
el poder constituido mediante, en muchos
casos, nuevas formas de participación
vinculantes.
Constitución
Está constituida por los preceptos que regulan la
creación de jurídicas generales y, especialmente,
la creación de leyes conjunto de normas.
Estructura y Principios de la Constitución
La Constitución está conformada por dos
partes, conocidas como:
Dogmática: quedaron consignadas las garantías
individuales y se reconocen derechos y
libertades sociales.
Orgánica: corresponde a la división de los
poderes de la unión y el funcionamiento
fundamental de las instituciones del Estado.
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Diversos conceptos de derechos

constitucionales.

Estructura general de la Constitución.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 es carta magna y norma fundamental, establecida para regir jurídicamente al país, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres órdenes diferenciados del gobiernoː el federal, estatal y municipal, y entre todos aquellos y los ciudadanos.

Derecho Constitucional

El Derecho Constitucional indica los procedimientos de creación, modificación y abrogación de todas las normas de ese orden jurídico. Se refiere a una rama del orden jurídico, o sea, a una disciplina que tiene como finalidad el conocimiento de un determinado conjunto de preceptos.

El constitucionalismo.

Es una tendencia sociopolítica cuyos objetivos principales son: a) dotar a los Estados de una Constitución escrita; b) hacer valer la supremacía de dicha Constitución; c) reconocer los derechos inherentes a la persona; y d) estructurar al Estado y someterlo, junto con sus autoridades, al Derecho.

Estructura

La Constitución de 1917 está compuesta por 136 artículos divididos en nueve títulos, los cuales se encuentran subdivididos en Capítulos.

Corrientes Constitucionalistas.

• El constitucionalismo liberal o clásico, que

se destaca por la consagración de los

derechos individuales;

• El constitucionalismo restaurador, que

buscó conciliar la institución de la Corona

instaurando las monarquías

constitucionales;

• El constitucionalismo social, que postula

que los derechos individuales deben ceder

cuando estén en conflicto con los derechos

sociales;

• El neoconstitucionalismo que postula que

«la constitución es garantizada por los

jueces e instituye la ponderación como

mecanismo último de su aplicación.

• El nuevo constitucionalismo

latinoamericano que busca establecer

mecanismos de legitimidad y control sobre

el poder constituido mediante, en muchos

casos, nuevas formas de participación

vinculantes.

Constitución

Está constituida por los preceptos que regulan la creación de jurídicas generales y, especialmente, la creación de leyes conjunto de normas.

Estructura y Principios de la Constitución

La Constitución está conformada por dos partes, conocidas como: Dogmática: quedaron consignadas las garantías individuales y se reconocen derechos y libertades sociales. Orgánica: corresponde a la división de los poderes de la unión y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado.

Estructura y Principios de la Constitución

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Concepto de principio: Es un axioma que plasma una determinada valoración de justicia de una sociedad, sobre la que se construyen las instituciones del Derecho y que en un momento histórico determinado informa del contenido de las normas jurídicas de un Estado. Concepto de Principio constitucional: Regla básica que guía el funcionamiento coherente y equilibrado de la estructura de una Constitución formal de un Estado determinado.

LOS DERECHOS HUMANOS

Son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de prerrogativas se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución Política, tratados internacionales y las leyes. Los principios Constitucionales se dividen en: Principio de Limitación. Principio de Funcionalidad. Principio de no Concentración. Principio de Cooperación. Principio de no-Bloqueo. Principio de Supremacía. Principio de Unidad. Principio de Razonabilidad. Principio de Control. Principio de Estabilidad. Principio de Efectividad Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. ¿Para qué sirven los Principios Constitucionales? Para garantizar la vigencia, estabilidad y el respeto a la Constitución. Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Los derechos humanos son iguales y no discriminatorios : La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos.