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Carrera Administrativa en Colombia: Definición, Antecedentes y Selección - Prof. Ortega, Apuntes de Derecho Administrativo

Este ensayo explora la carrera administrativa en colombia, desde su definición y antecedentes legales hasta los principios generales que la rigen y el proceso de selección para ingresar a ella. Se analizan las leyes y decretos que han marcado su evolución, incluyendo la ley 909 de 2004, que regula el empleo público y la carrera administrativa en la actualidad. Se destaca la importancia de la carrera administrativa para garantizar la eficiencia y la eficacia de la administración pública.

Tipo: Apuntes

2024/2025

Subido el 12/02/2025

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fernando-arango-villa 🇨🇴

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ENSAYO
DEFINICIÓN, ANTECEDENTES LEGALES, ANTECEDENTES
CONSTITUCIONALES, PRINCIPIOS GENERALES DE LA CARRERA
ADMINISTRATIVA Y ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA ENTRAR
A LA CARRERA ADMINISTRATIVA.
Sandra Patricia Maquilon.
Fernando A. Arango villa.
Sthephany Martínez Gulfo.
Universidad autónoma latinoamericana
Especialización: derecho administrativo
Octubre 12 de 2024, Medellín, Antioquia.
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ENSAYO

DEFINICIÓN, ANTECEDENTES LEGALES, ANTECEDENTES

CONSTITUCIONALES, PRINCIPIOS GENERALES DE LA CARRERA

ADMINISTRATIVA Y ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA ENTRAR

A LA CARRERA ADMINISTRATIVA.

Sandra Patricia Maquilon. Fernando A. Arango villa. Sthephany Martínez Gulfo. Universidad autónoma latinoamericana Especialización: derecho administrativo Octubre 12 de 2024, Medellín, Antioquia.

Carrera Administrativa. En la legislación Colombiana se encuentra establecida la carrera administrativa como un sistema técnico de administración de personal, el cual regula los procesos de selección, evaluación del desempeño, calificación, capacitación, estímulos y retiro de los servidores públicos y cuyo objetivo es que se garantice la eficiencia y la eficacia de la administración pública, también busca garantizar la estabilidad y la igualdad de condiciones frente al ingreso y ascenso al servicio público, garantizando así la estabilidad y la profesionalización de los empleados públicos. La piedra angular para alcanzar este objetivo así como el ingreso y la permanencia, es el mérito, a través de procesos de selección garantizando la transparencia y la objetividad sin discriminaciones. Orígenes y Evolución. La carrera administrativa en Colombia tiene sus raíces en la Ley 165 de 1938, que sentó las bases para el sistema de carrera administrativa destinado a los servidores públicos. Posteriormente, la Constitución Política de 1991 consolidó la carrera administrativa como un derecho inherente y fundamental de los funcionarios públicos. Antecedentes legales de la carrera administrativa. La carrera administrativa en Colombia tiene su génesis en la ley 165 de 1938, la cual otorgó el derecho a no ser removidos a los empleados en carrera, excepto por faltas y estableciendo un procedimiento especial. También estableció el derecho al ascenso por méritos y competencias. El cumplimiento de esta ley fue ineficaz, debido a la novedad de la misma así como a la carencia de recursos presupuestales y del poco recurso humano calificado. Con la ley 19 de 1958, la cual tuvo su origen posterior a la reforma constitucional desarrollada por el plebiscito del año 1957, el cual dio a la carrera administrativa el carácter de principio constitucional, quitando al presidente la potestad para nombrar y remover a funcionarios que ejercían cargos públicos, dando inicio a una carrera respetable y formal de especialistas en el manejo de los negocios públicos. Esta ley dio origen a los siguientes entes reguladores:

  1. Departamento Administrativo del Servicio Civil, como organizador del servicio civil y la carrera administrativa en Colombia.

Decreto ley 1567 de 1998, Establece el Sistema Nacional de Capacitación con el objetivo de fortalecer en las instituciones y en los servidores públicos una mayor capacidad de desarrollo y respuesta, para alcanzar la eficiencia y efectividad en la gestión gubernamental. La Ley 909 de 2004, "Por la cual se establecen normas que rigen el empleo público, la carrera administrativa, la gestión pública y se establecen otras disposiciones", es la legislación actual que rige la carrera administrativa y tiene como propósito regular el sistema de servicio público y sentar las bases fundamentales para la dirección y administración de la función pública. Decreto 3232 de 2004, Se reglamentan el artículo 8º y el parágrafo transitorio del artículo 9º de la Ley 909 de 2004, sobre composición de la CNSC y, requisitos exigidos a sus miembros: procedimiento para su designación y período de desempeño. Decreto 770 de 2005 Se establece el sistema de funciones y de requisitos generales para los empleos públicos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades del orden nacional, a que se refiere la Ley 909 de 2004. Reglamentado por el Decreto 4567 de 2011. Decreto 760 de 2005, Se crea el Sistema Nacional de Capacitación y, el Sistema de Estímulos para los Empleados del Estado. Se establece el procedimiento a seguir por la Comisión Nacional del Servicio Civil [CNSC), para el cumplimiento de sus funciones. Ley 1093 de 2006, Se crean los literales e) y f) y un parágrafo del numeral 2 del artículo 5 de la ley 909 de 2004, generando excepciones de empleos de los organismos y entidades que no son de carrera administrativa. Decreto 2489 de 2006, Se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la rama ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional. Decreto 3905 de 2009, se reglamenta la Ley 909 de 2004, sobre empleos vacantes en el sistema de carrera general, de los sistemas específicos que pueden ser ofertados por la CNSC una vez el servidor cause su respectivo derecho pensional. Decreto 2809 de 2010, Se modifica el Decreto 1227 de 2005, sobre plazo de comisión para ejercer empleos de libre nombramiento y remoción o de período. Decreto 4567 de 2011, Se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y Decreto 770 de 2005, sobre el procedimiento para la evaluación de las competencias laborales de quienes van a desempeñar cargos de libre nombramiento y remoción en la rama ejecutiva del orden nacional.

Decreto 1785 de 2014, Se establecen las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional. Deroga los Decretos 2772 de 2005, 871 de 2006, 4476 de 2007, 3717 de 2010. Decreto 2484 de 2014, Se reglamenta el Decreto 785 de 2005, aplicable a los organismos y entidades del nivel territorial que se rigen en materia de nomenclatura, clasificación de empleos, de funciones y de requisitos generales. Decreto 894 de 2017, Desconcentra la función de la CNSC para adelantar procesos de selección a nivel territorial. Ley 1960 de 2019, por la cual se modifican la ley 909 de 2004, el decreto ley 1567 de 1998 y se dictan otras disposiciones. Antecedentes Constitucionales. A continuación cito textualmente en letra cursiva los artículos de la constitución política de Colombia que hacen referencia a la carrera administrativa: Artículo 125 La Constitución Política de Colombia, dispone que los cargos en los organismos y entidades estatales son de carrera, con excepción de aquellos que se ocupan por votación popular, designación y remoción discrecional, trabajadores oficiales y otros que la legislación establezca, por lo que se infiere lo siguiente:

1. Que existe la necesidad de nombrar por concurso público a los empleados cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la _Constitución o por la ley;

  1. El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos se hará con_ base en el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en la ley, requerimientos que en todo caso deberán fundarse en los méritos y _calidades de los aspirantes
  2. Las causales de retiro del servicio estarán fundadas en la calificación no_ satisfactoria en el desempeño del empleo, la violación del régimen _disciplinario y las demás causales previstas en la Constitución y la ley; y
  3. En ningún caso la filiación política de los aspirantes podrá determinar su_ nombramiento para un empleo de carrera, su ascenso o su remoción. Artículo 126. Los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. Tampoco podrán designar a personas vinculadas por los mismos lazos con servidores públicos competentes para intervenir en su designación

Reclutamiento

  • Los interesados deben realizar inscripción, acreditando que cumplen los requisitos solicitados para los cargos.
  • Las inscripciones se hacen ante la entidad que se haya contratado para adelantar concurso, hay modelo único de inscripción elaborado por CNSC, y se exige un mínimo de cinco días como término de inscripción.
  • Finaliza con auto de lista de admitidos, que son inscritos y cumplen con los requisitos.
  • Este auto es susceptible de impugnación en vía gubernativa, lo que suspende las siguientes etapas del concurso, mientras es resuelto. Pruebas
  • Estas tienen dos objetivos: (1) apreciar la capacidad y adecuación de los aspirantes a los cargos públicos; y (2) establecer la clasificación de los aspirantes, del mejor al peor puntaje.
  • Se exigen como mínimo dos pruebas una un examen de conocimiento (es de carácter eliminatorio, quien la pierde sale del concurso y las otras pueden ser de carácter eliminatorio o elegible. Pueden hacerse entrevistas, el decreto 770 establece que estas tienen un valor máximo del 13% y además debe ser grabada en medio magnético y ser realizada por tribunal de tres personas.
  • Finaliza con acto administrativo de carácter individual llamado lista de elegibles, organizados por puntajes.
  • Si ocurre que dos personas obtengan el mismo puntaje, hay criterios de desempate en el Decreto 1237 de 2005: (1) si una de las dos personas tiene discapacidad, se prefiere al discapacitado, es diferenciación positiva; (ii) si una persona está concursando para ascender otro apenas ingresando, se prefiere el que ya es funcionario y va a ascender, (ii) si ambos están ingresando, se prefiere al que haya ejercido el derecho al voto (papel de sufragio); y si cumplen todo no hay más criterios. Nombramiento
  • El nombramiento se hace por acto administrativo de carácter individual, que se vuelve eficaz con la posesión.
  • Se hace el nombramiento en periodo de prueba, por el término de seis meses.
  • Una vez terminado el anterior plazo, se hace evaluación de desempeño, si obtiene una calificación satisfactoria, este empleado adquiere los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa.
  • Mientras que si la calificación es insuficiente, será desvinculado Conclusión. La carrera administrativa en Colombia es esencial para asegurar la eficiencia y efectividad en la administración pública. No obstante, es imprescindible enfrentar los obstáculos y desafíos para consolidar el sistema y garantizar la especialización y permanencia de los servidores públicos. Recomendaciones. Para mejorar la eficiencia y transparencia en la administración pública, se pueden implementar las siguientes estrategias:
  • Fortalecer la independencia de la Comisión Nacional del Servicio Civil: Esto implica garantizar la autonomía y capacidad técnica de la Comisión para tomar decisiones libres de influencias políticas o de otro tipo.
  • Implementar sistemas de evaluación objetivos y transparentes: Se trata de diseñar métodos de evaluación basados en criterios claros y medibles, que permitan una valoración justa y equitativa del desempeño de los empleados públicos.
  • Incrementar la inversión en capacitación y desarrollo de habilidades: Invertir en programas de formación y capacitación que permitan a los empleados públicos mejorar sus competencias y estar actualizados en las últimas tendencias y tecnologías.
  • Promover la transparencia y rendición de cuentas en la administración pública: Esto incluye implementar políticas de participación ciudadana, acceso a la información y rendición de cuentas, así como fortalecer los mecanismos de control y supervisión. Al implementar estas estrategias, se puede mejorar la eficiencia, transparencia y rendición de cuentas en la administración pública, lo que a su vez contribuye a una mejor gobernanza y servicio al ciudadano.