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este ensayo contendrá la sucuesion ne los derechos hereditarios en colombia
Tipo: Monografías, Ensayos
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Colombia es un país descentralizado, así lo establece la constitución política de Colombia en el titulo 1 en su artículo 1 de la siguiente manera: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. (constitución política de Colombia 1991) Esto es posible y se debe necesariamente por el tema de la conformación de las regiones, es considerado por textos y medios de comunicación constantemente reafirman que Colombia es un país de regiones, por lo tanto, es imprescindible abordar el tema de la conformación regional en nuestro país, así como también el proceso histórico. La regionalización en Colombia ha sido una variante debido al cambio con anterioridad a la independencia y por la adopción de las constituciones, con la constitución del 1886 no faculto con autonomía a las entidades territoriales, lo que cambio con la constitución política de 1991 al facultar a las mismas, sin dejar de pertenecer al gobierno central. Actualmente Colombia atraviesa por un proceso de regionalización que incide en el ordenamiento territorial y determina la división política del país. Definición Región. Según el Diccionario de la Lengua Española, la palabra “región” significa en su primera acepción: “Porción de territorio determinada por caracteres étnicos o circunstancias especiales de clima, producción, topografía, administración, gobierno, etc.”, y en la segunda: “Cada una de las grandes divisiones territoriales de una nación, definida por características geográficas e histórico-sociales, y que puede dividirse a su vez en provincias, departamentos, etc.” Por su parte, la regionalización desde el punto de vista económico atiende a las interacciones del estado o la región, que tienen como finalidad la inserción en círculos económicos y comerciales importantes que se han desarrollado mediante acuerdos de integración regional que son acuerdos que pueden involucrar temas como comercio internacional y avanzar paulatinamente hacia áreas no comerciales, tales como la inversión, la regulación interna, las políticas domésticas, la infraestructura y las políticas públicas (Morales, 2007).
Con las constituciones de 1810 y 1815 comprende un periodo de gran relevancia por la revolución de los habitantes de la nueva granda hacia el poder español, en este periodo inicia un verdadero periodo de regionalización en Colombia, pues en este periodo las ciudades luchaban para lograr independencia, tanto en sus constituciones adoptando una especie de estado federal ,como en sus asuntos en el interior de cada provincia. Por otra parte, durante el período colonial la palabra “provincia” designaba los espacios de poder de las ciudades principales y sus oligarquías. Como vimos, desde 1810, siguiendo las costumbres del Antiguo Régimen, las ciudades subordinadas pelearon contra las ciudades principales para ganar una cierta independencia amenazando la integridad territorial de las provincias (Restrepo, 2005, p.113). Posteriormente y teniendo como referente la Constitución de Cundinamarca, se expide la Constitución de Tunja que es una carta política que declara la independencia de España y representa el fortalecimiento de la unidad territorial provincial bajo ideología de la Republica federal y basado en el constitucionalismo estadounidense. Se fundamentó en dicha carta los principios de la libertad, la paz, la igualdad, la propiedad, la educación, la utópica justicia social, la vida y el ejercicio idóneo de la democracia, todo dirigido al bien común (Rodríguez, 2015, p.140). la forma política de estado en esta época migra hacia un modelo unitario centralizado que buscaba promover la unión del estado. La Constitución Política de 1821 opta por esta forma, el Artículo 8 de esta Constitución estableció que “el territorio de la República será dividido en Departamentos, los Departamentos en Provincias, las Provincias en Cantones, y los Cantones en parroquias (Sosa, 2009, p.58). en 1832 se creó una nueva constitución del estado de la nueva granada, en la cual se realiza una conformación regional dividiendo el territorio en provincias , con cierta autonomía de esta manera cambia el estado de centralizado a descentralizado. La importancia de los postulados de la Constitución Política de 1832 radica en la creación de las cámaras de distrito que se asimilan a las figuras de asambleas departamentales que existen actualmente, se da entonces la primera expresión de regionalización en el país llevada a la realidad en el contexto normativo, dichas cámaras se constituyeron en entes interlocutores entre el sector central y las regiones (Fals, 1996, p.73)
Sin embargo, se dio un retroceso con la constitución posterior de 1843 al establecer nuevamente a Colombia en estado centralizado, ratificando la organización territorial que se tenía con la colonia. En 1853 nuevamente esto cambia al contemplar a Colombia como un estado descentralizado, unitario , garantizando de dicha manera independencia en el interior de la provincia, sin dejar de pertenecer al gobierno central Con las constituciones posteriores de 1858 y 1863 representaron un avance significativo , pues con la primera el estado adopto el nombre de confederación, granadina, y comienza una división territorial en departamentos, provincias y municipios y con la segunda crea la República Federal de los Estados Unidos de Colombia, que estaban conformados por los Estados de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Panamá, Santander y Tolima. Posterior a la misma la constitución política de 1886 cambia por completo al contemplar nuevamente la centralización. A posteriori en la asamblea constituyente de 1990 se engendra la discusión nuevamente si Colombia debía volver a la forma de estado federal o conservar el modelo unitario, por lo que se analizaron varias propuestas sobre el tema hasta que se decidió optar por una forma de estado unitario descentralizado basado en la unidad, autonomía y descentralización como principios territoriales, todo conservando una marcada perspectiva jerárquica (Estupiñán, 2012, p.35). Con la constitución de 1991 Colombia quedo consagrada como un Estado unitario con descentralización en sus entidades territoriales, pero de forma desligada al gobierno central. Además de lo anterior podrían considerarse otras entidades territoriales, en regiones o provincias, que la ley determine: La Constitución terminó reiterando la forma unitaria del Estado, agregando que es “descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales”, y lo amplia en el artículo 206 constitucional en donde se contempla que “la ley podría darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y la ley”. Por otro lado, el artículo 306 permite que “dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio” para el desarrollo económico y social del respectivo (Gómez, 2015, p.37). Con la expedición de la ley orgánica de ordenamiento territorial (LOOT) definió la regionalización como un principio rector del ordenamiento territorial en el inciso 5 artículo 3: Regionalización. El ordenamiento territorial promoverá el establecimiento de Regiones de Planeación y Gestión, regiones administrativas y de planificación y la proyección de Regiones Territoriales como marcos de relaciones geográficas, económicas, culturales, y funcionales, a partir
de los principios consagrados en la presente ley, enfatizando la gradualidad, flexibilidad y responsabilidad fiscal. (…) Durante el foro ‘Ley de regiones, del dicho al hecho’ organizado por la Federación Nacional de Departamentos, diferentes ponentes destacaron la importancia de las acciones y proyectos que viene adelantando la Región Centra RAP-E, en pro de la integración de Bogotá, Boyacá, Cundinamarca, Huila, Meta y Tolima. Durante el encuentro virtual, que tenía como objetivo conmemorar el aniversario de la Ley Orgánica de Regiones (Ley 1962 del 28 de junio del 2019), así como adelantar un balance de la Ley y su impacto dentro del ordenamiento jurídico interno, se hizo evidente el gran reto que asume el país frente al “nuevo regionalismo”, una descentralización que beneficie a los territorios y promueva su desarrollo. Este plan, según lo manifestado por Juan Guillermo Zuluaga, gobernador del Meta, es producto de la integración regional. “En la Región Central estamos haciendo realidad un proceso de descentralización con el Plan de Abastecimiento, vamos a procurar mejorar las condiciones de nuestros productores del sector agropecuario. Esperamos que sea un buen modelo para el país como un proceso de regionalización, que pueda dar resultados muy efectivos”. (Lizarazo, 2020) Conclusión La conformación de regiones o regionalización en Colombia surgió de un proceso histórico de la mano con las constituciones políticas. con el fin de reglamentar la creación de nuevos entes territoriales y ejecutar planes conforme a objetivos específicos en términos de organización territorial, se expidió la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT) o Ley 1454 de 2011, que define los distintos esquemas asociativos de entidades territoriales y desarrolla un concepto de regionalización animado por propósitos de planificación; promoviéndose la conformación de regiones como marco de relaciones geográficas, económicas, culturales y funcionales, que sirvan a la creación de entes territoriales que generen valor para sus habitantes y la Nación colombiana. A partir de la promulgación de la LOOT en Colombia se han conformado las RAP Caribe, Pacifico, Eje cafetero y la RAPE^1 Región Central. La RAP Eje Cafetero, aprobada por la Comisión de Ordenamiento Territorial del Senado de la República en mayo de 2018, está integrada por los departamentos de Caldas, Quindío y Risaralda, fue concebida con el objetivo de promover el desarrollo económico y
social de la región Eje cafetero, y marca un hito en los propósitos de integración y fortalecimiento de las relaciones regionales con miras a consolidar proyectos estratégicos de impacto regional. Las orientaciones de la Constitución Política para favorecer una nueva regionalización en Colombia están especialmente contenidas en sus Artículos 306, que permite a los departamentos constituirse en Regiones Administrativas y de Planificación (RAP), y 307, que construye los cimientos de lo que se considera “[...] un estadio de desarrollo superior en su vida administrativa mediante la figura de la constitución de Regiones Entidad Territorial ( Colombia, 1991 )”, para las cuales el Gobierno Nacional puede asignar recursos del presupuesto general de la Nación. .
cosntitucion politica de colombia. (s.f.). de los principios fundamentales. (s.f.). En constitucion politica de colombia. Lizarazo, J. A. (6 de julio de 2020). region central. Obtenido de region central : https://regioncentralrape.gov.co/la-rap-e-modelo-de-integracion-regional-en-colombia/ Toro, M. A. (2020). Caracterización funcional de la RAP Eje Cafetero, Colombia. scielo brasil. https://bibliotecadigital.univalle.edu.co/handle/10893/ http://www.ub.edu/geocrit/coloquio2012/actas/04-J-Rengifo.pdf