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Emplazamiento de herederos indeterminados en un proceso ejecutivo, Ejercicios de Derecho Civil

Un proceso ejecutivo singular de mayor cuantía en el que se demanda a la compañera permanente y a los herederos determinados e indeterminados de nelson rodríguez guzmán por el impago de dos cheques. El juez libra un mandamiento de pago por un total de 540 millones de pesos, incluyendo capital, intereses moratorios y sanciones. Se ordena notificar a los demandados y emplazar a los herederos indeterminados a través del registro nacional de emplazados de la rama judicial. El documento detalla los pasos procesales seguidos, las partes involucradas y las sumas adeudadas, lo que lo convierte en un recurso valioso para estudiantes de derecho y profesionales del área jurídica que requieran comprender los procedimientos de un proceso ejecutivo de esta naturaleza.

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 23/05/2024

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¡No te pierdas las partes importantes!

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LISTA DE EMPLAZAMIENTO Art. 108 DEL C.G.P.
Sujeto (s) Emplazado (s): HEREDEROS INDETERMINADOS de NELSON RODRÍGUEZ GUZMAN C..C # 80.262.090
Demandante(s): ARMANDO RODRIGUEZ GUZMAN C.C. # 11.304.883
Demandado(s): MYRIAM PAEZ NOVOA C.C. # 20.501.060, en calidad de cónyuge; en calidad de herederos determinados NELSON
ALEXANDER RODRÍGUEZ PÁEZ C..C # 11.206.970; CARLOS ANDRÉS RODRÍGUEZ PÁEZ C.C., # 1.070.588.854; JUAN CAMILO RODRÍGUEZ
PÁEZC.C. # 1.070.614.446; JESÚS ALBERTO RODRÍGUEZ RENGIFO, C.C. # 1.070.608.431 y Herederos Indeterminados de NELSON RODRÍGUEZ
GUZMAN C..C # 80.262.090
Naturaleza del Proceso: EJECUTIVO SINGULAR No. 253073103002-2021-00122-00
Providencias a notificar: Mandamiento de Pago de fecha ocho (8) de Febrero dos mil Veintidós (2.022)
Juzgado que lo requiere: JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE GIRARDOT CUNDINAMARCA
FECHA DE EXPEDICIÓN: JULIO 25/22
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¡Descarga Emplazamiento de herederos indeterminados en un proceso ejecutivo y más Ejercicios en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

LISTA DE EMPLAZAMIENTO Art. 108 DEL C.G.P.

Sujeto (s) Emplazado (s): HEREDEROS INDETERMINADOS de NELSON RODRÍGUEZ GUZMAN C..C # 80.262.

Demandante(s ): ARMANDO RODRIGUEZ GUZMAN C.C. # 11.304.

Demandado(s): MYRIAM PAEZ NOVOA C.C. # 20.501.060, en calidad de cónyuge; en calidad de herederos determinados NELSON

ALEXANDER RODRÍGUEZ PÁEZ C..C # 11.206.970; CARLOS ANDRÉS RODRÍGUEZ PÁEZ C.C., # 1.070.588.854; JUAN CAMILO RODRÍGUEZ

PÁEZC.C. # 1.070.614.446; JESÚS ALBERTO RODRÍGUEZ RENGIFO, C.C. # 1.070.608.431 y Herederos Indeterminados de NELSON RODRÍGUEZ

GUZMAN C..C # 80.262.

Naturaleza del Proceso: EJECUTIVO SINGULAR No. 253073103002- 2021 - 00122 - 00

Providencias a notificar: Mandamiento de Pago de fecha ocho ( 8 ) de Febrero dos mil Veintidós (2.02 2 )

Juzgado que lo requiere : JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE GIRARDOT CUNDINAMARCA

FECHA DE EXPEDICIÓN: JULIO 25/

Doctor: FERNANDO MORALES CUESTA JUEZ SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE GIRARDOT. Ciudad. Referencia: Ejecutivo 25307 31 03 002 2021 00122 00 Demandante: ARMANDO RODRÍGUEZ GUZMAN Demandados: MYRIAM PAEZ NOVOA Y OTROS. Asunto: Subsanación. WILLIAM FERNANDO ROMERO RODRÍGUEZ , identificado con la cédula de ciudadanía 11.224.417 de Girardot (Cund.), domiciliado y residente en Bogotá D.C., abogado titulado, portador de la T.P. 210.7 48 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, obrando en nombre y representación del señor ARMANDO RODRÍGUEZ GUZMAN , al Señor Juez, con el debido respeto, en atención a lo establecido mediante el auto del 7 de septiembre de 2021 donde se inadmitió la demanda, me permito subsanar en debida forma conforme lo siguiente:

  • El Despacho conforme lo argumenta, solicita al demandante dirigir la demanda conforme las disposiciones del art. 87 del C.G.P que establece: DEMANDA CONTRA HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS, DEMAS ADMINISTRADORES DE LA HERENCIA Y EL CONYUGE. En relación al proceso del asunto, conforme a lo solicitado por el Despacho, es pertinente mencionar que el proceso de sucesión se encuentra en etapa procesal notificaciones de la admisión, donde no se ha establecido la contradicción a los herederos determinados e indeterminados, así como a los interesados. En este orden, se procederá a modular el aparte introductorio, el acápite de las partes y notificaciones, correspondiente a los herederos indeterminados, de la siguiente manera: WILLIAM FERNANDO ROMERO RODRÍGUEZ , identificado con la cédula de ciudadanía 11.224.417 de Girardot (Cund.), domiciliado y residente en Bogotá D.C., abogado titulado, portador de la T.P. 210.7 48 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, al Señor Juez, con el debido respeto, me permito solicitar se sirva Librar MANDAMIENTO DE PAGO a favor de mi representado y en contra de la compañera permanente y los herederos determinados e indeterminados del señor NELSON RODRÍGUEZ GUZMAN (q.e.p.d.) , quien en su calidad de girador de los títulos valores base de la ejecución y por las siguientes sumas de dinero: I. PARTES. A. PARTE DEMANDADA: 1. La señora MYRIAM PAEZ NOVOA , identificada con cédula de ciudadanía No. 20.501.060, domiciliada en la ciudad de Girardot (Cundinamarca), en su calidad de compañera permanente del girador de los títulos valores, NELSON RODRÍGUEZ GUZMAN (q.e.p.d.) , quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 80.262.090.

3. JESÚS ALBERTO RODRÍGUEZ RENGIFO , recibirá las notificaciones en la Manzana 27 Casa 15 Barrio El Diamante en la ciudad de Girardot (Cundinamarca), teléfono 3214338996. Correo electrónico jringeniero8529@hotmail.com. 4. En relación a los herederos indeterminados, se procederá a realizar el emplazamiento conforme lo ordene el Despacho en consonancia con el estatuto procesal. C. APODERADO: El suscrito apoderado recibirá notificaciones en la Calle 69 Bis No. 105 - 58 en la ciudad de Bogotá D.C., teléfono 3008901842. Correo electrónico: willrom_@hotmail.com. En los anteriores términos dejo subsanada la demanda, solicitando al Despacho admitir y dar el trámite correspondiente con las medidas cautelares solicitadas. Del Señor Juez, cordialmente: WILLIAM F. ROMERO RODRÍGUEZ C.C. 11.224.417. T.P. 210.748 del C. S. de la J.

Ref: PROCESO EJECUTIVO SINGULAR Dte: ARMANDO RODRIGUEZ GUZMAN. Contra: MYRIAM PAEZ NOVOA y otros. Rad: 25307 31 03 002 2021 00122 00

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO

Girardot – Cund., Ocho ( 8 ) de Febrero de dos mil Veintidós (2022)

Problema Jurídico

Determinar si se reúnen los requisitos y exigencias formales, los

presupuestos procesales, y si se acompañan los anexos obligatorios con la presente

demanda, encaminados a lograr su admisión y el desarrollo del trámite legal.

Resolución del Problema Jurídico

Por encontrase reunidos los requisitos exigidos por los Arts. 82,

83, y s. s., 422 del C. de G. P., Arts. 621, 671 del C. de Co., el Juzgado

R E S U E L V E:

1.- LIBRAR mandamiento de pago por la vía EJECUTIVA

SINGULAR - MAYOR CUANTÍA, a favor de: ARMANDO RODRIGUEZ GUZMAN y a

cargo de: MYRIAM PAEZ NOVOA en calidad de cónyuge ; en calidad de herederos

determinados NELSON ALEXANDER RODRÍGUEZ PÁEZ ; CARLOS ANDRÉS

RODRÍGUEZ PÁEZ; JUAN CAMILO RODRÍGUEZ PÁEZ; JESÚS ALBERTO

RODRÍGUEZ RENGIFO y Herederos Indeterminados de NELSON RODRÍGUEZ

GUZMAN para el pago de la siguiente(s) suma (s) líquida (s) de dinero:

2.- Por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE

PESOS M/TE ($250.000. 000.oo) en concepto de capital, representados y contenidos

en el cheque No. IU391059 del Banco BANCOLOMBIA fecha de creación marzo 11

de 2021.

3.- Por la suma de CINCUENTA MILLONES DE PESOS m/te

($50.000.000.oo), correspondiente a la sanción del 20% de que trata el artículo 731

del C. de Co.

4.- Por Intereses moratorios sobre el capital, señalado en el

numeral segundo, a la tasa máxima legal permitida, en los términos que certifique la

Superintendencia Financiera desde que la obligación se hizo exigible y hasta cuando

se verifique el pago total de la obligación.