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El hombre y la sociedad política, Apuntes de Derecho Constitucional

Resumen sobre Derecho constitucional

Tipo: Apuntes

2019/2020
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CAPITULO I
EL HOMBRE Y LA SOCIEDAD POLÍTICA
1 LOS FUNDAMENTOS DE LA VIDA HUMANA
El hombre necesita crear su propia vida, y para esta tarea tiene facultades y posibilidades que no
aparecen en los animales. El ejercicio de su razón, libertad y sociabilidad le permite construir,
reformar o destruir su propio mundo.
Como afirma José Ortega y Gasset “es una realidad de libertad, y, a la fuerza, libre”.
La libertad no es aquello que ante la relación del hombre y sus circunstancias, le presenta a este
una pluralidad de posibilidades y le impele a la necesidad de elegir por sí mismo y con
responsabilidad.
Es evidente que el hombre es solo individuo en la instancia en que es gobernado por sus instintos;
en cambio, deviene en persona cuando su inteligencia y voluntad se apegan a lo que es la vida del
espíritu.
La espiritualidad es aquella libre fuerza que es vida y es amor. Por ende, no se trata de la
manifestación física del devenir humano, sino de la inserción del espíritu en el mundo.
El hombre, durante su existencia, tiende a la consecución de determinados fines, a saber:
-La conservación y generación de la vida.
-El perfeccionamiento físico, espiritual e intelectual.
-La participación en el bien común y la afirmación del sentido de seguridad.
2.- LA SOCIEDAD
el ser humano tiene la necesidad de un “medio” que haga posible un verdadero encuentro con
sus congéneres, ya que de estos depende, en gran medida, su propia esencia. Ese “medio” es
conocido con el nombre de sociedad
La sociedad viene a ser la unión de una pluralidad de hombres que aúnan sus esfuerzos de modo
estable para la realización de fines individuales y comunes. Ella existe por “mandato” de la
naturaleza humana.
Alfredo Poviñe expone que la sociedad alude a la reunión de individuos que obran en consuno
dentro de formaciones colectivas relativamente permanentes, con el propósito de alcanzar fines
predeterminados.
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CAPITULO I

EL HOMBRE Y LA SOCIEDAD POLÍTICA

1 LOS FUNDAMENTOS DE LA VIDA HUMANA

El hombre necesita crear su propia vida, y para esta tarea tiene facultades y posibilidades que no aparecen en los animales. El ejercicio de su razón, libertad y sociabilidad le permite construir, reformar o destruir su propio mundo. Como afirma José Ortega y Gasset “es una realidad de libertad, y, a la fuerza, libre”. La libertad no es aquello que ante la relación del hombre y sus circunstancias, le presenta a este una pluralidad de posibilidades y le impele a la necesidad de elegir por sí mismo y con responsabilidad. Es evidente que el hombre es solo individuo en la instancia en que es gobernado por sus instintos; en cambio, deviene en persona cuando su inteligencia y voluntad se apegan a lo que es la vida del espíritu. La espiritualidad es aquella libre fuerza que es vida y es amor. Por ende, no se trata de la manifestación física del devenir humano, sino de la inserción del espíritu en el mundo. El hombre, durante su existencia, tiende a la consecución de determinados fines, a saber: -La conservación y generación de la vida. -El perfeccionamiento físico, espiritual e intelectual. -La participación en el bien común y la afirmación del sentido de seguridad. 2.- LA SOCIEDAD el ser humano tiene la necesidad de un “medio” que haga posible un verdadero encuentro con sus congéneres, ya que de estos depende, en gran medida, su propia esencia. Ese “medio” es conocido con el nombre de sociedad La sociedad viene a ser la unión de una pluralidad de hombres que aúnan sus esfuerzos de modo estable para la realización de fines individuales y comunes. Ella existe por “mandato” de la naturaleza humana. Alfredo Poviñe expone que la sociedad alude a la reunión de individuos que obran en consuno dentro de formaciones colectivas relativamente permanentes, con el propósito de alcanzar fines predeterminados.

Robert M. Mac Iver y Charles H. Page señalan que en la sociedad existen reglas y procedimientos que correlacionan la conducta de los individuos a efectos de regular las relaciones interpersonales. Por su parte, Henry Pratt Fairchild expone que las conductas orientadas por reglas e instituciones expelen fuerzas vitales articuladas tras actividades colectivas tendientes a satisfacer intereses compartidos. El cuerpo social se cohesiona sobre la base de los tres factores siguientes: a) Interacción social con arreglo a valores b) Interacción social con arreglo a fines c) Interacción social con arreglo a sentimientos de afecto recíproco La persona humana no conforma una unidad cerrada; se trata más bien de un “todo” abierto; no es un pequeño dios; no es un ídolo que no ve, no oye, ni habla; por el contrario, tiende por su propia naturaleza a la vida social, a la comunicación, a la solidaridad y al amor. Es dable consignar que cuando una sociedad articula orgánica y estructuralmente una interacción de mando y obediencia, a efectos de asegurar de manera consciente y deliberada determinados propósitos convivenciales, ello indica que le ha abierto paso al Estado. A nuestro modo de ver, en ese contexto la sociedad queda “engarzada” en la trama de la vida política a través del derecho. Los fundamentos de las normas jurídicas se encuentran en la naturaleza humana, en razón de que: a) Los hombres se relacionan entre sí conforme a tendencias naturales de realización. b) Las tendencias necesitan, de un orden que fije límites éticos y que permita dicha realización coexistencial. c) Los hombres conocen naturalmente, mediante la razón, los primeros principios jurídicos generales necesarios para ordenar la convivencia y el bien común. Así, las tareas básicas del derecho serían las cuatro siguientes: a) Definir las relaciones generales de comportamiento. b) Designar las autoridades para el ejercicio del poder. c) Descubrir las cosas que perturban la vida normal de la sociedad, permitiendo el restablecimiento de la armonía y la convivencia. d) Reorganizar y reedificar las relaciones entre las personas y los grupos. 2.1.- El proceso de la vida social

Esta noción encierra un rasgo específico de la civilización: el mejoramiento creciente y general de todos los planos de la vida coexistencial. Este se halla ligado estrechamente al desarrollo de la ciencia moderna, a la lucha y el reconocimiento de los derechos fundamentales y a la rápida transformación industrial y comercial. Dicha noción percibe a la historia como el terreno de una empresa humana que, bajo la egida de la razón, incrementa el acervo de las sociedades. 2.1.4.- Las castas se trata de una población dividida irremisiblemente por barreras sociales, en unidades endogámicas y por peculiaridades culturales. 2.1.5.- Los estamentos Aluden a un tipo de estratificación social establecido en función a la propiedad o no propiedad de la tierra. 2.1.6.- Las clases Aluden a un tipo de estratificación social sustentada en la acumulación de riqueza, ingresos económicos o prestigio gregario; y que dentro de ese marco se estimulan ciertas formas de educación, consumo, patrones de comportamiento, etc. 2.1.7.- El status Alude a la situación, posición, nivel o grado de prestigio social que una persona alcanza entre los distintos grupos que constituyen la sociedad. Por consiguiente, cada ser humano tiene, en principio, diferentes status, ya que participa en muy diferentes aspectos de la vida en relación, alcanzando en cada uno posiciones disímiles. 2.1.8. Los roles Son las formas o pautas de derecho que , como instrumento de la regulación social, exige por razon de la existencia y ostentación de la tenencia de un determinado status. La sociedad se presenta como una interacción recíproca de roles específicos , en tanto que el derecho se revela como la expresión compulsiva que exige o ampara la verificación de una conducta predeterminada. 3 LA TIPOLOGÍA SOCIAL 3.1. Las sociedades prepolíticas:colectividades humanas que carecieron de organización política. Se caracterizaron por:

  • Existencia de una autoridad encargada del aseguramiento conductual.
  • La acción colectiva no estuvo reservada.
  • Ubicación poco definida.
  • Interrelación por vínculos de parentesco.
  • Desarrollo de actividades de subsistencia. Abarcaron 4 tipos de expresiones: a) La horda: pequeño número de personas de vida transhumante unidas carentes de regulación político- jurídico articulado y fija. b) El clan: grupo de personas unidas por el vínculo de sangre y de filiación unilineal. c) La tribu: cualquier grupo social que abarca un gran número de clanes. d) Confederación tribal: liga o unión de varias tribus con una especie de alianza. 3.2. Las sociedades políticas Colectividades que aparecen como consecuencia del proceso de una mayor y mejor delimitación territorial y poblacional , y la aparición de grupos sociales. 3.2.1. La formación de las sociedades políticas Se explica en base a tres teorías: a) La formación consensada: sociedad política como resultado de una convención nacida del albedrío de las personas que deciden asociarse. b) Formación determinista: en instinto gregario y el proceso de evolución en las relaciones coexistenciales , generan la constitución de la sociedad política. c) La formación binaria: la sociedad política nace como consecuencia de la conjunción de dos factores: Factor de Naturaleza política y factor de Naturaleza cultural. 3.2.2. Los componentes de las sociedades políticas a) El pueblo: presencia de un grupo humano vinculado y compenetrado con la realización de intereses comunes. b) El poder político: presencia de un aparato de gobierno que canaliza l a energía social. c) El territorio: presencia del asentamiento humano y su aparición de disposición en una área geográfica. 3.2.3. Los factores, requisitos y tipología de las sociedades políticas. Pueden mencionarse cinco: a) Internalización del poder político b) Establecimiento de un específico y diferenciado sistema de normas jurídicas. c) Establecimiento de un equipo burocrático. d) Legitimación ideológica del ejercicio del poder. e) Control de los excedentes de la producción. 3.3. Las sociedades políticas iniciales

a) Unificación y centralización del ejército del poder. b) Secularización del ejercicio del poder. c) Determinación territorial y poblacional. 3.5. La definición del concepto de Estado El concepto de estado puede ser observado de 3 perspectivas: a) La perspectiva deontológica: radica en la atención de fines y metas que el Estado persigue. b) Perspectiva sociológica: radica en la atención a las propiedades y cualidades propias del tipo de poder del estado. c) Perspectiva jurídica: el Estado en atención a la función normativa compulsiva. 3.6. Las formas de institucionalización histórica del Estado a) Por inmemorabilidad: revive a aquellos estados que se originaron lentamente en el tiempo. b) Por el establecimiento de una población en un territorio no sometido a ninguna soberanía estatal: los casos de Liberia y transpaleta c) Por emancipación: acto político de liberación frente a una organización político- jurídico. d) Por secesión: desmembramiento de un estado para dar lugar a la conformación de otro. e) Por fusión: consecuencia de la unión de dos o más estados a efectos de constituir uno nuevo. f) Por absorción: adscripción d en cuerpo politico por otro estado de mayor energía política. g) Acto político: decisión soberana de un estado de crear otro ente homólogo. h) Acuerdos interno: concertación de voluntades de varios estados dentro del ámbito del derecho internacional público. 3.7. El principio de continuidad estatal Plantea que cuando entre los elementos del estado se experimentan transformaciones,surge el problema de determinar a este sigue siendo el mismo desde la perspectiva de los derechos y obligaciones. 3.8. La extinción estatal Se dan cuando un estado pierde su independencia política. 3.9. La naturaleza del Estado Esencia que configura el cuerpo politico en sí mismo y que establece los principios de su obrar, describe sus cualidades y propiedades extrínsecas. La especificidad del estado se distingue a través de dos atributos: a) Externalización del elemento poder político. b) Institucionalizacion de lo impersonal de la autoridad.

3.10. El estudio del Estado Las disciplinas del conocimiento del estado se plantea desde tres disciplinas: a) Teoría del estado: se encarga de estudiar mediante un conocimiento especulativo o teórico del fenómeno estatal. b) Derecho constitucional: Se encarga de estudiar las instituciones políticas de un estado determinado, dentro de un ángulo jurídico. c) Ciencia política: se encarga de estudiar la naturaleza y ejercicio de la autoridad política

CAPITULO II

LOS ELEMENTOS DEL ESTADO

1. EL PUEBLO

Alude a un conjuntos de personas que tienen en común su vinculación jurídica- política con un cuerpo político soberano. Puede ser de composición étnica homóloga o heterogénea. La primera se acredita sociológicamente en la unidad étnica y la segunda en la existencia de una pluridad de etnias. Comprende cuatro condiciones concatenadas. a) Vínculo personal: enlace personal con el cuerpo político debe ateñee específico y propiamente a esta misma. b) Vínculo principal: el enlace personal debe caracterizarse por sus acciones preferentemente en relación al que pudiera tener establecido en otros estados. c) Vínculo de correspondencia social: el enlace personal implica una recíproca interacción con los demás integrantes de un pueblo d) Vínculo permanente: el enlace debe ser estable , no provisional. 1.1. El pueblo, la nación y la patria La expresión pueblo tiene una connotación política jurídica, un sustento histórico y social. Carece de consideraciones sociológicas , culturales, históricas , se remonta a la únicas local por imperio de la ley. La nación es una pluralidad de personas enlazadas por factores que tienen cepa en el tiempo. La patria se traduce en el sentimiento de afecto al lugar que nos cobija. 1.2. El pueblo y el principio de libre determinación

b) La situación no concordada: producto de la situación en la que dos legislaciones estatales sin coordinación consideran simultáneamente a una persona con derecho a la doble nacionalidad. 1.5. La pérdida y la renuncia de la nacionalidad La pérdida implica la privación jurídica de la condición de nacional. Los causales por los general se encuentran señalados en una ley especial. 1.6. La recuperación de la nacionalidad Facultad de recobrar la nacionalidad a la cual anteriormente se había renunciado. Se produce cuando el interesado acredita cumplir con los requisitos que el Estado al que quiere inscribirse lo condiciona. 1.7. La relación entre nacionalidad y ciudadanía La nacionalidad es el género y la ciudadanía la especie. Cuatro reglas condicionales para el Estado: a) La persona tiene derecho a una nacionalidad. b) El nacional puede convertirse en ciudadano si cumple con todas las Exigencias que señala su legislación. c) La persona que pierde la condición de nacional ,ipso facto deja de ser ciudadano. d) Lo personal que es suspendida en su condición de ciudadano, no necesariamente sufre la consecuencia de perder la ciudadanía. 1.8. El caso de los extranjeros Éstos estás sujetos a su discrecionalidad para ser admitidos dentro de un territorio ya sea como residente o transeúntes. 2 PODER POLÍTICO Capacidad de una persona para determinar, condicionar, dirigir la conducta de los demás. Fernando Silva Santisteban afirma que es inherente a la naturaleza de toda actividad humana, que algunos individuos pueden controlar el comportamiento de otros. 2.1. Los componentes del poder a) La energía: vigor o la fuerza que poseen un ente por razón de su propia Naturaleza. b) La competencia: expresa los fundamentos ético- políticos para alcanzar los efectos y consecuencias previamente determinadas. 2.2. El poder, los gobernantes y el derecho

Los gobernantes son aquella parte poco numerosa de la sociedad política que conduce ésta, a la consecución de sus fines existenciales. La autoridad actúa coactivamente en al medida en la que el incumplimiento de lo dispuesto por ella le concede la atribución de aplicar sanciones. 2.3. El origen del poder Se explica en base a : a) La doctrina teocrática : la fuente del poder se encuentra en Dios, ideas que se fundan en lo establecido en la Biblia. a.1) la doctrina del derecho divino sobrenatural: afirma en la idea de que Dios elige por si mismo a los gobernantes y los enviaste de los poderes necesarios para asegurar la coexistencia social. a.2) la doctrina del derecho divino providencial: sostiene que los gobernantes son producto de la disposición viable e irresistible del supremo hacedor ,la voluntad social quesa relegada. b) Doctrina de la voluntad social: sostiene que la fuente del poder se encuentra en la voluntad razonada de los miembros de la colectividad humana. Para esta doctrina la voluntad emana de la convención humana, que erige de un poder político sujeto a específicos límites y condiciones. 2.4. Las características del poder a) La omniinclusividad: lo es en razón a que abarca y alcanza a todos los grupos sociales. b) Coerctiividad: lo es en razón a que las órdenes que dicta son exigibles por la fuerza. 2.4.1. Los alcances de la soberanía Cualidad o propiedad central del poder estatal que lo convierte en titular de las funciones legislativas, ejecutivas, judiciales y de control. Atributos propios de la soberanía: _ atributo de legislar _ atributo de decidir sobre la guerra o la paz _ atributo de designar a los altos funcionarios. _ atributo de administrar justicia. _ atributo de exigir a los súbditos obediencia y fidelidad.

b) La legalidad : capacidad de mando sustenntada en la preexistencia de normas jurídicas que otorgan la facultad de hacerse obedecer por amparo de la ley. c) La legitimidad: capacidad de mando sustentada en la adhesión de la colectividad a quien ejerce la titularidad del poder , cuando éste cumple formalmente con los requisitos para acceder o mantenerse en el ejercicio. d) La influencia de capacidad de mando: sustentada en el predominio espiritual , fuerza moral que opera sobre el ánimo de las personas. 2.7. El poder y la arbitrariedad La arbitrariedad presenta tres caracteristicas: a) Rebasa toda regulación normativa b) Proviene de una autoridad máxima c) Expresa una determinación personal y subjetiva. 2.8. La noción de fuerza desnuda Se fundamenta en en respaldo de las armas y en la presencia ostensible de violencia o amenaza de violencia constitucional. Coexiste con el temor y el miedo de los ciudadanos o subditos. 2.9. Los objetivos integracionistas y la cesión de competencias. Son: a) Promover el progreso económico y social. b) Realizar una política exterior de seguridad. c) Reforzar la protección e intereses de los ciudadanos. d) Mantener y desarrollar el acervo comunitario. 2.10. El aspecto jurídico de la supranacionalidad Establece el siguiente esquema: a) La norma comunitaria tiene capacidad jurídica para generar derechos y obligaciones. b) Las normas comunitarias tienen preeminencia sobre el derecho interno. c) Los países miembros estan obligados a adoptar medidas para el cumplimiento de la normatividad. d) Deben abstenerse de adoptar cualquier medida que obstaculice la aplicación del ordenamiento integracionista.

3. EL TERRITORIO Espacio físico o porción geográfica sobre la cual el estado ejerce soberanía. 3.1. Las funciones del territorio a) Brinda asiento al pueblo

b) Brinda la base para la aplicación de las normas y ordenes Emanadas del centro del poder político. c) Brinda las condiciones para la cohesión y continuidad del pueblo que confirma el estado. d) Brinda la base para la determinación de su estructuración política. 3.2. Las características del territorio a) La inalienabilidad: condicion de aquello que no puede enajenarse ni transferirse. b) Inviolabilidad: condición de aquello sujeto a la soberanía de un exclusivo estado. c) Dominio inminente: De utilizarse de conformidad con la nación. 3.3. La clasificación del territorio a) Territorio estatal continuo: espacio físico que constituye una unidad natural e integra. b) Territorio estatal discontinuo: espacio físico que se presenta desagregado, segmentado en alguna de sus partes. c) Territorio estatal en clave: espacio físico que se presenta compacto, pero está comprendido dentro de otro estado. 3.4. Las partes del territorio 3.4.1. El suelo : superficie terrestre o capa de labranto de la corteza terrestre. La parte exterior y sólida. 3.4.2. El subsuelo: parte situada debajo la superficie terrestre , éste profundo e inferior de la tierra, no apta para cultivo. 3.4.3. El dominio marítimo La extensión de la masa líquida adjunto al suelo terrestre. 3.4.3.1. Las partes del dominio marítimo ● Mar territorial: Aquella área de doce millas adyacentes a la costa o litoral. La línea de base para medir ésta área es la de bajamar. ● Zona contigua: comprende un área de doce millas contables a partir de la finalización del mar territorial. ● Zona económica exclusiva: cubre un total de 166 millas marinas, se encuentra adyacente a la zona contigua. ● Zócalo continental: parte sumergida del litoral , que se va inclinando paulatinamente hasta que se produce un descenso hasta la profundidad del mar. ● Alta mar : superficie acuática adyacente a la zona económica. ● Fondos marinos: está ubicado debajo y en profundidad del altamar. 3.4.3.2. El Estado peruano y la tesis de las doscientas millas: Se género en base a: ● Asegurar la vigilancia marítima. ● Asegurar los derechos de conservación de la riqueza ictiologica.

una comunidad que también produce y aplica normas pero se va ejercer un poder repartido, limitado en su competencia a través del propio ordenamiento jurídico. Ahora bien, a pesar de existir entre Estado y derecho una amplia y mutua referencia y “envolvimiento”, sin embargo no llegan a ser expresiones homólogas. Ello en razón de los dos criterios siguientes: a) El derecho es históricamente anterior a la aparición del Estado. b) El derecho no agota la modalidad in totum del Estado; es decir, el cuerpo político no solo tiene una expresión y manifestación jurídica, sino que además necesariamente abarca otras formas de actuación Lo que se reconoce aquí es que el derecho no puede “independizarse” del estado en su totalidad. En resumen, en el mundo moderno no es posible la existencia y coexistencia social multanime fuera del Estado, y este tiene siempre un fundamento y una expresión jurídica. 1.1.- Las relaciones entre el Estado y el derecho  En suma, el Estado es quien le otorga validez formal a sus distintas expresiones, en razón de ser su declarante y el firme asegurador de su cumplimiento a través de sus órganos jurisdiccionales y coactivos  El derecho deviene en el medio más eficaz de expresión del poder estadual. Este último actúa por medio del derecho.  El derecho permite la regulación de los fines, atribuciones, competencias y funciones del Estado  El derecho cumple el papel de “legalizador” de una situación de poder, haciéndola permanente y confiriéndole seguridad a sus determinaciones. 1.2.- La preexistencia del derecho y su entroncamiento con el Estado a) La preexistencia del derecho al Estado Existencia misma del Estado presupone la del derecho y en la medida en que el Estado constituye una nación organizada, su existencia se asienta en normas jurídicas que definen su territorio, su régimen, su constitución b) La simultaneidad de la aparición del derecho y el Estado Las exigencias colectivas –que trascienden las necesidades y cuestiones meramente individuales– generan la necesidad de un poder institucionalizado. Como es lógico, este mando establecido tiene la necesidad de adoptar decisiones, es decir, tiene que expresarse a través de mandatos y prohibiciones, surgiendo en consecuencia el ordenamiento jurídico estatal. 2.- EL ESTADO DE DERECHO

Dicha expresión alude a aquella forma de convivencia política dentro de la cual el poder estatal se encuentra sometido a un sistema de normas jurídicas; es decir, denota al Estado sometido y regulado por el derecho. El concepto expresa un modelo de convivencia política bajo la égida de reglas jurídicas claras y precisas; y plantea una relación armoniosa entre gobernantes y gobernados, en donde los primeros se colocan al mando del gobierno del Estado a condición de que sus acciones se encuentren imbuidas de una vocación de servicio ciudadano 2.1.- Los principios básicos para la construcción del Estado de Derecho a) El principio de legalidad, que determina la sujeción del Estado y los particulares a las leyes dictadas por el parlamento; el cual encarna la soberanía popular. b) El principio de jerarquía normativa, que determina la visión piramidal del ordenamiento jurídico. d) El principio de irretroactividad de las normas, que determina que la vigencia de las disposiciones legales opera hacia el futuro e) El principio de seguridad jurídica, que determina el respeto a los preceptos legales vigentes al momento de la celebración de los contratos o expedición de resoluciones administrativas o judiciales f) El principio de responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los órganos de poder del Estado, que determina la garantía de medidas punitivas contra las autoridades gubernamentales. 2.4.- Las características del Estado de Derecho (El Estado Constitucional) a) Sujeción de los gobernantes y gobernados al imperio del ordenamiento jurídico En ese contexto, los gobernantes deben ajustar su conducta funcional dentro de los cánones establecidos por el ordenamiento jurídico b) Distribución de funciones y asignación de responsabilidades entre los titulares de los órganos de poder Ello implica la existencia plural, diferenciada, equilibrada, repartida y limitada de las funciones, órganos y operadores que conforman la actividad gubernamental; lo que contribuye a evitar la personalización y concentración del poder en un solo operador 3.- EL ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO Alude a una comunidad política en donde sobre las bases de las exigencias establecidas para el Estado de Derecho, el ejercicio del poder se sustenta en la libre voluntad del pueblo como base y

Dicha conjunción se resume en la denominada democracia social, en donde se amalgaman las preocupaciones políticas, sociales, económicas y culturales en pro de resaltar y proteger la dignidad de la persona humana 7.- EL ESTADO DE DERECHO (EL ESTADO CONSTITUCIONAL) Y LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO El concepto personalidad jurídica es utilizado para designar la “aptitud” que tiene un ente juridizado para adquirir derechos y obligaciones Tal noción es importante en razón a que el derecho como instrumento de interrelación social plantea la coexistencia de un vínculo jurídico entre dos sujetos: el primero en la condición de titular de un derecho subjetivo, y el segundo como el responsable del cumplimiento de una obligación.  Las características de la personalidad jurídica del Estado a) La unidad La organización estatal obliga a englobar y fundir en un solo y único cuerpo político unificador, a todos los integrantes de la sociedad política b) La impersonalidad La voluntad de decisión no reside en los gobernantes, sino en el propio Estado. c) La identidad El Estado actúa por sí mismo, es decir, de manera independiente de los elementos que lo conforman d) La permanencia El Estado se mantiene como institución responsable de la voluntad manifestada, a pesar del reemplazo en el tiempo, de las personas encargadas de la conducción de sus órganos políticos, y comprende a los pobladores que lo integraron, integran e integrarán en el futuro. Los elementos de la personalidad jurídica del Estado a) Conjunto de órganos y organismos públicos. b) Fin común de cumplir los deberes establecidos en la Constitución. c) Pluralidad de medios políticos, jurídicos y administrativos para la conservación de los fines establecidos en la Constitución. d) Reconocimiento jurídico. Los efectos de la personalidad jurídica del Estado a) La continuidad o perpetuidad de los derechos y obligaciones contraídas en el ejercicio de su actividad personificada; ello con prescindencia de los gobiernos y autoridades de turno.

b) El establecimiento de relaciones patrimoniales con organizaciones homólogas, personales, etc. c) Exteriorización de dicha personalidad mediante normas jurídicas d) Acreditación de responsabilidad contractual y extracontractual y su consecuente obligación reparatoria, indemnizatoria, etc.

CAPITULO IV

FUNCIONES Y FINES DEL ESTADO

El poder estatal, además de organizar la vida política, erige una autoridad y crea una

jerarquía. En cuanto a lo primero alude a una competencia de mando sobre los miembros de

una organización política; en cuanto a lo segundo supone una diferenciación clara de status

entre gobernantes y gobernados

La soberanía es una cualidad objetiva del poder estatal establecida para el cumplimiento de

sus fines; se trata de una competencia estatal de mando, un poder juridizado, es decir,

encuadrado por la Constitución.

Siendo así, se entiende que el poder estatal presente las tres características siguientes:

a) Posee independencia, es decir, no se encuentra sometido al dominio de ningún otro

Estado.

b) Posee capacidad de superposición y centralización, es decir, goza del atributo de

sobreponerse a cualquier otro poder al interior del Estado, así como del de canalizarlo

tomando para sí el papel de ente unificador.

c) Ejerce el monopolio de la coacción material, lo cual implica que solo el Estado puede

crear y reconocer reglas de derecho, así 197 197 Teoría del Estado y Derecho

Constitucional como aplicarlas y, fundamentalmente, mandarlas a ejecutar.

1.- EL ORIGEN CONCEPTUAL DE LA MAL DENOMINADA DIVISIÓN DE

PODERES

La noción relativa a la división de poderes nace con la institucionalización de la soberanía

estatal, en razón a que es allí donde se gesta históricamente la monopolización del poder

político dentro de todo un territorio amplio y delimitado y ejercido sobre una vasta y

específica población.

La concentración del poder y la aspiración derivada del ideal liberal promoverá la división

del mismo, a efectos de garantizar y salvaguardar la libertad. Con ello se pretendió afirmar

la lucha contra las bases mismas del absolutismo monárquico. En ese sentido, en la