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Origen de la norma según el Derecho Positivo
Tipo: Apuntes
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Derecho Positivo El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía, esto es, toda la creación jurídica del órgano estatal que ejerza la función legislativa. El derecho positivo puede ser de aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para una población determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de una posterior. No sólo se considera derecho positivo a la ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.). El concepto de derecho positivo está basado en el iuspositivismo, corriente filosófico-jurídica que considera que el único derecho válido es el que ha sido creado por el ser humano. El hombre ha creado el Estado y en él ha constituido los poderes en los que se manifestará la soberanía; el poder legislativo es quien originariamente crea el derecho, mediante las leyes. El iusnaturalismo sostiene una tesis opuesta, según la cual el derecho es único, anterior y superior al hombre, sustentado en valores supremos a los cuales el ser humano puede aspirar mediante la razón, por lo que el Derecho no requiere estar escrito para ser válido, sino que basta con la posibilidad de que se infiera de los valores esenciales del ser humano. En este sentido, el derecho positivo descansa en la teoría del normativismo (elaboración del teórico del derecho Hans Kelsen -siglo XX-), y que estructura al derecho según una jerarquía de normas (jerarquía normativa). Desde el punto de vista de otras corrientes de pensamiento jurídico, que no excluyen la existencia del derecho natural o derecho divino, el derecho positivo sería aquel que emana de las personas, de la sociedad, y que debe obedecer a los anteriores para ser justo y legítimo. Así, se entiende el derecho positivo como un derecho puesto o dado desde el Estado. El positivismo jurídico se divide en formalista y sociológico. La concepción del positivismo jurídico abarca un solo derecho, lo que también se conoce como monismo jurídico: el derecho positivo. En cambio, para el iusnaturalismo o derecho natural, existen dos derechos (dualismo jurídico): el derecho positivo y el derecho natural. Podemos concluir diciendo que el derecho positivo es en síntesis un complejo y amplio sistema de legalidad estatal constituido por una normatividad de diferente naturaleza, jerárquica y origen que se aplica en un preciso espacio físico y una población especifica. Con una vigencia indeterminada cuyo objetivo final es posibilitar la normal convivencia social el desarrollo de la sociedad y la plena e integral realización del hombre y la mujer como tal. Derecho Natural y Derecho Natural y Derecho Natural: "el conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza humana, se conocen por la luz de la razón natural y se imponen a los hombres por fuerza de la misma naturaleza".
Derecho Positivo: "el sistema de normas emanadas de la autoridad competente y promulgada de acuerdo con el procedimiento de creación del Derecho imperante en una nación determinada" Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo Derecho Objetivo: "el conjunto de normas imperativo-atributivas que rigen la conducta humana en la vida social" Derecho Subjetivo: "el poder o facultad concedido a una persona (individual o colectiva) por el Derecho Objetivo, de hacer, poseer o exigir algo" Clasificación del Derecho Objetivo-Positivo Derecho Vigente, Derogado e Histórico: El conjunto de normas imperativo- atributivas que la autoridad competente declara obligatorias en un país determinado y en una cierta época" Derecho Eficaz e Ineficaz: Derecho vigente que efectivamente se aplica (eficaz) y el que, a pesar de estar vigente, no se aplica (ineficaz) Derecho Sustantivo y Adjetivo: "aquellas normas que establecen los derechos y obligaciones de los sujetos vinculados por el ordenamiento jurídico" (Sustantivo); "las normas destinadas a garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones consagradas por el derecho sustantivo" (Adjetivo). Derecho Estatuido y Consuetudinario: "Es el Derecho impuesto por el Poder Público en forma escrita y en cierto modo solemne" (Estatuido); "el Derecho que brota de la comunidad manifestándose por un largo uso y es reconocido por el Estado como necesario para el bien común" (Consuetudinario). El derecho positivo Se refiere a un cuerpo de leyes que pueden regular la conducta en un área determinada. Este tipo de leyes se remontan a tiempos antiguos y es básicamente transmitido por el gobierno a nivel local, regional o nacional. Es a veces un contraste con la ley natural, que generalmente se basa en principios morales. El término "positivo" puede haber sido utilizado para describir las leyes positivas, ya que suelen ser impuestas a los ciudadanos de un área en particular. Algunos ejemplos de leyes positivas pueden incluir leyes, sentencias judiciales, y las ordenanzas. Las leyes positivas pueden ser por escrito y aprobadas por los legisladores del gobierno, los tribunales y organismos administrativos. Aquellos que están físicamente presentes en las leyes positivas tienen un poder de gobierno que es generalmente requerido para obedecer esas leyes. Caracterización:
El Poder Electoral: Lo ejerce el Consejo Nacional Electoral.
adesarrollarse en sociedad, para ver que sus intereses primigenios (supervivencia, libre albedrío y autonomía), se realicen. Siendo el propio hombre, quien amenaza el cumplimiento de estos intereses, es que se instituyen las reglas (jurídicas) que faciliten y aseguren la convivencia o cooperación social, con tal institucionalización de las leyes en poder de un Estado, el derecho expresará y protegerá los intereses fundamentales que se determinen por la autoridad, con la aparición del Estado las normas jurídicas no solo regularan las relaciones entre ciudadanos, sino que también las relaciones entre estos y el Estado, así como al Estado mismo, creando el Estado de Derecho; tal estado de derecho como parte del proceso de formalización en la institucionalización, le da de acuerdo al cumplimiento de los procedimientos establecidos, el carácter de legitimidad y legalidad a cada una de sus actuaciones. Solo el derecho puede hacer uso de la coacción institucionalizada para hacer valer sus normas, en contraste con la moral y la religión, ya que cuando una norma en un sistema de derecho positivo es formada siguiendo un proceso formal, se le reconoce como dotada de jurícidad, dándole de esta manera validez a la misma, la creación del derecho aparece como un fenómeno complejo y dinámico que incorpora, desincorpora, conforma o renueva valores, principios, creencias, aspiraciones, necesidades u otros criterios y normas jurídicas .• Atribución del Estado en el Derecho Positivo: Se entiende el Derecho Positivo como un Derecho puesto o dado desde el Estado. Si dos o mas personas celebran un contrato de compra venta y uno de ellos no cumple su prestación u obligación, este incumplimiento si afecta seriamente en interés de la otra, genera un conflicto que debe resolverse incluso recurriendo a la coacción por cuya causa esta regulada por el Derecho. Las normas jurídicas, o sea, aquellas reglas escritas dictadas por el estado a
especifico estará limitado a la repetida violación de una sola norma punitiva y no tanto por los hechos punibles. (Esto es parte de la decisión Nº 077-2011 del juzgado 9vo de lo contencioso tributario de Caracas).
su propia naturaleza. Carácter cerrado Nunca se podrían imponer una obligación que no fuera sancionada por el mismo ordenamiento positivo; de aquí se incluye, que cada ordenamiento positivo tiene sus particulares y principios generales, es por lo tanto legitima la norma si presenta todas las formalidades de la ley. Escrito es un que posee una normativa recogida por escrito, se opone al concepto de usos y costumbres, por tal se entiende como el derecho expresado en una ley, emitida por un legislador, promulgada y publicada para su cumplimiento. Regulación punitiva Es aquella norma o ley que castiga, impone una pena de cumplimiento por haber pasado por sobre de una ley obligatoria. Por no haber observado la norma se impondrá un castigo para regularizarese incumplimiento. El mismo puede consistir en la privación de libertad, el pago de una multa o la realización de diversos servicios para la comunidad.