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Este documento aborda el tema de la doble nacionalidad, específicamente la adquisición de la nacionalidad estadounidense y mexicana por nacimiento. Explica cómo se adquiere cada una de estas nacionalidades, si ambos países reconocen la doble nacionalidad y cómo esto puede afectar a los ciudadanos de doble nacionalidad. También se menciona el tema de la naturalización y cómo esto puede impactar la ciudadanía. Además, se discute el requisito anterior de méxico de que sus ciudadanos renunciaran a otras nacionalidades a los 18 años, el cual fue eliminado en 1998. El documento proporciona información valiosa sobre los derechos y obligaciones de las personas con doble nacionalidad, así como los posibles problemas que pueden surgir.
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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¿Qué es la doble nacionalidad? Para los propósitos de esta información, la “doble nacionalidad” quiere decir la nacionalidad de aquellas personas que adquieren la nacionalidad americana y mexicana por nacimiento. ¿Cómo se adquiere la nacionalidad americana y mexicana por nacimiento? Bajo la ley mexicana, un menor que nace dentro de territorio mexicano es considerado un ciudadano mexicano, no importando la nacionalidad de los padres. Además, un menor que nace fuera de territorio mexicano también adquiere la ciudadanía mexicana si uno de los padres es ciudadano mexicano. (Si un menor nació fuera de territorio mexicano antes de 26 de diciembre de 1969, adquirió la ciudadanía mexicana solamente si el padre era mexicano.) Bajo la ley norteamericana, un menor que nace en territorio estadounidense, con excepción de hijos de ciertos diplomáticos, es considerado un ciudadano norteamericano, no importando la nacionalidad de los padres. Además, un menor que nace fuera de territorio estadounidense también adquiere ciudadanía norteamericana si ambos padres son norteamericanos. (En el caso de que solamente uno de los padres del menor sea norteamericano, la ciudadanía del menor dependerá del tiempo de residencia del padre norteamericano en los Estados Unidos antes del nacimiento del menor.) ¿Reconocen ambos países la doble nacionalidad? En su mayoría, cada país trata a una persona de doble nacionalidad como uno de sus ciudadanos, estando sujeto a las mismas leyes. Es perfectamente legal que una persona de doble nacionalidad lleve consigo un pasaporte de otro país. Debe ser entendido que cuando un ciudadano de doble nacionalidad ingresa a los Estados Unidos deberá identificarse como ciudadano norteamericano. Igualmente, cuando ingresa a México se identificará como ciudadano mexicano. Practicamente hablando, esto significa que deberá poseer tanto pasaporte norteamericano como mexicano cuando el viaje es entre estos dos países. Sin embargo, la doble nacionalidad puede limitar el poder del gobierno norteamericano de proveer servicios consulares en México a personas que también son ciudadanos mexicanos. ¿Y sobre la naturalización? Recuerde que el término “doble nacionalidad” no incluye a los ciudadanos naturalizados para los propósitos de esta información. Los ciudadanos naturalizados entran en una clasificación diferente. Bajo la ley norteamericana, el hecho de naturalizarse como un ciudadano de un país extranjero por sí mismo no causará la pérdida de su ciudadanía norteamericana. Bajo la ley mexicana, las personas que deseen naturalizarse como mexicanas, deberán renunciar a su lealtad a toda otra nación. Al naturalizarse, México asumirá que ya no es un ciudadano norteamericano. Si las autoridades mexicanas se percatan de que se está utilizando un documento norteamericano
Es interesante notar que la nueva léy mexicana permite que los ciudadanos mexicanos se naturalicen en los Estados Unidos sin perder su ciudadanía mexicana, pero no permite que un mexicano naturalizado retenga su nacionalidad anterior. ¿Requiere México que sus ciudadanos renuncien a otras nacionalidades a la edad de 18 años? No. Ese requisito ha sido revocado. Entre 14 de agosto de 1970 y 20 de marzo de 1998, Mexico requirió que todos los mexicanos que poseían alguna otra nacionalidad tomaran un juramento de lealtad a la edad de 18 años, renunciando explicítamente a todo lazo a cualquier nación extranjera. A los varones mexicanos que no cumplían con este requisito, se les quedaba legalmente prohibido el derecho de gozar de ciertos beneficios educativos y sociales. El Certificado de Nacionalidad Mexicana era solamente expedido como una prueba de adhesión a México. A partir del 20 de marzo de 1998, este requisito fue eliminado, permitiendo que los mexicanos por nacimiento puedan poseer un pasaporte extranjero sin poner en riesgo su ciudadanía mexicana. (Para mayor información, favor de consultar “La Nueva Ley de la Nacionalidad Mexicana”). ¿Si tomé un juramento de lealtad, perdí mi nacionalidad norteamericana? Posiblemente sí. En años anteriores, el gobierno norteamericano consideraba este juramento de fidelidad a una nación extranjera como un acto expatriatorio, resultando en la pérdida de la ciudadanía norteamericana. Una vez que la Embajada o Consulado eran notificados que el individuo había tomado ese juramento, esa persona era llamada a la sección consular para que hiciera formalmente su renunciación a la ciudadanía norteamericana ante un oficial consular. En la mayoría de los casos, el Departamento de Estado expedía un Certificado de Pérdida de Nacionalidad, y el individuo dejaba de ser considerado como ciudadano norteamericano. Si usted obtuvo un Certificado de Nacionalidad Mexicana, pero nunca renunció a su ciudadanía norteamericana, probablemente sigue conservando su ciudadanía. Sin embargo, ya que el tomar de un juramento de lealtad a un país extranjero es un acto potencialmente expatriatorio, usted debería consultar con un oficial consular para conversar sobre las circunstancias específicas de su caso.