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Las etapas procesales son cada una de las subdivisiones que presentan los procesos, y en cuyo transcurso tendrán lugar determinados actos materiales y jurídicos, así como hechos jurídicos, a cargo tanto de las partes.
Tipo: Apuntes
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Esta etapa antes de que un juicio civil inicie, hay veces que es necesario recabar cierta información o realizar una determinada acción para que inicie de manera efectiva un juicio, dentro de la etapa preliminar podemos encontrar: A. Medios preparatorios del proceso: Estos son muy utilizados para que el futuro demandado reconozca su personalidad, una confesión, su calidad de posesión o para reconocer una deuda líquida o la firma en un documento jurídico. B. Medidas cautelares: Son implementados para prevenir un daño que podría derivar con el origen de un juicio por parte del demandado, en este caso podríamos decir como el que el demandado cambie de nombre algún bien mueble e inmueble sujeto al juicio, para prevenir que se le sea embargado, imponer una pensión provisional cuando existan hijos en un matrimonio sujeto a divorcio, el registro de un bien inmueble en el Registro Público de la Propiedad, aseguramiento de bienes, libros y papeles en un concurso civil o mercantil entre otros. C. Medios provocativos: Son utilizados cuando los actos previos a un juicio provoquen una demanda, en este caso un ejemplo muy popular, Ovalle Favela nos la describe: “el deudor entregue al órgano judicial judicial el bien adeudado, cuando su acreedor se rehúse recibirlo y otorgarle el documento justificativo de pago, o sea persona incierta o incapaz de recibir dicho bien. Estas diligencias también proceden cuando el acreedor sea persona cierta, pero sus derechos dudosos.” ETAPA EXPOSITIVA
Dentro de lo que es el juicio como tal, esta es la primera etapa formal en la cual las partes, tanto el actor como el demandado ofrecen al juez sus puntos de vista por medio de la demanda y la contestación de la misma. ETAPA CONCILIATORIA La fase conciliatoria y depuración procesal tiene la finalidad de buscar la terminación de los juicios a través de la autocomposición, es decir, sin agotar el procedimiento judicial, mediante una reunión amigable en la que las partes en conflicto puedan avenir sus diferencias e intereses, equiparando los efectos de la conciliación a una transacción. Esta fase consiste en depurar el procedimiento y proponer por conducto del juez la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio y calificar la admisibilidad de las pruebas presentadas para señalar fecha para audiencia de juicio. Esta audiencia tiene como objeto procurar el avenimiento de las partes, el juez escuchará las posturas y pretensiones de ambos y propondrá alternativas de solución al litigio. ETAPA PROBATORIA Tiene como finalidad que las partes demuestren mediante los medios de prueba que dispongan y que sean útiles para el juicio, que el Juez las utilice y pueda dar un juicio jurídico sobre cuál de las dos partes tiene la razón conforme al derecho. ETAPA CONCLUSIVA Es el momento en que las partes expresen sus alegatos, que son las conclusiones que se le pueden hacer al Juez y demostrar el porqué tú como actor o como demandado tienes la razón en el juicio, y al mismo tiempo el Juez expone sus propias conclusiones en la sentencia. ETAPA RESOLUTORIA