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DIAPOSITIVAS SOBRE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA, Diapositivas de Auditoría

NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL TOMADA DE APUNTES EN CLASES

Tipo: Diapositivas

2020/2021

Subido el 30/11/2021

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Normas de
auditoría
gubernamental
Maestrantes:
LCP. Eduardo Rubio Mondragón
LCIA. Julio Montejo García
L.C.P y A.P. Jorge Ramón
Catedrático
Dr. Ernesto Álvarado
Materia:
Auditoria Gubernamental
Fecha
10 de septiembre del 2021
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Normas de

auditoría

gubernamental

Maestrantes:

LCP. Eduardo Rubio Mondragón

LCIA. Julio Montejo García

L.C.P y A.P. Jorge Ramón

Catedrático

Dr. Ernesto Álvarado

Materia:

Auditoria Gubernamental

Fecha

10 de septiembre del 2021

En el manual de “Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización” Niveles 1, 2 y 3, se procedió a una cuidadosa revisión y actualización de las normas de primer y segundo nivel, con el fin de facilitar su uso, aclarar algunos puntos de su contenido y hacerlas plenamente operativas para los órganos internos de control como para las entidades de fiscalización superior. Adicionalmente, se incluyen las Normas De Auditoría De Tercer Nivel, que ofrecen al usuario una serie de criterios, lineamientos y definiciones para efectuar auditorías de cumplimiento, de desempeño y financieras, adaptadas a las necesidades de los integrantes de nuestro Sistema fiscalizador.

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. Nivel 1 LÍNEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN GENERALIDADES Finalidad de la labor fiscalizadora: La fiscalización debe señalar, oportunamente, las desviaciones normativas y las violaciones de los principios que rigen la gestión gubernamental , de tal modo que puedan adoptarse las medidas preventivas y correctivas procedentes, y determinar o promover las responsabilidades y sanciones que, en su caso, correspondan. Fiscalización Previa y Posterior: La labor de fiscalización previa, realizada en lo general por los órganos de auditoría interna, se constituye en una herramienta preventiva para contribuir al buen uso de los recursos públicos dentro de la gestión gubernamental. Por su parte la labor de fiscalización posterior, demanda la responsabilidad que debe asumir el ente auditado; puede llevar a la indemnización del perjuicio producido, y es apropiada para impedir, en el futuro, la recurrencia de actos que no cumplan con la normativa o la regulación aplicable. Auditoría Interna y Externa: Los órganos responsables de la auditoría interna se establecen en el seno de los diferentes entes públicos mientras que los organismos auditores externos no pertenecen al ente público () despachos o consultores. Los órganos responsables de la auditoría interna dependen de los titulares de los entes públicos en los que se establecen. Autonomía de los Organismos Auditores. Si bien los organismos auditores tienen vínculos institucionales irrenunciables el Poder Legislativo en el caso de los órganos fiscalizadores externos, y el Poder Ejecutivo y las entidades a las que pertenezcan los órganos auditores internos –, deben gozar de autonomía -en cierto grado en el caso de los órganos de autonomía interna- para cumplir cabalmente sus funciones. Independencia de los titulares de los Organismos Auditores: La independencia de los titulares debe estar vinculada con el alejamiento de conflictos de interés reales o potenciales respecto a los entes auditados y ser complementaria a la autonomía técnica y de gestión de la institución. Asimismo, en la normatividad aplicable, deben incluirse los supuestos para designación y remoción de los titulares así como las causales que se deben cumplir para estos efectos..

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. Nivel 1 LÍNEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN GENERALIDADES Respuesta a las Observaciones y Recomendaciones del Organismo Auditor: Los entes auditados deben responder, dentro de los plazos legalmente establecidos, a las observaciones y recomendaciones resultantes de las auditorías realizadas por los organismos fiscalizadores; además, deben informar sobre las medidas adoptadas para atender las observaciones y recomendaciones reportadas. Metodología y Procedimientos para la Fiscalización: Los organismos auditores deben realizar sus auditorías con base en un programa anual formulado por ellos mismos y, en su caso, considerar los instrumentos jurídicos de coordinación existentes con otros entes del Estado Mexicano para presentar solicitudes con el fin de practicar determinadas revisiones. La metodología empleada para realizar las auditorías deberá adaptarse continuamente a los progresos de la ciencia y tecnología relacionados con la labor de auditoría. Como instrumento de trabajo para sus auditores, es conveniente que se elaboren manuales y procedimientos de auditoría. Personal Fiscalizador: Los titulares y el personal auditor de los organismos fiscalizadores deben poseer el perfil requerido para el adecuado cumplimiento de sus funciones, tanto en el aspecto de competencias técnicas como de la integridad profesional. En el proceso de reclutamiento y selección del personal fiscalizador de los organismos auditores, se debe otorgar importancia a la detección del conocimiento, las capacidades, la experiencia profesional, técnica y habilidades adecuadas. Intercambio de Experiencias: El intercambio de conocimientos y experiencias en el seno del Sistema Nacional de Fiscalización, así como de foros relevantes como la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental, A.C. (ASOFIS), la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación (CPCE-F) y organizaciones afines nacionales o internacionales, son un medio eficaz para apoyar a los organismos auditores a cumplir con sus mandatos.

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. Nivel 1 LÍNEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN TIPOS DE AUDITORÍA: A. Las auditorías financieras son evaluaciones independientes, reflejadas en una opinión con garantías razonables, de que la situación financiera presentada por un ente, así como los resultados y la utilización de los recursos, se presentan fielmente de acuerdo con el marco de información financiera. B. Las auditorías de cumplimiento buscan determinar en qué medida el ente auditado ha observado las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización. C. Las auditorías de desempeño son el examen de la economía, eficiencia y eficacia de la administración pública y los programas gubernamentales. Las auditorías de desempeño cubren no solamente operaciones financieras específicas, sino además todo tipo de actividad gubernamental.

- Nivel 2 - Incluyen:

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 10

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 12

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 20

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 30

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 40

- Nivel 2 -

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 12

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 20

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 40

-Nivel 3-

Incluyen :

  • (^) Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 100
  • (^) Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 200
  • (^) Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 300
  • (^) Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 400

Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 100

  • (^) Establece los principios fundamentales que se aplican a toda labor de auditoría del sector público NPASN F 100 Clasificación Nivel 3 NPASNF No. 100 El propósito y autoridad de las NPASNF Las NPASNF 200, 300 y 400 amplían y profundizan sobre los principios a aplicarse en el contexto de las auditorías:
  • (^) Financieras (200)
  • (^) Desempeño (300)
  • (^) Cumplimiento (400) Se aplican de manera conjunta con los principios de las NPASNF 100.