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Orientación Universidad
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Derechos,lineamientos, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

Planificación Supervicion Vigilancia.

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2024/2025

Subido el 05/04/2025

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PROGRAMA DE VACUNACIÓN

UNIVERSAL

Lineamientos Generales 2025

Contenido

 - Lineamientos generales 
  • Introducción
  • Marco legal
  • Objetivos......................................................................................................................................................................................
    1. Rectoría
    • 1.1. Cordinación estatal
      • 1.1.1. Funciones de los COEVA
      • 1.1.2. Integrantes de los COEVA
      • 1.1.3. Sesiones de los COEVA
      • 1.1.4. Actividades de los COEVA
      • 1.1.5. Evaluación.............................................................................................................................................................
    1. Distribución de población de responsabilidad institucional del PVU en el SNS
    1. Capacitación
    1. Supervisión
    • 4.1. Supervisión Nacional
    • 4.2. Supervisión estatal o local
    1. Operación del Programa de Vacunación
    • 5.1. Planificación (metodología de cálculo)
    • 5.2. Programa Permanente de vacunación (PPV)
      • 5.2.1. Lineamientos de aplicación
      • 5.2.2. Esquema de vacunación..............................................................................................................................
    • 5.3. Desempeño del Programa de Vacunación
    • 5.4. Registro de dosis aplicadas y evaluación del desempeño del PVU
    • 5.5. Vigilancia de ESAVI
    • 5.6. Vigilancia epidemiológica
    • 5.7. Comunicación
    • 5.8. Vacunación en situaciones de emergencia
    • 5.9. Vacunación a personas en situación de migración, desplazamiento y refugiados
    • 5.10. Fuentes de información
    • 5.11. Información y reporte de coberturas administrativas de vacunación
    • 5.12. Evaluación

Lineamientos generales 2025 Cuadro 1. Esquema de vacunación 2025, Programa de Vacunación Universal Grupo de edad Vacuna Número de dosis Recién nacido BCG Una dosis Anti hepatitis B 1ª dosis Menores de un año Hexavalente acelular 1ª, 2ª y 3ª dosis Anti neumocócica conjugada 1ª y 2ª dosis Anti-rotavirus 1ª y 2ª dosis (RV1) Anti influenza 1ª y 2ª dosis (esquema inicial) Un año Anti neumocócica conjugada 3ª dosis Triple viral (SRP) 1ª dosis 18 meses Triple viral (SRP)* 2ª dosis** Hexavalente acelular Dosis de refuerzo 4 años Triple bacteriana (DPT) Dosis de refuerzo 5 años COVID- 19 Una dosis 6 años Triple viral (SRP) 2ª dosis*** *El cambio de esquema de vacunación de SRP, se realizó con base en los acuerdos establecidos en la Reunión de Expertos en Vacunación, el día 05 de noviembre de 2019. **Aplica a las niñas y niños que cumplan 18 meses de edad en 2025. ***Aplica a las niñas y niños que cumplan 6 años de edad en 2025. Dicha estrategia se implementará hasta 2026, posteriormente únicamente se aplicará a niñas y niños de 18 meses de edad.

Lineamientos generales 2025

Marco legal

 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo IV.  Ley General de Salud, Título 8°, Capítulo II, Artículos 134, 135, 141, 144. DOF: última reforma 07 / 06 / 2024.  DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de vacunación. DOF: 19/06/2017.  DECRETO por el que se crea el Consejo Nacional de Vacunación. DOF: 24/01/1991, última reforma 05/07/2001.  DECRETO por el que se determina la integración del Consejo Nacional de Vacunación. DOF: 26/11/2018.  Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Artículo 47, fracciones I a XIX, se establecen las funciones del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia (CENSIA). DOF: última reforma 07/02/2018.  DECRETO por el que se declara terminada la acción extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y mitigar la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19): última reforma 09/05/  Plan Nacional de Desarrollo 20 25 - 20301.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 004 - SSA3-2012, Del expediente clínico. DOF: 15/10/2012.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 006 - SSA2-2013, Para la prevención y control de la tuberculosis. DOF: 13/11/2013.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 007 - SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida. DOF: 07/04/2016.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 010 - SSA-2023, Para la prevención y el control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana. DOF: 02/06/2023.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 017 - SSA2-2012, Para la Vigilancia Epidemiológica. DOF: 19/02/2013.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 031 - SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño. DOF: 09/02/2001.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 034 - SSA2-2013, Para la prevención y control de los defectos al nacimiento. DOF: 24/06/2014.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 036 - SSA2-2012, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e inmunoglobulinas en el humano. DOF: 28/09/2012.  NORMA Oficial Mexicana NOM- 087 - SEMARNAT-SSA1-2002. Protección ambiental - salud ambiental - residuos peligrosos biológico-infecciosos - clasificación y especificaciones de manejo. DOF: 17/02/2003. (^1) A la fecha de publicación del presente aún no se encuentra disponible el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, por lo que, los lineamientos podrían estar sujetos a cambios.

Lineamientos generales 2025 La ejecución del PVU se lleva a cabo mediante sus componentes de rectoría y operación, cada uno engloba diferentes puntos que se explican en los siguientes apartados.

1. Rectoría

La rectoría en materia de vacunación se fortalecerá a través de la coordinación sectorial e interinstitucional del PVU en la mitigación, control, eliminación o erradicación de algunas enfermedades trasmisibles y prevenibles por vacunación. La coordinación interinstitucional es una estrategia clave para el buen desempeño operativo. Las instituciones de salud deben establecer mecanismos de coordinación, seguimiento y monitoreo para el análisis de sus poblaciones objetivo y evaluación de coberturas; así como emitir recomendaciones en el cumplimiento de la normatividad establecida para el PVU. La Dirección General de Promoción de la Salud (DGPS), planeará, coordinará y dará seguimiento a las Jornadas Nacionales de Salud Pública (JNSP) o su equivalencia según corresponda, una actividad de carácter interinstitucional, en las cuales todas las instituciones del SNS participan de forma activa para el cumplimiento de actividades programadas; para ello tendrán concertación de carácter intersectorial con la Secretaría de Educación Pública (SEP), los Servicios Estatales de Educación (SEE), los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), entre otros.

1.1. Coordinación estatal

Los organismos rectores en materia de vacunación a nivel estatal o Consejo Estatal de Vacunación (COEVA) son órganos colegiados y rectores en los que confluyen los integrantes operativos del PVU de todas las instituciones públicas del Sector Salud.

1.1.1. Funciones de los COEVA

Convocar y realizar reuniones ordinarias y extraordinarias abordando los siguientes temas relacionados con el PVU, siendo éstos enunciativos más no limitativos:  coberturas de vacunación y reporte de dosis aplicadas (RDA) por tipo de biológico, grupo de edad e institución en los niveles estatal, distrital o jurisdiccional y municipal o regional;  seguimiento al abasto de biológicos;  distribución de población de responsabilidad institucional (DPRI);

Lineamientos generales 2025  Eventos Supuestamente Atribuibles a la Vacunación o Inmunización (ESAVI) de tipo grave;  casos y brotes de enfermedades prevenibles por vacunación;  red de frío;  capacitación y supervisión;  seguimiento de acuerdos del Sector Salud;  campañas especiales de vacunación. Además de analizar e implementar estrategias para la prevención, control, eliminación y erradicación de las EPV acorde a la realidad epidemiológica de la entidad. Es de mencionar, que no todos los puntos son desarrollados en una sesión, por lo que, estarán sujetos a las necesidades operativas del estdo.

1.1.2. Integrantes de los COEVA

Los COEVA en cada una de las entidades federativas, deberán estar integrados de la siguiente manera:  presidente (Secretario de Salud de la entidad federativa);  secretario técnico (Director de los Servicios de Salud);  titular del Órgano Operativo Administrativo Desconcentrado (OOAD) estatal o regional del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) régimen obligatorio;  supervisor médico del Programa IMSS-BIENESTAR en el OOAD;  delegado estatal del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE);  responsable de Sanidad Militar en la región (SEDENA);  responsable estatal del Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia (PASIA) o bien el responsable estatal de vacunación de la Secretaría de Salud;  en aquellas entidades federalizadas deberá participar el titular de la coordinación estatal de los Servicios de Salud de IMSS-BIENESTAR  acorde a la presencia de las instituciones de salud en las entidades, en caso de que aplique, deberá participar el responsable de Sanidad Naval en la región (SEMAR) y el responsable regional de los Servicios de Salud de Petróleos Mexicanos (PEMEX);  responsables institucionales de los sistemas de información de vacunación universal. Adicionalmente, se deberá considerar lo siguiente:  exclusivamente una persona por institución podrá emitir su voto;  en ausencia de los titulares institucionales, se deberá designar mediante oficio un representante con atribución para toma de decisiones y emisión de voto.

1.1.3. Sesiones de los COEVA

Los COEVA realizarán al menos cuatro sesiones ordinarias al año, una por trimestre, pudiendo realizar un mayor número de reuniones de acuerdo con sus necesidades. Las reuniones extraordinarias dependerán de las necesidades del PVU, al ser de carácter emergente, no se

Lineamientos generales 2025 En el supuesto de que se presenten casos y brotes por EPV, el COEVA y la coordinación interinstitucional a nivel jurisdiccional correspondiente deberá sesionar de forma urgente y extraordinaria a fin de establecer las medidas necesarias para el control del brote. De ser necesario, los COEVA deberán modificar el reglamento interno de los Consejos Estatales de Vacunación, con el fin de cumplir con lo establecido dentro del presente lineamiento.

2. Distribución de población de responsabilidad institucional del

PVU en el SNS

La distribución de la población de la República Mexicana implica que cada una de las instituciones públicas del SNS conozca su población de responsabilidad, la cuál será su población a vacunar, con la finalidad de cubrir el 100 % de las necesidades de su población, misma que habita en todo el territorio del país. Sin embargo, el programa al ser universal gratuito, toda persona que cruce el territorio nacional tendrá acceso a las vacunas disponibles en el sector público del país. A nivel federal forma parte de la base de cálculo para la adquisición de las vacunas requeridas por las instituciones del SNS y a nivel estatal, es el elemento para la construcción de un plan de trabajo anual con población de responsabilidad asignada a la red de servicios de salud. La distribución de la población se elabora con anticipación al año fiscal calculado, con la finalidad de estimar oportunamente las dosis requeridas y el presupuesto para la adquisición de insumos por cada institución de salud. Para mayor información, consultar los Lineamientos para la distribución de población de responsabilidad institucional del Programa de Vacunación Universal en el Sistema Nacional de Salud, México 2025^2.

3. Capacitación

El nivel nacional de la Secretaría de Salud como órgano rector del PVU, deberá realizar en el año al menos un evento de capacitación (presencial y/o virtual) con la participación de los 32 responsables estatales del PVU, así como los responsables del nivel federal de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en su regimen obligatorio y programa IMSS Bienestar, ISSSTE, PEMEX, SEDENA, SEMAR y enlaces de los Servicios de Salud del IMSS BIENESTAR. El o los temas por abordar serán definidos por el CENSIA. El nivel estatal/delegacional y jurisdiccional/distrital deberán realizar en el año, al menos 4 eventos de capacitación, para lo cual se elaborará un plan anual de capacitación que incluya: (^2) https://www.gob.mx/salud%7Ccensia/documentos/lineamientos-para-la-distribucion-de-poblacion-de- responsabilidad-institucional

Lineamientos generales 2025 a) participación de los responsables de vacunación de los Servicios de Salud de la Secretaría de Salud, Servicios de Salud del IMSS-BIENESTAR, IMSS-Obligatorio, Programa IMSS-Bienestar, ISSSTE y demás instituciones de salud que integren el sistema estatal de salud; b) carta descriptiva (anexo del manual de vacunación); c) lista de asistentes que incluya nombre, firma,correo e institución a la que pertenece. d) Evaluación inicial y evaluación final e) Análisis y promedios de evaluación inicial y final Se recomienda contar con la asistencia de al menos el 90 % del personal convocado, adscrito a las unidades de responsabilidad de cada una de las instituciones, debiendo incluir al personal de unidades de segundo y tercer nivel que apliquen vacunas. Adicionalmente, se recomienda al nivel estatal incluir en la capacitación los siguientes contenidos, siendo éstos enunciativos más no limitativos. Primera sesión de capacitación:  lineamientos Generales del PVU;  esquema de vacunación universal vigente y las actualizaciones en los esquemas de vacunación, incluida las vacunas contra la COVID-19;  indicaciones y contraindicaciones de los diferentes biológicos;  oportunidades perdidas de vacunación;  priorización de actividades en grupos vulnerables;  ESAVI;  vigilancia epidemiológica de enfermedades prevenibles por vacunación (con la participación del enlace estatal de epidemiología). Siguientes sesiones de capacitación:  procedimientos para la vacunación segura;  técnicas de aplicación de los biológicos y vacunación simultánea;  manejo normativo, almacenamiento y conservación de la red de frío;  instalación y preparación del termo en el puesto de vacunación;  demostración física de la presentación de los diferentes biológicos;  Política de frascos abiertos y manejo de frascos (para uso intramuros y extramuros);  mantenimiento preventivo y/o correctivo de la red de frío (unidades refrigerantes);  accidentes de red de frío;  manejo de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI);  registro y control de entradas y salidas del biológico;  vacunación simultánea;

Lineamientos generales 2025

4.1. Supervisión Nacional

El CENSIA planeará anualmente supervisiones a las entidades federativas considerando el o los criterios anteriormente descritos. El resto de las instituciones de salud, podrán realizar su planeación con base en los resultados obtenidos específicamente en su institución.

4.2. Supervisión estatal o local

Hasta donde sea posible, las supervisiones a nivel local por los responsables estatales se realizarán en forma interinstitucional, siendo las autoridades institucionales del nivel estatal o delegacional las que financien estas actividades. El nivel estatal deberá realizar un cronograma de supervisión anual, considerando lo siguiente:  Realizar al menos dos supervisiones a las jurisdicciones/distritos de salud con menor cobertura de vacunación o que hayan presentado incidentes que ameriten supervisión, y al menos dos supervisiones a unidades de salud con menor desempeño o que hayan presentado incidentes que ameriten supervisión.  Realizar al menos una supervisión a las unidades de salud que presenten más de 1 accidente de red de frío en un período de 12 meses. El nivel estatal/delegacional y jurisdiccional/distrital deberá dar seguimiento al cumplimiento o al avance de las recomendaciones emitidas, según nivel supervisado. Al tratarse de herramientas operativas destinadas a la mejora permanente del programa, éstas deberán ser conservadas en la unidad administrativa correspondiente, siendo responsabilidad del área estatal y local que supervisó verificar su seguimiento. Las supervisiones, así como las capacitaciones realizadas a nivel estatal/delegacional y jurisdiccional/distrital serán responsabilidad de los servicios estatales e institucionales de salud, en cuyo acompañamiento técnico podría participar el COEVA.

5. Operación del Programa de Vacunación

5.1. Planificación (metodología de cálculo)

La metodología de cálculo para las vacunas del PVU se realiza en apego al esquema de vacunación que aplicará para el ejercicio fiscal calculado, utilizando las poblaciones por entidad federativa y grupo de edad para el año 2025, misma que fue calculada con base en (^2). Las vacunas contra la hepatitis A y contra la varicela no forman parte del esquema básico de vacunación, por lo que, su adquisición y compra estarán sujetos al recurso financiero disponible por el estado. (ver cuadro 2).

Lineamientos generales 2025 Para el cálculo de vacunas, las instituciones a nivel federal podrán realizar ajustes, con base en la situación de oferta de vacunas por los distribuidores y/o laboratorios productores. El lo establecido en el cuadro 2, corresponde al rango aceptado por el PVU. Cuadro 2. Recomendaciones para la programación de vacunas 2025 CLAVE VACUNA POBLACIÓN BLANCO CÁLCULO DOSIS POR ESQUEMA FACTOR DE PÉRDIDA 020.000.3801.01 (^) Vacuna B.C.G. Se considera una dosis para el 100 % de las niñas y niños menores de un año, más una dosis para el 5 % de las niñas y niños de uno a cuatro años (rezagados), todas de responsabilidad institucional ((Población menor de un año)

(Poblaciones de 1,2,3 y 4 años x 0.05))

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.1 mL 50 - 90 %a 020.000.2527. Vacuna recombinante contra la hepatitis B 10 mcg Se considera una dosis para el 100 % de las niñas y niños menores de un año de responsabilidad institucional Población menor de un año

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 3 - 5 % 020.000.2526. Vacuna recombinante contra la hepatitis B 20 mcg Se considera una dosis para el 5 % de la población de 20 a 39 años de responsabilidad institucional (Población de 20 a 39 años x 0.05)

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 1 mL 5 - 10 % 020.000.2526.00b Vacuna recombinante contra la hepatitis B 20 mcg Se considera una dosis de 10 mcg para el 100 % de las niñas y niños menores de 1 año, más una dosis de 20 mcg para el 5 % de la población de 20 a 39 años, todas de responsabilidad institucional (Población menor de un año/2)

(Población de 20 a 39 años x 0.05)

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL dosis pediátrica 1.0 mL dosis adultos 5 - 10 % 020.000.6135. Vacuna hexavalente (DPaT-VIP-HB- Hib) Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna antipoliomielítica inactivada, vacuna conjugada de Haemophilus influenzae tipo b y hepatitis B Se consideran tres dosis para el 100 % de las niñas y niños menores de 1 año, más una dosis para el 100 % de las niñas y niños de 1 año, más una dosis para el 5 % de las niñas y niños de 2 a 4 años (rezagados), todas de responsabilidad institucional ((Población menor de un año x 3)

(Población de un año)

(Poblaciones de 2, 3 y 4 años x 0.05))

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 3 - 5 % 020.000.0150. 020.000.0150. 020.000.0150. 020.000.0150. Vacuna monovalente contra rotavirus (RV1) Se consideran dos dosis para el 100 % de las niñas y niños menores de un año de responsabilidad institucional (Población menor de un año x 2)

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 1.5 mL 3 - 5 % 020.000.0148. 020.000.0148. Vacuna antineumocócica conjugada Se consideran dos dosis para el 100 % de las niñas y niños menores de un año, más una dosis para el 100 % de las niñas y niños de 1 año, más una dosis para el 100 % de la población de 60 años, más una dosis para el 5 % de la población de 61 años y más (rezagados), todas de responsabilidad institucional ((Población menor de un año x 2)

(Población de un año)

(Población de 60 años)

(Población de 61 años y más x 0.05))

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 3 - 5 %

Lineamientos generales 2025 Cuadro 2. Recomendaciones para la programación de vacunas 2025 CLAVE VACUNA POBLACIÓN BLANCO CÁLCULO DOSIS POR ESQUEMA FACTOR DE PÉRDIDA 020.000.3810. 020.000.3810. Toxoides tetánico y diftérico (Td) Se considera una dosis para el 100 % de la población 15 años, más una dosis para el 50 % de la población de 25, 35, 45, 55 y 65 años (refuerzo cada 10 años). Más una dosis para el 5 % de la población de 16, 26, 36, 46, 56 y 66 años (rezagados), más una dosis para el 20 % de las personas embarazadas. Todas de responsabilidad institucional ((Población de 15 años)

(Poblaciones de 25, 35, 45, 55 y 65 años x 0.50)

(Poblaciones de 16, 26, 36, 46, 56 y 66 años x 0.05)

(Población menor de 1 año x 0.2))

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 5 - 10 % 020.000.3808. 020.000.3808. 020.000.3808. 020.000.3808. 020.000.3808. Vacuna de Refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (Tdpa) Se considera una dosis para el 80 % de las personas embarazadas, más una dosis para el 5 % de la población de 20 a 39 años (considerada de riesgo), de responsabilidad institucional (Población menor de 1 añoe^ x 0.8)

(Población de 20 a 39 años x 0.05)

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 3 - 5 % 020.000.0146. Vacuna antineumocócica polisacárida Se considera una dosis para el 80 % de la población de 61 años (considerada de riesgo), más una dosis para el 5 % de la población de 62 años y más (rezagados), todas de responsabilidad institucional (Población de 61 años x 0.8)

(Poblaciones de 62 años y más x 0.05)

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 5 - 10 % 020.000.3800. Vacuna Doble Viral (SR) contra Sarampión y Rubéola Se considera una dosis para el 5 % de la población de 20 a 39 años de responsabilidad institucional, más el 20 % para atención de brotes (bloqueos) ((Población de 20 a 39 años x 0.05) x (1.20 para atención a brotes))

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 5 - 10 % 020.000.6502. 020.000.6503. 020.000.6504. 020.000.6504. 020.000.6505. 020.000.6505. Vacuna contra la COVID- 19 Se considera una dosis para el 100 % de la población de 60 años y más, más una dosis para el 100 % de la población de a 5 a 59 años considerada de riesgo, más una dosis para el 100 % de las personas embarazadas, más una dosis para el 100 % del personal de salud, todas de responsabilidad institucional ((Población <1 año)

(Población de 60 años y más)

(Población de 5 a 59 años considerada de riesgoe)

(Personal de salud))

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 3 - 10 % 020.000.3825. 020.000.3825. 020.000.3825. 020.000.3825. 020.000.3825. 020.000.3825. 020.000.3825. 020.000.3825. 020.000.3825. 020.000.3825. Vacuna contra la Hepatitis A Se considera una dosis para el 50 % de la población de 1 año que se considera asiste a albergues, guarderías o casa cuna. Más una dosis para el 5 % de la población de 1 a 8 años considerada como hijos de jornaleros agrícolas, todas de responsabilidad institucional ((Población de un año x 0.50)

(Poblaciones de 1,2,3,4,5,6,7 y 8 años x 0.05))

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 3 - 5 %

Lineamientos generales 2025 Cuadro 2. Recomendaciones para la programación de vacunas 2025 CLAVE VACUNA POBLACIÓN BLANCO CÁLCULO DOSIS POR ESQUEMA FACTOR DE PÉRDIDA 020.000.6056. 020.000.6056. Vacuna contra Varicela Se consideran dos dosis para el 50 % de la población de 1 año que se considera asiste a albergues, guarderías o casas cuna; más un 10 % adicional para atención de desastres y pacientes con cáncer (Población de un año) x (1.10 para atención a desastres y pacientes con cáncer)

% factor de pérdida Ajuste el resultado a la decena superior 0.5 mL 3 - 5 % aLa vacuna BCG se presenta en frascos ámpula de 10 dosis, una vez reconstituida, pierde su viabilidad después de 6 horas, por lo que, se considera un factor de pérdida alto. bEn caso de que la institución de salud adquiera solo vacuna en presentación de 20 mcg. c (^) El cálculo de requerimientos se realiza con base en los grupos blanco de la intervención, en los grupos de riesgo y en la disponibilidad de vacuna. d (^) ACUERDO- 03 - CONAVA-2024. Se aprueba la incorporación de los niños que se encuentran cursando el quinto grado de primaria y de 11 años no escolar izados para recibir el esquema monodosis de la vacuna contra el VPH a partir de la campaña de vacunación contra el VPH en 2025. Asimismo, implementar una estrategia de detección del rezago de niñas, e implementar un registro nominal. e (^) Cada institución de salud deberá estimar su población de 5 a 59 años considerada de riesgo. Las claves descritas corresponden a la proveeduría nacional, por lo que, el sector podrá considerar la compra acorde a las disposiciones técnicas que emitan en conjunto.

5.2. Programa Permanente de vacunación (PPV)

Las actividades permanentes de vacunación son acciones que se desarrollan de manera intramuros en la red de servicios de salud, y extramuros a través de la instalación de puestos de vacunación en lugares estratégicos de la comunidad y con brigadas que realizan visitas casa a casa. Las actividades se realizan durante todo el año en las unidades de primer, segundo y tercer nivel de atención, así como en unidades médicas móviles de las instituciones del SNS que cuentan con servicios de vacunación. El esquema de vacunación tiene a su grupo blanco estratificado en cohortes poblacionales específicas: niñas y niños menores de un año, un año, 4 años y 6 años, que permite la administración oportuna de las vacunas, así como la planeación y adecuación de esquemas emergentes en caso necesario, facilitando se completen los esquemas de acuerdo con el grupo de edad específico, lo que no significa que se dejen de iniciar o completar esquemas en otros grupos con rezago de vacunación, en los que técnicamente pueda hacerse.

5.2.1. Lineamientos de aplicación

5.2.1.1. Programación de actividades

Con el propósito de alcanzar y mantener coberturas de vacunación ≥95 % por biológico y ≥90 % de promedio de cobertura de vacunación en el esquema completo de niñas y niños menores de un año de edad, un año, 4 años y 6 años, las instituciones realizarán las actividades necesarias en las unidades de salud, incluyendo las hospitalarias, además de otras actividades intramuros y extramuros de acuerdo con su población de responsabilidad institucional.

Lineamientos generales 2025

5.2.1.2.1. Almacenamiento

En todos los niveles de almacenamiento y durante su traslado, las vacunas deberán conservarse a temperatura de refrigeración (+2°C a +8°C), congelación (-18°C a - 25°C) o ultracongelación (-60°C a - 90°C), según sea el caso. El tiempo máximo de almacenamiento depende de cada nivel en que se encuentren (sin ser acumulativo).

  1. Nivel nacional: hasta su fecha de caducidad.
  2. Nivel estatal o delegacional: 9 meses.
  3. Nivel jurisdiccional/distrital, regional y/o municipal: 4 meses.
  4. Nivel local o zonal: 3 meses. Si el período de almacenamiento de las vacunas en alguno de los niveles ha superado el tiempo establecido previamente y cuenta con fecha de caducidad vigente, se deberá solicitar al CENSIA la anuencia de permanencia por un periodo adicional, siempre y cuando existan registros de temperatura que sustenten que se ha conservado en un rango de +2 °C a +8 °C y se implementen las estrategias necesarias para su distribución y aplicación antes de su fecha de expiración. Considerando que existe una reincidencia en la solicitud de anuencias, deberá remitir al CENSIA una justificación técnica del retraso en su aplicación, toda vez que, las vacunas distribuidas corresponden al ejercicio presupuestal del año en curso, a las metas de aplicación mensual o bien, a los logros de las campañas de vacunación. Las solicitudes de anuencia se deberán enviar al correo censia.reddefrio@salud.gob.mx (correo electrónico oficial de red de frío del CENSIA). Una vez recibida la solicitud, se confirmará de recibido y se asignará un número de folio para su trazabilidad pronunciamiento por el CENSIA.

5.2.1.2.2. Accidentes de red de frío (ARF)

Un ARF ocurre cuando las vacunas han salido de los parámetros normados (refrigeración, congelación y en su caso ultracongelación) por el motivo que sea, si esto ocurre, se procederá a realizar las siguientes acciones:  Elaboración del acta circunstanciada (Consultar Anexos del Manual de Vacunación vigente https://www.gob.mx/salud/censia/documentos/formatos-del-manual-de- vacunacion), misma que deberá enviarse al correo electrónico oficial de red de frío de manera inmediata y oportuna en un lapso no mayor a 5 días hábiles, a partir de su recepción en el nivel estatal, a fin de optimizar los tiempos para su dictaminación por el Grupo Técnico de Accidentes de Red de Frío (GTARF) y conservar el mayor número de dosis para su aplicación.  Una vez notificado el ARF al CENSIA, se confirmará de recibido y se asignará un número de folio a cada ARF para su trazabilidad.  El GTARF será el encargado de realizar el dictamen de los biológicos afectados.  Finalmente, el CENSIA notificará mediante los canales de comunicación oficiales el dictamen de las vacunas. Nota. Para el caso del IMSS, la notificación de los ARF deberá

Lineamientos generales 2025 seguir las indicaciones especificadas en su normativa vigente, al contar con estructura orgánica responsable de esta función. Para saber más sobre este proceso, consulte el Manual de Vacunación vigente.

5.2.1.3. Política de frascos abiertos

Todos los frascos abiertos de vacunas líquidas en presentación multidosis como DPT, Td, anti influenza, anti hepatitis B y anti neumocócica conjugada, usados dentro de las unidades de salud y en los puestos móviles de vacunación, podrán ser utilizados hasta 28 días después de abierto el frasco, siempre y cuando la fecha de caducidad no haya expirado, se hayan almacenado y transportado dentro de los parámetros de temperatura normados (+2ºC a + ºC) y se hayan manipulado con buenas prácticas asépticas, siendo indispensable el registro en la etiqueta del frasco, la fecha y hora de apertura de las vacunas. Las vacunas liofilizadas como BCG, SR y SRP, podrán ser utilizadas hasta 6 horas después de haber sido reconstituido el víal o al finalizar la jornada de trabajo, lo que ocurra primero. Excepto la vacuna BCG cepa Tokio, la cual podrá ser utilizada únicamente 4 horas después de ser reconstituida, al término de las cuales, deberá ser desechada. Lo anterior porque la estabilidad térmica de las vacunas liofilizadas disminuye considerablemente cuando se reconstituyen con su diluyente, o cuando son expuestas a la radiación ultravioleta. Respecto a las vacunas disponibles en México contra la COVID-19, a la fecha y derivado del soporte técnico y bibliográfico, no podrá utilizarse la política de frascos abiertos, por lo que, deberá consultarse la vida útil de cada una en su guía de aplicación correspondiente. Las acciones que se deben considerar en los frascos abiertos multidosis, son las siguientes:  utilizar antes de la fecha de vencimiento,  escribir en el frasco la fecha y hora de apertura,  almacenar y transportar entre +2°C y +8°C,  manipular con buenas prácticas asépticas. Adicionalmente, se deberá prestar atención a los siguientes puntos:  No utilizar la vacuna si se identifica o se sospecha que el tapón del frasco fue sumergido en agua del deshielo de los paquetes refrigerantes o la etiqueta se encuentra mojada o desprendida (independientemente si se trata de frasco abierto o cerrado).  Se considera una práctica insegura el uso de aguja piloto (aguja introducida en el tapón del frasco para la extracción de varias dosis de vacuna de forma subsecuente), ya que se puede contribuir a la reducción potencial de la efectividad de la vacuna y permite el posible desarrollo de microorganismos en las jeringas con vacunas precargadas. De tal modo que esta práctica está prohibida.