






Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
LA HISTOIRA PARTE 2 DERECHOS HUMANOS
Tipo: Ejercicios
1 / 12
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
Una de las construcciones filosóficas más importantes en la historia de la humanidad han sido los derechos humanos, los cuales ponen en una verdadera relevancia al ser humano. Ya que la pretensión es valorarse como iguales. La lucha no ha sido fácil, pues ha costado guerras para reiterar tal principio. La contra corriente filosófica, conocida como Ius naturalismo, dio cabida a los derechos humanos. Pues supone en primer lugar el reconocimiento de la dignidad del ser humano frente a las actividades del estado. Esta concepción marca ya un parámetro de referencia sumamente importante puesto que nos permite advertir una etapa en donde esos derechos son un límite a la actividad estatal a favor de los individuos. Esta cualidad es esencial para identificar los momentos que constituyen la historia de los derechos humanos, ya que, habrá otro momento en que la reivindicación de estos derechos sea, además hacia una “Responsabilidad social”, concepto que y ha ido ganando cada vez más en los últimos años. El planteamiento es que, no obstante la libertad de acción e iniciativa que debe caracterizar a las instituciones en nuestro mundo democrático y de libre comercio, no podemos enfocarlo solamente en defender nuestros intereses corporativos propios dentro del marco legal vigente abandonando a su suerte las consecuencias. Una de las clasificaciones de los Derechos Humanos, con fines de explicación académica es la siguiente: Derechos humanos de primera generación o también conocidos como derechos civiles y políticos. Surgen en la revolución francesa como rebelión contra el absolutismo del monarca. Impone al estado respetar siempre los derechos fundamentales del ser humano, como es el derecho a la vida, a la libertad, a la igualdad, entre otros. Derechos humanos de segunda generación o derechos económicos, sociales y culturales, los cuales e plantearon por primera vez en el mundo en la Constitución Política de los Estado Unidos mexicanos en 1917, no sin antes haber transitado por
una Revolución (Revolución Mexicana de 1910). Ya que los constituye una obligación de hacer del estado y son de satisfacción progresiva. Y los derechos Humanos de tercera generación, también llamados de los pueblos y de solidaridad. Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones, así como de los distintos grupos que lo integran. Derecho a la autodeterminación, a la independencia económica y política, a la identidad nacional y cultural, a la paz, a la coexistencia pacífica, al entendimiento y confianza, a la cooperación internacional y regional, a la justicia internacional, a los avances de las ciencias y la tecnología, a la solución de los problema alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos, a proteger el medo ambiente y patrimonio común de la humanidad, y a contribuir al progreso que garantice la vida digna y la seguridad humana. Desde la antigüedad tanto en los regímenes despóticos y absolutistas en los que la voluntad de los gobernantes era la suprema ley y los gobernados no podían hacer otra cosa que someterse y obedecer tal y como ocurrió en el antiguo oriente y en algunas épocas y circunstancias de Grecia en roma, en roma en donde no se veía el reconocimiento de la participación de sus ciudadanos en la integración de sus gobiernos, argumentando diversos planteamiento. La defensa los derechos humanos, tuvieron como concepción filosófica a la persona, de donde se desprenden ciertos atributos esenciales, dando paso a la concepción de un sistema jurídico que garantice estos derechos esto es, a través del derecho positivo. La filosofía discursiva inspira una concepción integral de los derechos humanos, mientas que el sistema jurídico político los hace vigentes en un tiempo y lugar determinado 67 La antigüedad clásica desconoció la dignidad de la persona En la antigüedad grecorromana no se llegó a tener una idea clara y precisa de la dignidad del hombre como individuo y de sus correspondientes derechos, frente a la comunidad y autoridad política.
mas pesadas del basto imperio romano, ninguno de ellos podía salir de su esfere y dicha esclavitud de transmitia de padre a hijos. 68 Ius naturalismo divino. La dignidad humana en el cristianismo El ambiente espiritual estaba preparado para el estoicismo para que se abriera paso a la idea de la dignidad del hombre como persona, ser racional y libre, con un destino individual propio e intransferible, distinto y superior en contra la comunidad. Esta idea fue introducida por el cristianismo de forma incipiente y difunda por todo el mundo conocido, a partir de la aseveración enérgica de San Pablo de que ya no hay esclavos ni hombres libre sino que todos son hermanos de Cristo Jesús, los hombres ya no serían coas de objeto y de posesión por los otros hombres, si no verdaderos ciudadanos, libres e iguales, del reino de Dios. Estas ideas fueron desarrollados por padres de la iglesia tanto griegos como latinos y, especialmente, por el gran obispo de Hipona, San Agustín que en su ciudad de Dios traso el amplo panorama de la humanidad en su assenso hacia su destino eterno. Puesta asi las bases filosoficas-teologicas de los derechos humanos tanto como a los hombre como a la comunidad la edad media, lpor boca de sus tieologos mas pleclearos, como Santo Tomas de Aquino, y otros que siguieron sus enseñanzas, se ocupo por delimitar con claridad los derecho y deberees de los hombres frente a la vida social y política. Asi, en ese orden jurídico eera, sin duda alguna la dignidad del hombre como hijo dde Dios. Dignidad de la cual brotaban sus derechos fundamentales. Del principio de la dignidad se desprendieron consecuencias juridcas importantes; si el reino de Dios pertenece al reeino de Dios es evidente que tiene ciertos derechos de los cuales no puede ser despojado por ninguna comunidad humana, en esta doctrina esta la raiza de la afirmación de que el hombre posee derecho sin condicionado, inviolables oponibles a cualquier organización social y policía y aun internacional. 69 El advenimiento del crsitianismo institucionaliso la cultura de la sumisión y del iedo, mediante la concepción de una realidad basada en la insistencia de un solo ser
absoluto, cr4eador de todas las cosas y que convierte a los hombres y mujeres en productos, accesorios y derivados de su obnippotente realidad, siervos y ovejas de c uyo sarificio al SSeñor, se deriva su salvación eterna, pues la la obediencia los hara libres. Las estrategias y la tenica para mantener ese control están constituidas inicialmente por el pastoreo cristiano. 70 Ius nauralismo racionalista Aquí se exprean la corriente filosófica del ius naturalismo racionalista, que alimento los fundamentos actuaes de los derecho humanos.Francisco de Vitoria indica al repecto que: durante laedad media se confundieron los ordenes natural y sobrenatural, lo aclesiastico y lo civil, lo humano y lo divino. El orden natural es el propio de la naturaleza humana como tal precidiendo de su posibilidad de elevarse al orden sobre natural. Por ello, “todo hombre simplemente por hombre de serlo sea o no cristinao, posee un cuanto, tal un conjunto de derechos fundamentales inherentes a su personalidad”. Estos conceptos desplazaon a la visión teocentrista medieval y colocar al hombrree hacia el centro de la naturaleza. La ly natural brota de la esencia misma de cada cosa y a ella se sujtan todos los seres que participan de esa misma escencia. El hombre es una persona racional, libre, moral, responsable de sus acciones. De esta naturaleza surgen los derechos naturales inhatos. Derecho a la vida, a a integriddd corporal, a la libertad religiosa y fundar, cncervar y defender una familia Los derecho snaturales, son propos del hombre ppor el simple hecho e ser umano e inherente a su persona ek hombr es un sujeto potencial de drechos y deberes de dirigirse a otros. 71. Apartir de que el ser humano se reconoce oo ser cpas de dirigirse y auto gobern5se, separa las leyes divinas, las cuales qquedrrian vmomo uns soll,a prerrogativa personal, y deside gobernarse a crear sus propias formadas de gobierno las cuales aprte de básicos y principios de la dignidad humana, persona, libertad, igualdad. Atravezde l historia s tienen divesos documents declaraciones qu dan muestra de ellos. Ius naturalismo humanista
Este ordenamiento establecía que la soberanía reside esencialmente en la nación y que a ella le pertenece el derecho de establecer sus leyes, así como la igualdad de todos los habitantes del imperio. Constitución de Apatzingán (1814) Este documento recogía algunos de los principios políticos y aspiraciones de independencia de los "Sentimientos de la Nación”. Aunque no pudo estar en vigor un solo día, porque amenazaba los intereses de los españoles, que aún dominaban el país, la Constitución de Apatzingán establecía los derechos humanos de igualdad, seguridad, propiedad y libertad , la religión católica como la única reconocida en el país, así como la división de poderes. Para fines del sufragio, instituía juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia. El Plan de Iguala. 24 febrero de 1821 La independencia que proclama Agustín de Iturbide en 1821, se hace bajo presupuestos tradicionales: establece que la forma de gobierno será una "monarquía moderada". En el año 1823 el Congreso Revolucionario termino con la monarquía. La Constitución 1824 La constitución de 1824 dio vida en México al federalismo, y entre sus disposiciones figuran las siguientes: La soberanía reside esencialmente en la nación. Se constituye una república representativa popular federal División de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial La religión católica es la única oficialmente autorizada, Libertad de escribir y publicar ideas políticas sin censura previa, Congreso integrado por las Cámaras de Diputados y Senadores. Se deposita el Poder Ejecutivo en una sola persona y se instituye la Vicepresidencia.
Las siete leyes constitucionales Bajo la presidencia de Antonio López de Santa Anna se promulgaron las Siete leyes de 1835, las cuales fundamentan las bases orgánicas de la Republica Mexicana de 1843, que buscan crear un gobierno centralista. Con este ordenamiento se dividía al país en departamentos, estos en distritos y los distritos en partidos. Entre otras disposiciones, fijo el periodo presidencial en ocho años y estableció un Supremo Poder Conservador, soló responsable ante Dios con atribuciones para declarar nulidad de una ley o decreto, la incapacidad física o moral del presidente de la Republica, y la clausura del Congreso. Bases Orgánicas de la República Mexicana, 1843 Estas Bases, que solo estuvieron en vigor tres años, reiteraron la independencia del país, la organización política en República Centralista, y suprimieron al Supremo Poder Conservador que encabezaba el propio Santa Anna. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta, ratificando que el país protegía y profesaba la religión católica. La elección de los representantes era indirecta, esto es, se dividió a la población en secciones de 500 habitantes, mismos que elegirán un elector primario; éste lo nombraba los electores secundarios, los cuales formaban el Colegio Electoral que a su vez elegía a los diputados al Congreso. El Ejecutivo tenía un demostrado derecho de veto de leyes. Acta Constitutiva y de Reforma, 1847. El Acta Constitutiva y de Reformas estableció las garantías individuales para todos los habitantes de la república y suprimió el cargo de vicepresidente y adoptó elecciones directas para diputados, senadores, presidente de la Re- pública y miembros de la Suprema Corte. Además, facultó al congreso para anular las leyes
económicamente en su vejez, entre otros derechos. A través de la Constitución de
Con la reforma del artículo 27 Constitucional, se arroja las miles de hectáreas de suelo agrícola y urbano al mercado. Esta inclusión de los campesinos en el mercado de suelo que demandan los grandes consorcios, nacionales y extranjeros, es sólo ocasional y marginal, como parte de acumulación simple, en el cual ingresan y son expulsados de inmediato, deshaciéndose del bien que le otorga cierta seguridad: la tierra. Con el tratado de libre mercado, se coloca a los campesinos en condiciones desfavorables ante la competencia que representan los agricultores de Estados Unidos y Canadá 80 La Constitución de 1917 es la que prevalece hasta nuestros días; sin embargo, las reformas hechas a lo largo de este tiempo (del artículo 1º al 136, son 489, transitorios 9, artículos transitorios de Decretos de Reforma 4, siendo un total de 502). La situación es grave en los hechos, ya que dichas reformas han arrojado a la mayoría de la población a la miseria, con lo que se ha alejado en mucho al espíritu social y esencia de esta Constitución, ya que dichas reformas y leyes derivadas de ellas, han favorecido y han promovido la acumulación de bienes y riqueza en unas pocas manos, haciendo de México un país polarizado. Al respecto vale la pena citar a don Emilio Rabasa en su obra La Constitución y la dictadura, en la que hace referencia al respecto diciendo que: "no hay que cambiar el país, hay que cambiar las reglas". Por ello, es que cada etapa de la historia debe conservar su sentido de lucha. Nada está terminado, ayer mujeres y hombres lucharon por mejorar sus condiciones de vida y las de su descendencia, hoy, nuestra es la tarea de continuar con la lucha, con sus propias particularidades y retos, hacer realidad nuestras propias conquistas y dejarles legado de bienestar a nuestra descendencia. Ahora tenemos un nuevo reto enfrente, el fenómeno de la globalización, el cual es visto como una etapa superior