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Orientación Universidad
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derechos humanos catedra, Resúmenes de Derechos Humanos

es un analisis de derechos humanos debido a las faltas de acciones

Tipo: Resúmenes

2021/2022

Subido el 05/06/2022

jose-guzman-36
jose-guzman-36 🇻🇪

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1)El Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos (SIDH).
Es elconjunto de normas sustantivas y procesales, así como deorganismos con
alcance internacional,pertenecientes a la Organización de las Naciones Unidas
(ONU), cuyo fin es la promoción y la protección de los derechos humanos
universales.
El Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos SUDH está
integrado por el Sistema de Tratados y el Sistema de Órganos.
Los Tratados de Derechos Humanos, son los instrumentos adoptados por el
Derecho Internacional para darle una base jurídica a la protección de los derechos
humanos. Son firmados y ratificados voluntariamente por los Estados en ejercicio
pleno de su soberanía.
A través de ellos, los Estados adquieren las obligaciones internacionales de:
Respetaro No interferir o limitar el disfrute de los Derechos Humanos.
Protegero Impedir que se lesionen los Derechos Humanos de las
personas.
Realizaro Adoptar medidas y leyes positivas para asegurar su disfrute.
Cada uno de los tratados internacionales prevé la creación de un Comité que se
encarga de la supervisión y monitoreo de la implementación de las obligaciones
adquiridas por los Estados.
2) El Sistema Europea de protección de los derechos humanos es el único
sistema internacional que genera obligaciones vinculantes para el estado;
contempla, por vía convencional y jurisprudencial, un amplio abanico de derechos
protegidos
El Sistema Europeo de Derechos Humanos (SEDH)
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1)El Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos (SIDH ). Es el conjunto de normas sustantivas y procesales, así como de organismos con alcance internacional, pertenecientes a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cuyo fin es la promoción y la protección de los derechos humanos universales. El Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos SUDH está integrado por el Sistema de Tratados y el Sistema de Órganos. Los Tratados de Derechos Humanos, son los instrumentos adoptados por el Derecho Internacional para darle una base jurídica a la protección de los derechos humanos. Son firmados y ratificados voluntariamente por los Estados en ejercicio pleno de su soberanía. A través de ellos, los Estados adquieren las obligaciones internacionales de:  Respetar o No interferir o limitar el disfrute de los Derechos Humanos.  Proteger o Impedir que se lesionen los Derechos Humanos de las personas.  Realizar o Adoptar medidas y leyes positivas para asegurar su disfrute. Cada uno de los tratados internacionales prevé la creación de un Comité que se encarga de la supervisión y monitoreo de la implementación de las obligaciones adquiridas por los Estados. 2) El Sistema Europea de protección de los derechos humanos es el único sistema internacional que genera obligaciones vinculantes para el estado; contempla, por vía convencional y jurisprudencial, un amplio abanico de derechos protegidos El Sistema Europeo de Derechos Humanos (SEDH)

Es el marco regional de promoción y protección de los derechos humanos en Europa con base en distintos instrumentos internacionales donde se les reconoce, y se establecen obligaciones tendientes a su promoción y protección y se crean órganos destinados a velar por su observancia. Este sistema, desarrollado bajo la órbita del Consejo de Europa, se inició formalmente con la aprobación de la “Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales”, más conocida como Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH), el 4 de noviembre de 1950 en Roma, instrumento destinado a la protección de los derechos civiles y políticos (los derechos de carácter socioeconómico tuvieron que esperar hasta 1961, año en el que se adoptó la Carta Social Europea). En suma, significó el establecimiento, por primera vez en la historia, de un sistema institucional supranacional cuyo objetivo declarado era la protección y promoción de los derechos humanos. En la actualidad, además de la Convención Europea de Derechos Humanos y sus 16 protocolos, en el ámbito del Consejo de Europa se han adoptado más de 200 instrumentos que abarcan una amplia gama de temas: derechos económicos y sociales, los abusos físicos, la cooperación jurídica, la cultura y la educación, entre otros. 3)La Convención Europea de Derechos Humanos fue elaborado con la finalidad de salvaguardar los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas de los Estados europeos miembros del acuerdo El Convenio Europeo está inspirado expresamente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual fue proclamada por la Asamblea General de las Organización de las Naciones Unidas (ONU) el 10 de diciembre de 1948 Dentro del documento del 3 de septiembre, los derechos y libertades estipulados ponen de manifiesto dos importantes vertientes:

  1. Tales derechos y libertades se enuncian mediante conceptos jurídicos y su aplicación a casos concretos.
  2. Dicho Convenio protege fundamentalmente los derechos civiles y políticos

Finalmente está el Tratado de Lisboa, el cuyo artículo 6, apartado 3, se reforma en gran medida a la Unión Europea: Los derechos fundamentales que garantiza el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y los que son fruto de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros formarán parte del Derecho de la Unión como principios generales. Así, el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, mejor conocida como Convención Europea de Derechos Humanos, es uno de los grandes recursos para la defensa de los derechos humanos de aquellas personas bajo jurisdicción europea.

4) Quiénes Conforman El Sistema Europeo De Derechos

Humanos (Sedh) Y Cómo Es Su Estructura.

Los 47 Estados miembros del Consejo de Europa son parte del CEDH. La Convención preveía originalmente dos órganos judiciales: la Comisión Europea de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Desde 1953 hasta 1999, la Comisión tuvo una función intermedia a efectos de filtrar aquellas peticiones que no cumplieran con los requisitos de admisibilidad para evitar un dispendio jurisdiccional innecesario por parte del Tribunal. La Comisión conocía los casos y luego remitía sus informes al Tribunal, que era el único órgano con poder para emitir una decisión jurídica vinculante. La Comisión

también tenía la facultad de remitir sus informes al Comité de Ministros del Consejo, que podía decidir si se había violado o no el CEDH. Hasta la entrada en vigor del Protocolo 11 el 31 de octubre de 1998, los individuos no podían tener acceso directo al Tribunal, sino que debían acudir primero a la Comisión quien era el órgano que enviaba el caso al Tribunal. El Protocolo 11 abolió la Comisión y permitió que los individuos pudieran acudir al TEDH directamente. Actualmente, el TEDH es la única institución judicial del SEDH y está compuesto por un número de jueces igual al de los Estados parte (actualmente 47). Tiene su sede en Estrasburgo (Francia) y no es una institución de la Unión Europea. Los jueces son elegidos por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa a partir de una lista de tres nombres propuesta por cada Estado. Son elegidos por un mandato no renovable de nueve años y, si bien es cierto que los jueces son elegidos a título de un Estado, sin embargo, forman parte del Tribunal a título individual y no representan a ese Estado. Son totalmente independientes y no pueden ejercer ninguna actividad incompatible con su deber de independencia e imparcialidad. El Tribunal en pleno elige a su Presidente, dos Vicepresidentes y dos Presidentes de Sección por un periodo de tres años. Una Sección es una entidad administrativa y una Sala es una formación judicial del Tribunal constituida en el seno de una Sección. Cada Sección se compone de un Presidente, de un Vicepresidente y de varios jueces. El Tribunal tiene cinco Secciones dentro de las cuales se constituyen las Salas. Una Sala se compone del Presidente de la Sección a la que el asunto ha sido atribuido, del juez nacional, esto es, del juez elegido a título del Estado contra el que se ha presentado la demanda, y de otros cinco jueces designados por el Presidente de la Sección según un sistema de rotación. Por su lado, la Gran Sala se compone del Presidente del Tribunal, de los Vicepresidentes, de los Presidentes de las Secciones, del juez nacional y de jueces elegidos por sorteo y Finalmente, el Tribunal en pleno sólo se ocupa de las cuestiones de organización.

Además de la función contenciosa, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos también puede llevar a cabo una función de carácter consultivo en todos los asuntos relativos a la interpretación y aplicación del CEDH que le sean sometidos.

6) Cuál es el impacto del Sistema Europeo de Derechos

Humanos SEDH.

El impacto fundamental del Sistema Europeo de Derechos Humanos (SEDH) reposa en el trabajo fundamental del Tribunal Europeo De Los Derechos Humanos, (TEDH) y la fuerza vinculante de sus sentencias. Un Estado que haya cometido una violación deberá reparar el daño sufrido por el demandante y, en la medida de lo posible, reparar las consecuencias de la violación. El Estado también debe asegurarse de que no se produzca una violación similar, es decir, que nadie más sea víctima de la violación constatada. En la práctica, esto suele dar lugar a un cambio de legislación. Al modificar su legislación o su práctica para adaptarlas a la Convención, los Estados permiten que todos se beneficien del desarrollo ulterior de la protección

de los derechos humanos. Una sola sentencia puede, por lo tanto, tener un impacto sobre el conjunto de la población de un Estado. por ejemplo: Francia reconoce la igualdad de derechos sucesorios entre los hijos nacidos dentro como fuera del matrimonio, el Reino Unido prohíbe los castigos corporales en las escuelas públicas, Suiza promulgó una ley para regular las escuchas telefónicas, entre otros. Por lo tanto, lo que da fuerza al Sistema Europeo de Derechos Humanos SEDH, y que lo transforma en un ejemplo para otros sistemas regionales, es la forma en que el órgano encargado de velar por su aplicación, es decir el Tribunal Europeo De Los Derechos Humanos TEDH, lo hace de forma dinámica, a la luz de las condiciones actuales y permitiendo que sus elementos se apliquen hoy en día a situaciones que eran totalmente imprevisibles e inimaginables en el momento en que se adoptó la Convención Europea de los Derecho Humanos.CEDH, como cuestiones relacionadas con las nuevas tecnologías, la bioética o el medio ambiente.