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derecho romano preguntas y orros temas de estudio, Apuntes de Derecho Romano

hay preguntas de estudio sobre el derecho romano y otras actividades de dicha materia para enriquecer el conocimiento de dicha asignatura.

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 10/05/2024

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Bonitaria Tipo de propiedad que se configuraba cuando faltaba alguno de los requisitos exigidos por el derecho civil.
Copropiedad Existe cuando varias personas son titulares del derecho de propiedad sobre el mismo objeto.
Mancipatio o mancipación Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, que transmitía las res mancipi, y participaban el transmitente, el adquirente, cinco
testigos y el portabalanza.
In iure cessio Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, que operaba con base en el principio de que “el demandado que no se defendía perdía el
proceso”. El actor comparecía nate el magistrado y afirmaba que la cosa era suya. El demandado no se defendía y el pretor declaraba propietario al actor.
In iure cessio Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, que operaba con un proceso ficticio en el cual el adquirente comparecía para reivindicar una cosa,
poniendo la mano sobre ella y afirmaba ser el propietario. El demandado no se defendía y el pretor declaraba propietario al actor.
Usucapio Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, por la posesión continuada durante el tiempo señalado por la ley.
Adiuducatio Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, por el que el juez atribuía a cada uno de los litigantes la parte que le correspondía de una herencia
indivisa, de una cosa común o de un deslinde.
Traditio o tradición Forma natural de adquirir la propiedad mediante la entrega de la cosa
Ocupación Forma natural de adquirir la propiedad apropiándonos de aquellas cosas que están en el comercio y que carecen de dueño
Ocupación Forma natural de adquirir la propiedad apropiándonos de los animales salvajes, coral, piedras preciosas, o un tesoro que no pertenece a nadie
Accesión Forma natural de adquirir la propiedad que existe cuando una cosa se adhiere a otra de forma inseparable
Especificación Forma natural de adquirir la propiedad cuando una materia prima se transforma para formar una nueva especie. Como las uvas que se transforman
en vino
Confusión Forma de adquirir la propiedad cuando se mezclan líquidos
Conmixtión Forma de adquirir la propiedad cuando se mezclan sólidos
Servidumbre Concede el derecho a usar o disfrutar de una cosa, respetando siempre la propiedad que sólo se encuentra gravada y sufre limitaciones.
Servidumbre Derecho real de goce limitado en su contenido, constituido para aumentar el valor de un inmueble o con miras a favorecer a un sujeto determinado.
Real Servidumbre que consiste en un derecho que va a ejercer el titular de un predio sobre un inmueble ajeno, siendo los predios vecinos y los propietarios
diferentes.
Confessoria Acción que protegía al derecho real de servidumbre.
Urbano Es todo edificio construido en la ciudad o en el campo.
Rústico Es todo terreno no construido
paso Servidumbre que consiste en permitir circular por el fundo sirviente, según las necesidades del fundo dominante.
acueducto Servidumbre que permite conducir agua por algún medio, a través del fundo sirviente.
toma de agua Servidumbre consistente en permitir al propietario del fundo dominante tomar el agua necesaria del estanque del fundo sirviente.
pasto Servidumbre para permitir pastar a las bestias del propietario del predio dominante en el predio sirviente.
apoyo de viga Servidumbre consistente en permitir al propietario del fundo dominante utilizar un muro del sirviente para apoyo de una viga.
apoyo de muro Servidumbre consistente en el derecho de descansar un muro sobre la construcción del vecino.
desviación de agua Servidumbre consistente en la obligación del propietario del fundo sirviente a recibir las aguas de lluvia de la casa vecina.
prohibición de levantar construcciones Servidumbre consistente en que el propietario del fundo dominante impide al propietario del sirviente levantar una
construcción de determinada altura que le pueda quitar la vista.
prohibición de levantar construcciones Servidumbre consistente en que el propietario del fundo dominante impide al propietario del sirviente levantar una
construcción de determinada altura que le pueda quitar la vista.
usufructo Servidumbre que consiste en el derecho a usar y disfrutar de una cosa ajena, no consumible
uso Servidumbre que consiste en disfrutar de una cosa ajena en la medida necesaria para satisfacer los requerimientos propios del usuario.
derecho de habitación Servidumbre que consiste en la utilización de una habitación específica.
Operae servorum Servidumbre que consiste en usar los servicios de un esclavo ajeno
Enfiteusis Derecho real por el que una persona adquiría el derecho de disfrutar de una finca en toda su plenitud, obligándose a efectuar un pago anual, a no
deteriorar el cultivo y a notificar al dueño en caso de efectuar un traspaso.
Superficie Derecho real que otorga el disfrute de construcciones que se encuentran en un terreno del cual no se es propietario.
Prenda Derecho real que otorga a su titular la facultad de retener una cosa que se le ha entregado en garantía del pago de una deuda
Hipoteca Derecho real establecido sobre un bien, pero sin entregarlo al deudor, quien podía pedir su entrega en caso de incumplimiento de la deuda garantizada
Obligación Vínculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta
Obligación Vínculo jurídico por el que somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad
Justiniano Para este jurista, la obligación es un vínculo jurídico por el cual somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna cosa.
Esencia de la obligación Consiste en constreñir a otro para que nos dé, haga o indemnice algo.
Paulo Jurista que decía: que la obligación, no consiste en que uno haga nuestra una cosa, sino en constreñir a otro para que no dé, haga o indemnice algo
Ley Poetelia Papiria Ley que ordenaba que una persona sólo respondiera con sus bienes por aquellas obligaciones que hubiera contraído, salvo que provinieran de
un delito
Ley Poetelia Papiria Ley que prohibió la venta y el derecho de dar muerte al deudor civil incumplido
Acción in personam Acción que se le da al titular de un derecho de crédito.
Acción in rem Acción utilizada para reclamar una propiedad en manos de otra persona
Los sujetos y el objeto Son los dos elementos de la obligación
Sujeto activo o acreedor y sujeto pasivo o deudor Son los dos sujetos de la obligación.
Sujeto activo o acreedor Es el sujeto de la obligación que tiene derecho a la conducta del deudor
Acreedor Es el titular de un derecho personal o de crédito
Sujeto pasivo o deudor Es el sujeto de la obligación que tiene el deber jurídico de cumplir con ella
Objeto de la obligación Es la conducta o comportamiento que el deudor debe observar en favor del acreedor
Objeto de la obligación Es la conducta (dare, facere, praestare o non facere) que el deudor debe observar en favor del acreedor
Dare Es la transmisión del dominio de alguna cosa
Facere Se refiere a toda conducta que consiste en un acto positivo, un hacer, y que no implique la transmisión de dominio de una cosa
Praestare Es la conducta del deudor que puede ser un dare o un facere
Praestare Término que se emplea para aludir al contenido de la obligación en general.
Non facere Conducta del deudor que consiste en abstenerse de algo
Ambulatoria Obligación en la que el acreedor o el deudor, o ambos ala vez, no están individualizados al momento de constituirse la obligación.
Propter rem Nombre con el cual se le conoce a las obligaciones ambulatorias
Obligación parciaria, mancomunada o a prorrata Son aquellas obligaciones con pluralidad de sujetos (varios acreedores o varios deudores) en las que cada uno de
los acreedores puede exigir y cada uno de los deudores debe cumplir sólo una parte de la prestación, correspondiente a su cuota de crédito y deuda
Correal o solidaria En este tipo de obligación cada acreedor tiene derecho al crédito integro o cada deudor debe pagar la deuda en su totalidad.
Correalidad o Solidaridad En este tipo de obligaciones encontramos sujetos con obligaciones múltiples
Obligación divisible Obligación en que la prestación se puede cumplir de forma fraccionada sin que por ello sufra menoscabo
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Bonitaria Tipo de propiedad que se configuraba cuando faltaba alguno de los requisitos exigidos por el derecho civil. Copropiedad Existe cuando varias personas son titulares del derecho de propiedad sobre el mismo objeto. Mancipatio o mancipación Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, que transmitía las res mancipi, y participaban el transmitente, el adquirente, cinco testigos y el portabalanza. In iure cessio Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, que operaba con base en el principio de que “el demandado que no se defendía perdía el proceso”. El actor comparecía nate el magistrado y afirmaba que la cosa era suya. El demandado no se defendía y el pretor declaraba propietario al actor. In iure cessio Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, que operaba con un proceso ficticio en el cual el adquirente comparecía para reivindicar una cosa, poniendo la mano sobre ella y afirmaba ser el propietario. El demandado no se defendía y el pretor declaraba propietario al actor. Usucapio Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, por la posesión continuada durante el tiempo señalado por la ley. Adiuducatio Modo adquisitivo de la propiedad del derecho civil, por el que el juez atribuía a cada uno de los litigantes la parte que le correspondía de una herencia indivisa, de una cosa común o de un deslinde. Traditio o tradición Forma natural de adquirir la propiedad mediante la entrega de la cosa Ocupación Forma natural de adquirir la propiedad apropiándonos de aquellas cosas que están en el comercio y que carecen de dueño Ocupación Forma natural de adquirir la propiedad apropiándonos de los animales salvajes, coral, piedras preciosas, o un tesoro que no pertenece a nadie Accesión Forma natural de adquirir la propiedad que existe cuando una cosa se adhiere a otra de forma inseparable Especificación Forma natural de adquirir la propiedad cuando una materia prima se transforma para formar una nueva especie. Como las uvas que se transforman en vino Confusión Forma de adquirir la propiedad cuando se mezclan líquidos Conmixtión Forma de adquirir la propiedad cuando se mezclan sólidos Servidumbre Concede el derecho a usar o disfrutar de una cosa, respetando siempre la propiedad que sólo se encuentra gravada y sufre limitaciones. Servidumbre Derecho real de goce limitado en su contenido, constituido para aumentar el valor de un inmueble o con miras a favorecer a un sujeto determinado. Real Servidumbre que consiste en un derecho que va a ejercer el titular de un predio sobre un inmueble ajeno, siendo los predios vecinos y los propietarios diferentes. Confessoria Acción que protegía al derecho real de servidumbre. Urbano Es todo edificio construido en la ciudad o en el campo. Rústico Es todo terreno no construido paso Servidumbre que consiste en permitir circular por el fundo sirviente, según las necesidades del fundo dominante. acueducto Servidumbre que permite conducir agua por algún medio, a través del fundo sirviente. toma de agua Servidumbre consistente en permitir al propietario del fundo dominante tomar el agua necesaria del estanque del fundo sirviente. pasto Servidumbre para permitir pastar a las bestias del propietario del predio dominante en el predio sirviente. apoyo de viga Servidumbre consistente en permitir al propietario del fundo dominante utilizar un muro del sirviente para apoyo de una viga. apoyo de muro Servidumbre consistente en el derecho de descansar un muro sobre la construcción del vecino. desviación de agua Servidumbre consistente en la obligación del propietario del fundo sirviente a recibir las aguas de lluvia de la casa vecina. prohibición de levantar construcciones Servidumbre consistente en que el propietario del fundo dominante impide al propietario del sirviente levantar una construcción de determinada altura que le pueda quitar la vista. prohibición de levantar construcciones Servidumbre consistente en que el propietario del fundo dominante impide al propietario del sirviente levantar una construcción de determinada altura que le pueda quitar la vista. usufructo Servidumbre que consiste en el derecho a usar y disfrutar de una cosa ajena, no consumible uso Servidumbre que consiste en disfrutar de una cosa ajena en la medida necesaria para satisfacer los requerimientos propios del usuario. derecho de habitación Servidumbre que consiste en la utilización de una habitación específica. Operae servorum Servidumbre que consiste en usar los servicios de un esclavo ajeno Enfiteusis Derecho real por el que una persona adquiría el derecho de disfrutar de una finca en toda su plenitud, obligándose a efectuar un pago anual, a no deteriorar el cultivo y a notificar al dueño en caso de efectuar un traspaso. Superficie Derecho real que otorga el disfrute de construcciones que se encuentran en un terreno del cual no se es propietario. Prenda Derecho real que otorga a su titular la facultad de retener una cosa que se le ha entregado en garantía del pago de una deuda Hipoteca Derecho real establecido sobre un bien, pero sin entregarlo al deudor, quien podía pedir su entrega en caso de incumplimiento de la deuda garantizada Obligación Vínculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta Obligación Vínculo jurídico por el que somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad Justiniano Para este jurista, la obligación es un vínculo jurídico por el cual somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna cosa. Esencia de la obligación Consiste en constreñir a otro para que nos dé, haga o indemnice algo. Paulo Jurista que decía: que la obligación, no consiste en que uno haga nuestra una cosa, sino en constreñir a otro para que no dé, haga o indemnice algo Ley Poetelia Papiria Ley que ordenaba que una persona sólo respondiera con sus bienes por aquellas obligaciones que hubiera contraído, salvo que provinieran de un delito Ley Poetelia Papiria Ley que prohibió la venta y el derecho de dar muerte al deudor civil incumplido Acción in personam Acción que se le da al titular de un derecho de crédito. Acción in rem Acción utilizada para reclamar una propiedad en manos de otra persona Los sujetos y el objeto Son los dos elementos de la obligación Sujeto activo o acreedor y sujeto pasivo o deudor Son los dos sujetos de la obligación. Sujeto activo o acreedor Es el sujeto de la obligación que tiene derecho a la conducta del deudor Acreedor Es el titular de un derecho personal o de crédito Sujeto pasivo o deudor Es el sujeto de la obligación que tiene el deber jurídico de cumplir con ella Objeto de la obligación Es la conducta o comportamiento que el deudor debe observar en favor del acreedor Objeto de la obligación Es la conducta (dare, facere, praestare o non facere) que el deudor debe observar en favor del acreedor Dare Es la transmisión del dominio de alguna cosa Facere Se refiere a toda conducta que consiste en un acto positivo, un hacer, y que no implique la transmisión de dominio de una cosa Praestare Es la conducta del deudor que puede ser un dare o un facere Praestare Término que se emplea para aludir al contenido de la obligación en general. Non facere Conducta del deudor que consiste en abstenerse de algo Ambulatoria Obligación en la que el acreedor o el deudor, o ambos ala vez, no están individualizados al momento de constituirse la obligación. Propter rem Nombre con el cual se le conoce a las obligaciones ambulatorias Obligación parciaria, mancomunada o a prorrata Son aquellas obligaciones con pluralidad de sujetos (varios acreedores o varios deudores) en las que cada uno de los acreedores puede exigir y cada uno de los deudores debe cumplir sólo una parte de la prestación, correspondiente a su cuota de crédito y deuda Correal o solidaria En este tipo de obligación cada acreedor tiene derecho al crédito integro o cada deudor debe pagar la deuda en su totalidad. Correalidad o Solidaridad En este tipo de obligaciones encontramos sujetos con obligaciones múltiples Obligación divisible Obligación en que la prestación se puede cumplir de forma fraccionada sin que por ello sufra menoscabo

Obligación indivisible Obligación en que la prestación no se puede cumplir de forma fraccionada sin que por ello sufra menoscabo Genérica Obligación en la que el deudor está obligado a entregar un objeto indicado solo por su género (entregar un libro) Específica Obligación en que el objeto está individualizado (el caballo Trueno, por ejemplo) Alternativa Obligación que establece dos o más prestaciones de las cuales el deudor solo debe cumplir con una Facultativa Obligación donde sólo se establece una prestación, pero en algunos casos el deudor tenía la posibilidad de liberarse cumpliendo con otra obligación. Civiles Obligaciones que están dotadas de acción para exigir su cumplimiento. Natural Obligaciones que no están provistas de un medio judicial para obligar al deudor a cumplir Contrato Acuerdo de voluntades entre varias personas que tiene por objeto producir obligaciones civiles Delito Es un hecho contrario al derecho y castigado por la ley. Cuasicontrato Acuerdo de voluntades que produce consecuencias semejantes a las del contrato, pero carece del consentimiento de los sujetos. Cuasidelito Es un hecho ilícito no clasificado entre los delitos Es el hecho de que dos o más personas se pongan de acuerdo respecto de un objeto determinado, sin existir ninguna formalidad de por medio. Puede ser nudo o vestido. Pacto Mora Retraso culpable o doloso en el cumplimiento de una obligación. Mora creditoris Sucede cuando el acreedor rechazaba sin justa causa el pago ofrecido por el deudor. Dolo Incumplimiento de la obligación cuando el deudor no cumple con la intención de dañar al acreedor. Culpa Se da cuando el deudor ocasiona daño al acreedor, por su falta de cuidado o negligencia Caso fortuito Acontecimiento no imputable al deudor que hace imposible el cumplimiento de una obligación Cesión de créditos Es aquella obligación del Derecho Romano, es un derecho subjetivo- implica un facultamiento de conducta. Es un derecho relativo- en tanto no autoriza la conducta propia, sino la ajena, la del deudor Cesión de créditos Es la sustitución del acreedor por otra persona a quien se le transmiten los derechos nacidos del vínculo obligacional. Novación Sustitución de una antigua obligación por una nueva, cambiando uno de los elementos de la primera. Pago Es el modo normal de extinguirse una obligación. Pago Es el cumplimiento de la obligación Datio in solutio o dación en pago Pago en que el deudor puede cumplir con una prestación distinta, siempre que el acreedor dé su consentimiento. El domicilio del deudor Lugar donde debe hacerse el pago de cosas fungibles, como el dinero Donde estuviera el bien Lugar donde debe hacerse el pago de cosas ciertas, como los inmuebles Confusión Extinción de la obligación cuando coinciden en una misma persona las calidades de deudor y acreedor. Compensación Es la extinción simultánea de dos deudas, hasta por su diferencia, pero ambas deben estar vencidas. Pacto de non petendo Pacto o acuerdo informal de remisión o perdón de deuda. Contrato Acuerdo de voluntades destinado a crear una o varias obligaciones sancionadas por una acción judicial. Sujetos, consentimiento, objeto, causa y forma Son los elementos esenciales del contrato. Sujetos Son las partes que intervienen en un negocio jurídico. Sujeto de contrato Es toda persona en goce de plena capacidad jurídica y que por disposición legal expresa no esté incapacitada para realizar un acto determinado. Edad, sexo, enfermedad mental y prodigalidad Circunstancias que pueden limitar la capacidad que las personas tienen para contratar. Consentimiento Es la congruencia existente entre las voluntades declaradas por los sujetos en el contrato, teniendo que existir una clara y lógica relación entre la voluntad de los sujetos y la declaración expresa de la misma. Error, dolo, intimidación, lesión Son los cuatro vicios del consentimiento Error Es el desconocimiento o el falso conocimiento de los hechos o del derecho. Ulpiano Él asegura que donde hay error no hay consentimiento Dolo Es toda astucia o maquinación efectuada por una de las partes para que la otra incurra en error Aquilio Galo Siendo pretor, creó la Actio y la exceptio doli. Actio doli Acción que servía para reclamar el valor del daño. Exceptio doli Excepción que tenía la víctima del dolo que hubiera sido demandada del cumplimeito de los deberes contraídos. Intimidación Actos de violencia física o moral, que traen como consecuencia que la persona sobre la que se ejerce no exprese libremente su intención. Lesión Hecho de aprovecharse de la ignorancia o la difícil situación económica de la otra parte. Objeto Elemento del contrato que consiste en una conducta por parte de uno de los sujetos, ya sea un dar, hacer, prestar o no hacer. Causa Es la motivación que tiene toda persona para realizar un negocio jurídico. Simulación Es el motivo que impulsa a las partes a la realización de un negocio pero que no coincide con el fin del mismo que pretendían aquellos celebrar. Forma Es el conjunto de requisitos a que deben sujetarse las partes de la relación contractual; es el molde jurídico que configura el contrato. Condición, término, y modo (o carga)Son los tres elementos accidentales del contrato Condición Elemento accidental del contrato que consiste en un acontecimiento futuro de realización incierta. Condición suspensiva Tipo de condición de cuya realización depende que entre en vigor un negocio jurídico. Condición resolutoria Tipo de condición de cuya realización depende la cancelación del negocio jurídico. Término Elemento accidental del contrato que consiste en un acontecimiento futuro de realización cierta. Término suspensivo Tipo de término de cuya realización depende que entre en vigor un negocio jurídico. Término resolutorio Tipo de término de cuya realización depende la cancelación de los efectos de un negocio jurídico Modo o carga Gravamen impuesto a una persona en un acto de liberalidad en una donación, legado o una manumisión. El beneficiario de la liberalidad deberá realizar cierta prestación en favor del bienhechor o de un tercero. Nulidad Existe cuando en un contrato falta un elemento esencial (Sujetos, consentimiento, objeto, causa o forma) por lo que no producirá efectos jurídicos de ninguna naturaleza. Anulabilidad Existe cuando en un contrato, existiendo todos los elementos esenciales, alguno de ellos se encuentra afectado por un vivió determinado. Contrato nominado Contrato que tiene nombre específico y confirmado por el derecho Contrato innominado Cualquier contrato que no formaba parte de los clásicos contratos nominados del Derecho Romano Verbis Contratos que se perfeccionan mediante la pronunciación de determinadas palabras solemnes a través de las cuales las partes quedan obligadas Litteris o escrito Contratos que se perfeccionan por fórmulas escritas Re o real Contratos que se perfeccionan por la entrega de la cosa Consensual o consensu Contratos que se perfeccionan por el simple consentimiento de las partes De estricto derecho Contratos en que las partes se ajustan a lo convenido expresamente, sin posibilidad alguna de interpretación De buena fe Contratos en que se puede interpretar la intención de las partes en atención al uso, la equidad o las especiales circunstancias de cada caso Oneroso Contrato en que cada una de las partes se obliga a dar o hacer alguna cosa para beneficio de la otra de forma recíproca Principal Contrato que subsiste por sí mismo e independientemente de cualquier otro Negocios per aes et libram: mancipatio y nexum Dictio dotis

Mora Retraso culpable o doloso en el cumplimiento de una obligación. Ley de las XII Tablas (o XII)Primera ley que contempla la sucesión legitima, y ésta quedó consagrada en el derecho romano antiguo Heredes sui Descendiente del de cuius, que estuvo bajo su potestad al momento de su muerte Póstumo Hijo nacido después de la muerte del causante. Tertuliano Jurista que le otorga derechos a la madre en la sucesión de los hijos Testamento Acto jurídico solemne, de última voluntad, por el cual una persona instituía heredero, disponía de sus bienes para después de su muerte e incluir otras disposiciones. Causas de nulidad de un testamento. Por falta de la testamenti factio, Cuando no tenga las formas exigidas, Si falta la institución de heredero, Por capitis deminutio del testador, Por nacimiento de un póstumo Codicilio Acto para hacer disposiciones por causa de muerte, hecha por escrito en forma de carta, que puede existir anexo a un testamento o sin éste. Petitio Acción para pedir que se le reconociera como heredero o se le entregara la herencia. Yacente Herencia que se quedaba temporalmente sin titular en el intervalo entre la muerte del causante y la adquisición de la herencia. Fiduciario Perona que administra el fideicomiso, que recibe la suplica del que lo crea. Fiduciario Es la que tiene la titularidad de los bienes o derechos fideicomitidos y que se encarga de la realización de los fines del fideicomiso Instituciones Así llamaban los romanos a los libros que señalaban los fundamentos del derecho