






























Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Resumen de derecho público 1, unid
Tipo: Resúmenes
1 / 38
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
■ DERECHO Y PODER Una norma deviene en derecho objetivo, recién cuando se separan en personas u órganos distintos las funciones de creación de aplicación del Derecho. Un gobernante absoluto, es decir aquel que crea las normas, las interpreta y las aplica, no genera Derecho, dado que en este estado sólo reina y obliga la voluntad del soberano. El derecho surge del poder. La separación de poderes constituye una característica definitoria del Derecho, en el sentido contemporáneo del término. En ese sentido el ordenamiento jurídico se presenta permanentemente como límite al poder Los dos procuran crear un orden y brindar seguridad y paz. Sin embargo, mientras el derecho busca logar ese fin a través de medios fundados en la igualdad, el respeto, la equidad; al poder solo le importa el fin y utiliza cualquier medio para alcanzarlo sin importar si agrede o no la dignidad humana. (coacción, la represión y la propaganda ideológica) El orden jurídico se presenta permanentemente como limite a la relación del poder. Trata de llevarlo a una situación de igualdad y reconocimiento, encuadrando el actuar del opresor y protegiendo los derechos de los oprimidos. Por ejemplo, el derecho laboral equilibra las posiciones del obrero y el patrón de manera que la producción no se transforme en una explosión económica. Por su parte, las declaraciones de derechos humanos establecen los límites que ningún poder puede traspasar. El derecho constitucional, junto al derecho administrativo, expresan las principales reglas a que debe atenerse el poder político del estado en su actuar. ■ (^) COSTUMBRE JURÍDICA Es el conjunto de reglas y principios de comportamiento que se vienen repitiendo en nuestra sociedad, ya que se contemplan como los preceptos a acatar gracias a una conciencia común en cuanto a su obligatoriedad. Se trata de un derecho no escrito, a diferencia de las leyes regulares que componen el ordenamiento jurídico.
La palabra fuente hace referencia al lugar de donde emana o nace el derecho. Es decir, cuales son las formas de producción de las normas jurídicas obligatorias en un estado, que constituyen por lo tanto su derecho positivo. Se dividen en: Fuentes Formales: reglas establecidas para manifestar el derecho y dotadas de órganos con autoridad para ello. Son de carácter obligatorio: ⮚ Costumbre:^ especies de hábitos que exigen regularidad en la conducta de los individuos. Estas conductas compartidas por la comunidad, lo cual le da a la costumbre una presión normativa, un carácter compulsivo por la crítica y las sanciones de la sociedad, que no tienen otros hábitos. Tampoco necesitan estar escritas, por ello se pueden llamar prescripciones implícitas. Los elementos son:
■ DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO DERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO Está formado por aquellas normas que surgen del Estado y apuntan al bienestar general Es un conjunto de normas jurídicas que vinculan a los particulares entre sí y a los particulares con el Estado, beneficiando a los particulares No pueden ser modificadas por las partes en ningún contrato o convenio Las normas están sujetas a cambio Ramas ⮚ Derecho Constitucional: s u objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos como entre sus distintos órganos. Señala la forma y la estructura legal del estado, la competencia y límite de sus poderes, así como los derechos y deberes de los ciudadanos. ⮚ Derecho Administrativo:^ abarca el conjunto de normas que regulan las actividades de la administración pública y sus relaciones con los particulares, los servicios públicos y demás actividades estatales. ⮚ Derecho Penal:^ Tipifica y pena las conductas Ramas ⮚ Derecho civil:^ conjunto de normas que regula las relaciones jurídicas del individuo desde que nace hasta que muere (incluye nacimiento, nombre de la persona, herencia, sucesión) ⮚ Derecho comercial:^ regula las relaciones jurídicas entre Comerciantes ⮚ Derecho laboral:^ regulan las relaciones jurídicas entre empleados y empleadores
Es una forma de organización política que tiene la autoridad suprema para ordenar y regular la vida en común de la población de un territorio determinado. Sus funciones son establecer y hacer cumplir leyes que atienden problemas generales y expresen el interés común de una sociedad. Es una institución cuyas características son: la continuidad, las funciones de control y orden en una sociedad y un territorio claramente determinados, el uso de la fuerza coactiva y legal. Debe poseer una identidad colectiva como un himno, una bandera, un escudo nacional, idioma y otros atributos que lo constituyen para definirlos ■ ELEMENTOS DEL ESTADO Cada uno de estos elementos fue adquiriendo un estatuto jurídico particular y al relacionarse con los otros dos configuro los aspectos básicos de la armazón constitucional que caracteriza a los estados desde la antigüedad. ⮚ Población:^ conjunto de individuos y/o grupos que habitan dentro del territorio del estado. Pueden dividirse en:
⮚ Territorio:^ constituye la base sobre la cual se desarrolla el Estado, determina la extensión y los límites del poder estatal; ello engendra la calidad jurídica y la distinción entre ciudadano y habitante. A partir de estas consideraciones se derivan las normas jurídicas que regulan las relaciones entre el Estado y su territorio, y entre la población y el territorio del Estado del cual ella es parte ⮚ Poder o Gobierno:^ Se divide en formas de Estado y Formas de Gobierno Formas de estado: Hace referencia a las diversas formas de organización o modelos que los Estados pueden adoptar sobre la base de la relación o articulación que pretenden establecer entre sus tres elementos constitutivos: el territorio, la población y el poder.
1. Estado unitario: aquel en donde existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central. Además, cuenta con un solo poder legislativo que legisla para todo el país; un poder judicial, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del Estado y que en su seno se establece una Corte Suprema de Justicia, la cual tiene jurisdicción a nivel nacional, un solo poder ejecutivo; y además cuenta con una sola constitución política que rige en todo el territorio y a la cual se hallan sometidas todas las autoridades y habitantes del Estado. - 1. 1. Estados unitarios puros: Conforman una sola entidad con un gobierno estatal único, sin ninguna división administrativa. Los únicos existentes son Mónaco y la Ciudad del Vaticano. - 1. 2. Estados unitarios regionalizados: (o estado centralizado) es un estado dividido en diversas zonas o regiones político-administrativas que no son autónomas en sus regímenes internos. Los gobernantes de las regiones son designados directamente por el gobierno central (Ecuador, Perú, Chile, Filipinas, Francia) - 1. 3. Estados regionales: son estados con un pasado centralista, pero que progresivamente han otorgado mayor autonomía a las diversas regiones que los conforman
■ (^) ELEMENTOS DEL ESTADO
6. Presidencialismo: Tiene una clara soberanía y separación de los poderes del gobierno, el presidente es elegido de manera independiente de la rama legislativa (congreso), y tiene funciones y poderes muy altos. Que un país tenga presidente significa que lo representa ante otros países, que asiste a las conferencias internacionales, entre otras cosas. Como ejemplo del sistema presidencialista podemos citar el gobierno de Fidel Castro en Cuba. 7. Teocracia: Es una forma de gobierno donde los gobernantes afirman estar gobernando en nombre de un conjunto de ideas religiosas, o como agentes directos de una deidad. Su cuerpo legislativo está suspendido en la legislación interna de la religión dominante en el país (Ejemplo: El mando islámico de las naciones árabes). 8. Monarquía: Es una forma de gobierno cuyo rey o reina a veces tiene el poder absoluto. El poder se pasa a través de la familia. A veces, un rey se llama "emperador” (China antes de 1911). No hay grandes monarquías hoy. El Reino Unido, que tiene una reina, es en realidad una república porque la reina no tiene prácticamente ningún poder político. 9. Parlamentarismo: Una forma parlamentaria está dirigida por representantes del pueblo. Cada uno es elegido como miembro de un partido político y se mantiene en el poder mientras su partido se encuentre en el poder. 10. Anarquía: La anarquía es una situación donde no hay formas de gobierno. Esto puede suceder después de una guerra civil en un país, cuando un gobierno ha sido destruido y los grupos rivales luchan por ocupar su lugar. 11. Totalitarismo: Esta forma de gobierno es gobernada por un solo partido político. Las personas se ven obligadas a hacer lo que el gobierno les dice y también se les puede impedir salir del país. ■ DIFERENCIACIÓN TERMINOLÓGICA: NACIÓN - ESTADO Suele usarse como sinónimos los términos Nación y Estado (por ej. Nuestra Constitución Nacional cuando dice en su art. 1 “ La Nación Argentina adopta para su gobierno, la forma representativa…” cuando en realidad se refiere al Estado Argentino), sin embargo, mientras el primero es un término netamente sociológico, el segundo es un término político-jurídico. El principio de la nacionalidad comporta factores histórico-ideológicos y aspectos jurídicos (lazos determinados por el nacimiento o por un acto ulterior). De dicho principio se derivan ciertos corolarios jurídico/políticos:
■ CONFEDERACION Consiste en la unión de Estados que conservan su soberanía y se rigen por determinadas leyes comunes. Se origina mediante pactos escritos. Suelen formarse para encarar asuntos de mayor importancia, como la defensa, las políticas migratorias, creación de una moneda común, lucha contra la pobreza, etc. ■ (^) CONFEDERACIÓN ARGENTINA La Primera Confederación Argentina, estaba conformada por las provincias autónomas de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Tucumán, Salta, Jujuy, Santiago del Estero, Catamarca, Córdoba, y La Rioja. Las provincias de San Juan, San Luis y Mendoza también pertenecieron a la Confederación, hasta 1838, cuando decidieron unirse a la República de Chile. ■ CONSTITUCIÓN La constitución es el conjunto de normas fundamentales de un estado soberano, las cuales son expresadas de forma escrita y fijan los límites y relaciones entre los poderes del estado y los ciudadanos. El poder ejecutivo, legislativo y judicial actúan de acuerdo a los parámetros establecidos por dicha constitución, es decir, que la constitución garantiza las libertades y los derechos del pueblo. ■ (^) CLASES DE CONSTITUCIONES Clasificaciones pretéritas: ⮚ Constituciones escritas o no escritas: la escrita es aquella formulada en uno o varios documentos por escrito. La no escrita es aquella que sólo es consuetudinaria (hoy en día, no hay estados con esta constitución exclusivamente) ⮚ Constituciones dispersas o codificadas:^ la dispersa es aquella formulada en actos producidos sin unidad de sistema, sean legales o consuetudinarios (ej., Constitución del Reino Unido). La codificada es aquella formulada con unidad de sistema, sólo a través de la norma escrita y mediante un procedimiento que permita identificarla (ej., Constitución de los Estados Unidos) ⮚ Constituciones materiales o formales: la material es la “normalidad” que se conforma por usos, costumbres, factores y grupos de poder. La formal es el texto normativo adoptado de acuerdo con procedimientos establecidos que permitan individualizarla (la normatividad jurídica destacada). SIGUE 🡪
■ TIPOS DE CONSTITUCIÓN Tipo Histórico Tradicional: El historicismo considera como constitución al orden que procede del pasado y no de la razón. Esta concepción tiene las siguientes características: ⮚ Es deterministaadmite que la libertad del hombre está impuesta en él ⮚ Se basa en la tradición, en los usos y costumbres constitucionales o en las convenciones, como fuente del ordenamiento, pero no en la ley ⮚ Es singularista, los sujetos de la historia son unidades individuales y no pueden ser abarcadas por generalizaciones ⮚ Es irracional, pues entiende que la constitución de un pueblo no es el producto de la razón sino de otros factores ⮚ Es anti formalista, sostiene que no cabe realizar la distinción entre leyes constitucionales y leyes ordinarias, ni entre poder constituyente y poderes constituidos ⮚ El método utilizado por el historiador es empírico ⮚ Se manifiesta en tres corrientes: El historicismo conservador - El historicismo liberal - El historicismo revolucionario Tipo Racional Normativo: Considera como constitución a la norma fundamental del ordenamiento jurídico que sirve de razón de validez al mismo. Esta concepción tiene las siguientes características: ⮚ Es racionalista, confía en que en un solo acto y de una vez para siempre se puede regular el futuro de un pueblo ⮚ Es normativista, sostiene que se constituye un Estado a partir de prescripciones que indican el deber ser y que basta conocer una constitución averiguando el sentido normativo objetivado en los textos ⮚ Es sistemática, considera que el ordenamiento elaborador debe contener un orden y un equilibrio interno que lo hagan comprensible ⮚ Es formalista, considera que la constitución debe hacerse sólo por escrito y reformarse a través del procedimiento previsto por ella ⮚ Considera que la función constitucional radica en distribuir las competencias supremas del Estado. Constituir significa otorgar competencias ⮚ Despersonaliza la soberanía que se encuentra en la propia constitución
⮚ Subordina el ordenamiento jurídico a la supremacía de la constitución y jerarquiza ⮚ Es esencial a la economía capitalista que precisa contar con un sistema basado en el cálculo más exacto posible ⮚ Distingue el poder constituyente del poder constituido y dentro del primero el originario y el derivado ⮚ El método utilizado por el normativismo es el racional, por detrás de la constitución positiva existe una norma hipotética o un principio de justicia ⮚ Se apoya en la idea de la validez, la constitución positiva del Estado existe porque puede ser reconocida por una norma hipotética fundamental o por adecuarse al ideal de justicia ⮚ El racional normativismo tiene dos vertientes: La iusnaturalista - La positivista Tipo empírico Sociológico: Frente al historicismo y al racionalismo, el sociologismo conceptúa a la constitución como el orden inmanente al ser de la estructura social. Esta concepción tiene las siguientes características: ⮚ Es estructuralista al entender a la constitución como surgiendo de la estructura social que se da en el presente ⮚ Afirma el ser social con preferencia al deber ser, al que le niega capacidad constituyente ⮚ Considera prevalente a la infraestructura social, con deterioro de la superestructura (normas) ⮚ Considera que la revolución sólo es posible a partir de la modificación de la realidad social ⮚ Se basa en la idea de vigencia o efectividad: la constitución vale sólo si es efectiva ⮚ Entiende que la libertad depende de las condiciones de vida existentes en la sociedad ⮚ Afirma que la soberanía está en los poderes concretos y no en la constitución formal
Con esta expresión, se designa cierta forma de actividad administrativa consistente en acciones realizadas para asegurar la aplicación y la sanción de las reglamentaciones dictadas en ejercicio del “poder de policía”. Es un conjunto de actos jurídicos y de operaciones materiales que tienen por fin asegurar la aplicación de esas reglamentaciones, prevenir una infracción de sus disposiciones, comprobar las violaciones eventualmente cometidas y derivar a los autores a los tribunales represivos. ■ ISLAS MALVINAS La Cuestión de las islas Malvinas es la disputa que Inglaterra y la República Argentina sostienen por la soberanía de las islas y su mar adyacente. Es un archipiélago que se encuentra en el océano atlántico de las costas de la Patagonia. Las Malvinas se hallan dentro de la plataforma continental de América del Sur, rodeadas por el mar argentino. Desde la guerra de las Malvinas, el archipiélago se encuentra bajo control del Reino Unido. Argentina reclama derechos sobre las islas y exige la transferencia de soberanía, considerándolas parte de su territorio nacional. En cuanto a la población de las islas, la Argentina los reconoce como británicos, pero aclara que la disputa es sólo por el territorio. ■ ART. 1 “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y federal, según la establece la presente Constitución”. A partir de esto, podemos definir las tres formas de Gobierno: ⮚ Representativa:^ el gobierno es ejercido por el pueblo a través de sus representantes, elegidos por el voto ⮚ Republicana:^ se basa en la división, control y equilibrio de poderes, con el objetivo de garantizar las libertades individuales. Se divide en tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial ⮚ Federal:^ basada en la división territorial del poder entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales, quienes “conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno Federal”
■ VALORES CONSTITUTIVOS DE LA NACIÓN ARGENTINA: PREÁMBULO El Preámbulo encierra los valores, justicia, paz interior, bienestar general, libertad. La unión nacional y la defensa común están receptadas más bien como objetivos que como valores. La Constitución de 1949 había incorporado la Justicia Social, la libertad económica y la soberanía política. Nuestro Preámbulo es el resumen de todo el contenido de la Constitución. El preámbulo es: ⮚ El acto de creación del orden constitucional argentino ⮚ El acto ratificatorio del pacto de federación entre las provincias ⮚ El acto de ejecución de los pactos preexistentes ⮚ Un conjunto de fines operantes como normas programáticas ■ ANÁLISIS DEL PREÁMBULO ⮚ “Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina…”:^ consagra la soberanía del pueblo, ejercida a través de la forma representativa ⮚ “…^ reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen…”^ indica que las provincias encargaron a los representantes del pueblo de la Nación el ejercicio del poder constituyente y que en consecuencia ellas no lo ejercieron ⮚ “…en cumplimiento de pactos preexistentes...”^ se refiere a la ratificación y ejecución del orden constituyente establecido en el Pacto Federal de 1831, aplicado también en el Protocolo de Palermo y en el Acuerdo de San Nicolás ⮚ “…con el objeto, de constituir la unión nacional…”^ dado que dicho anhelo no se había logrado aún ⮚ “…afianzar la justicia…”^ indica que, en la convicción de los constituyentes, la justicia ya estaba instalada en nuestro pueblo ⮚ “…consolidar la paz interior…”^ implica la necesidad de dejar atrás el estado de guerra interno que existió durante todo el proceso que culminó en la organización nacional ⮚ “…proveer a la defensa común…”^ objetivo que destaca el surgimiento de la Nación con las necesidades propias de su defensa frente a la eventual agresión extranjera, tanto militar como económica ⮚ “…promover al bienestar general…”^ objetivo colocado como aliciente y estímulo para todos los habitantes ⮚ “…y asegurar los beneficios de la libertad…”^ se marca el perfil liberal de nuestra Constitución, que protege tanto la libertad civil y económica como la política ⮚ “…para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino…”^ se consagra la protección de todas las generaciones y de todos los pueblos, abriendo las puertas a los extranjeros, bajo el signo alberdiano de que “gobernar es poblar” ⮚ “…invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia…”^ expresa la profesión de fe, del pueblo argentino, sin calificar a Dios, quedando así abierta a las diferentes religiones ⮚ “…ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina.”^ Ésta es el acta que indica el establecimiento de la Constitución con fuerza imperativa y validez jurídica en todo el territorio de la Nación