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Un comparativo detallado entre la normatividad aduanera de México y Chile, con enfoque en el procedimiento de despacho de mercancías, las autoridades aduaneras y el concepto de mercancías. Se analizan conceptos como el despacho de mercancías, las declaraciones aduaneras, los destinos aduaneros, las documentaciones aduaneras y las facultades de fiscalización de las autoridades aduaneras.
Qué aprenderás
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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¡No te pierdas las partes importantes!
PROF: GUSTAVO DE JESÚS AQUINO MPORALES TECNOLÓGICO UNIVERSITARIO PLAYACAR
Semejanzas
Sabemos que ambos ordenamientos no se aplican de forma autónoma, sino que se correlacionan sistemáticamente con otras normas jurídicas; leyes, reglamentos, acuerdos o tratados internacionales y demás ordenamientos aplicables.
Ambos dispositivos son coincidentes en denominar “Despacho” al procedimiento aduanero que realizarán los diversos actores del comercio exterior ante la autoridad en los lugares autorizados para introducir o extraer mercancías a/de sus territorios. Por su parte, la Organización Mundial de Aduanas en su glosario lo define como el “cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para poner las mercancías importadas a libre disposición o para colocarlas bajo otro régimen aduanero o también para exportar mercancías”.
Sabemos que ambos ordenamientos no se aplican de forma autónoma, sino que se correlacionan sistemáticamente con otras normas jurídicas; leyes, reglamentos, acuerdos o tratados internacionales y demás ordenamientos aplicables.
Ambos dispositivos son coincidentes en denominar “Despacho” al procedimiento aduanero que realizarán los diversos actores del comercio exterior ante la autoridad en los lugares autorizados para introducir o extraer mercancías a/de sus territorios. Por su parte, la Organización Mundial de Aduanas en su glosario lo define como el “cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para poner las mercancías importadas a libre disposición o para colocarlas bajo otro régimen aduanero o también para exportar mercancías”.
importadores y exportadores en el despacho de las mercancías. Al igual que en Chile, los agentes aduanales son una especie de corredores notarios o públicos que tienen fe pública sobre los actos que ellos realicen en las operaciones aduaneras, además de ser considerados como responsables solidarios. en las aduanas, llámese agente de aduanas o agente aduanal, el cual representa a los importadores y exportadores en el despacho de las mercancías. Al igual que en Chile, los agentes aduanales son una especie de corredores notarios o públicos que tienen fe pública sobre los actos que ellos realicen en las operaciones aduaneras, además de ser considerados como responsables solidarios. Diferencias
Las principales normas jurídicas que regulan la actividad aduanera son, por parte de Chile, la “Ordenanza de Aduanas” con un total de 211 artículos
La principal autoridad aduanera chilena encargada de vigilar sus fronteras y fiscalizar las operaciones aduaneras, es el “Servicio Nacional de Aduanas (SNA)”, considerado como un servicio público, de administración autónoma, con personalidad jurídica, de duración indefinida y relacionada con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda. Una de las facultades de fiscalización por excelencia de las autoridades aduaneras es la de poder efectuar la revisión de las mercancías para asegurarse que son
Por parte de nuestro país, la “Ley Aduanera” que contempla un total de 203 artículos.
En comparación con la estructura orgánica en México, el SNA es equivalente a un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es decir, tiene la misma jerarquía del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Por el contrario, en nuestro país la Administración General de Aduanas, es la dependencia pública que representa al SAT y lleva el control del despacho aduanero en las 49 aduanas. No debo dejar de mencionar que existen otras autoridades que tienen atribuciones en materia aduanera de acuerdo con la Ley Aduanera. Una de las facultades de fiscalización por
realmente las declaradas en la operación de comercio exterior y que cumplen con las obligaciones arancelarias y no arancelarias, a lo que se denomina en la legislación aduanera chilena como “Aforo Aduanero”, y en la normatividad mexicana como “Reconocimiento Aduanero”. CONCEPTO DE MERCANCÍAS En la Ordenanza de Aduanas, el concepto que define “mercancías” es genérico al contemplar cualquier tipo de bien que tenga las características que se pueda tocar y mover, dejando fuera a los bienes intangibles o incorpóreos. Sin embargo, sí distingue las provenientes del extranjero y las nacionales.
“Aforo Aduanero” Una de las facultades de fiscalización por excelencia de las autoridades aduaneras es la de poder efectuar la revisión de las mercancías para asegurarse que son realmente las declaradas en la operación de comercio exterior y que cumplen con las obligaciones arancelarias y no arancelarias, a lo que se denomina en la legislación excelencia de las autoridades aduaneras es la de poder efectuar la revisión de las mercancías para asegurarse que son realmente las declaradas en la operación de comercio exterior y que cumplen con las obligaciones arancelarias y no arancelarias, a lo que se denomina en la legislación aduanera chilena como “Aforo Aduanero”, y en la normatividad mexicana como “Reconocimiento Aduanero” CONCEPTO DE MERCANCÍAS En nuestra Ley Adjetiva, el término se define sumando diversos sinónimos de mercancías, e incluso ha llegado a interpretarse que también incluye a los bienes intangibles.
“Reconocimiento Aduanero”. Una de las facultades de fiscalización por excelencia de las autoridades aduaneras es la de poder efectuar la revisión de las mercancías para asegurarse que son realmente las declaradas en la operación de comercio exterior y que cumplen con las obligaciones arancelarias y no arancelarias, a lo que se denomina en la legislación aduanera chilena como “Aforo Aduanero”, y en la normatividad mexicana como
contemplar en un solo ordenamiento no sólo las infracciones y sanciones derivadas del despacho, sino también abarcar los delitos y penas aplicables a las operaciones de comercio exterior, tal es el caso del delito de contrabando o fraude.
Ciertamente en estos dos ordenamientos existen bastantes diferencias y similitudes en su contenido que pueden ser objeto de análisis, comentarios y reflexiones. Sin embargo, en esta ocasión de forma enunciativa más no limitativa, se tomaron en consideración algunos preceptos jurídicos para analizar y comparar la terminología básica y los procedimientos administrativos esenciales utilizados actualmente para realizar operaciones aduaneras en los respectivos territorios de Chile y México. materia aduanera se aplica supletoriamente el Código Fiscal de la Federación, mismo que regula los supuestos de delito de contrabando, presunción de contrabando, equiparable a contrabando, contrabando calificado, así como las penas aplicables. Fuentes Bibliográficas: https://www.sat.gob.mx/personas/normatividad http://www.scielo.org.mx/pdf/ns/v7n14/2007-0705-ns-7-14-00560.pdf https://www.estrategiaaduanera.mx/la-normatividad-aduanera-chile-mexico/ https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/comercio-exterior-paises-con-tratados-y- acuerdos-firmados-con-mexico