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Una investigación sobre el Derecho Mercantil en México, específicamente sobre los artículos relevantes para los comercios internacionales. La autor, Lic. Claudia Leticia Gómez Peñalozas, examina cómo los extranjeros están sujetos al Código de Comercio mexicano y las obligaciones que tienen las sociedades extranjeras para ejercer el comercio en el país. El documento incluye una introducción, un análisis de los artículos 13, 14 y 15 del Código de Comercio, una conclusión y una bibliografía.
Tipo: Apuntes
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Los extranjeros serán libres para ejercer el comercio, según lo que se hubiere convenido en los tratados con sus respectivas naciones, y lo que dispusieren las leyes que arreglen los derechos y obligaciones de los extranjeros. Los extranjeros comerciantes, en todos los actos de comercio en que intervengan, se sujetarán a este Código y demás leyes del país. III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio Los extranjeros pueden realizar libremente actividades comerciales de acuerdo con las disposiciones de los tratos celebrados con sus propios países y las leyes que estipulan los derechos y obligaciones de los extranjeros Los empresarios extranjeros estarán sujetos a este código y demás leyes del país en todas las actividades comerciales que realicen. Empresas extranjeras o sus agencias y sucursales que realicen actividades comerciales dentro del territorio del país tendrán que regirse por las prescripciones especiales que se encuentran en el Código de comercio. Significado Significado Significado
Las Sociedades legalmente constituidas en el extranjero que se establezcan en la República, o tengan en ella alguna agencia ó sucursal, podrán ejercer el comercio, sujetándose a las prescripciones especiales de este Código en todo cuanto concierna a la creación de sus establecimientos dentro del territorio nacional, a sus operaciones mercantiles y a la jurisdicción de los tribunales de la Nación. En lo que se refiera a su capacidad para contratar, se sujetarán a las disposiciones del artículo correspondiente del título de Sociedades extranjeras. Las empresas extranjeras legalmente establecidas en el territorio de la República, o las empresas con agencias o sucursales en ellas, podrán comerciar de conformidad con las disposiciones especiales de este Código en todo lo relacionado con el establecimiento de instituciones en el territorio del país. Funcionamiento y jurisdicción de los tribunales nacionales. Su capacidad contractual está sujeta a lo dispuesto en las cláusulas correspondientes de la razón social extranjera. Significado Las sociedades extranjeras deberán acreditar, para su inscripción en el Registro Público de Comercio, estar constituidas conforme a las leyes de su país de origen y autorizadas para ejercer el comercio por la Secretaría, sin perjuicio de lo establecido en los tratados o convenios internacionales. Los documentos de procedencia extranjera que se refieran a actos inscribibles podrán constar previamente en instrumento público otorgado ante notario o corredor público, para su inscripción en el Registro Público de Comercio. Las sentencias dictadas en el extranjero sólo se registrarán cuando medie orden de autoridad judicial mexicana competente, y de conformidad con las disposiciones internacionales aplicables. Todos los registros a que se refiere este capítulo deberán llevarse en castellano, aunque el comerciante sea extranjero. En caso de no cumplirse este requisito el comerciante incurrirá en una multa no menos de 25,000. 00 pesos, que no excederá del cinco por ciento de su capital y las autoridades correspondientes podrán ordenar que se haga la traducción al castellano por medio de perito traductor debidamente reconocido, siendo por cuenta del comerciante todos los costos originados por dicha traducción. Significado Sin perjuicio de lo dispuesto en tratados o convenios internacionales, las empresas extranjeras deberán acreditar que están inscritas en el Registro Público Comercial, están constituidas de conformidad con las leyes de su país de origen y están autorizadas por la Secretaría para realizar negocios. Los documentos extranjeros que involucren actos registrables pueden inscribirse previamente en un documento público emitido ante notario o corredor público para su inscripción en el registro público de empresas. Las sentencias dictadas en el extranjero solo se registrarán si las ordenan las autoridades mexicanas competentes y de acuerdo con la normativa internacional aplicable. Significado Significado Todos los registros mencionados en este capítulo deben mantenerse en español, incluso si el comerciante es extranjero. Si no se cumple este requisito, el comerciante recibirá una multa de no menos de 25.000. 00 pesos, no más del 5% de su capital, las autoridades competentes pueden ordenar a un traductor oficialmente reconocido que traduzca al español, y todos los costos incurridos por la traducción correrán a cargo del comerciante.