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derecho de peticion materia administrativa, indole de permanencia de persona extranjera, Monografías, Ensayos de Derecho Administrativo

derecho de peticion reglado en el codigo general del proceso colombiano

Tipo: Monografías, Ensayos

2022/2023

Subido el 20/05/2023

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Chiquinquirá, Boyacá, 24 de mayo de 2023.
Señores:
MIGRACIÓN COLOMBIA
Dirección: Avenida Calle 26 No 59-51 Edificio Argos Torre 3, Bogotá D.C.
Correo electrónico: servicio.ciudadano@migracioncolombia.gov.co
Referencia: Derecho de Petición (solicitud de impresión física de permiso
temporal de permanencia)
YHON ALEXANDER CONTRERAS CHACON, identificado con cédula de
ciudadanía No 13.688.733 expedida en el país de Venezuela, y domiciliado en la
calle 9ª No 2-94 barrio Valparaíso de la ciudad de Chiquinquirá, Boyacá, haciendo
uso en ejercicio del derecho de petición que consagra el artículo 23 de la
Constitución Política de Colombia, y el artículo 5 de la Ley 1437 del 2011, y demás
normas concordantes, por medio del presente me permito solicitar se atienda la
petición que más adelante formulare, de conformidad a los siguientes:
HECHOS
1. El día 18 de marzo de 2018, ingrese al país de Colombia, con pasaporte
sellado, que tenia fecha de vencimiento el día 21 de octubre de 2019.
2. El día que caduco este pasaporte, en la registraduría de la ciudad de Tunja,
me otorgaron el permiso especial de permanencia (PEP- RAMV), que es,
un permiso, que, permitirá ejercer cualquier actividad u ocupación legal en
el país no regulada, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una
vinculación o de un contrato laboral, con fecha de expedición del día 08 de
septiembre 2018, teniendo como fecha de renovación para el día 08 de
septiembre de 2020.
3. Dada la situación, el día 10 de mayo de 2021, junto con mi esposa, la
señora Yeitza Escalante, nos registramos en la pagina de Migración
Colombia, para solicitar el permiso por protección temporal (PPT).
4. El día 7 de octubre de 2021, se realizo en la terminal antigua de la ciudad
de Tunja, la biométrica, junto a mi esposa, donde nos informan, que, en el
transcurso de tres meses nos llegaría un mensaje o correo electrónico,
dándonos la indicación para retirar el permiso que solicitamos.
5. En el mes de enero de 2022, le otorgan el permiso a mi esposa, la señora
Yeitza Escalante, de manera electrónica y física.
6. Por el contrario, a mí no se me ha otorgado debido permiso, dado que al
ingresar a la pagina de Migración Colombia, aparece que el pasaporte esta
otorgado, pero, no ha llegado a mi poder de manera física, que, es el medio
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Chiquinquirá, Boyacá, 24 de mayo de 2023. Señores: MIGRACIÓN COLOMBIA Dirección: Avenida Calle 26 No 59-51 Edificio Argos Torre 3, Bogotá D.C. Correo electrónico: servicio.ciudadano@migracioncolombia.gov.co Referencia: Derecho de Petición (solicitud de impresión física de permiso temporal de permanencia) YHON ALEXANDER CONTRERAS CHACON , identificado con cédula de ciudadanía No 13.688.733 expedida en el país de Venezuela, y domiciliado en la calle 9ª No 2-94 barrio Valparaíso de la ciudad de Chiquinquirá, Boyacá, haciendo uso en ejercicio del derecho de petición que consagra el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, y el artículo 5 de la Ley 1437 del 2011, y demás normas concordantes, por medio del presente me permito solicitar se atienda la petición que más adelante formulare, de conformidad a los siguientes: HECHOS

  1. El día 18 de marzo de 2018, ingrese al país de Colombia, con pasaporte sellado, que tenia fecha de vencimiento el día 21 de octubre de 2019.
  2. El día que caduco este pasaporte, en la registraduría de la ciudad de Tunja, me otorgaron el permiso especial de permanencia (PEP- RAMV), que es, un permiso, que, permitirá ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país no regulada, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de un contrato laboral, con fecha de expedición del día 08 de septiembre 2018, teniendo como fecha de renovación para el día 08 de septiembre de 2020.
  3. Dada la situación, el día 10 de mayo de 2021, junto con mi esposa, la señora Yeitza Escalante, nos registramos en la pagina de Migración Colombia, para solicitar el permiso por protección temporal (PPT).
  4. El día 7 de octubre de 2021, se realizo en la terminal antigua de la ciudad de Tunja, la biométrica, junto a mi esposa, donde nos informan, que, en el transcurso de tres meses nos llegaría un mensaje o correo electrónico, dándonos la indicación para retirar el permiso que solicitamos.
  5. En el mes de enero de 2022, le otorgan el permiso a mi esposa, la señora Yeitza Escalante, de manera electrónica y física.
  6. Por el contrario, a mí no se me ha otorgado debido permiso, dado que al ingresar a la pagina de Migración Colombia, aparece que el pasaporte esta otorgado, pero, no ha llegado a mi poder de manera física, que, es el medio

idóneo que necesito para poder realizar ejercicios básicos, como el acceso a la salud, tramites comerciales, como acceder a mis cuentas bancarias ya que, me exigen el documento de manera física, y demás actividades. Ya, hace 19 meses llevo esperando el permiso por protección temporal, afectándome, por lo dicho anteriormente. PETICIÓN Con base en lo anterior, solicito de manera prioritaria se expida de manera física el permiso por protección temporal (PPT), que solicite ya hace 19 meses, y me ha dejado afectando para realizar mis actividades normales como ciudadano. FUNDAMENTOS DE DERECHO JURIDICOS: Artículo 23 de la constitución política de Colombia, “ Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”. Articulo 5 de la Ley 1437 de 2011, Derechos de las personas ante las autoridades. “ En sus relaciones con las autoridades toda persona tiene derecho a: 1. Presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbalmente, o por escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener información oportuna y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones vigentes exijan para tal efecto. 2. Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos. 3. Salvo reserva legal, obtener información que repose en los registros y archivos públicos en los términos previstos por la Constitución y las leyes. 4. Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto. 5. Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad de la persona humana. 6. Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores, y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política. 7. Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los particulares que cumplan funciones administrativas. 8. A formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa en la cual tenga interés, a que dichos documentos sean valorados y tenidos en cuenta por las autoridades al momento de decidir y a que estas le informen al interviniente cuál ha sido el resultado de su participación en el procedimiento correspondiente. Las anteriores actuaciones podrán ser adelantadas o promovidas por cualquier medio tecnológico o electrónico disponible en la entidad o integradas en medios de acceso unificado a la administración pública, aún por fuera de las horas y días de

interesado, antes del vencimiento del término señalado en la ley expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto.” PRUEBAS

  1. Copia de la cedula de ciudadanía.
  2. Copia de pasaporte sellado.
  3. Copia del permiso especial de permanencia (PEP- RAMV).
  4. Copia de certificado de registro a Migración Colombia.
  5. Copia constancia de Migración Colombia.
  6. Copia de registro del Sisbén.
  7. Copia de respuesta de Migración Colombia.
  8. Copia del estado del permiso de protección temporal (PPT). ANEXOS Anexo todos los documentos establecidos en el acápite de pruebas. NOTIFICACIONESMIGRACIÓN COLOMBIA Dirección: Avenida Calle 26 No 59-51 Edificio Argos Torre 3, Bogotá D.C. Correo electrónico: servicio.ciudadano@migracioncolombia.gov.co  PETICIONARIO Dirección: Calle 9ª No 2-94 barrio Valparaíso de la ciudad de Chiquinquirá, Boyacá. Correo electrónico: alexandercontreras2801@gmail.com daniawilches120@unisangil.edu.co Celular: 3178842965. FIRMA YHON ALEXANDER CONTRERAS CHACON C.C No 13.688.733 de Venezuela.