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Una introducción al sistema de poderes constitucionales en México, con énfasis en el principio de separación de poderes y las dependencias interinstitucionales del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El texto detalla las funciones y composición de cada uno de estos poderes, así como sus relaciones y dependencias entre sí.
Tipo: Ejercicios
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La organización política de México divide el ejercicio del poder público en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Cada uno de ellos realiza funciones específicas que la Constitución Mexicana expresa; sin embargo, no laboran aisladamente, mantienen relaciones necesarias que enriquecen su quehacer constitucional. Poder Ejecutivo Está depositado en una sola persona, el presidente de la república, quien es electo en forma popular, directa, secreta y mayoritaria. Dura 6 años en su cargo y jamás puede volver a desempeñarlo. Su función principal es ejecutar las leyes aprobadas por los órganos legislativos, es decir, está facultado para organizar la administración pública de acuerdo con las leyes constitucionales. Poder Legislativo Tiene la facultad de elaborar las leyes que rigen la vida social o de modificar las ya existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos. En México, el poder Legislativo se deposita en un Congreso General (Congreso de la Unión), constituido por la Cámara de Senadores (representantes directos de los ciudadanos de los estados) y por la Cámara de Diputados. En algunos países, la reunión de los miembros de este poder es denominado Parlamento, Asamblea Nacional o Congreso. La Cámara de Diputados se compone de representantes de la Nación electos en su totalidad cada tres años. Son 500 Diputados en total. La Cámara de Senadores, se compone de dos miembros por cada estado y dos por el Distrito Federal (64 en total), nombrados en elección directa, se renueva por mitad cada tres años. Estas Cámaras las integran grupos de ciudadanos, y su función primordial es representar al pueblo en las labores políticas y la elaboración de las leyes. Tanto diputados como senadores son electos por el pueblo mexicano a través del voto directo y secreto.
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Educación Pública X Secretaría de Salud X Consejo de Salubridad General X Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
Secretaría de Cultura X Secretaría de Turismo X Petróleos Mexicanos X Procuraduría General de la República
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal X Tribunales Colegiados del Circuito
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
La separación de poderes, tradicionalmente Ejecutivo, Legislativo y Judicial está basada en la necesidad de que existan, como postularon John Locke y Montesquieu, contrapesos y equilibrios , un balance entre los distintos poderes de un estado para que, a través de los controles entre unos y otros, se garantice la igualdad de derechos inherente a una democracia mediante la distribución de responsabilidades y controles entre los distintos poderes. La división o distribución de los poderes equilibradamente (balance-idee) no significa una separación entre ellos y la consiguiente debilitación del Estado, sino que se busca un equilibrio entre los intereses de los grupos sociales sobre la base de un compromiso político. Esto exige una acción concertada de las diferentes fuerzas políticas para que el Estado pueda funcionar, pero en ningún caso la división implica que aquél venda parte de su capacidad de mandar o prohibir a cambio de garantizar la libertad personal.
La distribución de poderes desde la interpretación de la situación social existente es una de las ideas básicas de Montesquieu que, en la época actual, a mi juicio, continúa teniendo plena validez, siempre que hoy día las Constituciones acogiesen la división de poderes desde la realidad sociopolítica existente.
- http://brd.unid.edu.mx/recursos/Garantias%20ind.%20de%20const/ Bloque%2001/para%20ampliar%20el%20tema%20PDF/Los%20tres %20poderes.pdf?603f - https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/republica- juridica-admin/article/view/412/ - CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN (2017). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm