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FORMATO DE RENUNCIA A LA HORA DE FORMULAR EN UNA COMANDANCIA DE LA POLICIA
Tipo: Apuntes
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de Policía del Estado Miranda - IAPEM Carretera Nacional Sta Teresa – Sta Lucía, al lado de la Urbanización Bella Vista estado Bolivariano de Miranda Centro de Coordinación Policial Nº 5, Sala de Guarda y Custodia de Ciudadanos Aprehendidos: (0239) 2314611 Fax: /(0239) 2314511 6 / iapem.region5@gmail.com/niquel60r5@gmail.com
de Policía del Estado Miranda - IAPEM Carretera Nacional Sta Teresa – Sta Lucía, al lado de la Urbanización Bella Vista estado Bolivariano de Miranda Centro de Coordinación Policial Nº 5, Sala de Guarda y Custodia de Ciudadanos Aprehendidos: (0239) 2314611 Fax: /(0239) 2314511 6 / iapem.region5@gmail.com/niquel60r5@gmail.com EXPEDIENTE Nº CCPVT5/EPC-005- CARTANAL, 10 DE JUNIO DEL 2016 MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LA VÍCTIMA En esta misma fecha 10 de JUNIO del 2016, siendo aproximadamente las 09:40 horas
del Centro de Coordinación Policial Número Cinco, Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, con sede en Cartanal; en cumplimiento del Ordinal 6° del Artículo 73, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, deja Constancia de haber realizado la siguiente actuación: “En esta misma
procede a dictar las siguientes Medidas de Protección y de Seguridad contenidas en el Artículo 87 Ajusten según sus ordinales: ORDINAL 5. Prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida; en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida. ORDINAL 6. Prohibir que el presunto agresor, por sí mismo o por terceras personas, no realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia. ORDINAL 13. Cualquier otra medida necesaria para la protección de todos los derechos de las mujeres víctimas de violencia y cualquiera de los integrantes de la familia. Dictadas como han sido las medidas de protección seguridad se procede de acuerdo a lo establecido en los artículos 100 y 101 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así hacerle entrega de un ejemplar de la
conforme firman////////////////////////////////////////////////// FUNCIONARIA ACTUANTE:
de Policía del Estado Miranda - IAPEM Carretera Nacional Sta Teresa – Sta Lucía, al lado de la Urbanización Bella Vista estado Bolivariano de Miranda Centro de Coordinación Policial Nº 5, Sala de Guarda y Custodia de Ciudadanos Aprehendidos: (0239) 2314611 Fax: /(0239) 2314511 6 / iapem.region5@gmail.com/niquel60r5@gmail.com Ley, suscribiendo la presente acta en señal de haber sido debidamente impuesto de las mismas. Es todo”. Se terminó, se leyó y conforme firman………………………………………………………………...…………………………….… FUNCIONARIA ACTUANTE:
Cartanal, 13 de JUNIO del 2016 CIUDADANO: JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN PSICOLÓGICA Y PSIQUIÁTRICA FORENSE DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS CON SEDE EN LOS TEQUES- MIRANDA SU DESPACHO. Respetuosamente me dirijo a usted, a los fines de remitirle de conformidad con el numeral 2° del artículo 75 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, a la ciudadana: REBECA MORILLO CAMPOS, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 19.373.373, a los fines de que le sea practicado EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE, en virtud de que este despacho dio inicio al Expediente de Violencia de Género, signado con el N° CCPVT5/EPC- EPC-005-16 , a razón de la denuncia interpuesta por la ciudadana remitida, en la cual se desprende la presunta comisión de hechos previstos y sancionados en la referida Ley. Asimismo le agradezco que una vez obtenidos los resultados, el mismo sea remitido a la Fiscalía Vigésima Sexta (26°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Ocumare del Tuy, Municipio Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda. Remisión que hago a usted, a los fines legales consiguientes. Atentamente, SUPERVISOR AGREGADO EDGAR REINA JEFE ADJUNTO DE LA ESTACION POLICIAL CARTANAL
de Policía del Estado Miranda - IAPEM Carretera Nacional Sta Teresa – Sta Lucía, al lado de la Urbanización Bella Vista estado Bolivariano de Miranda Centro de Coordinación Policial Nº 5, Sala de Guarda y Custodia de Ciudadanos Aprehendidos: (0239) 2314611 Fax: /(0239) 2314511 6 / iapem.region5@gmail.com/niquel60r5@gmail.com EXPEDIENTE: CCPVT5/EPC-001- Cartanal, 29 de febrero del 2016. BOLETA DE CITACIÓN Se notifica al Ciudadano ALEXANDER JOSE RONDON, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.112.208, Estado Civil: Casado, de Profesión u Oficio: Sargento primero de la guardia nacional, Teléfono Personal: (0412)903.38.52, Quien deberá Comparecer por ante La Estación Policial De Cartanal Ubicada en el Sector uno entre la avenida dos y la avenida 08, Cartanal, el día JUEVES 03 de MARZO de 2016, a las 09:30 horas de la mañana, para tratar asunto de su interés con carácter de Urgencia y obligatorio, relacionado con Imposición de Medidas de Seguridad y Protección dictadas en el Expediente de Violencia de Género signado con la nomenclatura alfanumérica CCPVT5/EPC-001/16, iniciado por la presunta comisión de uno de los ilícitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. TOTAL URGENCIA
ARTÍCULO 131 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. “TODA PERSONA TIENE EL DEBER DE CUMPLIR Y ACATAR ESTA CONSTITUCIÓN, A LAS LEYES Y LOS DEMÁS ACTOS QUE EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES DICTEN LOS ÓRGANOS DE PODER PÚBLICO”.