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DEMANDA PROCESO MONITORIO, Ejercicios de Derecho Procesal Civil

Documento que ilustra el proceso monitorio.

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 02/07/2024

marlene-perez-7
marlene-perez-7 🇨🇴

2 documentos

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DEMANDA PROCESO MONITORIO
Señor:
JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES
E. S. D.
Marlene Perez Andrioli, mayor de edad y residente en esta ciudad ubicada en la calle 18 #14ª18
Barrio El Cundi, identificada con la cedula de ciudadanía No. 1123990426 de Santa Marta,
estudiante de derecho adscrita al consultorio jurídico de la universidad Sergio Arboleda seccional
Santa Marta- Magdalena y obrando como apoderada de la señora Anagustina Castro Martínez,
persona mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía No 22443408 de Santa Marta-
Magdalena, con domicilio en esta misma ciudad, ubicada en la Manaza 24, casa 8 Barrio Torres de
equidad; me permito, formular ante su despacho demandada para promover proceso monitorio,
contra el señor Richard Ospino Martínez, igualmente mayor de edad identificado con cedula de
ciudadanía 40975689 de Santa Marta- Magdalena, ubicado en la calle 8 #2-36 Barrio Andrea
Carolina. Para que previos los trámites de un proceso declarativo especial reglamentado en los
artículos 419 al 421 del CODIGO GENERAL DEL PROCESO (Ley 1564 de 2012), se logre en sentencia
definitiva que haga transito en cosa juzgada, las siguientes:
PRETENSIONES DE PAGO
1. Condenar al demandado, el señor Richard Ospino Martínez a pagar a la señora Anagustina
Castro Martínez la suma de 5 millones de pesos por un concepto de contrato de préstamo
que mi mandante suscribió con el demandado el día 5 de enero del 2023.
2. Condenar al demandado Richard Ospino Mariñez a pagar las costas de este proceso.
Las anteriores pretensiones las fundamento en los siguientes
HECHOS
1. El día 5 de enero de 2023, mi mandante la señora Anagustina Castro Martínez, suscribió un
contrato de préstamo con el Señor Richard Ospino Martínez por un monto de 5 millones
de pesos.
2. Las partes pactaron que el pago del préstamo se realizaría de forma uniforme, teniendo un
limite de plazo de pago hasta el día 25 de abril de 2023.
3. Posteriormente, la señora Anagustina le comunica al demandado que el contrato de
préstamo ha sido extraviado, con tal hecho el demandado no presenta inconvenientes,
afirmando que seguirá cumpliendo con la obligación.
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DEMANDA PROCESO MONITORIO

Señor: JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES E. S. D. Marlene Perez Andrioli, mayor de edad y residente en esta ciudad ubicada en la calle 18 #14ª Barrio El Cundi, identificada con la cedula de ciudadanía No. 1123990426 de Santa Marta, estudiante de derecho adscrita al consultorio jurídico de la universidad Sergio Arboleda seccional Santa Marta- Magdalena y obrando como apoderada de la señora Anagustina Castro Martínez, persona mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía No 22443408 de Santa Marta- Magdalena, con domicilio en esta misma ciudad, ubicada en la Manaza 24, casa 8 Barrio Torres de equidad; me permito, formular ante su despacho demandada para promover proceso monitorio, contra el señor Richard Ospino Martínez, igualmente mayor de edad identificado con cedula de ciudadanía 40975689 de Santa Marta- Magdalena, ubicado en la calle 8 #2-36 Barrio Andrea Carolina. Para que previos los trámites de un proceso declarativo especial reglamentado en los artículos 419 al 421 del CODIGO GENERAL DEL PROCESO (Ley 1564 de 2012), se logre en sentencia definitiva que haga transito en cosa juzgada, las siguientes: PRETENSIONES DE PAGO

  1. Condenar al demandado, el señor Richard Ospino Martínez a pagar a la señora Anagustina Castro Martínez la suma de 5 millones de pesos por un concepto de contrato de préstamo que mi mandante suscribió con el demandado el día 5 de enero del 2023.
  2. Condenar al demandado Richard Ospino Mariñez a pagar las costas de este proceso. Las anteriores pretensiones las fundamento en los siguientes HECHOS
  3. El día 5 de enero de 2023, mi mandante la señora Anagustina Castro Martínez, suscribió un contrato de préstamo con el Señor Richard Ospino Martínez por un monto de 5 millones de pesos.
  4. Las partes pactaron que el pago del préstamo se realizaría de forma uniforme, teniendo un limite de plazo de pago hasta el día 25 de abril de 2023.
  5. Posteriormente, la señora Anagustina le comunica al demandado que el contrato de préstamo ha sido extraviado, con tal hecho el demandado no presenta inconvenientes, afirmando que seguirá cumpliendo con la obligación.
  1. Llegado el día limite para pagar, la señora Anagustina exige el cumplimiento de la obligación al señor Richard Ospino Martínez, este se niega a pagar, debido a que considera que al estar extraviado el contrato de préstamo no tiene el deber jurídico de cumplir con la obligación. CONTRAPRESTACIÓN Esta obligación no está sujeto a contraprestación. NOTIFICACIONES  A la demandante, Ana Agustina Castro Martínez la recibirá personalmente en la Manzana 24 Casa 8 Barrio Torres de Equidad de la ciudad de Santa Marta. Correo electrónico: anagus castro@gmail.com
  • A el demandado, Richard Ospino Martínez, la recibirá personalmente en la calle 8 #2- Barrio Andrea Carolina de la ciudad de la Santa Marta. Correo electrónico:richardospino10@gmail.com
  • El suscrito apoderado, la recibirá en la oficina del consultorio jurídico de la Universidad Sergio Arboleda – Santa Marta ubicado en la calle 18 #14ª-18 Barrio Cundí. Correo electrónico:marlene05@gmail.com Muy respetuosamente, Marlene Pérez Andrioli- Apoderado CC 1.123.990.