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Demanda de arrendamiento, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho

Demanda de arrendamiento, incumplimiento de los establecido en el contrato de arrendamiento.

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2024/2025

Subido el 19/05/2025

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Demanda de Resolución Contrato de Compraventa
TALLER: DEMANDA RESOLUCIÓN CONTRATO DE COMPRAVENTA
Doctor Javier Ramírez:
A continuación, publicamos el taller en relación con la Demanda de Resolución de Contrato de
Compraventa, de acuerdo con sus instrucciones.
Para tal efecto, publicamos en su orden, el poder otorgado y posteriormente el texto de la
demanda.
Atentamente,
LUZ MARINA JURADO ROBALLO Cód: 6001011906
NORBERTO MURILLO Cód: 6001010880
GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA Cód: 6019512558
Grupo: 360
UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO
PROCESAL CIVIL
MARZO 12 DE 2011
-----------------------------------------------------------------------------------------------------
Bogotá, D.C., 1 de marzo de 2011
Señor:
JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. –REPARTO-
Ciudad
REF: OTORGAMIENTO DE PODER
GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA, persona mayor de edad y domiciliado en la
ciudad de Bogotá, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma,
respetuosamente manifiesto al Señor Juez, que por medio del presente otorgo
poder especial, amplio y suficiente, a la Doctora LUZ MARINA JURADO
ROBALLO, identificada civil y profesionalmente como aparece al pie de su firma,
para que me represente en el Proceso Ordinario de Mayor Cuantía, Resolución de
Contrato de Compraventa, que se adelanta contra el señor NORBERTO
MURILLO, y para que ejerza todas las gestiones de ley hasta lograr el cometido.
Mi apoderada está facultada para sustituir, reasumir, enunciar, interponer recursos,
aceptar desistimientos, cobrar títulos y en general, todas aquellas facultades que
le son otorgadas conforme al Art 70 del C.P.C., necesarias e inherentes a la
defensa de mis intereses.
Sírvase Señor Juez, reconocer personería y tener como mi defensora a la
Abogada LUZ MARINA JURADO ROBALLO.
Respetuosamente,
GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA
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Demanda de Resolución Contrato de Compraventa

TALLER: DEMANDA RESOLUCIÓN CONTRATO DE COMPRAVENTA Doctor Javier Ramírez: A continuación, publicamos el taller en relación con la Demanda de Resolución de Contrato de Compraventa, de acuerdo con sus instrucciones. Para tal efecto, publicamos en su orden, el poder otorgado y posteriormente el texto de la demanda. Atentamente, LUZ MARINA JURADO ROBALLO Cód: 6001011906 NORBERTO MURILLO Cód: 6001010880 GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA Cód: 6019512558 Grupo: 360 UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA FACULTAD DE DERECHO PROCESAL CIVIL MARZO 12 DE 2011


Bogotá, D.C., 1 de marzo de 2011 Señor: JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. –REPARTO- Ciudad REF: OTORGAMIENTO DE PODER GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA, persona mayor de edad y domiciliado en la ciudad de Bogotá, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, respetuosamente manifiesto al Señor Juez, que por medio del presente otorgo poder especial, amplio y suficiente, a la Doctora LUZ MARINA JURADO ROBALLO , identificada civil y profesionalmente como aparece al pie de su firma, para que me represente en el Proceso Ordinario de Mayor Cuantía, Resolución de Contrato de Compraventa, que se adelanta contra el señor NORBERTO MURILLO , y para que ejerza todas las gestiones de ley hasta lograr el cometido. Mi apoderada está facultada para sustituir, reasumir, enunciar, interponer recursos, aceptar desistimientos, cobrar títulos y en general, todas aquellas facultades que le son otorgadas conforme al Art 70 del C.P.C., necesarias e inherentes a la defensa de mis intereses. Sírvase Señor Juez, reconocer personería y tener como mi defensora a la Abogada LUZ MARINA JURADO ROBALLO. Respetuosamente, GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA

C.C. 79.957.905 de Bogotá Acepto LUZ MARINA JURADO ROBALLO C.C. 52.325.563 de Bogotá T.P. No. 152456 del CSJ ------------------------------------------------------------------------------------------------------ Bogotá, D.C., 9 de marzo de 2011 Señor: JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. –REPARTO- Ciudad REF: DEMANDA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRAVENTA DEMANDANTE: GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA DEMANDADO: NORBERTO MURILLO LUZ MARINA JURADO ROBALLO , mayor de edad y vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía N° 52.325.563 expedida en Bogotá y portadora de la T.P. No. 152456 del Consejo Superior de la Judicatura, obrando como apoderada del Señor GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA , persona mayor de edad y de esta vecindad, identificado con cédula de ciudadanía 79.957.905 de Bogotá, comedidamente manifiesto a usted que mediante el presente escrito interpongo DEMANDA ORDINARIA DE MAYOR CUANTÍA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRAVENTA contra el señor NORBERTO MURILLO , mayor de edad, también de esta vecindad, domiciliado en la Transversal 15 No 74-

  1. Para dar fundamento a la presente demanda pongo en su conocimiento los siguientes. HECHOS
  2. Por Escritura Pública 2218 del 5 de febrero de 2011 de la Notaría Cuarta del Circuito de Bogotá, comparecieron los señores GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA y NORBERTO MURILLO, celebraron contrato de compraventa, respecto del inmueble situado en la ciudad de Bogotá, en la carrera 8 Sur No 32-42 Barrio Ciudad Montes, con alinderado como obra en el Certificado de Tradición y Libertad de la matrícula inmobiliaria No. 50C-182249.
  3. Las partes acordaron como precio de la negociación la suma de noventa y ocho millones de pesos moneda corriente ($98.000.000), que el promitente comprador se obligó a pagar así: a) La suma de quince millones de pesos moneda corriente ($15.000.000) a la fecha de la firma del contrato de promesa de compraventa, es decir el 5 de febrero de 2011. B) La suma de veinticinco millones de pesos moneda corriente ($25.000.000) para la fecha del 20 de febrero de 2011, suma de la cual recibió mi poderdante sólo la cantidad de dieciocho millones de pesos moneda corriente ($18.000.000) en la fecha pactada, quedando un faltante de

b- Wilson Andrés Peña Olarte, mayor de edad, identificado con C.C. 70.215.225 de Bogotá, domiciliado en la Transversal 45 No 111-09 de Bogotá. FUNDAMENTOS DE DERECHO Fundamento la presente demanda en lo dispuesto por los artículos 75 y ss., 396 y ss. del Código de Procedimiento Civil, Art. 1546 del Código civil y demás normas concordantes. PROCESO COMPETENCIA Y CUANTÍA El trámite es el establecido en el libro III, título XXI, del Código de Procedimiento Civil. Por la naturaleza del asunto, por el lugar de ubicación del inmueble, por la cuantía la cual estimo superior a los noventa y ocho millones de pesos moneda legal ($98.000.000) y, por el domicilio de los demandados, es usted competente, señor juez, para conocer de este proceso. ANEXOS Con la presente demanda, anexo los documentos mencionados en el acápite de pruebas documentales, y los siguientes:

  1. Poder a mi favor, debidamente autenticado.
  2. Copia de la demanda para el archivo del juzgado
  3. Copia de la demanda para el traslado al demandado NOTIFICACIONES Mi poderdante en la Carrera 18 No 7A-30 Bloque Tres, Vivienda Ciento Doce (112) de Bogotá El demandado en la Transversal 15 No 74-22 de esta ciudad. La suscrita, en la Avenida 19 No 5-18 Edificio Barichara Oficina 2004, en Bogotá. Cordialmente, LUZ MARINA JURADO ROBALLO C.C. 52.325.563 de Bogotá T.P. No. 152456 del CSJ