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Deben ser castigadas por la ley
Tipo: Diapositivas
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Un primer problema está en delimitar el campo de acción de la llamada criminalidad informática.
En primer lugar existe una confusión terminológica y conceptual
presente en todos los campos de la informática, especialmente en lo que dice relación con sus aspectos criminales, es por eso que es menester desenmarañar el intrincado debate doctrinario acerca del real contenido de lo que se ha dado en llamar los delitos informáticos.
La trascendencia inherente a los delitos informáticos merece que toda persona que opere en el mundo del derecho se detenga a meditar sobre el lugar conceptual del espacio de lo jurídico-criminal en que tales agresiones se suceden.
De ahí que se hable más bien de criminalidad informática que de delitos informáticos propiamente tales. Es por eso que resulta extremadamente complejo buscar un concepto técnico que comprenda todas las conductas ilícitas vinculadas a los medios o procedimientos informáticos, tanto por la diversidad de supuestos, como de los bienes jurídicos afectados.
Ahora bien dicho lo anterior, es necesario decir que además dentro de este fenómeno existe una pluralidad de acepciones y conceptos sobre delincuencia informática, criminalidad informática, lo que ha constituido en un tema de debate también dentro de la doctrina.
Ruiz Vadillo recoge la definición que adopta el mercado de la OCDE en la Recomendación número R(81) 12 del Consejo de Europa indicando que abuso informático “es todo comportamiento ilegal o contrario a la ética o no autorizado que concierne a un tratamiento automático de datos y/o transmisión de datos”.
La misma definición aporta Correa incidiendo en la Recomendación (89) 9. Del Comité de Ministros del Consejo de Europa considerando que la delincuencia informática suele tener carácter transfronterizo que exige una respuesta adecuada y rápida y, por tanto, es necesario llevar a cabo una armonización más intensa de la legislación y de la práctica entre todos los países respecto a la delincuencia relacionada con el computador.
Tiedemann considera que con la expresión “criminalidad mediante computadoras”, se alude a todos los actos, antijurídicos según la ley penal vigente realizados con el empleo de un equipo automático de procesamiento de datos.
Como el mismo autor señala, el concepto abarca el problema de la amenaza a la esfera privada del ciudadano, y por otra parte, se refiere además a los daños patrimoniales producidos por el abuso de datos procesados automáticamente.