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DERECHO CIVIL DACION DE PAGO CARACTERISTICAS
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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La dación de pago es una clausula legal que permite cancelar una deuda hipotecarias a cambio de entregar la vivienda ala entidad bancaria. El acreedor logra tres efectos de pagos
Esta normativa reguladora determina que el crédito se extingue con la transmisión de los bienes y su adjudicación, lo que se determina en un contrato. Cuando existe un acuerdo posterior se respetarán los acuerdos iniciales, aunque se reemplacen los bienes establecidos. Cesión de bienes o dación en pago De manera diferente a la dación en pago, la cesión de bienes no transmite la propiedad de un bien a favor de un acreedor, sino que la titularidad sigue siendo del deudor, que le transmite al acreedor la posesión de los mismos, con un mandato que lo autoriza a su enajenación cuando se obtenga el precio, que lo aplicará al pago del crédito. El deudor no se libera de la obligación hasta que liquide los bienes cedidos, salvo que exista un pacto contrario. Por lo tanto, en la dación en pago se realiza la extinción de la obligación primera, cuando existe un acuerdo entre acreedor y deudor, transmitiendo bienes que sustituyen a los prometidos inicialmente y librando así la obligación del deudor. Existen diferencias con la cesión de bienes, en la que no se transmite su propiedad, sino solamente su posesión, con un mandato de enajenación, que se imputa cuando la deuda establecida se haya pagado al acreedor. La dación de pago Se encuentra contemplada en el Código Civil en su artículo N°1265, en el que señala que el pago queda efectuado cuando el acreedor recibe como cancelación total o parcial una prestación diferente a la que debía cumplirse LOS REQUISITOS