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Una demanda presentada por la c. Michel carolina avila perez ante el tribunal unitario agrario del distrito 34-a, sede alterna campeche, en la que solicita la corrección de un asentamiento incorrecto de su nombre en el padrón de ejidatarios del ejido haro, municipio de escárcega, estado de campeche. La demandante alega que por un error ajeno a ella, su nombre aparece de manera incorrecta en el acta de asamblea de mayoría calificada de asignación de derechos de uso común, por lo que solicita que se asiente correctamente su nombre real y completo, y se realicen las anotaciones correspondientes en los registros del registro agrario nacional y del comisariado ejidal. El documento detalla los hechos, el marco legal aplicable, y las pruebas ofrecidas para sustentar la demanda. La descripción aborda los antecedentes, la problemática, las acciones solicitadas y el marco jurídico de la controversia, con el objetivo de proporcionar una visión general del caso y su relevancia para el lector.
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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C. MICHEL CAROLINA AVILA MENDEZ , mexicana por nacimiento y ascendencia, mayor de edad legal, Originario del Municipio de Campeche , del Estado de Campeche y vecina del ejido Haro,municipio de Escárcega; señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el local que ocupan las oficinas de la Delegación Estatal de la Procuraduría Agraria, en Av. 16 de Septiembre s/n, Palacio Federal Primer Piso, Col. Centro, de la Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, autorizando para oír y recibir, a mi nombre y representación, todo tipo de notificaciones al LIC. KEVIN DEL JESUS CHAVEZ RIVERA Y LIC. KIMBERLY CANDELARIA AKE HUCHIN. Abogados Agraria adscritos a la Delegación de la Procuraduría Agraria en el Estado; ante ese H. Tribunal Unitario Agrario, a quien desde este momento designo como mi representante legal, a fin de que prosigan los trámites, instancias o diligencias de conformidad con los artículos 135 y 136 de la Ley Agraria, ante Usted C. Magistrado, comparezco y expongo: Que en este acto, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 163, 164, 167, 171, 178, 186, 187, 188, 189, 191, 195 y 196 de la Ley Agraria, así como 18 fracción VI y XIV, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, concurro a demandar en Vía DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA AGRARIA LA CORRECCIÓN DE ASENTAMIENTO INCORRECTO DE NOMBRE por omisión y causas ajenas no imputables al suscrito oferente de manera directa o indirecta, contenidas en el padrón de ejidatarios en el ejido HARO, Municipio de ESCARCEGA, de esta Entidad Federativa; misma que se incoa en contra del REGISTRO AGRARIO NACIONAL, de esta entidad federativa, quien puede ser emplazado con copia de traslado, en Av. López Mateos No. 22, Barrio de San Román, Campeche, Campeche, C.P. 24040, asimismo en caso de que este H. Tribunal, considere impreciso el domicilio del demandado, solicito a esta Autoridad, se me permita el ejercicio del derecho prescrito en el artículo 174 de la Ley Agraria, para estar en posibilidad de acompañar al Actuario que practique el emplazamiento, y hacerle las indicaciones que faciliten la entrega de la demanda; a quienes le demando las siguientes: PRESTACIONES: AL COMISARIADO EJIDAL DEL EJIDO HARO, MUNICIPIO DE ESCARCEGA. a).- La declaración judicial de que se asiente correctamente mi nombre real y completo solo dentro del Acta de Asamblea de Mayoría Calificada de Asignación de Derechos de Uso Común, en la foja 27, número consecutivo 120, apareciendo con el nombre de “MICHELLE CAROLINA AVILA PEREZ ” del poblado HARO, Municipio de ESCARCEGA, Estado de Campeche, toda vez que por un error que desconozco, ajeno y no imputable al suscrito, de
manera por demás errónea, omisa e incorrecta, existe un asentamiento incorrecto de mi nombre en los archivos del núcleo agrario declaración que al resultar procedente tiene como consecuencia ordenar al Registro Agrario Nacional, la rectificación del Certificado de Derechos sobre Tierras de Uso Común, puesto que suscrita ejidataria aparece correctamente escrita dentro del padrón de ejidatarios a foja 08, numero consecutivo 165 apareciendo con el nombre de “MICHEL CAROLINA AVILA PEREZ ” siendo este nombre y no el que aparece en el acta de Asamblea de Mayoría Calificada de Asignación de Derechos de Uso Común. b).- Consecuencia de lo anterior, realice la anotación correspondiente en sus libros de registro internos la precisión derivada de su incorrección de nombre y apellido. c).- Consecuencia de lo anterior, se ordene al Registro Agrario Nacional, realice la anotación e inscripción correspondiente en los asientos y demás archivos registrales conforme a sus facultades legales conferidas, con la finalidad de obtener de dicho órgano registral, asentamiento correcto dentro del padrón de ejidatarios y que tiene estrecha relación con el inciso a) referido con anterioridad. Fundándome al efecto en las siguientes consideraciones de hecho y orden legal: H E C H O S: PRIMERO.- Que la suscrita es mexicana por nacimiento y ascendencia, mayor de edad, y ejidatario del ejido HARO, Municipio de ESCÁRCEGA, de esta Entidad Federativa, tal y como se acredita mediante el original de mi acta de nacimiento que se adjunta. SEGUNDO.- Con fecha 9 de julio del año 2023, al interior del ejido señalado líneas arriba, me asignaron Derechos Sobre Tierras de uso Común, asentando de manera incorrecta mi nombre, del cual cabe señalar su señoría que me expidieron el certificado parcelario correcto, no así el certificado sobre Derechos Sobre Tierras de Uso Común, mismo que al momento de ir al Registro Agrario Nacional me comentaron que no podrían entregármelo ya que el apellido estaba incorrecto, viéndome en la necesidad de corregirlo a fin de tener una certeza jurídica sobre el área que me corresponde, ya que dentro del acta de asamblea de mayoría calificada y asignación de Derechos de Uso Común, en listado en la 27, número consecutivo 120, aparezco con el nombre incorrecto de“MICHELLE CAROLINA AVILA PEREZ ” cuando lo correcto debe ser “MICHEL CAROLINA AVILA PEREZ ”. TERCERO.- Aunado a lo anterior, y tal como lo referí en el primer punto de hechos, no coincide mi nombre con el acta, CURP, y credencial de elector que ofrezco que cabe hacer la aclaración su señoría que desde mi nacimiento, me he llamado con el nombre de “MICHEL CAROLINA” con los apellidos “AVILA PEREZ” y no como erróneamente se asentó dentro del acta de asamblea de mayoría calificada, ya que aparece mi nombre asentado de manera errónea enlistado en la foja 27, número consecutivo 120, aparezco con el nombre incorrecto de “MICHELLE CAROLINA AVILA PEREZ ” que bajo protesta de decir verdad, ésta situación me ha causado perjuicio y denegación de acceso ante diversas instituciones de beneficio social; así como la negativa para ser considerado en los programas gubernamentales de los tres niveles de Gobierno; y la falta de certeza y seguridad jurídica al interior del ejido que nos ocupa y del cual formo parte integrante.
PRIMERO. - Se admita y dicte acuerdo de radicación y procedencia de la demanda instaurada en contra de los ahora señalados demandados en todos y cada uno de sus términos, en la vía y forma propuestas, señalando fecha y hora para la celebración de la audiencia de ley, prevista en el numeral 185 de la Ley Agraria, desahogándose en todas sus fases procesales, hasta la obtención de sentencia favorable a mis intereses. SEGUNDO.- Se mande emplazar y correr traslado a todos y cada uno de los demandados con la copia de la demanda y anexos que acompaño en los domicilios que he dejado señalados en el proemio de mi demanda. TERCERO.- Dictar sentencia favorable a mis intereses, conminando al demandado a la procedencia de la acción intentada para contar con la debida certeza y seguridad jurídica real, material y documental con la cual el suscrito obtenga el acceso a los beneficios que como campesino he venido careciendo por las consideraciones que han quedado precisadas en el cuerpo del ocurso de mérito. CUARTO.- Se condene al Registro Agrario Nacional para que bajo el principio de economía procesal y atendiendo a las fundamentales causas por las que se instituye la procuración e impartición de justicia bajo los principios constitucionales Pro Hominem / Pro persona, para que mediante sus facultades se ordene al multirreferido Registro y al Comisariado Ejidal, para el efecto de que se lleve a cabo el trámite administrativo correcto y completo para la inscripción, y expedición de mi certificado de derechos sobre tierras de uso común, que me den certeza y seguridad jurídica documental y que me amparen todos y cada uno de mis derechos agrarios vigentes que tengo reconocidos al interior del ejido. PROTESTO LO NECESARIO EN DERECHO. Escárcega, Campeche a 13 de JULIO del 2023. C. MICHEL CAROLINA AVILA PEREZ.