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EJEMPLO DE CONTRATO PERMUTA EJEMPLO
Tipo: Apuntes
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Contrato de Permuta que celebran, por una parte JOSÉ MANUEL OROZCO NUÑEZ, mayor de edad, domiciliado en Flores Pineda 3536, Culiacán, Sinaloa, con CURP OROJ237865DB00, actuando en su nombre y representación, por una parte y por la otra parte ANDRÉS SÁNCHEZ MENDOZA, mayor de edad, domiciliado en Río Verde 4567, Culiacán, Sinaloa, con CURP SANA5243735RD07, actuando en su nombre y representación, ambas partes en lo sucesivo se denominara “ LOS PERMUTANTES “, conforme a las siguientes declaraciones y cláusulas: D E C L A R A C I O N E S I. El Sr. JOSÉ MANUEL OROZCO NUÑEZ declara: a. Ser propietario, tener posesión y poder de disposición sobre el bien mueble que se describe a continuación, un vehículo marca Toyota modelo Corolla del año 2018, comprado en fecha 22/05/2019 y le pertenece según factura F- 6528363 el cual fue valorado por la cantidad de $195,000.00 MXN (Ciento noventa y cinco mil pesos mexicanos). b. Que el bien descrito está libre de todo agravamiento, por lo que no existe impedimento legal para transferir la titularidad del mismo que pudieran afectar los derechos del PERMUTANTE que recibe; c. Tener las facultades suficientes para obligarse en las clausulas descritas en este contrato; d. Acepta la permuta que se le hace en los términos indicados anteriormente, por lo que con su consentimiento se formaliza este contrato de acuerdo a lo establecido en las cláusulas siguientes: II. El Sr. ANDRÉS SANCHEZ MENDOZA declara: e. Ser propietario, tener posesión y poder de disposición sobre el bien mueble que se describe a continuación, un vehículo marca Nissan modelo versa del
año 2018, comprado en fecha 30/07/2020 y le pertenece según factura F- 675432 el cual fue valorado por la cantidad de $195,000.00 MXN (Ciento noventa y cinco mil pesos mexicanos). f. Que el bien descrito está libre de todo agravamiento, por lo que no existe impedimento legal para transferir la titularidad del mismo que pudieran afectar los derechos del PERMUTANTE que recibe; g. Tener las facultades suficientes para obligarse en las clausulas descritas en este contrato; h. Acepta la permuta que se le hace en los términos indicados anteriormente, por lo que con su consentimiento se formaliza este contrato de acuerdo a lo establecido en las clausulas siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA: Los señores JOSÉ MANUEL OROZCO NUÑEZ y ANDRÉS EDUARDO MENDOZA, por medio del presente contrato permuta n entre si los bienes antes descritos que son de sus respectivas propiedades y por lo tanto se enajenan recíprocamente los mismos. SEGUNDA: Con esta permuta el señor JOSÉ MANUEL OROZCO NUÑEZ se convierte pleno propietario del mueble NISSAN VERSA 2018 y el señor ANDRÉS SANCHEZ MENDOZA como pleno propietario del mueble TOYOTA COROLLA
TERCERA: LOS PERMUTANTES se transmiten recíprocamente la propiedad plena y posesión civil, de los citados muebles, con todo cuanto de hecho o por derecho les corresponda, CUARTA: Las partes contratantes, convienen en que el valor de los bienes objeto de esta permuta, es la cantidad de $195,000.00 MXN (Ciento noventa y cinco mil pesos mexicanos) para cada uno de los muebles. Por lo que no existe saldo o diferencia a favor de ninguno de los permutantes.