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Orientación Universidad
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contrato individual de trabajo, Monografías, Ensayos de Derecho Documental

contiene portada, indice, introduccion, informacion, y conclusion

Tipo: Monografías, Ensayos

2022/2023

Subido el 14/10/2024

ximena-hernandez-castillo
ximena-hernandez-castillo 🇲🇽

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CONTRATO INDIVUAL DE TRABAJO
EL HIGO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LLAVE A 12 DE DICIEMBRE DE 2024
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE NUEVA EMPRESA ,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO RAMÓN GONZÁLEZ ZANELLA, A QUIEN
EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PATRON Y POR LA OTRA LA C. MARÍA TERESA
ALMIRA ROBLES Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA TRABAJADORA AL
TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
A) Declara LA TRABAJADORA:
1.- Haber nacido el día 15 de Febrero de 1970 tener 38 años de edad, de
nacionalidad mexicana con domicilio ubicado en El Higo, Veracruz
2.- Tener los conocimientos y experiencia necesarios para prestar sus servicios al EL
PATRON en el puesto de RECEPCIONISTA.
B) Declara EL PATRÓN:
1.- Ser una Sociedad Mercantil Mexicana, constituida conforme a las leyes del País.
2.- Tener su domicilio en EDGAR RAMOS CONTRERAS 11 Despacho C2, Zona centro
3.- Tener por Objeto Social el de Ventas.
4.- Desear utilizar los servicios de LA TRABAJADORA, para desempeñar el puesto de
RECEPCIONISTA y los demás que sean similares a dicha actividad.
C L A U S U L A S
PRIMERA.- Este Contrato se celebra por tiempo indefinido y en términos de los artículos
20 y 21 de la Ley federal del Trabajo
SEGUNDA.- La TRABAJADORA se obliga aprestar sus servicios personales subordinados a
EL PATRON consistentes en el puesto de RECEPCIONISTA, desempeñándolos bajo la
dirección y dependencia de EL PATRON y en general todos aquellos que estén relacionados
con esa actividad como son de manera enunciativa y no limitativa: Coordinación de la
administración de la empresa; Coordinación de la contabilidad externa, Revisión de la
cobranza, Seguimiento de facturación de los cierres mensuales de proyectos, Control
estricto de los movimientos de los estados de cuenta de la empresa así como de las
entradas y salidas, Seguimiento de clientes, Programación de citas con nuevos prospectos,
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CONTRATO INDIVUAL DE TRABAJO

EL HIGO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LLAVE A 12 DE DICIEMBRE DE 2024

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE NUEVA EMPRESA ,

REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO RAMÓN GONZÁLEZ ZANELLA, A QUIEN

EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PATRON Y POR LA OTRA LA C. MARÍA TERESA

ALMIRA ROBLES Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA TRABAJADORA AL

TENOR DE LAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

A) Declara LA TRABAJADORA: 1.- Haber nacido el día 15 de Febrero de 1970 tener 38 años de edad, de nacionalidad mexicana con domicilio ubicado en El Higo, Veracruz 2.- Tener los conocimientos y experiencia necesarios para prestar sus servicios al EL PATRON en el puesto de RECEPCIONISTA. B) Declara EL PATRÓN: 1.- Ser una Sociedad Mercantil Mexicana, constituida conforme a las leyes del País. 2.- Tener su domicilio en EDGAR RAMOS CONTRERAS 11 Despacho C2, Zona centro 3.- Tener por Objeto Social el de Ventas. 4.- Desear utilizar los servicios de LA TRABAJADORA, para desempeñar el puesto de RECEPCIONISTA y los demás que sean similares a dicha actividad. C L A U S U L A S PRIMERA.- Este Contrato se celebra por tiempo indefinido y en términos de los artículos 20 y 21 de la Ley federal del Trabajo SEGUNDA.- La TRABAJADORA se obliga aprestar sus servicios personales subordinados a EL PATRON consistentes en el puesto de RECEPCIONISTA, desempeñándolos bajo la dirección y dependencia de EL PATRON y en general todos aquellos que estén relacionados con esa actividad como son de manera enunciativa y no limitativa: Coordinación de la administración de la empresa; Coordinación de la contabilidad externa, Revisión de la cobranza, Seguimiento de facturación de los cierres mensuales de proyectos, Control estricto de los movimientos de los estados de cuenta de la empresa así como de las entradas y salidas, Seguimiento de clientes, Programación de citas con nuevos prospectos,

Elaboración de reportes de pago a proveedores, Elaboración de recibos, Seguimiento del archivo, Asistencia a la Dirección General ; sin perjuicio de cualesquiera otros que éste le encomiende, debiendo desempeñar sus servicios en el domicilio de la empresa o en cualquier otro que esta le indique. TERCERA.- Los servicios contratados en los términos del presente contrato conforme a la cláusula que antecede los desempeñara LA TRABAJADORA, en el D. F., pero EL PATRON podrá en cualquier momento fijar a LA TRABAJADORA otro lugar de trabajo dentro del Valle de México. CUARTA.- Por sus servicios a EL PATRON, durante la vigencia del presente contrato, LA TRABAJADORA percibirá un salario mensual por la cantidad de $4,830.00, con las deducciones correspondientes por la cantidad de $ 483.00 por concepto de SAR. Y $ 895.00 por concepto de cuota al I.M.S.S., resultando un NETO A PAGAR de $3,452.00 (Tres mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos 00/100 M. N.), en el que queda comprendido el pago correspondiente a séptimos días y días de descanso obligatorio que establece la Ley Federal del Trabajo o en que pueda convenir a EL PATRON, mismo que será cubierto los días 1° y 16 de cada mes o el día próximo hábil en caso de ser sábado o domingo; en el domicilio de la empresa. QUINTA.- Las partes convienen en que los servicios de LA TRABAJADORA son de carácter estrictamente confidencial, por lo que el puesto para el que será contratada se considerará de confianza para todos los efectos legales. SEXTA.- La duración de la Jornada de Trabajo será de lunes a viernes , de las 9:00 horas. a las 18:00 horas. Con un descanso para reposar y tomar sus alimentos de las 2:00 a las 3:00 horas; tomándolas como mejor convenga a LA TRABAJADORA. Siendo esta la duración máxima de la jornada y quedando estrictamente prohibido el trabajar horas extras sino con el consentimiento previo y permiso por escrito debidamente firmado por EL PATRON, en el que se señale, la fecha, las horas, el motivo, y el monto a pagar, sin que exceda de tres horas diarias ni de tres veces por semana. SEPTIMA.- Para efectos del Seguro Social EL PATRON dará de alta a LA TRABAJADORA y cubrirá sus aportaciones. OCTAVA.- LA TRABAJADORA disfrutará de un periodo anual de vacaciones en los términos del artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo obligándose a firmar constancia de estas así como del pagó de la prima correspondiente.

LIC. MARIA TERESA ALMIRA ROBLES EDGAR RAMOS CONTRERAS