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Un contrato celebrado entre un contratista y la alcaldía de bogotá para la recolección de basuras. El contrato fue terminado unilateralmente por la alcaldía cuando el contratista se encontraba al 75% de la ejecución, sin previo aviso ni motivación. El documento detalla las acciones que el contratista podría emprender para defender a su cliente, la entidad ante la cual debe presentar la demanda, las pretensiones y demás aspectos a tener en cuenta. Además, se especifican las condiciones del contrato, como el plazo de ejecución, la forma de pago, el lugar de ejecución, las obligaciones del contratista, la supervisión de la ejecución contractual, las garantías requeridas y otras cláusulas relevantes.
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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Integrantes: Yeliana Beltrán, Ronal Morales, Giscell Velandia TALLER CONTRATACIÓN PÚBLICA PARA DESARROLLAR EN CLASE EN GRUPO Caso 1. Usted representa a un contratista quien celebró un contrato con la Alcaldía de Bogotá cuyo objeto consistía en la recolección de basuras y sin previo aviso ni motivación le informa de la terminación del contrato cuando se encontraba al 75% de la ejecución, Sírvase informar qué acción emplearía para defender a su cliente, ante qué entidad debe presentar la demanda, cuáles serían las pretensiones, y demás aspectos debe tener en cuenta. DESARROLLO Acción a emplear: Nulidad y restablecimiento del derecho Entidad competente: Juez de lo contencioso administrativo en primera instancia Requisito de procedibilidad: Recursos de reposición, apelación y queja. Cuantía: Menor de 500 salarios mínimos Pretensiones:
Caso 2. Usted es el asesor de una entidad estatal y debe velar el cumplimiento de un contrato con un contratista para el desarrollo del túnel de la línea y observa que se presentan estas situaciones: a. Que haya un incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. b. Que ese incumplimiento afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato. c. Que se evidencie que ese incumplimiento y afectación grave del contrato, pueden conducir a su paralización. Indique que tramite deberá iniciar. DESARROLLO Basándonos en la ley 80 de 1993: Teniendo en cuenta el artículo 3 donde se estipulan los fines de la contratación estatal y donde se establece que los servidores públicos buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con las entidades en la consecución de dichos fines y los particulares, son básicamente quienes colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones, adicionalmente, acorde al principio de responsabilidad, estipulado en el artículo 26, numeral 1, donde se establece que “los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato”. Se concluye que el trámite a iniciar es: Declarar, por medio de acto administrativo motivado la CADUCIDAD (Artículo
No. SMC 009 DE 2023 OBJETO: ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, PAPEL HIGIÉNICO, TOALLAS PARA MANOS Y DISPENSADOR DE JABÓN, PARA ATENDER LAS NECESIDADES DE ANH A NIVEL BOGOTÁ. BOGOTÁ D. C. MAYO 2023 INVITACIÓN PÚBLICA No. ANH SMC 009 DE 2023
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DE LA INVITACIÓN: OBJETO: ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, PAPEL HIGIÉNICO, TOALLAS PARA MANOS Y DISPENSADOR DE JABÓN, PARA ATENDER LAS NECESIDADES DE ANH SEDE BOGOTÁ. 1.1. CLASIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONES UNIDAS (UNSPSC)
El servicio objeto del presente proceso de contraión, está codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) con el nivel que se indica a continuación: CLASIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS. CÓDIGO NOMBRE 558893 Papel higienico 145667 Toalla para manos 123459 Jabón antibacterial
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Para el desarrollo y ejecución del objeto a contratar, corresponderá al adjudicatario del contrato, que se derive de este proceso, entregar los bienes enunciados en el lugar indicado por la ANH, los cuales deberán cumplir con las especificaciones técnicas y características que se encuentran relacionadas en el Anexo del estudio previo denominado “Especificaciones y Requisitos Técnicos Mínimos”. # Artículo Unidad de medida Descripción Cantidad para cotizar 1 Papel higiénico, doble hoja x 20 cajas de 30 mts x 54 de ancho. UNIDAD Tipo Papel: Suave Color: Blanco Cajas: de 20 rollos cada una
2 Toalla para manos doble UNIDAD Tipo Papel: Suave Color: Blanco
INVITACIÓN MÍNIMA CUANTÍA Nº ANH SMC 009 DE 2023
Nota 1: El sistema de pago del contrato es por precios unitarios fijos, sin fórmula de reajuste, en consecuencia, el precio incluye todos los costos y gastos directos e indirectos, derivados de las celebración, ejecución y liquidación del contrato. Por tanto, en el valor pactado se entienden incluidos entre otros los costos y gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales, desplazamientos, transporte, almacenamiento de los equipos, honorarios en actividades relacionadas con la ejecución del contrato, la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato, las deducciones a que haya lugar y en general, todos los costos y gastos en los que deba incurrir el contratista para la correcta ejecución del contrato. Nota 2: Este pago se realizará por conducto del Grupo de Recursos Financieros para lo cual el contratista deberá radicar ante el supervisor dentro de los cinco (5) días siguientes a la prestación del servicio todos los documentos requeridos para el pago: Facturas con el detalle de los servicios autorizados por el supervisor del contrato. Informe de actividades consecuente con los cronogramas o programación de actividades, Nota de Entrada a Inventario en donde se certifique el recibo a satisfacción de la entrega del bien; esto consecuente a la prestación de servicios, suministro o adquisición de bienes y servicios. La factura deberá detallar los servicios y bienes discriminados conforme a la presentación de la oferta económica. Pagos de seguridad social o certificación expedida por revisor fiscal según sea el caso. Estos soportes deberán estar acompañados de la verificación del pago por parte del supervisor del contrato y la certificación de cumplimiento expedida por el supervisor del contrato. Nota 3: El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura con el lleno de los requisitos legales, en el Grupo de Recursos Financieros de la ANH y la presentación de la constancia de cumplimiento expedida por el supervisor del contrato. Nota 4: El pago estará supeditado a la verificación previa del cumplimiento por parte del proveedor, del pago de las obligaciones parafiscales emanadas del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 1562 de 2012, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 0862 de 2013, para lo cual el proveedor deberá aportar los documentos que demuestren el cumplimiento de estas obligaciones y del pago de salarios frente al personal que se encuentre ejecutando el contrato, (documento que será verificado por el Supervisor frente a planilla de pagos del contratista), o por el representante legal del Contratista. Nota 5: La factura deberá venir a nombre de la Agencia Nacional de Hidrocarburos dando cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 617 del E.T y el Decreto 2242-2015, Resolución 000042- 2020, Directiva Presidencial 009 - 2020, correspondiente a las obligaciones de facturación electrónica y las reglamentaciones expedidas por la DIAN, debidamente suscrita por el funcionario
competente (Supervisor) y para el pago deberá seguir las instrucciones dadas por el Grupo de Recursos Financieros de la entidad lo cual incluye la remisión al correo que la ANH indique. Nota 6: El proveedor deberá presentar RUT con obligación de facturación electrónica a fin de que los pagos cumplan con lo requerido en la directiva presidencial 009-20 y consecuentemente con ello la facturación deberá remitirse al correo del supervisor del contrato- el cual se encuentra autorizado en la DIAN- ", presentarse validada previamente por la DIAN, como requisito necesario para el pago de los bienes y/o servicios contratados, conforme con las disposiciones señaladas en el decreto 358 del 5 de marzo de 2020, en concordancia, con lo dispuesto en la resolución no. 000042 del 5 de mayo de 2020. Nota 7: El pago queda sujeto igualmente al cumplimiento de los trámites administrativos a que haya lugar, a la expedición de la obligación y orden de pago SIIF, y a la disponibilidad de PAC. Los documentos de soporte para el pago deberán ser avalados por el supervisor del contrato, el término para este concepto sólo empezará a contarse a partir de la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Nota 8: El pago se efectuará en su totalidad como abono en cuenta del beneficiario, por tanto, el contratista deberá aportar certificación bancaria a la firma del contrato. No se acepta endosos de factura, traslados de facturación, compra de facturación, o cualquier situación que implique pagos a favor de terceros diferentes del contratista, en concordancia a las disposiciones establecidas por el Ministerio de Hacienda. Nota 9: En caso de que el adjudicatario sea un oferente plural, deberá abrir una cuenta bancaria asociada al NIT de la UT o Consorcio, dicha cuenta debe ser exclusiva para el contrato que se derive del presente proceso, para lo anterior deberá allegar certificación bancaria luego de la adjudicación. Nota 10: En el caso de que la empresa adjudicataria de contrato sea extranjera sin domicilio en Colombia se le aplicará un cargo a los impuestos correspondientes le serán aplicados el Estatuto Tributario Colombiano Art. 411, 437 - 1 y 437-2. Tratados de doble tributación que sean aplicables. Nota 11: Las demoras en el pago originadas por la presentación incorrecta de los documentos requeridos serán INVITACIÓN MÍNIMA CUANTÍA Nº ANH SMC 009 DE 2023
reglamentos vigentes, o que se expidan, contemplen respecto de la ejecución como la que es objeto de este contrato. 7) Adoptar las medidas ambientales, e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores. 8) Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato. 9) Cumplir a cabalidad con las normas, reglamentos y políticas del Sistema Integrado de Gestión SIG-ANH (Gestión de la Calidad SGC, Seguridad y Salud en el Trabajo SST, Gestión Ambiental SGA y Seguridad de la Información SGSI) establecidas por LA AGENCIA como “Promesa de Valor” al igual que suministrar información clara, veraz y completa sobre el estado de salud del personal a su cargo e informar oportunamente acerca de los peligros y riesgos latentes en la ejecución contractual. (Decreto 1072 de 2015 Capítulo 6 Artículo 2.2.4.6.15. y Artículo 2.2.4.6.28.). 10) Garantizar que el personal a su cargo cuente con los elementos de protección personal y elementos de bioseguridad idóneos necesarios para ejecutar la actividad contratada. 11) Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. 12) Los elementos de protección personal (EPP) y la dotación que sea requerida para el desarrollo de las actividades contratadas, serán adquiridos por el contratista, de acuerdo a las características de la labor a ejecutar, su nivel de riesgo y los requisitos legales aplicables. Por ningún motivo la AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS permitirá la realización de actividades por parte de los contratistas, sin el cumplimiento del requisito aquí especificado. 13) En cumplimiento de lo establecido en el Sistema de Gestión Seguridad de la Información– SGSI, el contratista debe cumplir los requisitos relacionados con los criterios de disponibilidad, confidencialidad e integridad en el tratamiento apropiado de la información en sus actividades contractuales, incluidas fuentes de información externas que tenga conocimiento en desarrollo de sus funciones, tales como SIIF, SECOP, SIGEP, CMC, Aplicativos Documentales y todos los demás que tenga acceso o conocimiento directa o indirectamente. 14) En cumplimiento de lo establecido en el Sistema de Gestión Ambiental – SGA, el contratista debe cumplir los requisitos relacionados con los aspectos e impactos que generan sus actividades contractuales; así mismo deberá cumplir con los
criterios ambientales y participar en actividades de implementación y fomento de un servicio de calidad y de buenas prácticas ambientales. 15) Presentar los informes (en medio físico y/o magnético) requeridos durante el desarrollo del contrato, de manera oportuna y completa 16) Estar al día en el pago de los aportes mensuales al sistema de seguridad social (salud y pensión), administradora de riesgos laborales (ARL) y parafiscales, si a ello hay lugar, de acuerdo con la normatividad vigente. 17) Constituir las pólizas y mantener vigentes las garantías solicitadas en el contrato 18) Todas las demás inherentes o necesarias para la correcta ejecución del objeto contractual. 7.3 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
1. Realizar la entrega de Papel higiénico, doble hoja x 20 cajas de 30 mts x 54 de ancho, toalla para manos doble hoja x 20 cajas de 180 mts de largo y 19.8 cm de ancho y jabón antibacterial por 6 litros cada botella. 2. Mantener durante la vigencia del contrato los precios ofrecidos. 3. Garantizar que los elementos a entregar estén en buenas condiciones y sin ningún deterioro. 4. El proponente deberá contar con la logística necesaria para entregar los elementos producto del contrato, y disponer de vehículos (bien sean propios o alquilados) en la ciudad de Bogotá en la dirección indicada por la supervisión del contrato, con el personal suficiente para la carga y descargue de los elementos adquiridos. 5. El contratista será responsable por la calidad durante y después de la ejecución del contrato, a partir de la entrega de los mismos, teniendo en cuenta que la calidad del producto no siempre se puede detectar y evidenciar al momento de la recepción sino cuando se utilizan. Por tanto, debe comprometerse a cambiarlos en caso de alguna falla, sin costo adicional para la ANH. 6. El plazo de entrega de los elementos que hayan sido objeto de devolución por defectos, incorrectas especificaciones o baja calidad será de veinticuatro (24) horas, contadas estas a partir de la devolución. El contratista debe comprometerse a reponer los productos sin costo alguno ni demora adicional para la Entidad, encargándose de la recolección y posterior entrega de los mismos. 7. La entrega de los elementos solicitados se hará en días hábiles en el horario comprendido entre las 8:00 am y las 4:30 pm.
de actividades que deba rendir EL CONTRATISTA. 3 ) Autorizar con su firma los pagos que deban efectuarse a EL CONTRATISTA. 4) Levantar y firmar las actas respectivas. 5) Informar oportunamente a LA AGENCIA sobre el desarrollo del presente contrato y sobre cualquier incumplimiento en que pueda incurrir EL CONTRATISTA. 6) Informar y solicitar oportunamente al ordenador del gasto de LA AGENCIA la modificación o terminación unilateral, siempre y cuando tales hechos estén plenamente justificados. 7) comunicar los lineamientos, procedimientos y directrices que el contratista deba aplicar y acatar para el adecuado desarrollo de las actividades y asuntos que le sean asignados para el cumplimiento del contrato. 8) En aquellos eventos en los cuales no haya lugar al descuento directo por parte de la Entidad de los aportes a seguridad social, verificar como requisito para el pago, que EL CONTRATISTA se encuentre al día en sus aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, pensión, ARL y parafiscales, según corresponda, para lo cual se deberán anexar las certificaciones expedidas por las entidades en las cuales se realizan dichos aportes. 9) Enviar copia de todo lo actuado al Grupo de Contratación, con el fin de que todos aquellos documentos que corresponden a la ejecución contractual, reposen en la carpeta original del contrato. 10) Verificar al momento de la presentación del informe mensual y una vez terminada la ejecución del contrato, que el contratista efectúe la entrega de los archivos físicos, magnéticos y a través del sistema de información adoptado por la entidad, utilizados en desarrollo de las actividades adelantadas, ya tramitadas. 11) Verificar la asignación del riesgo contractual e informar sobre cualquier situación que pueda generar modificación en dicho riesgo, con miras a adoptar las medidas pertinentes a que hubiere lugar. 12) Calificar la calidad del servicio, cuando EL CONTRATISTA lo solicite. 13) Verificar, para la suscripción del acta de inicio, que EL CONTRATISTA se encuentra afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud, pensión, ARL y parafiscales, según corresponda. 14). Verificar que el contratista no se encuentra incurso en conflictos de intereses en asuntos relacionados con las obligaciones a ejecutar. 15) Presentar a la Coordinación de Contratación el Acta de Recibo Definitivo en los términos señalados en el numeral 21 de la presente cláusula, conforme a lo dispuesto en el artículo 217 del Decreto Ley 019 de 2012, el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y el Manual de Contratación de la Agencia. 16) Verificar como requisito para cada pago, si el CONTRATISTA se encuentra obligado a facturar electrónicamente de conformidad con lo previsto en el Decreto 358 de 2020 y la Resolución de la DIAN No. 000042 del 5 de mayo de 2020, caso en el cual deberá exigir al Contratista la presentación del RUT actualizado con la inclusión de dicha obligación y reportar esta novedad al Grupo de Recursos Financieros. 17) Revisar la(s) factura(s) electrónica(s), con los soportes requeridos para el pago, que remita el contratista al correo electrónico institucional del supervisor, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción de la misma, emitiendo el respectivo concepto de aceptación o rechazo, so pena de que se entienda aceptada la factura, vencido este término, sin que exista
pronunciamiento por escrito por parte del Supervisor, de conformidad con lo previsto en el inciso 3° del artículo 2.2.2.53. del decreto 1074 del 2015. 18) Remitir la factura electrónica aceptada expresa o tácitamente, con los soportes requeridos para el pago, al Grupo de Recursos Financieros, a través del canal que se disponga para ello, a efectos de que se continué con el respectivo proceso de pago, o devolver la factura al contratista con el respectivo concepto de rechazo emitido dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la misma. 19) Verificar que el contratista haya cargado la cuenta de cobro con sus respectivos soportes en la plataforma del Secop ii. 20) Hacer seguimiento al cumplimiento de los parámetros contractuales en general y especialmente los relativos a Sistema Integrado de Gestión en sus componentes de Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo Sistema de Gestión Ambiental, Sistema de Gestión de Calidad, así como el Sistema de Seguridad de la Información, debiendo informar sobre hechos que configuren su incumplimiento, acatando en todo caso lo dispuesto en el Instructivo de Ejecución Contractual, Supervisión y Liquidación. PARÁGRAFO: En el evento de cambio del supervisor o de su apoyo, no será necesario modificar el presente contrato y la designación se efectuará mediante comunicación escrita. 21) Verificar como requisito para cada pago, si el CONTRATISTA se encuentra obligado a facturar electrónicamente de conformidad con lo previsto en el Decreto 358 de 2020 y la Resolución de la DIAN No. 000042 del 5 de mayo de 2020, caso en el cual deberá exigir al Contratista la presentación del RUT actualizado con la inclusión de dicha obligación y reportar esta novedad al Grupo de Recursos Financieros. 22) Revisar la(s) factura(s) electrónica(s), con los soportes requeridos para el pago, que remita el contratista al correo electrónico institucional del supervisor, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción de la misma, emitiendo el respectivo concepto de aceptación o rechazo, so pena de que se entienda aceptada la factura, vencido este término, sin que exista pronunciamiento por escrito por parte del Supervisor, de conformidad con lo previsto en el inciso 3° del artículo 2.2.2.53.5 del decreto 1074 del 2015. 23) Remitir la factura electrónica aceptada expresa o tácitamente, con los soportes requeridos para el pago, al Grupo de Recursos Financieros, a través del canal que se disponga para ello, a efectos de que se continué con el respectivo proceso de pago, o devolver la factura al contratista con el respectivo concepto de rechazo emitido dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la misma.
9. GARANTÍAS De conformidad con lo preceptuado por el artículo 2.2.1.2.1.5.4 del Decreto 1082 de 2015, atendiendo la naturaleza del objeto a contratar, y en el entendido que durante su desarrollo se puede generar incumplimiento en la ejecución del contrato, es necesario que el contratista constituya una Garantía única de
será debidamente publicada en el Portal Único de contratación SECOP II; por tanto, cada oferente y/o participante tendrá la obligación de revisar la página web del Portal Único de Contratación, para verificar la expedición de cualquier tipo de documento relacionado en la invitación pública. Toda correspondencia que se genere y que esté relacionada con la presente invitación, deberá ser como mensaje en la plataforma del SECOP II y en caso de indisponibilidad de la plataforma a la dirección de correo del grupo de contratación: contratacion@anh.gov.co 10.3 Las propuestas deben ser presentadas en la hora y fecha señaladas en el cronograma establecido en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (Secop II). 10.4 La entidad otorgará el término de un (1) día hábil para que los proponentes puedan formular observaciones frente al informe de verificación de requisitos y documentos exigidos, de acuerdo con lo definido en el presente numeral.
11. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Las ofertas deberán presentarse en la página web de SECOP II en el link correspondiente al presente proceso de contratación. 12. OFERTA ECONÓMICA Para efectos de la calificación económica se considerarán únicamente las propuestas hábiles, es decir aquellas que: i) Cumplan con la totalidad de los requisitos en la evaluación jurídica financiera y técnica y ii) El valor de la propuesta no supere el presupuesto oficial establecido para el presente proceso. La oferta económica deberá contener la información requerida en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II y en el complemento al pliego de condiciones. Si el oferente no indica en su propuesta económica o habiéndolo indicado no le da valor a uno o algunos de los ítems que conforman el Anexo Propuesta Económica, se entenderá que ha presentado una propuesta parcial, y será causal de RECHAZO de la propuesta. Para efecto del señalamiento del precio o porcentaje ofrecido, según el factor de calificación, el proponente debe tener en cuenta las especificaciones técnicas indicadas por la ANH. El proponente no podrá cambiar ninguna de las especificaciones técnicas fijadas por la ANH, ya que son de obligatorio cumplimiento para los proponentes. La modificación total o parcial de las mismas generará el RECHAZO de la oferta. El adjudicatario deberá mantener los valores unitarios y porcentajes ofertados con su propuesta a partir de su presentación y una vez suscrito el contrato se
mantendrán fijos durante todo el tiempo de la ejecución. En general, el proponente deberá considerar al momento de formular su propuesta económica, la totalidad de las condiciones contractuales previstas en los Estudios Previos, el Pliego de Condiciones, sus anexos y adendas. Cuando a criterio de la ANH, alguna de las ofertas económicas presente valores que puedan ser considerados como precios artificialmente bajos y que pueda poner en riesgo el cumplimiento futuro del contrato, se procederá de conformidad con lo establecido el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015. No obstante lo anterior, y para efecto de evitar un incumplimiento por parte del contratista o un desequilibrio económico y financiero del contrato, la AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS aplicará el procedimiento definido por la ley, cuando se trate de precios artificialmente bajos El proponente indicará que los valores unitarios son fijos y que incluyen la totalidad de los costos directos e indirectos, fijos y variables, tales como impuestos, imprevistos, IVA si a ello hubiere lugar, y demás conceptos que el cumplimiento del respectivo contrato conlleve. En caso de no expresar que éstos se encuentran incluidos en el valor de la propuesta, los mismos se entenderán comprendidos en dicho valor. La vinculación del equipo humano que requiere el oferente seleccionado para el cumplimiento del contrato, será de su exclusiva responsabilidad, por lo anterior no existirá relación laboral ni contractual alguna entre la AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS y el equipo humano. La AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS no será responsable por el pago de salarios y prestaciones sociales. Para los cálculos respectivos a los precios, se recuerda a todos los proponentes, que de conformidad con lo establecido en la Ley 31 de 1992, la unidad monetaria y de cuenta del país es el peso colombiano, en tanto que las fracciones denominadas centavos no volvieron a ser acuñadas por dicha autoridad y por lo mismo no hacen parte de la unidad monetaria ni de cuenta en Colombia. En este sentido NO se deberán establecer los precios requeridos con centavos, sino deberán hacerse siempre las aproximaciones, de la siguiente manera: Centavos Aproximación 0,01 centavos a 0, centavos Al peso colombiano inmediatamente anterior 0,50 centavos a 0, centavos Al peso colombiano inmediatamente posterior
y requerimientos necesarios para cumplir con todas y cada una de las obligaciones contractuales y asumir los riesgos previstos en dichos documentos. 13.DOCUMENTOS REQUERIDOS Se verificarán los requisitos habilitantes, solo al oferente que haya presentado la MENOR propuesta económica o al que esté en segundo lugar, en caso de que el primero no cumpla con los requisitos habilitantes, y así sucesivamente. 13.1 DOCUMENTOS DE CARÁCTER JURÍDICO a) Carta de presentación de la oferta. b) Certificado de existencia y representación legal (persona jurídica), con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Si el proponente es persona natural, adjunto a la propuesta debe presentar certificado de Matricula Mercantil con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de presentación de la oferta. c) El proponente persona natural extranjera no domiciliado en el país, debe allegar con la oferta copia de su pasaporte y los extranjeros con residencia en Colombia, deben presentar copia de la cédula de extranjería expedida por la autoridad competente, así mismo deben tener la autorización para el ejercicio de la profesión en Colombia, expedido por el Ente rector de la profesión. d) Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, debe adjuntar copia del documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta de acuerdo con el valor de la presente invitación publica, en cuantía igual o superior al valor de la oferta, en caso de ser necesaria de conformidad con los Estatutos de la misma. Se procederá de igual forma en los casos de cualquier limitación estatutaria. e) Documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal si es la condición del oferente. Los oferentes deberán, si es el caso, presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993. f) Documento de Promesa de Sociedad Futura. Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la ANH uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio. g) Certificación de pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social y Parafiscales (ICBF, SENA, Caja de Compensación Familiar), correspondiente a los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de la propuesta,
certificada por el revisor fiscal de la persona jurídica o por el representante legal, si legalmente no cuenta con revisor fiscal. Tratándose de personas naturales, copia de la planilla de pago de aportes del último mes. h) Antecedentes disciplinarios del revisor fiscal expedido por la Junta Central de Contadores vigente en el caso que aplique. i) Fotocopia del registro único tributario (RUT), expedido por la DIAN. j) Fotocopia de la cédula de ciudadanía de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica. k) Declaración de no estar incluido en las listas nacionales e internacionales de lavado de activos. l) Certificación bancaria con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la oferta. m) Diligenciamiento del Anexo Inscripción de Terceros. n) Compromiso anticorrupción. AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS REVISARÁ EL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES, EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS, EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES DE CADA UNO DE LOS PROPONENTES Y DE SUS REPRESENTANTES LEGALES. 13.2 DOCUMENTOS PARA VERIFICACIÓN TÉCNICA HABILITANTES 13.2.1 ACEPTACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Serán habilitadas las propuestas que cumplan con todas las especificaciones, requisitos y condiciones técnicas mínimas incluidas en el Anexo REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS , para lo cual deberá indicar, mediante declaración, bajo la gravedad de juramento, suscrita por el Representante Legal, que ha leído, entendido y aceptado completamente los requerimientos técnicos exigidos y manifest que se compromete a cumplir con lo exigido. NOTA: El oferente deberá diligenciar punto a punto (CUMPLE/NO CUMPLE) todas y cada una de las exigencias técnicas mínimas relacionadas y deberá diligenciar el documento de especificaciones y requerimientos técnicos mínimos, así mismo deberá manifestar expresamente que se obliga a cumplir con el presente numeral sin limitaciones, exclusiones o condicionamiento alguno. 13.2.2 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE La experiencia del proponente se acreditará mediante la presentación de hasta (2) certificaciones y/o actas de liquidación de contratos ejecutados, cuyo objeto esté