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Contestación a Demanda Ejecutiva Mercantil, Apuntes de Derecho Mercantil

contestación de demanda para juicio mercantil en la mateeria derecho mercantil

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 04/12/2020

majitobolioo
majitobolioo 🇲🇽

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CIUDADANO JUEZ VIGÉSIMO SEXTO
DE LO CIVIL DE CUANTÍA MENOR
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
MANUEL DÁVILA ALARCÓN, promoviendo por mi propio derecho, con la
personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, señalando como domicilio para oír
y recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan el sito CALLE TLACOATL
NÚMERO DOS MIL VEINTICUATRO DE LA COLONIA GABRIEL RAMOS MILLÁN DE LA
CIUDAD DE MÉXICO, nombrando como autorizados en términos del artículo 1069 tercer
párrafo a los Licenciados JANET CRUZ LEÓN y/o VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, este
último cuenta con cédula número 5381143, expedida por la Dirección General de Profesiones
dependiente de la Secretaria de Educación Pública, ante usted, con el debido respeto
comparezco y expongo:
Que, por medio del presente escrito, vengo a dar contestación a al juicio ejecutivo
mercantil, instaurado en mi contra en los siguientes términos:
P R E S T A C I O N E S:
A).- Niego que la parte actora tenga derecho al pago de la cantidad de $214,
122.86 (Doscientos catorce mil ciento veintidós pesos con ochenta y seis centavos moneda
nacional), por concepto de suerte principal.
B).- Niego que tenga derecho a reclamarme la actora los intereses moratorios en
los términos que expresa.
C).- Es falso que la actora tenga derecho a cobrar los gastos y costas por la
tramitación del presente juicio.
H E C H O S;
1.- Es cierto que, con fecha veintidós de febrero de dos mil dieciséis, firmé un
pagaré en los términos que plantea la parte actora.
2.- Este punto es falso dado que he realizado el pago de dieciséis de los pagos
pactados de los setenta y dos en los términos que del mismo documento base de la acción se
desprende.
3.- Es cierto este punto; sin embargo, al haber realizado el pago puntual de
dieciséis pagos pactados en los términos convenidos es falso que le deba a la actora los
intereses moratorios que reclama.
4.- Es cierto este punto que se contesta.
5.- Este punto ni lo afirmo ni lo niego por no ser hecho propio.
6.- Este punto es falso.
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CIUDADANO JUEZ VIGÉSIMO SEXTO

DE LO CIVIL DE CUANTÍA MENOR

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

MANUEL DÁVILA ALARCÓN, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan el sito CALLE TLACOATL NÚMERO DOS MIL VEINTICUATRO DE LA COLONIA GABRIEL RAMOS MILLÁN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, nombrando como autorizados en términos del artículo 1069 tercer párrafo a los Licenciados JANET CRUZ LEÓN y/o VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO, este último cuenta con cédula número 5381143, expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública, ante usted, con el debido respeto comparezco y expongo: Que, por medio del presente escrito, vengo a dar contestación a al juicio ejecutivo mercantil, instaurado en mi contra en los siguientes términos: P R E S T A C I O N E S: A).- Niego que la parte actora tenga derecho al pago de la cantidad de $214, 122.86 (Doscientos catorce mil ciento veintidós pesos con ochenta y seis centavos moneda nacional), por concepto de suerte principal. B).- Niego que tenga derecho a reclamarme la actora los intereses moratorios en los términos que expresa. C).- Es falso que la actora tenga derecho a cobrar los gastos y costas por la tramitación del presente juicio. H E C H O S; 1.- Es cierto que, con fecha veintidós de febrero de dos mil dieciséis, firmé un pagaré en los términos que plantea la parte actora. 2.- Este punto es falso dado que he realizado el pago de dieciséis de los pagos pactados de los setenta y dos en los términos que del mismo documento base de la acción se desprende. 3.- Es cierto este punto; sin embargo, al haber realizado el pago puntual de dieciséis pagos pactados en los términos convenidos es falso que le deba a la actora los intereses moratorios que reclama. 4.- Es cierto este punto que se contesta. 5.- Este punto ni lo afirmo ni lo niego por no ser hecho propio. 6.- Este punto es falso.

EXCEPCIOON DE PAGO.- Consistente en la exhibición de dieciséis pagos realizados a la empresa endosataria en procuración por la cantidad que resulte de la suma total de los mismos, cada uno por la cantidad de $3, 83.58 (TRES MIL OCHENTA Y TRES PESOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS MONEDA NACIONAL). P R U E B A S: 1.- LAS DOCUMENTALES PRIVADAS.- Consistente en dieciséis depósitos de pago a la empresa endosante, aquí representada por los endosatarios en procuración; mismos que van del uno al dieciséis con las cuales pruebo el pago de dichas obligaciones de pago. Pruebas que relaciono con los puntos del 1 al 6 de la presente contestación de demanda. 2.- EL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO.- Consistente en el reconocimiento del contenido de los depósitos de pagos que exhibo y que deberá reconcomer el Apoderado Legal de la endosante el día y hora que se señale para tal efecto, con el apercibimiento de que, en caso de no acudir sin justa causa, se tendrán por reconocidos expresamente del contenido, solicitando sea citado en términos de Ley. Prueba con la cual demuestro los pagos realizados. Prueba que relaciono con los puntos del 1 al 6 de la presente contestación. 3.- LA INSPECCIÓN OCULAR.- Consistente en la inspección ocular de los libros contables de la empresa denominada Fordes Crédito de México S. A de C. V, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, respecto a las fechas que van del uno de abril de dos mil dieciséis al uno de diciembre de dos mil dieciséis; y, .uno de enero de dos mil diecisiete al uno de julio de dos mil diecisiete. Prueba que se realizara en el domicilio de la empresa el día y hora que su Señoría determine, con la misma probare que he realizado dieciséis pagos de los que me he obligado. Relaciono la presente prueba con los puntos del 1 al 6 de la presente contestación. 4.- LA CONFESIONAL.- Que estará a cargo del Apoderado Legal de la empresa denominada Fordes Crédito de México S. A de C. V, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, quien deberá comparecer de manera personalísima el día y hora que se señale para el desahogo de dicha prueba, con el apercibimiento de que en caso de no comparecer, será declarado confeso de aquellas posiciones que sean calificadas de legales. Prueba con la cual probare que he realizado los pagos correspondientes que relaciono con los puntos del 1 al 6 de la presente contestación de demanda. 5.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todas y cada una de las actuaciones que se lleven a cabo y que por supuesto beneficien al suscrito. Prueba con la cual probare que he realizado los pagos correspondientes que relaciono con los puntos de la presente contestación del 1 al 6. 6.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- La presuncional legal la hago consistir en la presuncional legal basada en el artículo 8 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito que señala: Artículo 8- Contra las acciones derivadas de un título de crédito, solo pueden oponerse las siguientes excepciones y defensas: