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Orientación Universidad
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Conciliación incumplimiento, Apuntes de Derecho

Solicitud de Conciliación , por incumplimiento en la venta

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 22/10/2023

maria-paula-riano
maria-paula-riano 🇨🇴

2 documentos

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Pitalito Huila, 3 de octubre 2023
Señores
CENTRO DE CONCILIACIÓN UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA – SEDE PITALITO.
E. S. D.
Asunto: Solicitud Audiencia de Conciliación
ANGELMIRO RIVERA GUTIÉRREZ, identificado con cedula de ciudadanía No.
1083.871.017 de Pitalito Huila, actuando en calidad de convocante, solicito de
manera respetuosa Audiencia de Conciliación con el señor LUIS MARIA
HERMIDA MURCIA, identificado con cedula de ciudadanía No. 4.926.610 de
Pitalito Huila, domiciliario y con residencia en el municipio de Pitalito – Huila, quien
es la persona Convocada, de acuerdo a lo siguiente:
I. INFORMACIÓN DE LA PARTES
CONVOCANTE: ANGELMIRO RIVERA GUTIÉRREZ, identificado con cédula de
ciudadanía No. 1083.871.017 de Pitalito Huila, domiciliado y residente en el país
de Estados Unidos y celular +1 (760) 594-3900:
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Pitalito Huila, 3 de octubre 2023 Señores CENTRO DE CONCILIACIÓN UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA – SEDE PITALITO. E. S. D. Asunto: Solicitud Audiencia de Conciliación ANGELMIRO RIVERA GUTIÉRREZ, identificado con cedula de ciudadanía No. 1083.871.017 de Pitalito Huila, actuando en calidad de convocante, solicito de manera respetuosa Audiencia de Conciliación con el señor LUIS MARIA HERMIDA MURCIA, identificado con cedula de ciudadanía No. 4.926.610 de Pitalito Huila, domiciliario y con residencia en el municipio de Pitalito – Huila, quien es la persona Convocada, de acuerdo a lo siguiente: I. INFORMACIÓN DE LA PARTES CONVOCANTE: ANGELMIRO RIVERA GUTIÉRREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1083.871.017 de Pitalito Huila, domiciliado y residente en el país de Estados Unidos y celular +1 (760) 594-3900:

CONVOCADO: LUIS MARIA HERMIDA MURCIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 4.926.610 de Pitalito Huila, domiciliario y con residencia en el municipio de Pitalito – Huila y celular 322 470 8384: II. HECHOS ´PRIMERO: En día 21 de septiembre del año 2016, celebré un contrato de compraventa con el señor LUIS MARIA HERMIDA MURCIA, donde se realizó la compra de un predio rural con una extensión de 8 metros de frente, por 19 metros de fondo, ubicado dentro de un predio de mayor extensión denominado “SANTA ELENA” en la vereda solarte del municipio de Pitalito Huila. SEGUNDO: El precio del predio mencionado fue estipulado por la suma de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($15.2000.000) M/cte. Suma que se canceló de la siguiente manera: a la firma del contrato la suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS ($11.400.000) M/cte. y ocho días después de la firma del contrato se canceló el restante que fue por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($3.800.000) M/cte. TERCER: Se pactó por ambas partes perfeccionarlo mediante Escritura Pública sometiéndose al P.O.T o en su defecto a la autorización de subdivisión que sería emitida por Planeación Municipal. CUARTO: En la Notaría Segunda de Pitalito Huila, fue expedida la Escritura Pública No. 1948 de fecha 10 de septiembre de 2020, donde se realizó la compraventa de derechos de cuota.

ningún problema por el metro que hace falta incluir al predio y del cual se tiene la posesión desde el contrato de compraventa. TERCER: Los señores LUIS HERMIDA MURCIA y JHON JAIRO RIVERA, una vez entreguen la Escritura Pública expedida en el proceso de subdivisión, se comprometen a realizar la aclaración y o entregar nuevas de Escrituras con corrección del área, para esto se otorga un término de (4) meses para que cumpla. IV. PETICIONES. PRIMERA: Se fije la fecha de audiencia para conciliar de conformidad a lo ordenado por la Ley 640 de 2001. SEGUNDA: Se haga la debida notificación de citación del requerido y la suscrita a las direcciones físicas y/o electrónicas que aparecen en esta solicitud. TERCERA: Que en el evento en que la parte citada o requerida no se haga presente, se cite nuevamente a otra audiencia. CUARTA: Que en el caso de que no comparezca la parte citada a ninguna de las audiencias se expida la respectiva constancia de no comparecencia. QUINTA: Que en el evento que no se logre conciliar se expida la constancia de no conciliación. SEXTA: Si se llegaré a conciliar, que se elabore y se expida copia auténtica del acta de conciliación de conformidad con la ley.

V. CUANTÍA

La cuantía se estima por el precio de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($15,200,000) M/cte. VI. ANEXOS

1. Copia de la cédula de ciudadanía 2. Contrato de compraventa 3. Escritura Pública 4. Planos VII. NOTIFICACIONES CONVOCANTE: recibiré notificación en la dirección de correo electrónico: angelriveragu@hotmail.com y teléfono: +1 7605943900. CONVOCADO: Luis Maria Hermida Murcia en la dirección Cra 1ª # 2 – 41 barrio Quinche del municipio de Pitalito Huila, teléfono: 3204457251. Atentamente, ANGELMIRO RIVERA GUTIÉRREZ C.C No. 1083.871.017 de Pitalito Huila