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EL PRESENTE MATERIAL VERSA SOBRE LAS CARACTERISTICAS, NATURALEZA DEL DELITO
Tipo: Diapositivas
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Escuela Libre de Derecho y Jurisprudencia de Tabasco
Materia:
Alumnos: José Francisco Gerónimo Vázquez José Ramón García Rodríguez Daniel Alberto Hernández García Brenda Dydiany luna aguirre Moriancumer enos hernández regino David gustavo vázquez morales Montserrat gutierrez
TEMA VIII.- TEORÍA GENERAL DEL DELITO
TEMA IX.- CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS
¿Qué es el delito?
Generalidades sobre la definición del delito
Un delito es una infracción o una conducta que va en contra al ordenamiento jurídico de la sociedad y será castigada con la correspondiente pena o sanción. En este sentido para varios autores la verdadera idea del delito la aporta la propia ley positiva mediante la amenaza de una pena para la ejecución o la omisión de ciertos actos, ya que el delito se caracteriza por una sanción penal; por lo que sin una ley que sancione una determinada conducta, no es posible hablar del delito. Para estos autores el delito es definido de la siguiente manera:
“el delito como noción jurídica, se contempla en dos aspectos: jurídico-formal y jurídico-sustancial. El jurídico-formal se refiere a las entidades típicas que traen aparejada una sanción; no es la descripción del delito concreto, sino la enunciación de que un ilícito penal merece una sanción. El jurídico-sustancial consiste en hacer referencia a los elementos de que consta el delito.
Concepto jurídico del delito
•Es una parte de la ciencia del derecho penal que se encarga de analizar cuales son los elementos o características que deben de concurrir en una conducta para que esta sea considera como delito, o en su caso cuáles son los elementos para que esta conducta se le niegue la calidad de delito. La teoría del delito determina cuando una conducta es verdaderamente delictiva.
Las conductas típicas que se hallan descritas en los tipos están compuestas de una serie de elementos que pueden aparecer de forma expresa en la redacción legal, o bien deducirse tácitamente de su contenido. Dichos elementos, a su vez, pueden clasificarse en elementos objetivos (externos, observables directamente) y elementos subjetivos (internos a la mente del individuo, y por lo tanto sólo deducibles a través del sistema de indicios o indicadores)
•Un delito es una infracción o una conducta que va en contra al ordenamiento jurídico de la sociedad y será castigada con la correspondiente pena o sanción.
•El Código Penal Federal indica en el artículo 7 que un delito "es el acto u omisión que sancionan las leyes penales".
•1. Instantáneo, cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se han realizado todos sus elementos constitutivos;
•2. Permanente o continuo, cuando la consumación se prolonga en el tiempo, y
•3. Continuado, cuando con unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas y unidad de sujeto pasivo, se viola el mismo precepto legal.
•Hay varias formas de clasificar los delitos, siendo una de ellas su gravedad. En función de su gravedad tenemos los siguientes tipos de delitos:
•Delitos menos graves
•Delitos leves
•Delitos de mera actividad
•En la noción de delito legal el delito no es un hecho, sino un Instituto jurídico que debe ser entendido como el conjunto de normas que determinan las condiciones necesarias y suficientes para que un hecho concreto pueda ser sometido a una sanción criminal. Como ejemplo de este último tenemos el delito político. Cuando se alude a este concepto se piensa automáticamente en la distinción entre él y el delito común.
•El delito es una conducta que se opone a lo que la Ley manda. Esta noción define el delito como la acción prohibida por la Ley bajo amenaza de una pena. Según esta noción, sin ley que defina el delito, no hay delito, aunque la conducta sea inmoral o socialmente reprochable.
Concepciones sobre el estudio jurídico - sustancial del delito
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