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EL CODIGO CIVIL FUE INSPIRADO EN LA ORIENTACION GERMANICA.
Tipo: Diapositivas
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Escuela Profesional Derecho
UNIDAD I SEMANA III / SESION I Clasificación de los Bienes en el Código Civil de 1936 y 1984, Análisis de las propuestas de enmiendas DOCENTE: VICTOR ANGEL CRISOLOGO GALVAN
El Código Civil de 193 , fúe inspirado, en la orientación Germánica, sea directamente a través del Código alemán de 1900 , sea imitando los códigos filiales del alemán como son el suizo y el brasileño. . En dicho Código los derechos reales se encontraba regulado en su libro IV.
El CC de 1984 es de carácter personalista, a diferencia de los dos anteriores ( 1852 y 1936 ) que son patrimonialistas. Tiene 2122 artículos precedidos de un Título Preliminar con X numerales. Su fuente fue la Constitución de
ART. 812 .- BIENES INMUEBLES 1936 ART. 885 .- BIENES INMUEBLES 1984
**1. Las tierras, Minas y aguas públicas;
Propuesta de enmienda del Código Civil de 1984 Apenas a 10 años de su vigencia ( 1994 ), el Centro de Investigaciones de la Universidad de Lima preparó un Anteproyecto de Enmiendas.
Principales propuesta de enmienda ✓ Sustituye la “summa divisio” de los bienes en muebles e inmuebles, por la nueva clasificación de bienes en registrables y no- registrables. De esta manera se busca modificar el sistema de transferencia de la propiedad y de garantías reales. ✓ Modifica la definición de la posesión.
Propuesta de enmienda del Código Civil de 1984 La Ley 26394 ( 22 / 11 / 1994 ) constituyó una “Comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Ley de Reforma del C.C”, en el año 1998 se publicó una primera propuesta de reformas.
Principales propuesta de enmienda ✓ Introduce la clasificación de bienes en registrables y no registrables, con lo cual se modifica el régimen de transferencia de los bienes, la constitución de los derechos reales de garantía y la prueba de la propiedad. ✓ Elimina la figura del poseedor precario (art. 911 C.C.), pues éste sería una inútil repetición del poseedor ilegítimo.
Propuesta de enmienda del Código Civil de 1984 La Ley 26673 , estableció la nueva Comisión Reformadora, en el 2005 presento un anteproyecto de reformas urgentes y necesarias sobre algunos Libros del Código Civil, entre los que se incluyen los derechos reales.
Principales propuesta de enmienda ✓ Admite los pactos destinados a prohibir la disposición o gravamen de bienes hasta por diez años. ✓ Introduce la clasificación de bienes registrados y no registrados; la clasificación de muebles e inmuebles se mantiene pero limitada a los bienes corporales.
✓ Deroga las normas de hallazgo y tesoro. ✓ Elimina la prescripción adquisitiva contra los bienes registrados. ✓ Permite la prescripción adquisitiva entre copropietarios. ✓ Admite el pacto comisorio en todas las garantías reales, y regula la ejecución extrajudicial de la hipoteca y prenda
✓ Admite el pacto comisorio en todas las garantías reales, y regula la ejecución extrajudicial de la hipoteca y prenda. ✓ Elimina la prenda sin desplazamiento, ya que esta garantía sólo quedará constituida con la tradición. ✓ Admite que la prenda global y flotante se pueda constituir a favor de cualquier particular, y no sólo de los Bancos.
Bines Inmueble y Muebles vs. Registrados y No registrados “El nuevo criterio es, pues, el de bienes registrados y no registrados, estableciéndose que los bienes registrados se transfieren con título y registro obligatorio (modo), con lo cual estamos atribuyendo efectos constitutivos al registro, no solo al de propiedad inmueble, sino a todos los registros. Un paso muy importante para la seguridad jurídica y una consolidación muy significativa de los diversos registros que cada vez se van unificando y mejorando su servicio en la SUNARP, que es el sistema registral. Entonces ¿cómo se transferirán los bienes registrados, ya sea un edificio o un caballo de carrera, sean muebles o inmuebles, sean corporales e incorporales? Con registro constitutivo. Y, ¿cómo se transferirán los bienes no registrados, bien sea una casa no inscrita, un terreno no registrado, hasta un vaso o un reloj? Con la tradición, la entrega, se limpia el asunto; ni siquiera habrá concurso de
Ubicación de los Derechos Reales: "El derecho patrimonial es el conjunto de principios y normas que regulan los derechos y obligaciones de contenido total o parcialmente económico que pueden integrar el patrimonio de las personas humanas y las de existencia ideal".