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Casos Practico de renta anual de impuestos a la renta
Tipo: Diapositivas
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Base legal: (Inciso i) del artículo 37° de la Ley e inciso f) del artículo 21° del Reglamento).
5)
Base legal: (Inciso ll) del artículo 37° de la Ley e inciso k) del artículo 21º del Reglamento
6) Gastos recreativos del personal
A) Ingresos netos del ejercicio (ventas netas más otros ingresos gravados) 88´159, B) Gastos recreativos contabilizados 227, C) Límite máximo deducible(1): S/ 154,000 (40 UIT: 40 x S/ 3,850) (154,000) Monto no deducible (B - C) 73,597 73,
Base legal: Último párrafo del inciso ll) del artículo 37° de la Ley.
7) Exceso de remuneraciones del Directorio
A) Utilidad según Balance al 31.12.2015 13,055, B) (+) Remuneraciones a directores cargadas a gastos (^) 892, Total Utilidad 13,947, C) Deducción aceptable como gasto: 6% de S/ 13'947,602 836, Monto no deducible (B - C) 55,189 55, Base legal: Inciso m) del Artículo 37° de la Ley e inciso l) del artículo 21° del Reglamento.
8) Exceso de gastos de representación
Se registraron en la contabilidad gastos de representación por el importe de S/ 189,263. S/ A) Ingresos brutos del ejercicio (menos devoluciones, bonificaciones, descuentos y demas) 88´159, B) Gastos de representación contabilizados (^) 189, C) Límite máximo deducible(1): S/ 154,000 (40 UIT: 40 x S/ 3,850) (154,000) Monto no deducible (B - C) 35,263 35,
Base legal: Inciso q) del artículo 37° de la Ley e inciso m) del artículo 21° del Reglamento.
9) Gastos por viáticos en el interior del país
Gasto máximo aceptado por día (03 al 08 de agosto) 6 x 640 3, Gasto máximo aceptado por día (17 al 20 de noviembre) 4 x 640 2, (A) Total (6,400) (B) Gastos contabilizados 13, Monto no deducible (B - A) 7,560 7,
Permanente
Permanente
(1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos netos S/ 440,799 (0.5% de S/ 88´159,762) debido a que este monto es mayor al límite de S/. 154,000 (40 UIT: 40 x S/ 3,850).
Permanente
Permanente
Permanente
Gastos destinados a prestar servicios de salud de cualquier servidor
Durante el ejercicio 2015 ha enviado a sus trabajadores y a sus padres a exámenes médicos a la clinica ―Santa Clara", el total de gastos por dichos exámenes fue de S/ 22,750. Sin embargo, se ha determinado que no hay ningun convenio para que la empresa asuma los gastos de salud de los padres de los trabajadores. En el detalle del comprobante de pago emitido por la clinica se observa que el costo de los exámenes medicos de los trabajadores asciende a S/ 11,913.
Por la celebración del aniversario de la empresa, día del trabajo, día de la madre y día del padre se organizaron agasajos para todo el personal.
Permanente
Se ha contabilizado gastos por viáticos de viajes a provincias por un importe de S/ 13,960. Los viajes fueron realizados por el gerente de la empresa a la zona norte del país del 03 al 08 de agosto y a la zona central del país del 17 al 20 de noviembre del
Las remuneraciones de directores de la empresa, cargadas a gastos de administración, ascienden a S/. 892,
(1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos netos S/ 440,799 (0.5% de S/ 88´159,762) debido a que este monto es mayor que el límite de S/ 154,000 (40 UIT: 40 x S/. 3,850).
10) Gastos por viáticos en el exterior
Límite por día: S/ Día 22.09.2015 : U.S.$ 880 x T/C 3.207 2,822. Día 23.09.2015 : U.S.$ 880 x T/C 3.220 2,833. Día 24.09.2015 : U.S.$ 880 x T/C 3.223 (^) 2,836. Día 25.09.2015 : U.S.$ 880 x T/C 3.217 2,830. (A) 11,322. (B) Gastos contabilizados según comprobantes de pago (S/ 10,270 + S/ 6,935) 17,205. Monto no deducible (B - A) 5,882.04 5,
11) Gastos por premios
Base legal: Inciso u) del artículo 37° de la Ley e inciso k) del artículo 44° de la Ley.
12) Gastos de vehículos
- Determinación del gasto deducible:
Permanente
Permanente
Permanente
Base legal: Inciso r) del artículo 37° de la Ley, inciso n) del artículo 21° del Reglamento, y Decreto Supremo N° 056-2013- PCM.
Permanente
En el presente caso se observa que el vehículo M2U-531 de la categoría A3 y el vehiculo T5A-896 de la categoría A2 son utilizados para las funciones operativas, por lo que no están sujetos a ningún límite. Los vehículos de placa V3M-422, B4N-755, C9R-497 y L4S-294 están asignados a Dirección, Representación y Administración, por ello debemos analizar la deducción tributaria. Primer Límite: En aplicación a lo indicado en el inciso w) del Artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta y el inciso r) del Artículo 21° del reglamento y teniendo en cuenta el total de los ingresos declarados en el ejercicio 2014 se tiene que la empresa puede deducir 4 vehículos
El gerente de ventas viajó a la ciudad de Nueva York (EE.UU) para ampliar la cartera de clientes y permaneció 4 días, del 22 al 25 de septiembre del 2015. Se registraron gastos de alimentación por S/ 10,270 y movilidad por S/ 6,935 sustentados sólo con los respectivos comprobantes de pago emitidos en el exterior de conformidad con las disposiciones legales de EE.UU.
En el mes de octubre la empresa realizó el sorteo entre sus clientes de 2 refrigeradoras, siendo el costo de S/. 3,700 cada uno. El sorteo se realizó sin la presencia de un Notario Público y la empresa asumio el pago del IGV por el retiro de bienes.
La empresa al 31.12.2015 presenta la siguiente información de vehículos los mismos que se encuentran asignados a las actividades de dirección, representación y administración de la empresa.
Base legal: Inciso r) del Artículo 37° de la Ley, inciso n) del Artículo 21° del Reglamento, Decreto Supremo N° 028-2009-EF y Decreto Supremo N° 007-2013-EF.
Segundo Límite: De los cuatro vehículos tenemos que el de placa V3M-422 no se toma en cuenta por superar el límite de 30 UIT el costo de adquisición. Tercer Límite: De los tres vehiculos restantes debemos determinar el importe máximo de gastos deducibles aplicable tomando en cuenta sólo los gastos de los vehículos admitidos.
Menos : depreciación máxima aceptable S/ 110,000 x 20% x 8 meses (14,667) Monto no deducible 12 3,
Base Legal: Inciso f) del Artículo 37°, artículos 40° y 41° de la Ley y artículo 22° del Reglamento.
21) Impuesto de terceros asumidos por la empresa
Importe de la retención del Imp a la Renta (8% de 12,375) = 990 990
Base Legal: Artículo 47° de la Ley 22) Donaciones
23) Compras pagadas sin utilizar "Medios de Pago".
Base Legal: Último párrafo del artículo 37° de la Ley
Gastos con Boletas de Venta o Tickets emitidos por Contribuyentes del NRUS
Para efectos tributarios, los pagos que se efectúen sin utilizar "Medios de Pago" no darán derecho a deducir gastos, costos o créditos; a efectuar compensaciones ni a solicitar devoluciones de tributos, saldos a favor, reintegros tributarios, recuperación anticipada, restitución de derechos arancelarios.
En el mes de octubre la empresa efectua el pago de un servicio de consultoría a un profesional habiendo recibido un recibo por honorarios por el importe de S/ 12,375. La empresa asumio el pago de la retención correspondiente.
Se registró como costo o gasto en su contabilidad el importe de S/ 39,575 que corresponde a adquisiciones pagadas en efectivo, a diferentes proveedores, por montos superiores a los señalados en el artículo 3° de la Ley N° 28194 (S/ 3,500 ó US$ 1,000).
La empresa ha efectuado una donación con cheque por el importe de S/ 17,000 a una entidad que NO está registrada como perceptora de donaciones Base Legal: inciso x) del Artículo 37° de la Ley
Permanente
Base Legal: artículos 3° y 8° de la Ley N° 28194 e inciso d) del artículo 25° del Reglamento.
Permanente
Permanente
Permanente
Temporal
Determinación de la Deducción Adicional
6 trabajadores con antigüedad mayor a 1 año S/
8 trabajadores con antigüedad menor a 1 año S/
Determinación del porcentaje de trabajadores discapacitados:
a) Número de trabajadores durante el ejercicio 2015, calculados mensualmente y totalizados por año:
(42 x 4) + (50 x 8) = 168 + 400 = 568
b) Número de trabajadores discapacitados:
(6 x 4) + (14 x 8) = 24 + 112 = 136
c) Porcentaje de trabajadores discapacitados:
136 x 100 = 23.94 % 568
Corresponderá entonces un porcentaje de deducción adicional de 50%.
Remuneraciones Pagadas:
Trabajadores discapacitados con más de un año de labor: 6 x S/ 3,450 x 14 remuneraciones = S/ 289,
Bonificación extraordinaria: (6 x 3,450 x 2) (9%) = S/ 3,
Trabajadores discapacitados con menos de un año de labor: 8 meses x S/ 2,500 x 8 trabajadores = S/ 160,
Gratificación de julio de los trabajadores discapacitados con menos de un año de labor : (2 meses x S/ 2,500 x 8)/6 = S/ 6,
Gratificación de diciembre de los trabajadores discapacitados con menos de un año de labor : (S/ 2,500 x 8) = 20,
Bonificación extraordinaria: (6,667 + 20,000) (9%) = 2,
Deducción adicional: 50%
50% de S/ 293,526 (^) 146,
50% de S/ 189,067 94,
Limite máximo:
6 trabajadores x 24 RMV(S/. 750) 108,
8 trabajadores x 2 RMV x 8 meses de labor 96,
Deducción adicional por trabajador (menor valor entre deducción adicional y límite máximo)
CONCEPTO
Activo Pasivo y Patrim. Debe Haber Activo Pasivo y Patrim. S/ S/ S/ S/ S/ S/ 10 Efectivo y Equivalente en efectivo 9,492,675 9,492, 11 Inversiones Financieras 1,456,250 1,456, 12 Cuentas por Cobrar Comerciales - Terceros 6,892,483 6,892, 13 Cuentas por Cobrar Comerciales - Relacionadas 1,700,800 1,700, 14 Cuentas por cobrar a accionistas (socios), directores y gerentes (^) 1,325,780 1,325,
16 Cuentas por cobrar diversas 1,435,555 1,435, (^19) Estimación de cuentas de cobranza dudosa (69,710) (69,710) (^20) Mercaderías 22,410,965 22,410, (^25) Materiales auxiliares, suministros y repuestos 1,208,796 1,208, 26 Envases y embalajes 2,463,124 2,463, 28 Existencias por recibir 3,921,708 3,921, 29 Desvalorización de existencias (256,790) (256,790) 33 Inmuebles, maquinarias y equipos 15,234,500 15,234, 39 Depreciación, amortización y agotamiento acumulados (^) (7,489,260) (7,489,260)
37 Activo Diferido 1,485,729 88,887 1,574, 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar 49,478 3,553,176 3,503, 41 Remuneraciones y participaciones por pagar 2,945,897 1,103,471 4,049, 42 Cuentas por pagar comerciales - Terceros 3,493,861 3,493,
44
Cuentas por pagar a los accionistas (socios), directores y gerentes (^) 2,647,023 2,647,
45 Obligaciones Financieras 548,926 548, 46 Cuentas por Pagar Diversas - Terceros 1,142,671 1,142, 47 Cuentas por Pagar Diversas - Relacionadas 3,269,904 3,269, 48 Provisiones 313,790 313, 50 Capital 18,978,180 18,978, 52 Capital Adicional 6,733,722 6,733, (^57) Excedente de revaluación 4,771,374 4,771, (^58) Reservas 1,365,821 1,365, (^59) Resultados acumulados 1,945,879 1,945, Utilidad del ejercicio 13,055,557 4,518,282(2) 8,537, TOTALES 61,212,605^ 61,212,605^ 4,656,647^ 4,656,647^ 61,301,492^ 61,301, (1) Ver detalle en el Anexo N° 8. (2) Comprende: Impuesto a la Renta Corriente - Neto S/. 3,414,811 MAS Participación de Utilidades S/. 1,103,471 = S/.4,518,
Balance Final al 31.12.
Asientos posteriores al Balance (1)
31 diciembre 2015 (Histórico)
Base legal : Numerales 47.2 y 50.2 de los artículos 47º y 50º de la Ley N° 29973 y su reglamento Decreto Supremo Nº 287-2013-EF, Informe N° 191-2015-SUNAT/5D
CREDITO CONTRA EL IMPUESTO A LA RENTA POR TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
TOTAL CREDITO CONTRA EL IR SIN DERECHO A DEVOLUCION POR TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
ANEXO Nº 5
ANEXO Nº 6
IMPUESTO A LA RENTA NETO DE LOS EFECTOS DE LAS DIFERENCIAS TEMPORALES
CONCEPTO IMPUESTO A LA RENTA S/
DETERMINACIÓN DE LOS EFECTOS DE LAS DIFERENCIAS TEMPORALES
liquidación del IR)