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Carta Notarial sobre régimen de visitas.
Tipo: Apuntes
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Lima, 17 de enero de 2025 SEÑOR: JOHN ANTHONY ATUNCAR TUPA JR. 9 DE OCTUBRE N.° 272 INT. 2, DISTRITO DE EL AGUSTINO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA ASUNTO: INCUMPLIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITAS. Por medio de la presente, que por conducto notarial remito a usted para saludarlo y a la vez manifestarle lo siguiente: Que luego de varios años de convivencia con su persona, JOHN ANTHONY ATUNCAR TUPA, concebimos a nuestra menor hija ZOE VALENTINA ATUNCAR ANDRADE; y luego de producida nuestra separación, el señor JOHN ANTHONY ATUNCAR TUPA y mi persona, realizamos un Acta de Conciliación, con número de Acta 020 – 2024 en el Centro de Conciliación Extrajudicial “Institución Latinoamericana de Legalidad”; mediante la cual se compromete realizar visitas sin externamiento a nuestra menor hija ZOE VALENTINA ATUNCAR ANDRADE, los días domingo de 09:00 a. m. a 06:00 p. m. previa coordinación conmigo. En vista que usted se encuentra en el exterior del país y teniendo la flexibilidad como madre, se puede permitir la visita sin externamiento de sus abuelos paternos y hermanos de usted solo los domingos en su representación, dado el acuerdo conciliatorio en mención. Es necesario aclarar también que las visitas sin externamiento solo podrán realizarse los domingos en el horario ya establecido en el acta de conciliación y no las veces que deseen sus familiares, por motivos de mantener un orden y debido a mis responsabilidades laborales diarias que tengo. También es importante recordar que las visitas sin externamiento significan que solo pueden realizarse en mi domicilio, sin facultad de sacar a mi menor hija, tal como consta en el acuerdo conciliatorio mencionado líneas arriba.
Se le exhorta a que tanto usted como sus familiares respecten el acuerdo conciliatorio materializado en el Acta de Conciliación, con número de Acta 020 – 2024 en el Centro de Conciliación Extrajudicial “Institución Latinoamericana de Legalidad”; caso contrario, nos veremos en la imperiosa necesidad de efectuar las acciones judiciales correspondientes. Por último, se le pide cumplir puntualmente con el pago de la pensión de alimentos de nuestra menor hija ZOE VALENTINA ATUNCAR ANDRADE; debiendo realizarse los depósitos los 30 de cada mes, tal como se estipula en el Acta de Conciliación, con número de Acta 020 – 2024 en el Centro de Conciliación Extrajudicial “Institución Latinoamericana de Legalidad”; y no de manera tardía como lo viene realizando. La contestación a la presente Carta Notarial podrá realizarla a mi domicilio ubicado en JR. CUTERVO N.° 1818, DPTO. 401 – B CONDOMINIO LOMAS DE TINGO MARÍA – CERCADO DE LIMA Sin más que agregar a la presente, me despido de usted, no sin antes, exhortarlo a cumplir fielmente sus obligaciones con nuestra menor hija ZOE VALENTINA ATUNCAR ANDRADE. Atentamente, ______________________________ MELINA ANDRADE CÁCERES D. N. I. N.° 41801105