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Orientación Universidad
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auto admite demanda proceso laboral, Ejercicios de Derecho Laboral

minita o ejemplo de auto que admite demanda

Tipo: Ejercicios

2024/2025

Subido el 11/06/2025

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INFORME SECRETARIAL. Santa Marta, 25 DE ABRIL DE 2025. Paso el presente
proceso radicado bajo el No. 4700131050022024035 al despacho del señor Juez,
informándole que el demandado a través de apoderado judicial presentó escrito de
contestación de demanda ordinaria laboral de primera instancia dentro del término legal, de
conformidad con los lineamientos señalados en el artículo 31 del CPL y SS. Lo anterior, para
que se sirva proveer lo pertinente.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUEZ SEGUNDO LABORAL DE LA UNIVERSIDAD EL MAGDALENA
Santa Marta 25 de ABRIL de 2025
REFERENCIA: Proceso Ordinario Laboral seguido por: JUANA MARIA MARTINEZ
NAVARRO contra: PANADERÍA AREN S.A.S. Radicado: No 4700131050022024035.
Como la Contestación de la Demanda cumple con los requerimientos que señala el artículo 31
del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. El Juzgado Segundo Laboral de la
Universidad del Magdalena:
RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR Y DAR POR CONTESTADA LA DEMANDA por cuenta de la
demandada, de conformidad con lo señalado en las motivaciones.
SEGUNDO: RECONOCER AL DOCTOR(A): MARÍA CAMILA LEAL ORTIZ como apoderado
(a) judicial, del demandado PANADERÍA AREN S.A.S de acuerdo con el poder conferido.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
JHON ALEXX ARENAS ESQUEA
JUEZ

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INFORME SECRETARIAL. Santa Marta, 25 DE ABRIL DE 2025. Paso el presente proceso radicado bajo el No. 4700131050022024035 al despacho del señor Juez, informándole que el demandado a través de apoderado judicial presentó escrito de contestación de demanda ordinaria laboral de primera instancia dentro del término legal, de conformidad con los lineamientos señalados en el artículo 31 del CPL y SS. Lo anterior, para que se sirva proveer lo pertinente. REPÚBLICA DE COLOMBIA JUEZ SEGUNDO LABORAL DE LA UNIVERSIDAD EL MAGDALENA Santa Marta 25 de ABRIL de 2025 REFERENCIA: Proceso Ordinario Laboral seguido por: JUANA MARIA MARTINEZ NAVARRO contra: PANADERÍA AREN S.A.S. Radicado: No 4700131050022024035. Como la Contestación de la Demanda cumple con los requerimientos que señala el artículo 31 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. El Juzgado Segundo Laboral de la Universidad del Magdalena: RESUELVE: PRIMERO: ADMITIR Y DAR POR CONTESTADA LA DEMANDA por cuenta de la demandada, de conformidad con lo señalado en las motivaciones. SEGUNDO: RECONOCER AL DOCTOR(A): MARÍA CAMILA LEAL ORTIZ como apoderado (a) judicial, del demandado PANADERÍA AREN S.A.S de acuerdo con el poder conferido. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE JHON ALEXX ARENAS ESQUEA JUEZ