Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Modelo Mayoritario o de Westminster: Características y Sistemas de Partidos, Apuntes de Ciencia Política

Una descripción detallada del modelo mayoritario o de westminster, uno de los sistemas políticos más comunes en el mundo. Se trata de un sistema caracterizado por la concentración del poder ejecutivo en un gabinete mayoritario de un partido único. Además, se analizan los partidos políticos y sus sistemas, incluyendo su función, tipología y representación. El texto también aborda los sistemas electorales y su impacto sobre el sistema de partidos.

Tipo: Apuntes

2023/2024

Subido el 21/01/2024

salome125sxtfhfyty8yt
salome125sxtfhfyty8yt 🇨🇴

2 documentos

1 / 34

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
TEMA 1: EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO
1.1 EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS
El Estado es un “concepto político que nombra a una forma de organización social soberana y coercitiva” (HELLER).
1.1.1 EL TERRITORIO
Relacionamos territorio, pueblo y soberanía.
El territorio es donde se asienta la población y se ejerce el poder del estado. Los elementos en el estado han ido variando con el
tiempo.
La organización política de una sociedad tiene como un elemento constitutivo un determinado territorio que forma de manera peculiar a
esa organización. La geopolítica puede ser un factor determinante de la actividad del Estado por la importancia que el territorio tiene
sobre la actividad y el desarrollo. No necesariamente es una relación absoluta pero no se puede negar que están correlacionados
(estado insular vs. un estado sin costa en temas de estrategia y defensa). NO SE PUEDE IDENTIFICAR ESTADO CON TERRITORIO.
El territorio se puede definir como la parte física de superficie terrestre que da soporte a un Estado, la parte de tierra
sometida a la autoridad o a la supremacía de un Estado determinado en un momento histórico concreto. Cualquier Estado
necesita de territorio para constituirse como tal, pero no necesariamente debe ser constante en dimensiones o ubicación, puede
aumentar, disminuir, trasladarse sin que el Estado resulte afectado en su esencia, situación que solo sucederá si el territorio llegase a
desaparecer.
Para determinar el territorio son esenciales las fronteras
La frontera es el polígono imaginario que delimita un territorio respecto de otro y que establece el límite de la supremacía del Estado.
Suelen fijarse de manera convencional por acuerdos internacionales. Hay tres tipos de fronteras:
1. Terrestre
El suelo es la parte de corteza terrestre delimitada por tales fronteras, de tipo natural, artificial o jurídica, en donde se asienta la
población y hay soberanía. La determinación de estas fronteras en Derecho Internacional Público ha venido en base a dos principios:
posesión de uso y posesión por uso jurídico. Es habitual que las fronteras vengan a coincidir con accidentes geográficos (no siempre
es así)
a) Cadena montañosa La frontera viene a marcar la línea imaginaria que une los puntos más altos. b) Río
Predeterminada por la línea que une los puntos de mayor profundidad
c) Lago Punto geocéntrico más profundo
2. Marítima
Se establecen partiendo de la línea de base. Pueden dividir las aguas territoriales de dos estados o las aguas jurisdiccionales del
Estado del alta mar.
a) Mar territorial Desde la línea de base hasta la distancia establecida, para que las aguas que quedan dentro de las lineas imaginarias tenga
las mismas potestades porque son parte del territorio del Estado. Hasta 1958 se situaba a 3 millas jurisdiccionales y desde la Convención de
Ginebra aumentó a 12 millas por motivos económicos y de defensa.
b) Zona contigua Hasta 24 millas desde la línea de base, no tiene soberanía, pero puede ejercer una serie de competencias limitadas.
c) Zona económica exclusiva Hasta 200 millas desde la línea de base. En esta, el Estado ribereño tiene derechos de exploración y
explotación de los recursos naturales, lecho, subsuelo marino y aguas subyacentes.
3. Aerea
Columna atmosférica que se encuentra sobre el espacio terrestre y marítimo del Estado, considerado también territorio del mismo.
Hay que tener presente que hay:
a) Navegación aérea internacional Corredores imaginarios para el transporte comercial y pasajeros. b) Navegación aérea militar
Solicitud de autorización expresa del Estado, sin la cual no se puede sobrevolar el territorio del mismo.
La dimensión del territorio viene marcada por lo que se contiene dentro del polígono imaginario (frontera). El territorio supondría una
serie de elementos naturales (subsuelo, ríos, lagos, etc.) dentro de los límites. A tales elementos naturales, cabe añadir una serie de
elementos de ficción jurídica:
a) Mar territorial
b) Espacio aéreo
c) Buques y aeronaves de Estado (son territorio del Estado que los abandera independientemente de donde se encuentren)
d) Embajadas.
Cuando hablamos de territorio del Estado tenemos que tener en cuenta 4 rasgos fundamentales:
1. Carácter unitario El territorio del Estado siempre es único y no se divide, independientemente de la organización política del mismo y
la realidad física del mismo.
2. Indivisibilidad.
3. Impenetrabilidad La única excepción que se permite es la asistencia humanitaria en un proceso bélico, la cooperación al desarrollo y la
intervención internacional para la defensa de los derechos humanos de los ciudadanos. 4. Inalienabilidad.
1.1.2 EL PUEBLO
Sociedad humana y jurídicamente organizada que se asienta en un territorio y se somete al poder ejercido sobre el mismo.
Podemos diferenciar
Población Pueblo/Nación
Conjunto de individuos al que se aplica
el orden jurídico estatal
Conjunto de individuos unidos por la
Conjunto de seres humanos unidos por
voluntad de querer vivir de forma
unos nexos, ya sea de voluntad o de
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe
pff
pf12
pf13
pf14
pf15
pf16
pf17
pf18
pf19
pf1a
pf1b
pf1c
pf1d
pf1e
pf1f
pf20
pf21
pf22

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Modelo Mayoritario o de Westminster: Características y Sistemas de Partidos y más Apuntes en PDF de Ciencia Política solo en Docsity!

TEMA 1: EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO

1.1 EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS

El Estado es un “concepto político que nombra a una forma de organización social soberana y coercitiva” (HELLER). 1.1.1 EL TERRITORIO Relacionamos territorio, pueblo y soberanía. El territorio es donde se asienta la población y se ejerce el poder del estado. Los elementos en el estado han ido variando con el tiempo. La organización política de una sociedad tiene como un elemento constitutivo un determinado territorio que forma de manera peculiar a esa organización. La geopolítica puede ser un factor determinante de la actividad del Estado por la importancia que el territorio tiene sobre la actividad y el desarrollo. No necesariamente es una relación absoluta pero no se puede negar que están correlacionados (estado insular vs. un estado sin costa en temas de estrategia y defensa). NO SE PUEDE IDENTIFICAR ESTADO CON TERRITORIO. El territorio se puede definir como la parte física de superficie terrestre que da soporte a un Estado, la parte de tierra sometida a la autoridad o a la supremacía de un Estado determinado en un momento histórico concreto. Cualquier Estado necesita de territorio para constituirse como tal, pero no necesariamente debe ser constante en dimensiones o ubicación, puede aumentar, disminuir, trasladarse sin que el Estado resulte afectado en su esencia, situación que solo sucederá si el territorio llegase a desaparecer. Para determinar el territorio son esenciales las fronteras La frontera es el polígono imaginario que delimita un territorio respecto de otro y que establece el límite de la supremacía del Estado. Suelen fijarse de manera convencional por acuerdos internacionales. Hay tres tipos de fronteras:

1. Terrestre El suelo es la parte de corteza terrestre delimitada por tales fronteras, de tipo natural, artificial o jurídica, en donde se asienta la población y hay soberanía. La determinación de estas fronteras en Derecho Internacional Público ha venido en base a dos principios: posesión de uso y posesión por uso jurídico. Es habitual que las fronteras vengan a coincidir con accidentes geográficos (no siempre es así) a) Cadena montañosa → La frontera viene a marcar la línea imaginaria que une los puntos más altos. b) Río → Predeterminada por la línea que une los puntos de mayor profundidad c) Lago → Punto geocéntrico más profundo 2. Marítima Se establecen partiendo de la línea de base. Pueden dividir las aguas territoriales de dos estados o las aguas jurisdiccionales del Estado del alta mar. a) Mar territorial → Desde la línea de base hasta la distancia establecida, para que las aguas que quedan dentro de las lineas imaginarias tenga las mismas potestades porque son parte del territorio del Estado. Hasta 1958 se situaba a 3 millas jurisdiccionales y desde la Convención de Ginebra aumentó a 12 millas por motivos económicos y de defensa. b) Zona contigua → Hasta 24 millas desde la línea de base, no tiene soberanía, pero puede ejercer una serie de competencias limitadas. c) Zona económica exclusiva → Hasta 200 millas desde la línea de base. En esta, el Estado ribereño tiene derechos de exploración y explotación de los recursos naturales, lecho, subsuelo marino y aguas subyacentes. 3. Aerea Columna atmosférica que se encuentra sobre el espacio terrestre y marítimo del Estado, considerado también territorio del mismo. Hay que tener presente que hay: a) Navegación aérea internacional → Corredores imaginarios para el transporte comercial y pasajeros. b) Navegación aérea militar → Solicitud de autorización expresa del Estado, sin la cual no se puede sobrevolar el territorio del mismo. La dimensión del territorio viene marcada por lo que se contiene dentro del polígono imaginario (frontera). El territorio supondría una serie de elementos naturales (subsuelo, ríos, lagos, etc.) dentro de los límites. A tales elementos naturales, cabe añadir una serie de elementos de ficción jurídica: a) Mar territorial b) Espacio aéreo c) Buques y aeronaves de Estado (son territorio del Estado que los abandera independientemente de donde se encuentren) d) Embajadas. Cuando hablamos de territorio del Estado tenemos que tener en cuenta 4 rasgos fundamentales:

  1. Carácter unitario → El territorio del Estado siempre es único y no se divide, independientemente de la organización política del mismo y la realidad física del mismo. 2. Indivisibilidad.
  2. Impenetrabilidad → La única excepción que se permite es la asistencia humanitaria en un proceso bélico, la cooperación al desarrollo y la intervención internacional para la defensa de los derechos humanos de los ciudadanos. 4. Inalienabilidad. 1.1.2 EL PUEBLO Sociedad humana y jurídicamente organizada que se asienta en un territorio y se somete al poder ejercido sobre el mismo. Podemos diferenciar Población Pueblo/Nación Conjunto de individuos al que se aplica el orden jurídico estatal Conjunto de individuos unidos por la Conjunto de seres humanos unidos por voluntad de querer vivir de forma unos nexos, ya sea de voluntad o de

colectiva comunidad de origen. El término nación , es de origen medieval pero se le otorga sentido político hasta el siglo XVIII. Entonces, en fechas próximas a la Revolución Francesa, se denominó nación al conjunto de súbditos de un mismo Estado (conjunto de personas sujetos a unos mismos vínculos políticos). Sieyès creó el término “soberanía nacional” entendiendo que la soberanía residía en la nación como conjunto de ciudadanos que viven bajo una misma ley y que están representados en una misma legislatura. La soberanía reside en una persona jurídica, pero que debe tener en cuenta la voluntad de cada uno de los que la integran. Esta persona jurídica será el Parlamento, que será pues el soberano nacional encargado de representar a los ciudadanos (sufragio censitario masculino) y manifestar la voluntad general. El concepto de nación irá evolucionando y sufriendo algunas modificaciones, pero permanecerá intacto en lo esencial. De hecho, hablamos de un nacionalismo cívico y un nacionalismo romántico/étnico: Nacionalismo cívico (Francia): Vinculada a la Teoría Clásica formulada por Sieyès. Viene a romper con el Antiguo Régimen y es incompatible con una monarquía absoluta, sino más bien, facilita el surgimiento del Estado Constitucional. Se basa en 3 principios:

  1. La existencia de un status civitatis común que supone la desaparición de los privilegios de clase y el establecimiento de un estatuto legal idéntico para todos los miembros de la comunidad
  2. Exige la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley
  3. Necesario un sistema de representación Características:
  4. Nación política, basada en el pacto y la adscripción voluntaria → en la versión voluntarista, la nación aparece como una asociación territorial racional de ciudadanos: sus miembros están vinculados por leyes basadas en un contrato libremente establecido y conforman una comunidad política” - Smith
  5. Nacionalismo inclusivo y universalista → “los individuos disponen de una cierta flexibilidad; aun cuando han de pertenecer a una nación en un ‘mundo de naciones’ y estados nacionales, en principio pueden elegir a qué nación desean pertenecer” - Ridao
  6. Basado en la igualdad y la libertad
  7. Basado en la soberanía nacional y en el concepto neutro y universal de ciudadano.
  8. Hay cabida para la diferenciación cultural → la nación cívica es aquella en que las esferas pública y privada están claramente separadas: la ciudadanía se manifiesta en la primera [pública] y la etnicidad en la segunda [privada] - Bouchard Nacionalismo romántico: Pretende dar solución al problema que se plantea en aquellos territorios en los que el modelo de Estado no está tan bien asentado como para imitar el modelo francés (nacionalismo cívico), basada en la idea de Volkgeist. Las costumbres, la lengua y la cultura son el pegamento social que posibilita la existencia de una nación, dejando de lado el carácter político que tenía el concepto de nación que vino de la mano de la Revolución Francesa. Dentro de las concepciones étnicas del nacionalismo romántico, podemos diferenciar: Simples: Solo emplean un rasgo diferenciador que puede ser más o menos inclusivo dependiendo de cual sea. Herder habla sobre distintos elementos y especialmente la lengua, afirmando que expresa e imprime emociones, pensamientos y voluntades porque constituye para el hombre en el sentido de su alma. Cada “Volk” tiene una unidad de lengua característica porque todo grupo homogéneo ya se considera pueblo y tiene su cultura nacional lo mismo que su idioma. Fitche considera la lengua como elemento central de la nacionalidad y considera que hay lenguas superiores a otras porque quienes hablan la misma lengua constituyen un todo que la naturaleza misma ha unido de antemano con muchos vínculos invisibles. Complejas: Emplean una pluralidad de elementos diferenciadores que se combinan entre sí que hacen difícil tener una nación inclusiva. Herder habla solo de la tierra, idioma, memoria histórica común y costumbres. Es un tipo de nacionalismo exclusivo y particularista que solo incluye en la nación a los que comparten unos rasgos específicos que se tienen y no se adquieren. Características:
  9. Nación cultural → los miembros están vinculados por el mito de un origen común y por una cultura única 2. Nacionalismo exclusivo y particularista → puede tener algún tipo de elemento más restrictivo de tipo racial o etnico. 3. El alma del pueblo o el volkgeist → elementos que comparten los miembros de la nación lo que da homogeneidad. Es una comunidad vinculada por costumbres y tradiciones. En los países que se adoptó un concepto político de nación, se estableció un modelo organizativo caracterizado por: 1. La nación sobre cualquier organización social → la naciòn pasó a ser el centro del sistema y el interés nacional 2. Principio de lealtad nacional
  10. Las autoridades y administraciones públicas precisan de una legitimidad nacional
  11. El modelo económico que se establezca debe ser coherente con los principios establecidos y debe proteger los intereses de la nación por encima de cualquier otro.
  12. El modelo se completa con la necesidad de unidad y cohesión entre todos los nacionales. 1.1.3 SOBERANÍA Bodin trató de colocar al monarca por encima de los “partidos” con el objetivo de salvar a Francia de su destrucción gracias a las guerras de religión. Aquí, la monarquía francesa estaba sustentada mediante una especie de pacto bilateral entre el monarca y los Estados Generales. Pretendía: uno, dar una justificación laica al gobierno del rey y dos, destacar que el monarca carecía de superior alguno. Bodin considera que la república es el recto gobierno de varias familias y lleva a cabo la clasificación de las formas de gobierno para defender el sistema monárquico. En función de los que ostentan la titularidad del poder soberano hay: Monarquía → Uno Aristocracia → Grupo de ciudadanos República → Asamblea Concepto de Soberanía según Bodin: Poder absoluto y perpetuo de la república, no se somete a ley alguna porque la ley emana del soberano y él quien suministra las leyes sin su consentimiento por cuanto lo hace en ejercicio del poder soberano, aunque, está sujeto a las leyes naturales y divinas, debe respetar los contratos que establece con sus súbditos y otros pueblos mientras los considere justos. Esta teoría de Bodin fue aplicada porque resultaba compatible con cualquier planteamiento religioso y permitía diferenciar el poder del estado frente al resto de poderes. Con el paso del tiempo, las realidades fueron cambiando y las posturas fueron variando. Primera postura → La idea de soberanía no ha cambiado puesto que los estados siguen ostentando un poder soberano Segunda postura → que
  1. La transformación de los valores liberales
    • Igualdad. El principio de igualdad formal ha de transformarse en un principio de igualdad material o de igualdad en la ley, de tal forma que en ocasiones debamos favorecer con la ley a quienes se encuentran en posiciones de desventaja (discriminación positiva).
  • El principio de justicia. En el Estado social es tratar de forma igual a los iguales y de forma desigual a los desiguales. - El derecho de propiedad. El derecho de propiedad va a seguir existiendo, pero deja de considerarse un derecho absoluto para estar limitado por su función social.
  • La libertad. El Estado liberal no interviene en la vida de los ciudadanos. El Estado social asume una política activa de fomento del disfrute real de los derechos, y para ello no basta con que el poder público se abstenga. Pasamos así de los derechos de abstención del Estado liberal a los derechos de prestación del Estado social
  • La seguridad jurídica. En el Estado social el valor de la seguridad jurídica sigue existiendo, pero además existe la seguridad de vida, que es la obligación de que el Estado nos garantice las condiciones mínimas de vida.
  • La participación política. Este valor era entendido en el Estado liberal como una función, es entendida en el Estado social como un derecho de los ciudadanos. Se trata necesariamente de un Estado democrático.
  1. Respecto a los principios de la estructura básica del Estado también van a reformularse.
  • La separación de poderes. El legislativo, es elegido por el pueblo, y el Ejecutivo, sale del legislativo. El sistema electoral cambia de sistema mayoritario a un sistema proporcional que asegure cierta pluralidad (fuera del ámbito de influencia inglesa) que asegure cierta pluralidad en la cámara, evitando una excesiva fragmentación. Es necesaria la colaboración entre las ramas de poder.
    • La supremacía de la ley. En el Estado social la ley es la expresión de la mayoría parlamentaria, que debe ser aplicada como expresión de la voluntad general. Es por ello que la existencia de una serie de parámetros aceptados por todos y la búsqueda del consenso pasan a primer plano, en áreas de la convivencia de las diferentes posturas. Las Constituciones de Tercera Generación tratan de ser un texto que configure la homogeneidad de fondo, los valores mínimos compartidos para todo el Estado, en tanto que norma esencial para la convivencia pacífica y jerárquicamente superior al resto de normas. Para que quepan todas las opciones políticas, el texto debe ser abierto, pluralista y dar lugar a varias interpretaciones.
    • La garantía de derechos y libertades. Se encuentra una reinterpretación en clave social de algunos de los principios existentes y la consagración de nuevos derechos. Los derechos sociales no son derechos que corresponden al individuo, sino que son derechos cuya titularidad corresponde al conjunto de los ciudadanos como colectivo, no a una sola persona. 1.2.4. EL ESTADO CONSTITUCIONAL Y EL ESTADO CONSTITUCIONAL DEMOCRATICO 1.2.3.1 ESTADO CONSTITUCIONAL El Estado Constitucional cuenta con una Constitución entendida como un conjunto normativo e institucional que regula la organización y el ejercicio del poder del Estado, así como también garantiza los derechos de los ciudadanos. El Estado Constitucional es un invento moderno que parte de la confluencia de:
  1. La idea del contrato social, de forma que la legitimidad de la comunidad y la autoridad política se funda en el consenso de los miembros respecto del estatuto de la misma, en aras del bien social.
  2. la noción puritana de alianza, que es la base de los primeros asentamientos anglosajones en EEUU basados en un pacto de creación y organización por escrito.
  3. Las ideas de la escuela del Derecho natural racionalista, que consideran que el Estado tiene su origen en el pacto de unos individuos con derecho natural a la libertad que quieren evitar la inseguridad del Estado de naturaleza. Consideran que el Derecho natural debe verse reflejado en el derecho positivo, en los derechos subjetivos, que legitiman y limitan el ejercicio del poder político.
  4. El pensamiento de autores como Rousseau, Locke y Montesquieu, se observa que si el fin del Estado es garantizar el disfrute de unos derechos, el Estado debe organizarse para ello atendiendo a: división de poderes (con controles mutuos), la idea de representación política (puesto que hay que legislar para disponer legalmente de los derechos) y la diferenciación entre el poder constituyente y el poder legislativo. Siguiendo tales parámetros, aparecen los primeros textos: EEUU en 1787, Francia en 1791, Polonia en 1791 o España en 1812. TEMA 2: LOS MODELOS DE DEMOCRACIA (I) EL MODELO MAYORITARIO O DE WESTMINSTER Lijphart dice que la distinción entre las dos formas básicas de democracia; mayoritaria y consensual, no es nueva en la Ciencia Política. Ha sido estudiada por otros politólogos de gran prestigio como Steiner, Powell, Dahl, Riker o Finer. Afirma Lijphart que el contraste entre mayoritarismo y consenso aparece en la definición más básica y literal de democracia, a saber, gobierno del pueblo. La definición de democracia como ‘el gobierno del pueblo y para el pueblo’ plantea una pregunta fundamental: **¿quién gobernará y a los intereses de quién responderá el gobierno cuando el pueblo esté en desacuerdo y tenga preferencias divergentes?
  • Una respuesta a este dilema es lo que diga la mayoría.** Esta es la esencia del modelo mayoritario de democracia. La respuesta mayoritaria es simple y directa y desprende un gran atractivo, es obvio que el gobierno de la mayoría y de acuerdo con los deseos de la mayoría se acerca más al ideal democrático de gobierno del y para el pueblo que el gobierno por y de acuerdo con una mayoría. - Una respuesta alternativa al dilema es el mayor número de gente posible. Este es el punto capital del modelo consensual. No se diferencia del modelo mayoritario en lo referente a aceptar que el gobierno de la mayoría es mejor que el gobierno de la minoría, pero acepta el gobierno de la mayoría únicamente como un requisito mínimo. En lugar de contentarse con mayorías estrechas para la toma de decisiones, busca maximizar el tamaño de estas mayorías. Sus normas e instituciones pretenden una amplia participación en el gobierno y un amplio acuerdo sobre las políticas que el gobierno debería seguir Los trabajos de Lijphart muestran que se pueden definir y encontrar dos modelos reales de democracia (uno de ellos mayoritario y otro de consenso), cada uno de los cuales se relaciona con una visión sobre los fines y objetivos de la democracia. El mayoritario pondría énfasis en la democracia como procedimiento destinado a otorgar el poder a los representantes de las mayorías, mientras que el de consenso incluiría procedimientos destinados a gobernar mediante la elaboración de acuerdos incluyentes. Cada modelo se caracterizaría por un cierto tipo de arreglos institucionales. Lijphart examina el modo en que estas dos formas de entender y practicar la democracia, la mayoritaria y la consensual, se despliegan en dos dimensiones críticas en la organización y ejercicio del poder político. La primera se refiere a cómo funcionan y se entrelazan los gobiernos, los sistemas de partidos y los sistemas electorales (Lijphart la denomina dimensión ejecutivo-partidos). La segunda remite a la forma en que se divide el poder entre las distintas instituciones federales y estatales (ésta es la denominada dimensión federal- unitaria). A partir de la consideración de varias variables relativas a cada una de las dimensiones presentadas, Lijphart puede caracterizar de manera sencilla y sofisticada a la vez las formas básicas en que se organiza la vida democrática en las sociedades de nuestro tiempo. Asimismo, aunque de manera más tentativa, el estudio de Lijphart permite examinar algunas implicaciones políticas y sociales de los diferentes tipos de instituciones democráticas en cada una de las dimensiones antes mencionadas. Así pues, el autor halla 10 variables que le permiten diferenciar entre el modelo consensual y el mayoritario en términos de contrastes dicotómicos: SISTEMA MAYORITARIO SISTEMA CONSENSUAL Concentra el poder político en una mayoría escasa. Es Busca maximizar la mayoría; sus normas e instituciones excluyente, competitivo y de confrontación pretenden una amplia participación y consenso. Divide, dispersa y limita el poder. Es incluso, de pacto y compromiso

1.- Dimensión ejecutivos – partidos (organización del poder ejecutivo, sistemas partidos y electorales, grupos de interés) MODELO MAYORITARIO O DE WESTMINSTER MODELO CONSENSUAL

a) Concentración del poder ejecutivo en gabinete mayoritario de partido único. b) Ejecutivo dominante. c) Bipartidismo a) División del poder ejecutivo en amplias coaliciones multiparlamentarias. b) Equilibrio ejecutivo-legislativo.

c) Multipartidismo.

d) Sistema electoral mayoritario y desproporcionada d) Representación proporcional. e) Sistema grupos de interés con mayoría relativa y libre e) Sistema de grupos de interés coordinados y competencia corporativistas, compromisos y concertación. 2.- Dimensión federal - unitaria MODELO MAYORITARIO O DE WESTMINSTER MODELO CONSENSUAL a) Gobierno unitario y centralizado. a) Gobierno federal y descentralizado. b) Concentración del legislativo en una cámara. b) División del legislativo en dos cámaras igualmente c) Constitución flexible fuertes y de distinta composición. d) Legislatura decide la constitucionalidad de la ley. c) Constitución rígida. e) Bancos centrales que dependen del ejecutivo. d) Leyes pueden ser revisadas por Tribunal Supremo o Constitucional. e) Bancos centrales independientes. 2.1 EL SURGIMIENTO Y LA EVOLUCIÓN DEL MODELO MAYORITARIO El modelo mayoritario es el más simple de los dos y el primero en aparecer. Puede funcionar en realidades sociales más homogéneas, como lo son las de los primeros sistemas democráticos a los que facilita de una serie de rudimentos más simples de funcionamiento. A grandes rasgos, se trata de un modelo general de democracia el cual concentra el poder político en una mayoría escasa. Es excluyente, competitivo y de confrontación, puesto que deja al margen a las minorías Es el sistema más simple y el primero en aparecer en Gran Bretaña, posteriormente se dará también en otras realidades como Nueva Zelanda y Barbados. Es un modelo que se germinó y desarrolló en el mundo anglosajón y francés. 2.2 LAS CARACTERÍSTICAS DEL MODELO Dentro de la primera dimensión, se caracteriza por: a) Concentración del poder ejecutivo en gabinete mayoritario de partido único. El tipo de sistema electoral facilita la conformación de gobiernos monocolor, bien porque mediante un sistema mayoritario se facilita una mayoría parlamentaria sólida capaz de dar lugar a un Gabinete monocolor (en los sistemas parlamentarios), bien porque la elección se hace de manera directa por sistema mayoritario (en caso de tener un sistema presidencial). Es el tipo de gobierno de la mayoría, aunque no tiene que ser especialmente abrumadora. Deja al margen a una minoría más o menos amplia que, dada la escasez de coaliciones, pasa a formar parte de la oposición. b) Ejecutivo dominante. El sistema parlamentario se basa en dos principios: la responsabilidad del propio Gabinete y la confianza del Parlamento en este. Esto supone que el Gabinete precisa de la confianza que el Parlamento deposita en él, por la capacidad que tiene de retirarle del poder y que responde de su actividad ante la cámara. El partido que conforma el Gabinete ostenta la mayoría en el Parlamento lo que se supone que, al reproducirse el mismo signo político en ambos, el Gabinete acaba por imponerse y por “dominar” los designios de la vida política. Se puede decir que el Gabinete domina claramente sobre el Parlamento. La falta de confianza y/o de responsabilidad supondría la pérdida de la posición dominante del Gabinete debido a la falta del sustento parlamentario, y por tanto, una desestabilización del gobierno. c) Bipartidismo. Supone que hay dos grandes partidos que copan la mayoría de la representación. Aunque pueda haber otros partidos de mucha menor presencia política, no tendrán capacidad para ser decisivos en el ejercicio del poder. Este rasgo se explica, esencialmente, en base a dos características:

  • Las sociedades en las que impera un sistema de democracia mayoritaria tienden a ser sociedades más homogéneas, tienden a tener una única línea de fractura o cleavage. Nos encontramos ante sistemas de partido unidimensionales en los que la única dimensión sobre la que difieren las diferentes fuerzas políticas es la socioeconómica, generando la clásica división entre la izquierda y la derecha. Ello no supone que no pueda haber otras diferencias significativas, pero dichas otras diferencias no suelen ser relevantes como para generar nichos de oportunidad para la aparición de fuerzas políticas con esperanzas de obtener representación, teniendo en cuenta el concreto sistema electoral. - En el caso británico, existe el Partido Laborista y el Partido Conservador como partidos relevantes para el sistema de partidos. Más allá de estos, hay dos partidos nacionalistas de escasa relevancia a nivel nacional (el galés y el escocés), siendo puntualmente significativo el Partido Liberal.
  • Dada la interdependencia con el sistema electoral, las realidades mayoritarias tienden a estar presentes donde hay un sistema electoral mayoritario. La regla en estos modelos se basa en la máxima “the first past the post”, de modo que el vencedor en

cabida en el sistema político a la nueva pluralidad social. Esta realidad conllevó la aparición de un cuerpo político más diverso y complejo, marcado por más líneas de fracturas, ante los que no tenía un buen encaje el modelo de democracia mayoritaria. Este modelo busca maximizar la mayoría e incluir a las minorías en la toma de decisiones. Ante la pluralidad presente en la sociedad, sus normas e instituciones pretenden una amplia participación y consenso entre las fuerzas representativas. Es inclusivo, de pacto y de compromiso. Como apunta Lijphart, “en lugar de concentrar el poder en manos de la mayoría, el modelo consensual intenta dividir, dispersar y restringir el poder de varias formas”. Lijphart plantea cómo se cuestiona que la mayoría debe gobernar y la minoría debería estar en la oposición ya que, según Arthur Lewis, puede interpretarse como antidemocráticos por tratarse de principios excluyentes. Lewis considera que todos los puntos de vista deberían tener la oportunidad de ser representados, ello hará que prevalezca la voluntad de la mayoría, por supuesto, pero los grupos minoritarios no serán excluidos en la toma de decisiones. Desde esa perspectiva, el bipartidismo resulta antidemocrático por falta de representación. 3.2 CARACTERÍSTICAS DEL MODELO Dentro de la primera dimensión, se caracteriza por: a) División del poder ejecutivo en amplias coaliciones multi parlamentarias. El principio consensual permite a todos o la mayor parte de partidos relevantes que compartan el poder ejecutivo en una amplia coalición. Un ejemplo es el Consejo Federal de Suiza, donde se viene empleando la “fórmula mágica” desde 1959. Dado que se trata de sistemas que no producen mayorías parlamentarias contundentes, sino que generan parlamentos más fragmentados, lo habitual es que cuando hay una forma parlamentaria de gobierno esto conlleve, del mismo modo, que el Gabinete que cree el Primer Ministro tenga que tener en cuenta dicha pluralidad. b) Equilibrio ejecutivo-legislativo. La existencia de un poder ejecutivo que no es monocolor hace que este no se imponga ante la cámara, sino que más bien se encuentre en una situación de paridad o de equilibrio en términos de poder. c) Multipartidismo. Las realidades multipartidistas están presentes en sociedades heterogéneas marcadas por varias líneas de fracturas que generan la aparición de múltiples fuerzas políticas tendentes a dar respuesta a los posicionamientos políticos de un sector de la sociedad. La multiplicidad de divisiones se refleja en el carácter multidimensional del sistema de partidos. Entre las líneas de fractura más comunes están la religiosa, la socioeconómica o la lingüística. De igual modo, y para que esto sea así, se precisa de un sistema electoral proporcional que facilite la generación de representación proporcional, pues de otro modo el electorado podría alterar el sentido de su voto y condicionar su comportamiento electoral. d) Representación proporcional. La tenencia de una sociedad heterogénea hace que se precise de un sistema electoral proporcional que facilite un reparto más o menos equitativo de la representación atendiendo al respaldo popular de las distintas fuerzas políticas. De esta forma, se logra que las minorías cuenten con una representación adecuada, se da una representación no sobredimensionada a los partidos mayoritarios y se redunda en la generación de un sistema de partidos que huye del bipartidismo por cuanto “los sistemas electorales proporcionales no han impedido que las divisiones societarias se reflejarán en divisiones en el sistema de partidos. A diferencia del método de la mayoría relativa, que tiende a sobrerrepresentar a los partidos grandes y a infrarrepresentar a los pequeños, el principal objetivo de la RP es dividir los escaños parlamentarios en proporción a los votos obtenidos”. e) Sistema de grupos de interés coordinados y corporativistas, compromisos y concertación. Este modelo se caracteriza por la presencia de una relación entre los grupos de interés no basada en la competencia, sino en una práctica coordinada, corporativista, comprometida y de concertación. Hay dos tipos de cooperativismo: - Social , en el que predominan los sindicatos de trabajadores

  • Liberal, en el que predominan las asociaciones empresariales (Suiza y Bélgica) Señala Lijphart que “la palabra corporativismo tiene dos significados distintos, conceptualmente hablando. El primero se refiere al sistema de grupos de interés en los que dichos grupos están agrupados en organizaciones punteras nacionales, jerarquizadas y monopolísticas. El segundo se refiere a la incorporación de los grupos de interés al proceso de formación de políticas públicas”. Ambos tipos funcionan por igual pues debemos entender que el corporativismo es condición necesaria para la concertación, hasta el punto de que parece existir cierta compatibilidad estructural entre corporativismo y concertación. El corporativismo tiene 4 componentes clave:
  1. Los grupos de interés tienen que ser relativamente grandes y poco numerosos
  2. los grupos deben estar muy coordinados en grandes organizaciones nacionales punteras
  3. conlleva concertación, por cuanto es preciso una consulta regular por parte de los líderes de estas organizaciones, especialmente de sindicatos y patronales, tanto entre sí como con los representantes del gobierno (tripartita) y 4. la concertación puede llevar a acuerdos vinculantes para las partes (los pactos tripartitos) lo suficientemente exhaustivos. Dentro de la segunda dimensión, se caracteriza por: a) Gobierno federal y descentralizado. En los modelos consensuales hay una división del poder vertical (entre Federación y Estados federados), así como una división horizontal del poder a nivel central y regional. Se entiende que se garantiza una división del poder entre el poder central y los gobiernos regionales. Siguiendo a Eleazar, el federalismo es la “distribución fundamental del poder entre una multiplicidad de centros, de forma que ninguno de estos múltiples centros es de mayor o menor importancia que el resto. Sin embargo, y aunque Eleazar solo entendía el federalismo de creación (el que se gesta a partir de los Estados Federados, como es el caso suizo o el alemán), en este modelo también entran los federalismos de devolución (los que se gestan a partir de la voluntad del poder central de dotar de autogobierno a los entres regionales, como es el caso belga). La tenencia de un modelo de este tipo, en el que los entes regionales tienen capacidad de autogobierno y competencias políticas, administrativas y de gestión, se justifica en base a la tenencia de una sociedad diversa y con particularidades territorialmente definidas y muy marcadas. Esta realidad vendrá a justificar la gestación de un modelo b) División del legislativo en dos cámaras igualmente fuertes y de distinta composición. La tenencia de un poder legislativo dividido en dos cámaras puede responder a varias razones. De este modo, puede haber una segunda cámara de clase (como la cámara de los Lores en UK, donde impera un modelo mayoritario), una segunda cámara federal ( como el Bundesrat alemán o el Consejo de los Cantones suizo) o una segunda cámara democrática (para la segunda lectura de las normas, como el Senado italiano). En el caso de los modelos de democracia consensual, lo habitual es que la tenencia de una segunda cámara repose en la existencia de un modelo de Estado descentralizado o federal, de modo que en esta segunda cámara tengan representación los Estados federados. Las partes que componen la Federación o el Estado tienen un papel importante para que su posición sea tenida en cuenta en el procedimiento legislativo. El bicameralismo puede ser perfecto, cuando hay un poder equilibrado entre ambas cámaras, o imperfecto, cuando una de ellas tenga más poder o peso que la otra (la que más peso tiene será siempre la de representación del pueblo o cámara baja y no la de representación de los Estados Federados o cámara alta). c) Constitución rígida. En los Estados constitucionales democráticos, la Carta Magna aparece como una red de compromisos, como un marco en el que se establece el mínimo común para organizar la convivencia de la comunidad política y en el que todas las fuerzas políticas tienen que tener cabida para desarrollar las políticas públicas que, una vez hayan llegado al gobierno, consideren necesarias desarrollar. Al ser una red de compromisos en cuya formación entran en juego una pluralidad de actores políticos, se pretende que, en la reforma de la misma, de nuevo, se consiga ese amplio consenso que está a la base de la misma. Esto se hace al objeto de dotar a la reforma del mismo empaque. Es por ello que, en los Estados constitucionales democráticos en los que impera un modelo de democracia

consensual en la que esa pluralidad es realmente amplia, las Constituciones establecen un procedimiento de reforma más gravoso o difícil que el que es necesario para reformar cualquier ley ordinaria. Esto se hace bien estableciendo el requisito de aprobación parlamentaria mediante mayorías cualificadas en las dos cámaras (mayoría absoluta, 2/3, 3/5…), bien a través de la exigencia de que la reforma la elabore un cuerpo distinto del legislativo ordinario, bien a través de la exigencia de aprobación mediante un referéndum, o una mezcla de varias de ellas. d) Las leyes pueden ser revisadas por el Tribunal Supremo o Constitucional. Como bien apunta Lijphart “se puede argumentar que de no existir un organismo independiente que decida sobre la conformidad de las leyes con la constitución, incluso una constitución escrita y rígida no resulta lo suficientemente restrictiva respecto de las mayorías parlamentarias. Si el mismo parlamento puede juzgar la constitucionalidad de sus propias leyes, es fácil que se sienta tentado a resolver cualquier duda a su favor. La solución más común es otorgar a los tribunales o a un tribunal constitucional especial el poder el poder de revisión judicial, esto es, el poder de comprobar la constitucionalidad de las leyes aprobadas por el cuerpo legislativo nacional”. Esta garantía constitucional supone dejar en manos de un órgano jurisdiccional el control de las normas para asegurar que se guarde respeto al principio de jerarquía normativa, de modo que las normas surgidas de un poder derivado (leyes emanadas del parlamento) no atenten contra la norma surgida del poder constituyente (Constitución surgida de la voluntad del pueblo, según los términos de la soberanía popular). e) Bancos centrales independientes. Se considera que el poder ejecutivo no tiene la preeminencia en todo el sistema que sí que tiene en el modelo de democracia mayoritaria, de tal forma que, a diferencia de lo que sucedía en aquel modelo, el banco central es muy fuerte e independiente. Esto conlleva autonomía en la administración de la política monetaria y de la gestión de este. TEMA 4: PARTIDOS Y SISTEMAS DE PARTIDOS 4.1 EL SISTEMA POLÍTICO Y SUS ACTORES Especial referencia a los partidos como actores del sistema político: qué son, qué funciones tienen y por qué surgen. Easton define el sistema político como el “conjunto de interacciones entre grupos y personas que se orientan a la distribución autoritativa de valores en una sociedad”. Esto supone que es:

  1. La forma de tomar decisiones en una sociedad permite distribuir demandas que son valiosas para la misma.
  2. La vía para resolver conflictos en una sociedad.
    1. El mecanismo para establecer una relación entre gobernantes y gobernantes; relación necesaria para producir decisiones adecuadas.
  3. La forma de entregar mecanismos de retroalimentación de las decisiones gubernamentales (evaluación de las decisiones). En el sistema interactúa una pluralidad de actores, individuales y colectivos. Por lo que aquí respecta, se analizarán los actores colectivos principales (movimientos sociales, grupos de presión y partidos políticos) en relación al poder. Primera aproximación gráfica, según Ibarra y Letamendia: PARTIDOS GRUPOS DE INTERÉS MOVIMIENTOS SOCIALES ORIENTACIÓN HACIA EL PODER Ejercerlo Presionarlo Cambiarlo RELACIONES CON LOS OTROS PARTIDOS
  • Complementaria Conflictiva ORGANIZACIÓN Jerárquica, formalizada Formalizada Horizontal, informal, red comunitaria INTERESES/GRUPOS REPRESENTADOS Indeterminables, Determinados determinables Indeterminados, Indeterminables MEDIOS DE REPRESENTACIÓN Electorales Convencionales No convencionales TIPO DE ACCIÓN COLECTIVA Agregar intereses generales Agregar intereses sectoriales Intereses junto con identidad colectiva ESTRATEGIA Competencia Cooperación Conflicto OBJETIVOS FINALES Sistemáticos asistémicos antisistémicos MOVIMIENTOS SOCIALES Podríamos decir que un movimiento social es un “actor colectivo que interviene en el proceso de cambio social” (R. Haberle). Los movimientos sociales se incluyen en la categoría de actores políticos colectivos dado que comparten con partidos políticos y grupos de presión la relativa estabilidad organizativa, la presencia de unos intereses u objetivos comunes entre sus miembros, la presencia de una línea de acción coordinada y organizada, y la voluntad de intervenir en la política a través de la incidencia en la gestión de un conflicto social. Ahora bien, los movimientos sociales se distinguen del resto de actores colectivos del sistema político por:
  • su débil estructuración orgánica
  • su discurso generalmente temático o transversal
  • su ámbito preferencia de intervención por vía no convencional o contenciosa
  • su orientación conflictiva hacia el poder
  • la tenencia de recursos mayoritariamente simbólicos (cohesión emocional, disciplina, compromiso). Así pues, son actores políticos colectivos de carácter movilizador que persiguen objetivos de cambio a través de acciones, de tal forma que para alcanzar el objetivo común actúan con cierta continuidad a través de un alto nivel de integración simbólica y organización variables. Siguiendo, a ROCHER, referimos a un movimiento social cuando estamos ante “una organización netamente estructurada e identificable que tiene por objetivo explícito agrupar a unos miembros con miras a la defensa o promoción de ciertos objetivos precisos de connotación social, generalmente”. Estos se caracterizan por el elemento reivindicativo, de forma que en ocasiones puede haber grupos de presión dentro del propio movimiento social, pudiendo resultar constante o pudiendo desaparecer cuando se alcance el objetivo fijado. Son definidos por Touraine como la “conducta colectiva organizada de un actor luchando contra su adversario por la dirección social de la historicidad en una colectividad concreta. En primer lugar, la acción colectiva tiene carácter cultural en el sentido de que lucha por el control y la reapropiación del conocimiento y por un nuevo modelo cultural. En segundo lugar, la acción colectiva se dirige hacia el

GRUPOS DE PRESIÓN

Aunque coloquialmente se suelen emplear indistintamente los términos grupo de presión, grupo de interés y lobby, lo cierto es que no son sinónimos entre sí. Si bien es cierto que algunos autores se han empeñado en eliminar esa diferenciación cayendo en las redes del lenguaje ordinario, cabe tener en mente que no son realidades coincidentes, aunque sí es cierto que alguno de estos grupos puede actuar como otro tipo de grupo organizado. Entonces ¿qué es cada uno de estos actores colectivos del sistema político?

1. Grupo de interés El grupo de interés es un grupo que comparte actitudes en áreas del desarrollo de reivindicaciones comunes para establecer, mantener o ampliar las formas de conducta inherentes a esas actitudes (Truman). Son grupos de personas o ciudadanos que persiguen un fin o ventaja para su propio grupo o conjunto. Se convierte en grupo de presión cuando intenta influir en el gobierno para conseguir sus objetivos, de forma que cuando el grupo de interés opta por la vía de presión al gobierno para defender los intereses del grupo, se convierte en un grupo de presión (Ferrando Badía). 2. Grupo de presión Se trata de un grupo de intereses organizado que no desea tomar el control del poder de forma directa, sino influir o presionar a los centros de toma de decisiones en beneficio del propio grupo. Estamos hablando de un actor del sistema social que desarrolla la función de articulación de las aspiraciones de los individuos o colectivos que, sin ellos, actuarían directamente frente a los poderes públicos en las direcciones más dispares ( Jerez Mir). 3. Lobby Linz: “son organismos activos en mantener contacto con los poderes; públicos, particularmente el poder legislativo", por lo que hacer lobbying, es desarrollar una actividad "realizada por grupos de presión para defender los propios derechos e intereses y obtener ventajas tanto de carácter económico, como de imagen o sociopolíticas” Abad. Para la Enciclopedia Británica hacer lobbying es "cualquier intento por parte de individuos o grupos de intereses privados para influir en las decisiones del gobierno”, o a aquellos actos de personas que “intentan promocionar los intereses de los grupos a los que representan, ya sea mediante contacto personal con los legisladores, como a través del envío de comunicaciones o información a los mismos”. Como señala Finer, se trata de grupos intermedios que ponen en conocimiento de los legisladores o decisionarios las intereses de un grupo de presión. Mientras el grupo de presión se limita a, precisamente, presionar como medio de influencia, el lobby incluye también una “petición a la autoridad responsable, sin intentar tomar sanciones ni amenazar con ellas, caso de que dicha petición fuera rechazada" (Finer). Igualmente, el grupo de presión combina la organización formal y la "presión" como técnicas de acción política; por lo que lo que le diferencia del lobby es la posibilidad de uso o amenaza de uso de sanciones "ya sea a fin de cambiar la distribución prevaleciente de bienes, servicios, cargas y oportunidades, ya sea a fin de conservarla ante las amenazas de intervención de otros grupos o del poder político mismo" (Pasquino). Es precisamente por esto último que, para Finer, el lobbying es más neutral que la actividad de los grupos de presión debido a su componente de amenaza. La definición más realista es la que entiende a los lobby como "agencias, gabinetes de comunicación o despachos de abogados, dedicados profesionalmente a ejercer la actividad del lobbying en representación de un grupo de interés o de presión que los contrata (Martínez Calvo), recibiendo pues una contraprestación pecuniaria. Siguiendo a Tournon, podríamos señalar que el grupo de interés es algo así como una realidad social de intereses afines y perfiles parecidos, en cuyo seno el grupo de presión, que es más minoritario, ejerce una acción reivindicativa en relación al gobierno para defender los intereses del grupo. El lobby, por su parte, sería un pequeño núcleo activo que aplica la presión dentro del grupo de presión para beneficio de un tercero en base a un contrato. De esta forma, serían profesionales al servicio de los grupos de presión y de los grupos de interés, por lo que los lobbistas son “profesionales de la influencia política que defienden unos intereses ajenos a cambio de una contraprestación. Para que se tratase de un verdadero grupo de presión, el lobby, debería tener una ideología política determinada, o si rechazase ejercer su actividad para grupos con los que no está de acuerdo o que no representasen intereses afines” (Martínez Calvo). Los grupos de presión se caracterizan por ser un grupo organizado, defender un interés material o moral y ejercer una presión sobre el poder, sin que ello suponga tener voluntad de tomar el poder. Esto para cubrir 3 funciones:

  • Son fuente de información para las instancias decisorias, haciendo de canal entre las demandas presentes en la sociedad y los decisores políticos.
  • Son una vía para facilitar o favorecer la participación al asegurar la aceptación de las decisiones políticas que tengan en cuenta sus peticiones por parte de los interesados, lo que contribuye al consenso.
  • Canalizan las reivindicaciones, las racionalizan y las ordenan para presentarlas ante los decisores. Los medios que emplean los grupos de presión para incidir sobre el poder se encuentran en un continuo que se extiende desde el suministro de información hasta la violencia, desde la acción legal a la ilegal. Las categorías son
  1. intentos de persuasión o de negociación
  2. información, propaganda
  3. amenazas o intimidación
  4. recursos financieros
  5. sabotaje a la acción de gobierno
  6. acción directa (manifestación, huelga, violencia) PARTIDOS POLÍTICOS La concepción moderna entiende a los partidos como instrumentos necesarios para llevar a cabo el ejercicio de la democracia. Se trata del puntal sobre el que se asientan los Estados modernos, pues aun con todos los problemas y defectos, siguen siendo el eje de la democracia de masas de la política moderna (Caciagli). Se caracteriza por:
  7. ser una organización duradera;
  8. con base local y nacional que se encuentra relacionada;
  9. con voluntad de tomar y ejercer el poder;
  10. que busca el apoyo popular a través de elecciones o cualquier otra vía;
  11. que canaliza intereses; y
  12. que tiene un programa de gobierno de la sociedad en su conjunto. En la Antigüedad se empleaba el término “partidos” para hacer referencia a las partes en una guerra o en un conflicto, de tal forma que no será hasta la llegada del Estado Constitucional en el siglo XIX cuando el partido político adquiera el significado actual. Cuando estos surgen son vistos de forma mayoritariamente negativa, por cuanto el pluralismo político debilita al Estado. El primero que hable en clave positiva de ellos será BURKE al afirmar que se trata de “un conjunto de hombres unidos para promover, por medio de su trabajo conjunto, el interés nacional sobre la base de algún principio particular acerca del cual están de acuerdo”. Así pues, dicha visión positiva se acepta cuando se asocia pluralismo político a libertad. El partido moderno surge ligado a las elecciones en las que se amplía el sufragio (bien el censitario, bien el universal), Sin embargo, hay autores como WEBER que consideran que el sentido de los partidos no es exclusivamente electoral, de ahí que los defina como “formas de socialización que, descansando en un reclutamiento formalmente libre, tienen por fin proporcionar a sus dirigente, dentro de su asociación, y otorgar a sus miembros activos por este medio, determinadas probabilidades ideales o materiales”. Así pues, el partido se caracteriza por:
  • la asociación voluntaria
  • la organización con unos fines que benefician directamente a los miembros activos del mismo. El problema está en que esta definición puede llevar a confundir el partido con un grupo de presión. Por ello, muchos autores introducen en sus definiciones el elemento electoral. Es por ello que SARTORI los define como “cualquier grupo político que se presenta a las elecciones y que puede colocar mediante elecciones a sus candidatos en cargos públicos. No obstante, SOSPEDRA añade que el elemento electoral es un error porque hay partidos que bien nunca concurren a elecciones o bien que acuden a estas sin oposición (ej. Partido único en dictaduras como Cuba o China). Es por ello que a Sospedra le agrada la definición dada por ARON que apunta que se trata de “una organización regular y permanente de personas dirigida a conquistar, ejercer y conservar el poder político”.Para PALOMBARA Y WEINER los rasgos esenciales de los partidos políticos son:
  • una organización duradera
  • que posee una organización local que se relaciona con la nacional
  • sus dirigentes tienen la voluntad de tomar el poder y no solo de influir
  • buscan apoyo popular
  • (además canalizan intereses y cuentan con un programa de gobierno). Los partidos políticos tienen funciones tradicionales o clásicas (programática, reclutamiento y agrupación de elegidos), sociales (socialización política, movilización de la opinión pública, representación de intereses, legitimación del sistema político) e institucionales (reclutamiento y selección de élites, organización y composición del parlamento en relación a la representación electoral y a la composición del órgano legislativo, así como del gobierno en los sistemas parlamentarios). En definitiva, cabe destacar el ejercicio de las siguientes funciones (si bien no tienen el monopolio sobre las mismas). 1. Postular proyectos de carácter global. Generan una alternativa política, social, cultural, económica… a la línea marcada. Estos no han de tener necesariamente una ideología que los respalde, pueden tenerla (socialistas), pueden fusionar varias (PP) o no tenerla (Liga Norte de Italia). 2. Agregar intereses. Los partidos aglutinan intereses sociales y los jerarquizan, de forma que los ciudadanos se inclinan por un partido en función de la jerarquización determinada. En sociedades simples estos partidos no tienen sentido, pero conforme aumenta la sociedad y se hace más compleja, las demandas aumentan y aumenta el número de partidos. 3. Comunicación y orientación. Movilización de opinión pública y socialización política. De cara a los ciudadanos el partido da una postura ante una novedad y el ciudadano puede orientarse por dicha postura; y de cara al poder público, plantean las demandas de la ciudadanía. Los partidos políticos aparecen como canales de comunicación política. 4. Electoral. Función programática o de estructuración del voto. Se presentan a las elecciones y son votados por los ciudadanos. A través de los votos obtienen representación.
  1. Reclutamiento de personal político y organización de los elegidos: composición del Parlamento y, en su caso, composición del Gobierno. ¿Por qué surgen los partidos políticos? Los factores que determinan la aparición de partidos en occidente son:
  2. Históricos
  3. Sociales y económicos
  4. Ideológicos
  5. Institucionales y políticos
  6. Cleavages o fracturas (Rokkan y Lipset). La teoría de las líneas de fractura plantea cómo las grandes revoluciones llevan aparejado el surgimiento de una serie de líneas a. Revoluciones nacionales (fractura centro-periferia, fractura Estado-Iglesia) i. El cleavage Iglesia/Estado opone a los partidos clericales y los anticlericales, ya que mientras que los primeros apuestan por reforzar la influencia política y social de la Iglesia, los segundos proponen la separación entre ésta y el Estado así como la secularización de la vida social. Esta división genera dos familias de partidos: (a) en la vertiente clerical la democracia cristiana, que es heredera de las luchas político religiosas del pasado, (b) en la vertiente anticlerical aparece una familia de partidos que podemos calificar como laicos o seculares. ii. El cleavage centro/periferia -al igual que el anterior, de origen cultural-, opone a las familias de partidos centralistas de las de los regionalistas, autonomistas, federalistas o independentistas (Seiler, 1990). En cualquier caso, como derivación del mismo, podemos diferenciar entre formaciones abiertas a la descentralización del Estado, y partidos cerrados a cualquier modificación del sistema administrativo. b. Revoluciones industriales (fractura campo-ciudad, fractura trabajadores-propietarios) i. El cleavage sector primario/sectores secundario y terciario opone los intereses urbanos, comerciales e industriales de los de los campesinos. Genera una única familia que se basa en la defensa de los intereses del mundo rural: los partidos agrarios. ii. El cleavage propietarios/trabajadores, por último, diferencia los intereses de los medios de producción y los de los trabajadores, determinando las dos familias de partidos más importantes existentes en Europa. Del lado de los "poseedores" encontramos aquellos partidos que mediatizan la voluntad política de los círculos industriales, financieros o comerciales -en los que la defensa de la ortodoxia liberal se constituye en fundamental-; por el contrario, la familia de partidos "trabajadores" median en la voluntad política del mundo del trabajo, y especialmente del movimiento sindical (Seiler, 1980, 1990). MEDIOS DE COMUNICACIÓN Los medios de comunicación de masas son bien empresas privadas que viven guiados por la lógica del mercado, bien instituciones de titularidad pública orientados a transmitir la política pública, convirtiéndose en muchos casos en canal para hacer llegar la información que el Gobierno quiere que los ciudadanos conozcan. Sea como fuere, estos medios son esenciales como actores del sistema porque transmiten información plural, crean opinión y son agentes socializadores. Las funciones clásicas de los medios de comunicación de masas en relación a la sociedad fueron formuladas por Lasswell en 1948. Este aludía a tres funciones: 1. Vigilancia del medio. Esta función conlleva recoger, procesar y difundir la información, realizando por esta vía una función de vigilancia sobre los que sucede en la sociedad. Es un control o vigilancia social, doméstica y política. 2. Correlación de partes. Además de dar información, dan explicaciones e interpretaciones para ayudar a los ciudadanos a comprender el significado sobre lo que se ha informado. De esta forma, a través de instrumentos editoriales, debates o tertulias políticas, entre otros, se logra pasar de una vis descriptiva a una vis explicativa e interpretativa al objeto de ayudar al ciudadano a tomar decisiones, a priori, más racionales. 3. Transmisión de la herencia cultural. Esto supone transmitir de generación en generación, hacia otros grupos sociales y fuera de las fronteras, la cultura de la sociedad en

Distinción en Distinción en función del origen función de los fines Distinción en Distinción en función de la función de la representación organización interna Distinción en función de la organización interna Distinción en función de las posibilidades de gobernar Parlamento Patronazgo Exterior De clase Fusión o escisión Ideológicos De repetición Partidos de individual cuadros De integración Partidos de masas Partidos de masas electorales Fuertemente institucionales Débilmente institucionalizados Grandes Medianos Pequeños Vamos a centrar nuestra atención en la clasificación de los partidos de Duverger que atiende a la organización interna que atiende a la evolución histórica de los mismos.

  • Los partidos de cuadros. Se trata de partidos de notables conformados en torno a las siguientes ideas; - es una reunión de notables: personas con nombre, fortuna e influencias, que permitan cubrir las necesidades de la organización y atraer votos (clientelismo)
    • La estructura interna es flexible y los comités locales tienen autonomía.
    • ideologías absolutista y liberal (enfrentamiento aristocracia y burguesía En este caso, como decía Duverger, la entrada en el partido es “un acto personal, basado en las aptitudes o las circunstancias concretas de un hombre; viene estrictamente determinado por las cualidades individuales. Es un acto limitado a unos cuantos y depende de una selección rígida y exclusiva”, sin embargo, no cuentan con afiliados que paguen cuotas regularmente y cuentan con pocos simpatizantes. Esto puede deberse al hecho de que el partido no necesita a los individuos en sus filas pues es capaz de pagar a personas que temporalmente realicen las tareas más rutinarias de la campaña. Duverger pensaba que estos partidos estaban condenados a desaparecer, pues no serían capaces de movilizar a igual número de personas que las nuevas formas de partidos políticos que vendrán en el siglo XIX y XX, pero lo cierto es que algunos han sobrevivido (Unión para la Democracia Francesa, un partido de centro derecha que viene por la suma de varios de ellos) y otros han evolucionado hacia partidos de masas (el Partido Demócrata Cristiano de Alemania).
  • Los partidos de masas. Aparecen en el siglo XIX y coexistieron con los partidos de cuadros, pero estos partidos de masas se caracterizan por:
  • reclutamiento masivo de militantes
  • estructura rígida
  • objetivo de educación política de las masas
  • disciplina de voto parlamentario e ideologías socialista, comunista y fascista.
  • Los partidos de masas electorales o catch all parties. Se trata de partidos que aparecen tras la IIGM y que se vuelcan plenamente en la escena electoral, tratando de realizar una acción profunda hacia una amplia audiencia para buscar el éxito electoral mayor y más inmediato. - Buscan un electorado lo más amplio posible, dirigiendo sus esfuerzos más a los potenciales electores que a la militancia. Es pragmático, interclasista y orientado a la disputa electoral. - Ofrecen programas de agregación, sin rigidez doctrinal ni ideológica (atraer al electorado. Es desideologizado, heterogéneo) Tanto para los partidos de masas como para los partidos de masas electorales, los afiliados son fundamentales porque por esta vía se obtienen buena parte de los ingresos del partido y de la “mano de obra” para las acciones a desarrollar, siendo esta la forma de obtener una forma también para difundir la propia ideología. A cambio, los individuos, tendrán la esperanza de ejercer un cierto control sobre los objetivos y actividades del partido.
  • Los partidos cartel, que son añadidos por KATZ Y MAIR (cartel= acuerdo o convenio entre varias empresas para evitar la mutua competencia y regular la producción y precios de un determinado campo industrial). Es una evolución del partido atrápalo-todo en los años 90.
  • Subvención con fondos públicos (acuerdo entre unos pocos para evitar la entrada en escena de nuevos partidos) - La distinción ideológica se desvanece, y hay acuerdos sobre políticas púbicas que todos respetarían para evitar nuevas entradas y conflicto
  • dirigidos por políticos profesionales, reducción de afiliación y personalización del liderazgo.
  • consideración del partido como parte del Estado LOS SISTEMAS DE PARTIDOS En un sistema político llamamos subsistema de partidos al conjunto formado por: el número de partidos existentes, sus tamaños, sus relaciones, alianzas y ubicación ideológica. Teniendo en cuenta esto, Rae distingue entre sistema de partidos parlamentario, que tiene en cuenta aquellos partidos que tienen representación, y sistema de partidos electoral, que tiene en cuenta las fuerzas políticas que obtienen votos en unas elecciones. Para conocer el sistema de partidos realmente existente, cabe saber qué partidos forman parte del mismo. Como dice Sartori, es esencial “aprender de nuevo a contar”. Esto es así, cuando nos referimos al sistema de partidos no incluimos en este a todos los partidos que existen en un país, sino que se trata de la configuración y las relaciones entre los partidos relevantes de un sistema político determinado. Para determinar qué partidos son relevantes cabe atender a aquellos partidos que cuentan con alguno de los siguientes rasgos: a) posibilidad de formar gobierno b) capacidad de veto c) capacidad de coalición A la hora comparar los sistemas de partidos o analizar un sistema de partidos de un Estado en un momento determinado, se puede emplear 5 indicadores: competitividad, fragmentación, número de partidos, volatilidad y polarización. Competitividad Mide la diferencia en las proporciones de Resta del número de votos/escaños de los dos votos de los dos partidos más votados. partidos más votados A ˂ diferencia ˃ competitividad A ˃ diferencia ˂ competitividad Fragmentación electoral Mide la probabilidad de: F= 1 – (A2+B2…+n2)

-que dos votantes al azar opten por diferentes partidos A2, B2…= porcentajes calculados sobre 1 de votos -que dos parlamentarios al azar pertenezcan o escaños al cuadrado. a distintos partidos Más cerca a 0: menor fragmentación Más cerca a 1 mayor fragmentación Número de partidos Número de partidos hipotéticos de igual N=1 / 1-(A2, B2…n2) tamaño con igual efecto en la fragmentación del sistema que tienen los partidos de Se parte de la fórmula anterior. distintos tamaños en realidad existentes. Volatilidad Mide los cambios de % de voto de los Agregada. Mide cambios del conjunto del sistema partidos, bloques o sistema. de partidos. VTotal= (A1-A2)+(B1-B2)…(n1-n2) / 2 A1, B1….porcentaje en última elección A2, B2…porcentaje en la elección previa Entre coaliciones/bloques. Se hace igual que el anterior pero atendiendo a los resultados de partidos de la misma familia ideológica. Al interno de coalición: VIB= VTotal-VBloques polarización Mide la distancia que separa a los partidos extremos de la escala ideológica LA CLASIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS DE PARTIDOS Según Sartori sistemas de partidos es “sistema de interacciones que es resultado de la competencia entre partidos”. Esta realidad nos hace entender, por tanto, que los partidos no actúan de manera aislada, sino que interactúan en la pugna política. a) clasificación atendiendo al número de partidos En primer lugar, hay que distinguir entre competitivo y no competitivo.

  • Unipartidista o de partido único. Es el sistema que se presenta cuando solamente hay un partido relevante. Esto puede deberse bien a la ausencia de competencia dentro de un sistema autoritario, bien a la existencia de una sociedad democrática lo suficientemente homogénea como para que un solo partido cope la inmensa mayoría de la representación política. - Bipartidista. Este sistema se presenta cuando hay dos partidos relevantes que se alternan en el ejercicio del poder. Suele presentarse en sociedades con una sola línea de fractura, la socioeconómica, y puede tener dos formas: bipartidismo perfecto, cuando estrictamente hay dos formaciones política, y bipartidismo imperfecto o sistema de dos partidos y medio, que se presenta cuando hay dos grandes formaciones que copan la mayoría de la representación y alguna fuerza bisagra que refuerza a uno de estos para lograr mayorías sólidas. - Multipartidista. Se presenta cuando hay tres o más partidos en el sistema, debido a la confluencia de varias líneas de fractura en la sociedad. En tal caso se entiende que puede ser moderado (hay entre 3 y 5 partidos), polarizante (hay entre 7 y 10 fuerzas políticas) o atomizado (hay más de 10 partidos políticos en el sistema). **b) clasificación atendiendo a la competitividad
  • Competencia centrípeta.** Se presenta cuando la mayoría de las fuerzas política se ubican en el centro del espectro político (centro, centro-izquierda, centro- derecha). Esto se debe a que la mayoría de electorado se auto-ubica en el centro y vota en ese sentido, por lo que no hay un nicho de mercado relevante para fuerzas más extremas. Dado que la mayoría de los votos se mueven en la zona centro, los partidos que surgen toman, en su mayoría, una posición más moderada al objeto de captar el mayor número de votos que sea posible. Esto genera un sistema más “moderado”. - Competencia centrífuga. Se presenta cuando los partidos se ubican mayoritariamente en ambos lados de la línea izquierda-derecha, huyendo del centro político. Esto responde a una sociedad que políticamente se auto-ubica en los extremos y da por resultado un sistema de partidos de bloques, en los que las formaciones tienden a buscar coaliciones en su bloque, dando la espalda a los partidos que forman parte del “otro bloque”. Esto genera un sistema más “radical”. c) clasificación de Sartori
  • Sistema de partido único. Se trata de un sistema de partidos no competitivo y, por tanto, carente de reglas que permita la pugna por el poder político en términos justos e igualitarios. Se presenta cuando solo existe un partido debido a que es el único cuya existencia está legalmente prevista y amparada, pues se prohíbe la existencia de otras fuerzas políticas. Este puede ser, en orden decreciente de coacción:
  • Unipartidista totalitario (muy ideológico, coactivo y movilizador de la sociedad)
  • Unipartidista autoritario (menor intensidad ideológica, con menos capacidad de movilización social, pero con políticas exclusivas)
  • Unipartidista pragmático (hay una ideología más débil y la coacción es menor que en los casos anteriores. El partido no es un gran agente movilizador, pero a diferencia del unipartidismo autoritario tiende a generar políticas agregadoras o de inclusión - Sistema de partido hegemónico. Se trata de un sistema de partidos no competitivo y, por ende, en el que no hay un marco legal que garantice la libre e igual

c) servir de mecanismo para ejercer influencia política al incidir sobre los temas del debate y, por ende, de la agenda política.

2. Producir representación. Las democracias actuales son de carácter representativo dada la inviabilidad de que todos los ciudadanos participen constantemente de todas las decisiones públicas de forma directa. Por ello, en tanto en cuanto las elecciones hacen presente la voluntad popular, los cargos electos tienen autoridad para tomar decisiones en nombre del conjunto de la sociedad. Así pues, las elecciones sirven para a) seleccionar y elegir a las elites políticas y sus líderes; b) otorgar un mandato representativo fundado sobre una base electiva; c) reflejar el pluralismo social en el seno de las instituciones políticas. La representación supone la sustitución de un particular por otro ante terceros para que actúe en nombre y cuenta del primero. - Cabe tener en cuenta que democracia supone identidad entre representantes y representados, mientras la representación supone sustitución de los representados por los representantes. La semejanza entre ambos es esencial para salvar las distancias

  • La elección es el método idóneo para obtener representación pues resuelve el problema de la legitimación de los representantes y la designación de los mismos. Mediante la representación-mandato se atribuye a las elecciones la misión de confiar a un único mandatario la representación, que es reflejo de la voluntad social. 3. Proporcionar gobierno. En una democracia, los que aspiran a gobernar requieren obtener el apoyo –parlamentario o presidencial- que surge de unas elecciones en las que los ciudadanos expresan sus opciones individuales. Así pues, las elecciones son un medio para a) Crear un apoyo político que sustente al gobierno; b) Crear una oposición política que controle al gobierno; y c) establecer la orientación general de las políticas públicas. 4. Ofrecer legitimación. Dentro de un sistema democrática, la legitimidad de los representantes es un elemento clave, pues solo los legítimamente investidos pueden exigir y obtener obediencia de la ciudadanía. Así pues, las elecciones contribuyen a ello al suponer una vía para a) La socialización política y la formación de cultura política; b) La interacción entre la opinión pública y la élite política; y c) Legitimar, en definitiva, tanto el sistema político, en general, como el sistema de partidos y el gobierno, en particular. ¿Qué es el sistema electoral y cuál es su importancia? Se entiende que el sistema electoral es el conjunto de medios por los cuales transformamos la voluntad política de los ciudadanos en representación. Las voluntades presentes en un momento determinado se harán presentes mediante el sufragio activo, la introducción de la papeleta que cada ciudadano realiza el día de la jornada electoral o de votación, formando así parte de un complejo proceso político que está regulado jurídicamente, cuyo fin es determinar quiénes ocupan los cargos representativos haciendo presente el ideal de “semejanza” entre representantes y representados. El sistema electoral precisa la emisión de los votos para, a través de la conjugación de sus distintos elementos, traducirlos en representación, dando lugar a órganos de gobierno legítimos. Esto hace que el principio democrático precise de la elección para hacerse presente, pues es la forma por la cual los gobernados eligen a sus gobernantes en las democracias representativas, pudiendo estos últimos, una vez investidos, exigir y obtener la obediencia de los primeros. Cuando hablamos de las elecciones, cabe distinguir tres realidades diferenciadas pero conexas entre sí: 1. proceso electoral (período que abarca la convocatoria de elecciones, la campaña electoral, la jornada electoral, el recuento de votos, la traducción en escaños y la proclamación de resultados y ganadores)
  1. Derecho electoral (leyes que regulan el proceso electoral y lo relativo al derecho a sufragio activo y pasivo) 3. Sistema electoral. Conjunto de institutos mediante los cuales se convierten en escaños los sufragios emitidos por los miembros del cuerpo electoral. Los institutos que lo componen interaccionan entre sí para producir un determinado resultado, aunque resulte la fórmula de reparto de escaños el más llamativo de todos ellos. Esencialmente, los elementos son: el derecho de sufragio, la forma de candidaturas, el tipo de voto, las circunscripciones, el tipo de recuento de voto y la distribución de escaños. 5.1.1 TAMAÑO DEL ÓRGANO ELECTIVO Y CIRCUNSCRIPCIÓN Tamaño del órgano electivo El tamaño del cuerpo representativo es significativo “no tanto por el tamaño en sí mismo, sino por la dimensión de la asamblea. Tiene una influencia importante sobre la propia de las unidades electorales y, a su vez, lo tiene sobre los rendimientos de la fórmula electoral que en cada caso se adopte” (Martínez Sospedra, Marco y Uribe). Se trata de una decisión política, no es menos cierto que una asamblea pequeña tiende a desempeñar mal las funciones de deliberación y representación, no es menos cierto que lo mismo sucedería con un tamaño desmedido y difícilmente operativo.El tamaño vendrá fijado bien de antemano o bien en base a una cuota preestablecida, de modo que en este último caso en cada convocatoria electoral se ajustaría el tamaño de la cámara a los cambios demográficos. Circunscripción La circunscripción o distrito es el conjunto de electores a partir del cual se procede, según la distribución de los votos emitidos en las elecciones, a la distribución de los escaños asignados. Este elemento del sistema, se ha territorializado, de modo que hablamos de electores pertenecientes a una unidad territorial, por lo que la definición más sencilla y certera que podemos usar es que la circunscripción es el territorio en el que un número determinado de electores elige un número determinado de representantes. La circunscripción se puede clasificar atendiendo a:
  2. El número de circunscripciones , de modo que pueda ser única (hay una relación entre todos los puestos a cubrir y el total de la población, de modo que todo el territorio en el que se desarrolla una elección es la única circunscripción existente) o múltiple/varias (se subdivide el total de puestos a cubrir y el total de la población, estableciendo varias circunscripciones de modo que en cada subdivisión territorial se relaciona un determinado número de puestos a cubrir con una determinada parte del total de la población).
  3. El número de puestos a cubrir, puede ser uninominal (un único puesto a cubrir) o plurinominal (dos o más puestos a cubrir). a. En favor de la circunscripción uninominal suele aducirse la existencia de un mayor acercamiento del representante al electorado y un mejor reconocimiento de los candidatos por parte de los votantes, aunque la cercanía dependerá de la densidad de población de la circunscripción. En su contra suele señalarse que la circunscripción uninominal propicia el clientelismo y el localismo, así como también impide la representación de las minorías. b. En favor de la circunscripción plurinominal suele aducirse que se trata de una realidad más proporcional. De hecho, cuanto más elevado sea el número de escaños asignado a la circunscripción, más precisión habrá en la proporcionalidad del sistema electoral (Mackenzie).
  4. El tamaño , se refiere al número de escaños asignados a la circunscripción. Puede ser pequeña (menos de 6 escaños; esta suele tener un corte mayoritario, aunque el sistema electoral en el que se enmarque sea proporcional), mediana (entre 6 y 9 escaños) o grande (10 o más escaños). La magnitud de los distritos tiene efectos importantes sobre: a. el grado de proporcionalidad o de adecuación entre la proporción de votos y escaños obtenidos por cada candidatura (Rae; Lijphart). De hecho, a mayor tamaño de la circunscripción, mayor proporcionalidad en la misma y, por ende, en el sistema. b. La presencia de minorías. Cuanto más reducidas o pequeñas sean las circunscripciones, mayor será la desproporcionalidad del sistema y más beneficiará a los grandes partidos, en detrimento de las minorías, y viceversa. c. La relación entre representantes y representados. Las circunscripciones grandes disminuyen la visibilidad política de los candidatos y favorecen la estructuración del voto en términos partidistas, mientras que los distritos uninominales incrementan la visibilidad política de los candidatos y favorecen la emisión de un voto personal. Estos también

favorecen una relación más estrecha entre los electos y los electores de su circunscripción, además de hacer posible la individualización de responsabilidades políticas. Cabe tener en cuenta que:

  • La desproporcionalidad de un sistema electoral puede aumentar cuando a unas circunscripciones les corresponden más escaños en relación con su volumen geográfico que a otras (Gallagher), lo que suele suceder cuando hay una sobrerrepresentación de las zonas rurales en detrimento de las zonas urbanas. Así pues, hay más proporcionalidad cuando en la distribución de escaños se hace atención a la población y no a criterios territoriales. Si la distribución de las circunscripciones se realiza teniendo en cuenta la geografía electoral, pueden resultar determinantes del resultado de la elección, al estar geográficamente condicionados los votos de las formaciones políticas. El guerrymanderinges pues la técnica consistente en delimitar la circunscripción atendiendo a criterios partidistas para privilegiar a determinadas candidaturas, esto es, consiste en realizar un diseño coincidente con la distribución geográfica del electorado de un partido al objeto de favorecerlo (por ejemplo, el artículo 68 CE + LOREG, establecen que en el Congreso hay dos diputados por provincia como punto de partida y el resto en función de la población).
  • El número de escaños de la circunscripción tiene un efecto determinante sobre los efectos mayoritarios o proporcionales del sistema electoral.
  • El cuerpo de ciudadanos con capacidad electoral forma el cuerpo electoral (todos los miembros del cuerpo electoral son parte del pueblo, pero no todos los miembros del pueblo son parte del cuerpo electoral), actuando como un órgano colegiado en aras del interés público. La inscripción de los ciudadanos en el censo (como un registro de relación de ciudadanos con derecho a sufragio) supone reunir las condiciones de capacidad e indica dónde puede ejercerse dicho derecho: a) voluntaria (USA) y b) automática (España, LOREG). 5.1.2 FORMA DE CANDIDATURA Y TIPO DE VOTO El sufragio es el derecho del ciudadano en tanto que miembro del cuerpo político destinado a obtener una definición de la comunidad mediante la participación en consultas electorales: a) es un derecho del ciudadano que se ejerce en interés público y no en interés personal; b) acerca la realidad a la teoría del autogobierno del pueblo Tipos (en cualquier caso, se debe cumplir una serie de condiciones de capacidad y no incurrir en causa de incapacidad para poder ejercer el derecho): activo y pasivo. La presencia de aspirantes a los puestos de representación es condición sine qua non de una elección, puesto que dicha presencia ayuda a la configuración de las opciones entre las que el elector podrá escoger. La facultad para ser candidato/a viene de la mano del derecho de sufragio pasivo, siendo para ello necesario cumplir con los requisitos establecidos (normalmente la tenencia de la nacionalidad, la plena capacidad de obrar vinculada a la mayoría de edad o asociada a una edad fijada por la ley superior a dicha mayoría de edad, así como el registro en el censo electoral. En la práctica, los partidos han venido a colonizar la presentación de las candidaturas, si bien la legislación puede dejar abierta la puerta a la presencia de candidatos independientes y candidaturas no partidistas. Así pues, esto se traduce, en esencia, en dos opciones: a) la facultad de presentación de los electores como candidatos/as mediante la acreditación del apoyo de un cierto número de electores mediante firma y b) el reconocimiento a los partidos como intermediarios de la representación, bien de manera exclusiva, bien en concurrencia con la otra modalidad. Estos aspirantes requerirán del sufragio activo por parte de los electores a sus candidaturas para poder ocupar los puestos de representación. Así, el voto es el acto por el cual el ciudadano concurre a la formación de la voluntad colectiva mediante la expresión de su preferencia política de modo formal y público. El voto puede clasificarse atendiendo a diferentes criterios: a) por la forma y efectos, el voto puede ser:
  • Directo (el elector elige directamente a sus representantes) o indirecto (el elector elige a un cuerpo de compromisarios o electores que, a su vez, procederán a elegir a los representantes)
  • Igual (supone materializar la máxima de “un ciudadano, un voto”, pues todos los votos tendrán el mismo valor inicial, aunque no necesariamente ello se traduzca en el mismo valor de resultado) o reforzado (supone que no todos los votos tienen igual valor. Este puede ser plural –más de un voto- o múltiple –voto en más de una circunscripción-) - individual o corporativo
  • de aceptación (es un voto de adhesión, por cuanto el elector no puede alterar la opción o lista predeterminada) o de preferencia (el elector puede establecer una jerarquía o gradación en la expresión de su voluntad: panachage) b) por la expresión material del voto, este puede ser
  • público (el contenido o sentido del voto puede ser conocido legítimamente por terceros, visión esta que se defiende como un voto responsable) o secreto (el sentido del voto no puede ser conocido legítimamente por terceros, visión esta que se defiende en pro de un voto libre)
  • uninominal (se presenta cuando solo hay un puesto en disputa) o lista (se presenta cuando hay más de un puesto en disputa, pudiendo ser de lista abierta –el elector configurará su propia lista con candidatos de diferentes formaciones políticas, si así lo desea- o cerrada –el elector se adhiere a la lista presentada por una formación política, si bien esta puede ser bloqueada, cuando no puede alterar el orden prefijado por el partido o candidatura, o no bloqueada, cuando sí que puede el elector alterar el orden interno de dicha lista, mostrando sus preferencias personales-) 5.1.3 LA BARRERA Refiere al umbral mínimo que da acceso a la posibilidad de obtener representación, el cual puede venir fijado por un porcentaje sobre los votos (lo más habitual) o por un número fijo de votos. Hay que diferenciar: a) Barrera legal, que refiere al umbral mínimo fijado en la ley electoral, y b) Barrera efectiva, que refiere al umbral realmente existente por cuanto no se atiende al fijado en la ley sino al mínimo de votos a partir del cual los partidos obtienen de facto representación. Esto es, el hecho de que un partido supere la barrera legal no conlleva automáticamente que el partido obtenga representación, pues hay una barrera efectiva que determinará en unas elecciones concretas si una formación obtiene o no representación. La existencia de estas barreras, si son altas, se presenta como un indicador de un sistema excluyente que no favorece la calidad de la representación, mientras que lo contrario es indicador de sistemas más proporcionales. A favor de la existencia de la barrera electoral, suele argumentarse que esta evita la excesiva fragmentación del sistema de partidos; en contra de su existencia, suele argumentarse que distorsiona la distribución de votos que limita la proporcionalidad y obstaculiza que los partidos pequeños obtengan representación. 5.1.4 FÓRMULA ELECTORAL Y TIPO DE ESCRUTINIO (MAYORITARIO O PROPORCIONAL) Es la fórmula matemática exacta que transforma los votos en escaños/representación 1. FÓRMULAS MAYORITARIAS Es una fórmula primigenia, empleada en los sistemas del sufragio censitario durante el siglo XIX en Europa, con la extensión de la democracia y del derecho al voto aparecerán en escena sistemas proporcionales. Con el surgimiento de los partidos socialistas y de defensa de la religión, la expansión del sufragio y la democratización de los sistemas de gobierno, se cedió paso a las fórmulas proporcionales, aunque las mayoritarias permanecen en sistemas con realidades más homogéneas. Están destinadas a obtener mayorías sólidas que respalden el gobierno. Estas difieren por tres cuestiones: a) la regla de decisión (mayoría absoluta o relativa), b) la forma de voto (individual o de lista) y c) el tipo de circunscripción (uninominal o plurinominal). Escrutinio uninominal, mayoritario, a una vuelta por mayoría simple Esta fórmula típicamente británica se materializa en la máxima “The first past the post” Supone la presencia de distritos uninominales en los que los partidos presentan un único candidato, dado que el voto es uninominal, y los electores votan una sola vez para que el

Una vez se sabe qué partidos superan la barrera electoral, colocan a esos partidos en la primera columna de una tabla ordenados de mayor a menor orden de votación y en la primera fila pondremos una serie natural de números naturales igual al número de escaños a repartir. Dividen el número de votos de cada partido entre cada uno de los divisores y completan la tabla para buscar tantos cocientes más altos como número de escaños a repartir. Se ordenan los cocientes de mayor a menor, se asignan escaños a tantos cocientes más altos como escaños a repartir. La teoría de la fórmula dice que el cociente que se corresponda con el último escaño asignado es el empleado para determinar el número de escaños de cada partido. Para ello hay que dividir el número de votos del partido entre el cociente del último escaño asignado, si bien en la práctica esta última operación no es necesaria. Los efectos son:

  • Favorece a los partidos grandes y con voto concentrado
  • Es sensible al tamaño de la circunscripción Se emplea en países como Bélgica, España, Portugal y Polonia. Un ejemplo de su aplicación: 1 2 3 4 5 A 15 000 15 000 7 500 5 000 3 750 3 000 B 12 000 12 000 6 000 4 000 3 000 2 400 C 7 000 7 000 3 500 2 333 1 750 1 400 D 2 500 2 500 1 250 833 625 500 b) Saint-Lagüe Se funciona igual que en D'Hondt, pero en lugar de tener como divisores números naturales correlativos, tenemos una serie de números impares que llegará hasta el número impar superior al número de escaños a asignar. Además, como se observa que la fórmula D'Hondt favorece a los partidos grandes y facilita el acceso al primer escaño, existe una versión de la fórmula llamada Saint lagüe rectificada o Udda, en la que se introduce una corrección en el primer divisor que pasará a ser 1.4. Los efectos son los siguientes:
  • La prima a los partidos grandes es menor y es más difícil que entren pequeños partidos
  • Se favorece la formación de coaliciones
  • La proporcionalidad es mayor
  • Es menos sensible al tamaño de la circunscripción Esta fórmula se usa en países como Suecia, Noruega o Letonia c) Imperiali La lista de los divisores empieza por el 2 y es correlativa hasta el número de escaños a repartir: 2,3,4,5,6, etc. d) Método danés La lista supone una serie correlativa de número que empieza por el 1 y va sumando 3 al elemento anterior de la serie, hasta llegar al divisor inmediatamente superior al número de escaños a repartir. Así los divisores son: 1,4,7,10,13, etc. 5.2.3. VOTO ÚNICO E INTRANSFERIBLE Es una fórmula proporcional, poco sensible al tamaño de la circunscripción, asociada a un voto de preferencia, articulado según la técnica de las listas abiertas. El elector emite el voto de lista mediante papeleta única, confeccionando libremente la lista. El orden de los candidatos es un orden de preferencia. Efectuada la votación se obtiene un cociente electoral que opera como fórmula repartidora. El funcionamiento es el siguiente:
  • Se calcula el cociente electoral que sale de aplicar la siguiente fórmula: (número de votos válidos emitidos/número de escaños +1) +
  • Todo el candidato que alcance la cuota es electo.
  • Si algún candidato excede la cuota, se cuentan sus segundas preferencias y se procede a: Nº votos ad=(2ºprefs candidato A X 1/10 nº votos candidato A-cociente electoral)/ cociente electoral. Si alguno alcanza la cuota, sería electo. 5.2 LOS SISTEMAS ELECTORALES MAYORITARIOS Es común identificar la naturaleza del sistema electoral con el principio rector de la fórmula electoral que el mismo comprende, ello no es siempre y necesariamente así. La interacción entre todos los elementos del sistema electoral puede dar lugar a divergencias entre el principio del sistema y el principio que configura la fórmula electoral. Si contemplamos sistémicamente los sistemas electorales, entenderemos que hay dos clases: a) los que están diseñados para sobrerrepresentar a los partidos mayoritarios al objeto de producir una representación de la mayoría, excluyendo a las minorías, al objeto de dar una mayor estabilidad; b) los que están diseñados para otorgar a cada formación política significativa una representación parlamentaria acorde a su peso electoral. No obstante, entre el polo de la decisión estrictamente mayoritaria y el de la proporcionalidad pura, puede configurarse un continuo. Los sistemas electorales mayoritarios pretenden producir mayorías parlamentarias capaces de dar soporte a un gobierno. Se busca, por ende, la estabilidad y la gobernabilidad, aunque ello vaya en detrimento de las minorías con presencia social. ¿Qué pretenden los sistemas electorales mayoritarios?
  • Que el primer partido en orden de votación obtenga la mayoría absoluta de la representación, aun cuando sea simplemente la primera de las minorías
  • Que el segundo partido quede sobrerrepresentado, aunque en menor medida que el primero, para que la suma de los dos más votados sea igual a una amplia mayoría de la representación
  • Que los partidos pequeños obtengan una representación próxima a su cuota electoral cuando sus votos están concentrados en número reducido de distritos (bastiones electorales)
  • Que las minorías dispersas tengan una cuota de representación inferior y distante de su cuota electoral, privándoles de representación Esto se ve facilitado, en buena medida, cuando se adopta una fórmula electoral mayoritaria o si, alternativamente, se usa una fórmula proporcional, pero de las que son muy sensibles al tamaño de la circunscripción para combinarla, precisamente, con circunscripciones pequeñas. Se plantea que busca dar una mayor homogeneidad al órgano representativo en pro de una mayor estabilidad. Pros Contras Simplicidad del escrutinio Mayor injusticia en la representación real de las corrientes de opinión Mayor conocimiento de los candidatos (más en uninominales y Facilita la constitución de feudos electorales circunscripciones pequeñas) Menor influencia de los partidos en la designación de los Favorece la existencia del "voto útil" candidatos Mayor estabilidad Favorece que el sistema tienda al bipartidismo. Favorece"la teoría del péndulo" 5.3 LOS SISTEMAS ELECTORALES PROPORCIONALES Es común identificar la naturaleza del sistema electoral con el principio rector de la fórmula electoral que el mismo comprende, ello no es siempre y necesariamente así. La interacción entre todos los elementos del sistema electoral puede dar lugar a divergencias entre el principio del sistema y el principio que configura la fórmula electoral. Si contemplamos sistémicamente los sistemas electorales, entenderemos que hay dos clases: a) los que están diseñados para sobrerrepresentar a los partidos mayoritarios al objeto de producir una representación de la mayoría, excluyendo a las minorías, al objeto de dar una mayor estabilidad; b) los que están diseñados para otorgar a cada formación política significativa una representación parlamentaria acorde a su peso electoral. No obstante, entre el polo de la decisión estrictamente mayoritaria y el de la proporcionalidad pura, puede configurarse un continuo. Un sistema electoral proporcional obedece a la regla de la distribución de puestos según la distribución del voto en el cuerpo electoral, de forma que cada partido obtiene una parte alícuota de la representación parlamentaria similar a la obtenida en votos populares. Así pues, pretende dar una imagen lo más fiel posible de la diversidad política y su importancia relativa en el sentir político del cuerpo electoral. ¿Qué pretenden los sistemas electorales proporcionales?
  • Que cada agrupación política tenga una cuota de representación aproximada a su cuota electoral, de modo que sea difícil alcanzar la mayoría parlamentaria sin tener una cuota electoral próxima a la mayoría electoral
  • Que las minorías obtengan representación y su cuota no diverja en exceso de su cuota electoral
  • Que las minorías sin representación sean exclusivamente aquellas cuyo apoyo social y cuota electoral es muy bajo. Esto se ve facilitado por un sistema electoral que adopte un mapa electoral con circunscripciones de tamaño medio o alto, empleando preferentemente fórmulas poco sensibles a la variable del tamaño. La proporcionalidad será mayor si hay mecanismos de igualación y mayor cuanto más grande sea el tamaño medio de los distritos (el distrito único sería lo que más favorece la proporcionalidad). Pros Contras Mejor reflejo del pluralismo democrático, las ideas y los estados de opinión de un país Mayor fragmentación Parlamentaria Más justo en la representación Posibilidad de mayor inestabilidad política Dificultad para hallar la verdadera proporcionalidad También existen sistemas electorales mixtos en los que una parte del cuerpo representativo es elegido por un sistema proporcional y otra parte mediante un sistema mayoritario. La combinación de elementos de ambos sistemas, dando mayor prioridad a uno de ellos. Se entiende que predomina el carácter mayoritario: a) Hay más escaños electos por vía mayoritaria, b) La parte proporcional opera en distritos de tamaño pequeño o medio y con fórmulas sensibles al tamaño. Mientras que, predomina el carácter proporcional cuando no se cumplen los dos condicionantes anteriores 5.4 LOS EFECTOS DE LOS SISTEMAS ELECTORALES Las elecciones permiten articular un sistema de representación, dando lugar a la composición de unas cámaras y/o un gobierno, dotando de legitimidad al conjunto del sistema político. Los sistemas electorales no producen resultados neutros, llegando a poder condicionar el comportamiento político de los ciudadanos y a alterar el propio sistema de partidos de un país. Duverger señalaba que las elecciones suponen una deformación de la opinión política y de las preferencias políticas de los ciudadanos. Las cuatro grandes deformaciones son: a) El voto no es la opinión política de los ciudadanos sino un medio para expresarla, pues al votar se simplifica la opinión política ajustándose a una candidatura. b) La configuración de los elementos del sistema electoral influye en el comportamiento político, de modo que los votantes no reaccionan del mismo modo con un sistema electoral que no en otro. c) Los partidos políticos no solo expresan las preferencias de sus votantes, si no que ayudan a crearlas d) El sistema electoral elegido produce un desajuste en la distribución de los votos y su transformación en escaños. A partir de estas cuatro deformaciones, el autor se centra en la relación entre bipartidismo y sistemas electorales mayoritarios, por un lado, y multipartidismo y sistemas electorales proporcionales. En el primer caso, alude a un factor mecánico (subrepresentación del tercer partido) y a un factor psicológico (tendencia al voto útil), que no se dan en el segundo caso, pues en los sistemas proporcionales se presenta un efecto de multiplicación de la representación que explicaría que en estos casos suela presentarse elementos para evitar la excesiva fragmentación del sistema (como puede ser la barrera electoral). Por su parte, Rae, también centra la atención sobre