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Apuntes derecho constitucional, Apuntes de Derecho Constitucional

Apuntes derecho constitucional

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 04/01/2023

AlejandroVillegas
AlejandroVillegas 🇲🇽

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DERECHO CONSTITUCIONAL.
1) Importancia y objeto.
-El objeto es el estudio de la Constitución.
1) Constitución es el órgano supremo.
-Importancia. 2) Siempre tiene que ver con todas las ramas del derecho.
3) Sociedad en armonía.
4) Define al estado.
2) Definición.
-Es el derecho que, con jerarquía suprema, basado en la soberanía del pueblo, rige
la estructura fundamental del estado siempre y cuando asegure el goce real y efectivo de
los derechos fundamentales del hombre.
3) Atributos.
1) Bilateral.
2) Externo.
3)
4) Ubicación.
CONSTITUCIÓN.
1) Definición.
-Conjunto de normas jurídicas escritas o no, dispuestas sistemáticamente con el
propósito de organizar un Estado, regulando el uso del poder garantizando el respeto de
las libertades y el ejercicio de los derechos de los ciudadanos.
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DERECHO CONSTITUCIONAL.

  1. Importancia y objeto. -El objeto es el estudio de la Constitución.
  2. Constitución es el órgano supremo. -Importancia. 2) Siempre tiene que ver con todas las ramas del derecho.
  3. Sociedad en armonía.
  4. Define al estado.
  5. Definición. -Es el derecho que, con jerarquía suprema, basado en la soberanía del pueblo, rige la estructura fundamental del estado siempre y cuando asegure el goce real y efectivo de los derechos fundamentales del hombre.
  6. Atributos.
  7. Bilateral.
  8. Externo.
  9. Ubicación. CONSTITUCIÓN.
  10. Definición. -Conjunto de normas jurídicas escritas o no, dispuestas sistemáticamente con el propósito de organizar un Estado, regulando el uso del poder garantizando el respeto de las libertades y el ejercicio de los derechos de los ciudadanos.
  1. Clasificación: -Origen. +Pueden ser otorgadas. +Impuestas. +Derivadas de la soberanía del pueblo. +Pactadas. -Forma. +Escritas. +No escritas. -Modificación.
  • Flexible. Se reforma fácilmente. +Rígida. Tiene requerimientos especiales para reformarse. -Novedoso contenido. +Derivadas. Toma como referencia textos anteriores. +Originarias. Textos nuevos, novedoso.
  1. Partes. -Orgánica. +Soberanía. +Nacionalidad. +Ciudadanía. +División de Poderes. -Dogmática. +Derechos humanos. +Principios y valores.

-Constitución Norteamericana. 3ª Etapa. Constitucionalismo del s. XIX. -Constitucionalismo en Europa. 4ª Etapa. Constitucionalismo entre guerras. -Social. 5ª Etapa. Neoconstitucionalismo. -1948 hasta la fecha. 1ª NACIMIENTO DEL CONSTITUCIONALISMO Carta Magna de Juan Sin Tierra (1215) -No es una constitución. -Es el primer documento que limita el poder del rey. -Art. 39 antecedente directo del debido proceso. The Petition of rights. Bill of rights (británico)

  • Se establece la supremacía del parlamento sobre el monarca. -Establece la libertad de culto y la de imprenta, -Proporcionalidad de las fianzas y de las penas. -Limitaba el poder del rey para crear contribuciones. Habeas corpus act.

2ª Etapa. Constitucionalismo revolucionario. ESTADOS UNIDOS.

  • Declaración del pueblo de Virginia. -Primer documento que protege la libertad del ser humano. (Numeral I) -Se puede cambiar la forma de gobierno. (Numeral iii) -División Tripartita de poderes. (Numeral V) -Libertad de expresión. -Declaración de Independencia de EUA. -Principio de igualdad (derechos como vida, libertad, propiedad, etc.) -Soberanía. -Se puede cambiar la forma de gobierno. -Constitución de EUA. -Libertad de culto. -Libertad de expresión. -Libertad de reunión. -Reparación del Daño. -Garantías procesales. -ART. 4, sección 2: +Deber de devolver a quien persigan. +Deben reconocerse los derechos de un estado en el otro. +Si agarran a un perseguido en otro estado este tiene el deber de regresarlo al estado de origen. -¿Qué le pueden exigir los Estados a la Nación? +Garantizar el régimen republicano. +Proteger a cada estado en contra de invasiones. +Proteger contra disturbios internos. (a petición de parte)

-Derecho a oponerse. +ART. 2 

  1. Libertades de la nación  ART. 3 -Soberanía. +ART. 3 Y 6  Soberanía del pueblo. -Derecho de personas a participar en los asuntos públicos. +ART. 13 Contribuir al gasto público. +ART. 14  Derecho a conoJcer cómo se gastan los impuestos. +ART. 15  Derecho a conocer la administración de gastos del Estado. (transparencia). -División de Poderes. +ART. 16  Fundamento de la división de poderes. 3

3ª Etapa CONSTITUCIONALISMO DEL SIGLO XIX.

  • Al haber constituciones modernas surge el Estado Constitucional de Derecho.
  • Hay estados constitucionales tipo: +Estados Unidos (República). +Inglaterra (Monarquía).
  • Europa optó por el modelo Parlamentario -América opta por la República. -Características de un Estado Constitucional de Derecho:
    1. División de Poderes. -Art 39 CPEUM.
    2. Marca la Supremacía de la Constitución sobre las demás leyes (Art. 133 CPEUM).
    3. Obediencia a la Constitución,
    4. Jurisdicción Constitucional. 4ª Etapa CONSTITUCIONALISMO ENTRE GUERRAS. -Su característica es que se da un Estado Social de Derecho. -La aportación de la CPEUM es que tiene derechos sociales. 5ª Etapa. NEOCONSTITUCIONALISMO. -Aún existe un Estado Constitucional, pero es un “nuevo Estado Constitucional de Derecho”. -Diferencia: +Se tiene una visión de los derechos humanos, es decir, tener como eje principal la dignidad de las personas. +Hay un predominio de los principios sobre las reglas. +Presencia de los jueces completando las lagunas de ley. +Existe un control de la Constitucionalidad.

SEGUNDO PÁRRAFO

+Tienen dos métodos de interpretación:

-De conformidad.

*El juez tiene que interpretar las normas de manera armónica para

proteger los derechos de la persona.

  • Pro personae.

*El juez interpreta las normas de la manera en que proteja de la

manera más amplia los derechos de la persona.

+Dos tipos de control de la constitucionalidad:

**CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD  Que todas las

interpretaciones sean de acuerdo con la constitución.

-Concentrado.

*Hay un solo tribunal que se dedica a efectuar este control.

-Difuso.

*No hay exclusividad sobre qué juez efectúa el control de

constitucionalidad.

-México.

*ART. 105. Control Concentrado. Hay materias que solo

corresponden a la SCJN.

*ART 133. Control Difuso. Solo corresponde a los jueces. Los jueces

se ajustarán al control difuso.

-Diferencia entre control de constitucionalidad y control de

convencionalidad:

*Control de convencionalidad  Los jueces deben ver que sus

resoluciones no contradigan el Pacto de San José.

TERCER PÁRRAFO.

+Todas las autoridades tienen la obligación de:

-Promover…

-Respetar…

-Proteger…

-Garantizar…

… los derechos humanos.

+Si ya hubo violación:

-Prevenir…

-Investigar…

-Sancionar…

-Reparar…

…las violaciones a los derechos humanos.

+Se rigen por cuatro principios los derechos humanos:

-Universalidad.

-Interdependencia.

-Indivisibilidad.

-Progresividad.

CUARTO PÁRRAFO.

+Prohibición de la esclavitud.

QUINTO PÁRRAFO.

+Prohibición la discriminación.

CATEGORÍAS SOSPECHOSAS (DISCRIMINACIÓN)

+El juez debe romper el principio de igualdad, pero asegurándose que la persona

entre dentro de la categoría, para proteger a la persona.

  1. Forma de Gobierno.
  1. DIVISIÓN DE PODERES. (ART. 49 CPEUM)
  2. Un solo poder con diferentes funciones:
  3. Legislativo.
  4. Ejecutivo.
  5. Judicial. Artículo 41 CEPUM. Poderes de la Unión :
  6. Legislativo.
  7. Ejecutivo.
  8. Judicial.
  9. No se puede reunir 2 o más poderes en una sola persona. Excepciones:
  10. Restricción y suspensión de los derechos humanos y garantías. (ART. 29 CPEUM)
  11. El presidente puede imponer aranceles para hacer frente a las emergencias de comercio exterior. -La división de poderes es flexible, es decir, cada poder tiene facultades de otro. Se da por la complejidad de los Estados Modernos.  Se da para que los poderes cooperen entre sí. -Puede haber áreas de la administración pública que requieren especialización, razón por la cual surgen los OCAS.

-Jurisprudencia 166964: La división de poderes es flexible, pues se debe prestar una coordinación para lograr el equilibrio de fuerzas. -Jurisprudencia 180648: -ART. 116 CPEUM. Fundamento para que las entidades federativas adopten la división de poderes. -OCAS

  1. Atienden áreas prioritarias para el estado que no cubren los otros poderes del estado.
  2. Tiene que estar previsto en la Constitución.
  3. Autonomía: -De Gestión: Autonomía de toma de decisiones sin inherencia de otro órgano. -Presupuestal: Puede desarrollar su presupuesto. -Jurisprudencia 172456 Características de los OCAS:

-Ser parte de organismos autónomos, de la APF, de la SCJN. -No ser ministro de cultos religiosos. -Reelección. (Art.59) -Postulado por el mismo partido o coalición. -EXCEPCIÓN  Que el diputado o senador haya renunciado a su militancia antes de la mitad de su periodo. -Diputados, 4 periodos de reelección. -Senador. 2 periodos. -Validez de una elección. (Art. 41, Fracción V, apartado B, inciso b/ Artículo 60) -Sesiones. (Artículo 65, 66, 67) -Periodo Ordinario de Sesiones. 1ro  Empieza el 1 de septiembre, acaba 15 de diciembre (EXCEPCIÓN  Cuando entre el presidente se puede prolongar al 31 de diciembre) 2do  Empieza el 1 de febrero, acaba 30 de abril. -Periodo extraordinario de Sesiones. (Art. 67) Solo se tratan asuntos para los cuales fueron convocados. Es durante el periodo de descanso. -Residencia. -Debe ser en la capital del país. _____________________________________________________________________________________________-----

  1. Incompatibilidades de los Diputados y Senadores. ART. 62.- Los diputados y senadores no pueden desempeñar algún otro trabajo. -Se debe garantizar la división de poderes. -Impiden que ambos obtengan otro ingreso.
  1. Inviolabilidad de opinión y Fuero. ART. 61.- Los diputados o senador son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus encargos. -Inviolabilidad de opinión: Que libremente den sus opiniones. -Fuero judicial: -Fuero presidencial: -Solo por traición a la patria o delitos graves del orden común.
  2. Facultades del Congreso. (ART. 124)
  1. Asamblea Única. -Unidas las dos cámaras ejercen sus facultades. -Artículo 69. Para recibir el informe del P.E. -Art. 84. Designar a presidente interino. -Art. 87. Oído al tomar proteta.
  2. Comunes pero no depende una de la otra para ejercer. -Artículo 77. I. Administración. II. Comunicarse con la otra Cámara y con el Ejecutivo. III. Nombrar empleados de su secretaría y hacer el reglamento interior de la misma. IV. Elecciones extraordinarias. -Artículo 93. I. II. Pueden integrar comisiones.

-Art. 76, fracción VI.

  1. Resolver cuestiones políticas entre poderes de una entidad. -Art. 76, fracción VII.
  2. Ser jurado para conocer juicio político. -Art. 76, fracción VIII.
  3. Designar u otorgar o negar renuncia de los Ministros de la SCJN. -Art. 76, fracción X.
  4. Autorizar los convenios amistosos que celebren las entidades federativas. -Art. 76, fracción XI.
  5. Analizar y aprobar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública. -Art. 76, fracción XII.
  6. Nombrar a comisionados del INAI. -Art. 76, fracción XIII.
  7. Integrar la lista de candidatos FGR y nombrarlo. -Art. 102, apartado B.
  8. Facultades del Congreso de la Unión.
  9. Facultades de la Emisión permanente.
  1. Poder ejecutivo. (ARTÍCULO 80)
  1. Introducción.
  2. Cargo. (Artículo 80 y 81) Durará 6 años. (83) La elección será directa. -Requisitos. (Artículo 82) +Ciudadano mexicano por nacimiento, hijo de padre o madre mexicanos y residir al menos 20 años. +35 años mínimo.

+Residir en el país todo el año anterior a la eleccion. +No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto. +No estar en servicio activo o pertenecer al ejército. +No ser secretario o subsecretario de Estado, FGR, ni gobernador, solo si se separa 6 meses antes del día de la elección. +No tener las incapacidades del art. 83. (No haber sido P. provisional, interino o sustituto)

  1. Falta de presidente. (Art. 84) -Presidente provisional. Entran como cualquier tipo de estos presidentes en primer lugar el secretario de gobernación y así sucesivamente, o en caso de no conocer el resultado de elecciones o de no haberlas, será el Presidente del Congreso. -Presidente interino. Lo designa el Congreso. El presidente interino convoca a elecciones en no menos de seis meses para decidir quien presidirá al ejecutivo lo que queda del periodo del cargo. No se aplicarán las fracciones II, III y VI del 82. Cubre la falta absoluta dentro de los dos primeros años. -Presidente sustituto. Lo designa el congreso y termina el periodo del cargo. Se designa cuando el presidente falta los cuatro últimos años de su periodo.
  2. Renuncia. (Art. 86) -Solo puede renunciar por causas graves.
  3. Toma de protesta. (Art. 87) -El presidente protestará ante el congreso. -En caso de no poder en el Congreso de la Unión, lo hará en la SCJN.
  4. Cuando el presidente sale del país. (Artículo 88) -Se podrá hasta por 7 días, si es más de ese tiempo tendrá que pedir permiso a la Cámara de Senadores.
  5. Facultades.