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APUNTES DE DERECHO LABORAL GENERAL, Apuntes de Derecho Laboral

APUNTES DE DERECHO LABORAL GENERAL PARA TU CARRERA

Tipo: Apuntes

2023/2024

A la venta desde 27/10/2024

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PARCIAL 21
INDEMNIZACIÒN POR DESPIDO INJUSTO
DESPIDO SIN JUSTA CAUSA.
Indemnización.
El empleador deberá informar al empleado que se realiza el despido. (NO PREAVISO)
El empleador podrá informarle ese mismo día que hasta hoy trabaja.
Según el tipo de contrato.
Contrato a termino fijo: Se le pagará como indemnización el tiempo que falte para que
se cumpla ese contrato.
Ej: Salario: 2 millones. Tiempo del contrato: de enero a diciembre.
Fecha de despido: Junio.
Meses restantes: Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre (6).
2m x 6 = 12 millones.
Indemnización: 12 millones.
Por duración de la obra o labor.
Para esta clase de contrato, la indemnización por despido sin justa causa equivale al
valor de los salarios correspondientes al tiempo que falte para terminar la obra o
labor. (Se puede descifrar bajo un peritaje)
Esta en ningún caso podrá ser inferior a 15 días.
Ej: Salario: 1m.
Días para terminar: 5
Cómo faltan 5 días, no se puede indemnizar esos 5 días, así que se pasa a 15 días.
1.000.000 entre 2. (Lo que me gano en 15 días).
= 500.000.
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PARCIAL 21

INDEMNIZACIÒN POR DESPIDO INJUSTO

DESPIDO SIN JUSTA CAUSA.

Indemnización. El empleador deberá informar al empleado que se realiza el despido. (NO PREAVISO) El empleador podrá informarle ese mismo día que hasta hoy trabaja. Según el tipo de contrato. Contrato a termino fijo: Se le pagará como indemnización el tiempo que falte para que se cumpla ese contrato. Ej: Salario: 2 millones. Tiempo del contrato: de enero a diciembre. Fecha de despido: Junio. Meses restantes: Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre (6). 2m x 6 = 12 millones. Indemnización: 12 millones. Por duración de la obra o labor. Para esta clase de contrato, la indemnización por despido sin justa causa equivale al valor de los salarios correspondientes al tiempo que falte para terminar la obra o labor. (Se puede descifrar bajo un peritaje) Esta en ningún caso podrá ser inferior a 15 días. Ej: Salario: 1m. Días para terminar: 5 Cómo faltan 5 días, no se puede indemnizar esos 5 días, así que se pasa a 15 días. 1.000.000 entre 2. (Lo que me gano en 15 días). = 500.000.

Contrato a termino indefinido. En los contratos a término indefinido la indemnización se pagará así: a) Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:

  1. Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
  2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción; B(Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legales mensuales.
  3. Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
  4. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.

CUANDO EN EL TERMINO DE 6 MESES EL EMPLEADOR DESPIDE AL 3º POR CIENTO

DE SUS TRABAJADORES CUANDO HAY MAS DE 10 Y MENOS DE 50- 30 POR CIENTO

EN EL TERMINO DE 6 MESES.

EN LOS MISMOS 6 MESES HAY DESPIDO COLECTIVO CUANDO DESPIDE AL 20 PR

CIENTO SI LA EMPRESA TIENE 50 Y MENOS DE 100. EL 15 POR CIENTO ES DE 100 Y

MENOS DE 200 contratos de trabajo sin justa causa de un número significativo de empleados dentro de un periodo de seis meses, con base en las siguientes reglas: Empresas con menos de 10 trabajadores: Se considera despido colectivo si el empleador termina los contratos de 3 o más trabajadores. 2.Empresas con 10 a 50 trabajadores: El despido es colectivo si el empleador despide a 30% o más de sus trabajadores.

  1. Empresas con 51 a 100 trabajadores: Se considera despido colectivo si el empleador despide al 20% o más de los trabajadores. 4.Empresas con más de 100 trabajadores: El despido es colectivo si se despide al 15% o más de los empleados. Además, el empleador debe contar con la autorización previa del Ministerio del Trabajo para llevar a cabo el despido colectivo. Si no se cumple este requisito, los despidos pueden ser considerados nulos, y el empleador deberá reinstalar a los trabajadores despedidos y pagarles los salarios dejados de percibir. El Artículo 61 establece las causales generales por las cuales puede darse la terminación de un contrato de trabajo. 1.Por mutuo consentimiento entre las partes.

  2. Por expiración del plazo fijado en el contrato, en los contratos a término fijo.

  3. Por terminación de la obra o labor contratada, en el caso de contratos por obra o labor determinada.

  1. Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento, siempre que se cumplan con las disposiciones legales sobre despidos colectivos o de fuerza mayor.
  2. Por muerte del trabajador.
  3. Por decisión unilateral de cualquiera de las partes con justa causa, de acuerdo con las causales previstas en el Artículo 62 del CST.
  4. Por invalidez absoluta permanente del trabajador, certificada por un médico. 8.Por suspensión de actividades o cierres temporales de la empresa, por más de 120 días, ordenados por la autoridad competente o como consecuencia de fuerza mayor o caso fortuito.