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Orientación Universidad
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Apuntes 1º Criminología, Apuntes de Criminología

Introducción a la criminología

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 06/07/2020

Miriam.Dontworry
Miriam.Dontworry 🇪🇸

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¡Descarga Apuntes 1º Criminología y más Apuntes en PDF de Criminología solo en Docsity!

TEMA 3: INTRODUCCIÓN A LA CRIMINOLOGÍA.

1. CONCEPTO DE CRIMINOLOGÍA.

La invención del termino criminología se atribuye a Paul Toppinard (1879), usándolo por primera vez Garófalo para titular su libro ‘Criminología’ (1885). Esto provoco la utilización de conceptos de Antropología Criminal, Psicología Criminal, Sociología Criminal y Biología Criminal. Existe una concepción restrictiva o amplia:

  • Restrictiva → se limitaría a la investigación de: o Delito. o Delincuente. o Persona. o Ejecución de las penas. Dando lugar a tipologías criminales, estudios monográficos, biografías criminales…
  • Amplia → extiende el objeto de la investigación criminología a la propia ‘reacción social’ y a los mecanismos y procesos de control social, interesándose en: o Investigación policial del delito. o Comportamiento víctima y denunciante. o Funcionamiento de la administración penal. o Proceso penal. Pretenden elaborar las teorías de la criminalidad y teorías de la criminalización. 2. DEFINICIÓN PROVISIONAL DE CRIMINOLOGÍA DE ANTONIO GARCÍA-PABLOS DE MOLINA.
  • Ciencia empírica e interdisciplinaria.
  • Objeto: o Crimen. o Delincuente. o Víctima. o Control social del comportamiento delictivo.
  • Aporta información válida, contrastada y fiable sobre la génesis, dinámica y variables del crimen.
  • Contemplando este como: o Fenómeno individual o Problema social y comunitario.
  • Trata de: o Su prevención eficaz. o Formas y estrategias de reacción al mismo. o Técnicas de intervención positiva en el infractor. 3. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA DEFINICIÓN DE CRIMINOLOGÍA DE ANTONIO GARCÍA-PABLOS DE MOLINA.
  • Rigor metodología → el empirismo no admite como científico aquello que no se ha investigado en base al análisis y la información.
  • Amplio objeto del estudio → además del delito y delincuente estudia a la víctima y el control social.
  • Amplio concepto del delito → no sólo lo estudia como hecho individual sino como fenómeno social y problema comunitario.
  • Nuevas funciones → añade a la explicación del crimen y el tratamiento del infractor otras como la prevención del delito, el estudio de modelos de intervención y respuesta al problema del crimen.

4. CRIMINOLOGÍA COMO CIENCIA EMPÍRICA E INTERDISCIPLINARIA.

La criminología es una ciencia por: o Su definición o Método empírico que utiliza o Analizar los datos procedentes de la observación: ▪ Induce las correspondientes conclusiones ▪ Trasforma en información o núcleo de conocimientos Adquirió el rango científico cuando la ‘Escuela Positiva’ generalizó el empleo del método empírico. Además, es una ciencia interdisciplinaria que se nutre del saber científico de otras ciencias y disciplinas, siendo necesario su carácter interdisciplinar ya que el análisis científico del crimen es susceptible de los más variados enfoques en cuanto a la conducta individual y problema social.

5. EL OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA. (LARGA) Tiene su objetivo determinado y unos fines propios. El objeto es el estudio del: - Delito - Delincuente - Victima - Control social En la criminología: - Tradicional → protagonismo del delincuente - Moderna → protagonismo: o Comportamiento criminal o Control social o Prevención del crimen - Actual → se contempla al delincuente en el marco de sus independencias sociales El delito es el núcleo básico de la Criminología y del Derecho Penal provocando: - Problemas de la delimitación y autonomía de las dos disciplinas - Afirmar su autonomía científica e independencia del Derecho Penal - Necesidad de un concepto criminológico del delito frente a un concepto penal Por otra parte, de debe destacar: - Estudio de la víctima → comenzó en épocas recientes con importantes resultados - Estudio del control social → ha ampliado el campo de investigación criminológica tradicional sobre la ejecución penal, intensificándolo y enriqueciéndolo con el examen de la reacción social, es decir, la actuación de instancias, procesos y mecanismos criminalizadores. 6. CLASES DE CRIMINOLOGÍA. Hay cuatro clases de criminología: - Científica: o Formada por conceptos, teorías, resultados y métodos referidos al objeto de su estudio. o Finalidad: ofrecer conocimiento científico al fenómeno de la criminalidad. o Influenciada por ciencias y disciplinas de las que se nutre. - Aplicada: o Formada por aportaciones de Criminología científica y empírica. o Creada por jueces, funcionarios, profesionales… que forman parte del sistema penal. o Aplicada en: ▪ Formulación de nuevas leyes

Algunos de los delitos pertenecientes a la cifra negra son:

  • Hurtos en grandes almacenes.
  • Delitos cometidos en establecimientos penitenciarios y militares.
  • Estafas a organizaciones de tipo religioso
  • Delitos cuya víctima es otro delincuente
  • Delincuencia de “cuello blanco”
  • Delitos de poca importancia. La selección de infracciones son las que se conocen, pero no se persiguen por:
  • Oposición entre el Código Penal y la realidad social → existen condicionamientos sociológicos que hacen que ciertas faltas no estén consideradas como tales.
  • Sentimiento de inutilidad de la persecución de algunos hechos.

TEMA 4: EL DELITO.

1. CONCEPTO CRIMINOLÓGICO DEL DELITO.

El objeto básico de la investigación criminológica es el estudio de delito, crimen y conducta desviada. Para la criminología tradicional fue un problema la relación del concepto delito con la evolución social y cultural, ya que dicho concepto es:  Temporal, histórico, relativo y variable en contenido y volumen, por ejemplo, el suicidio ha pasado de considerarse: digno – pecado – delito - enfermedad mental - derecho.  Tiene falta de autonomía por ser el mismo concepto que en derecho penal La Criminología debe inclinarse por la verdad real y no por legal, sin operar sólo con el concepto legal, siendo el punto de partida del concepto criminológico del delito el concepto jurídico penal:  Sólo es delito la conducta sancionada con una pena  Excluye aquellos que cambian por Ley  Delimita y orienta la investigación, pero no como criterio único o excluyente. Pero no existe una total coincidencia entre el concepto jurídico penal y criminológico, ya que:  Concepto criminológico debe ser más amplio  Delincuente y condenado no son sinónimos en Criminología  Metas diferentes Intentaron elaborar un concepto criminológico del delito, pero fracasaron:  Garófalo “Lesión de los sentimientos fundamentales colectivos”  Sociología Criminal al sustituir delito por conducta desviada La Criminología se interesa por comprender en su totalidad el delito, sin prescindir del estudio de otras conductas no sancionadas en el Código Penal, como:  Reprobables socialmente (suicidio, alcoholismo, prostitución, consumos)  Descriminalizadas: o Autores que evaden la acción de la justicia o Esfera social del delincuente o Estados personales de peligrosidad o Estudio del campo previo del crimen. o Hecho individual y social // colectivo y cuantificable. o Incluidas en la cifra negra o en la selección de infracciones o Perspectiva internacional //salvar fronteras. Por otra parte, respecto a la postura pragmática o práctica, actualmente la Criminología ha renunciado al concepto unitario de delito, adoptando unas veces el concepto jurídico-penal y otras el material, en función de la investigación que se quiera realizar, por ejemplo, al estudiar cuestiones de:  Descriminalización o neocriminilización → concepto criminológico o material del delito, casos de despenalización o penalización de conductas, como aborto o contra la seguridad del tráfico.  Estructura volumen y movimiento de la criminalidad → concepto jurídico penal de delito. Esto ha provocado cambios en el concepto del delito, como:  Criminalización → delito ecológico, fiscal, contra la propiedad intelectual.  Descriminalización → aborto, adulterio.  Esfera personal → incremento o disminución de la edad penal  Hipercriminalización → crecimiento en la tipificación de delitos.

C) Desigualdad: Situación, estado o condición de naturaleza generalizada, en la que está la comunidad o grupo de personas respecto a otras, existiendo:  Factores de desigualdad → estructura económica, política, social y cultural que crea una forma injusta de vivir dañando la libertad y dignidad del individuo, dificultando: o Acceso a los órganos de poder. o Disponibilidad de medios para corregir la situación. o Medios de vida. o Participación en el desarrollo. Esto puede hacer que la criminalidad aumente o disminuya.  Aumentando los delitos que directa o indirectamente pretenden acabar total o parcialmente la situación de desigualdad. Ejemplo → inmigración ilegal.  Disminuyendo en las situaciones de resignación, aceptación y sumisión, que a veces crea la desigualdad previniéndolas la comisión de ciertos delitos. D) Condición humana: Referido a la naturaleza y conducta del ser humano, condicionado por poder, desigualdad, desarrollo y sistema penal. La condición humana condiciona la criminalidad a través de tres actuaciones diferentes pero enlazadas:  Naturaleza propia y complicada → los elementos biopsicológicos y sociales tienen difícil concreción.  Personalidad con importancia exagerada → como forma nosológica, no tiene razón de ser.  Creciente despersonalización del ser humano → provocando un embrutecimiento de la sociedad aumentando la criminalidad. E) Sistema penal: Influye en el aumento de la criminalidad en un doble sentido:  Limitándose casi exclusivamente a la criminalidad común de las clases inferiores,  Haciendo poco o nada para impedir el abuso de la criminalidad, siendo generalmente más grave por otras clases sociales.

3. LA CRIMINALIDAD IMPRUDENTE. Es consecuencia de la creciente transformación económica, científica y tecnológica. Criminológicamente es muy importante ya que aproximadamente el 50% de los delitos que se juzgan en España, lo son por imprudencia. Las principales áreas de la criminalidad imprudente son: 1. Los delitos en general definidos por la ley penal. Todo delito puede ser cometido de forma imprudente o fraudulenta, con algunas excepciones. 2. La contaminación: Generalmente es cometido por imprudencia grave, aunque ocasionalmente es intencional. Las leyes contienen sanciones penales por la desobediencia de las medidas que imponen reglas de seguridad y protección. Sus efectos son comparables a los causados por homicidios o lesiones por imprudencia grave, contemplados en los Códigos Penales. En ocasiones no se toman en cuenta o no se relaciona al agente y víctima. 3. Los accidentes graves contra la vida y la integridad física y mental:

Son causado por una imprudencia, provocando fallecimiento de una o más personas, lesiones físicas o mentales graves, o daños considerables en la propiedad ajena. Las tres clases de este tipo de criminalidad son:  Ingestión de productos médicos, farmacéuticos, alimentitos… correctamente autorizados y puestos en circulación para uso y consumo, sin que sus productores hayan tomado las debidas precauciones para evitar sus efectos perjudiciales.  Accidentes de tráfico.  Accidentes laborales o de trabajo.

 Necesitados de corrección → educación intensa y medidas más leves como penas privativas de libertad de 1 a 5 años.  Ocasionales → si delito fue un error, penas más reducidas que intimiden y adviertan, como privación de libertad de a 6 semanas a 10 años, y penas de multa.  Incorregibles → inocuidad, apartarles de la sociedad. C) Tipologías criminales Ernest Seeling: Perteneciente a la escuela austriaca Sobre el origen del delito afirmó que el delincuente no es antropológicamente unitario, dando importancia a la prevención del delito. Tipos de criminológicos:  Principales, repitiéndose con características semejantes. o Tipo puro → características de una sola categoría. o Tipo mixto → híbrido, características de diferentes categorías.  Añadidos por Seeling según el desarrollo de la vida criminal: o Tipos paralelos → existe contemporáneamente el complejo de caracteres de varios tipos. o Tipos metamórficos → existe temporalmente el complejo de caracteres de varios tipos. Para la formación de los tipos, utiliza un “procedimiento combinado”, es decir, una caracterización fenomenológica a partir de la observación directa de los delincuentes añadiéndoles una nota psicológica, de propiedades, carácter y formas de vida. Así formó los tipos criminológicos principales de delincuentes: o Contra la propiedad por escasa capacidad de resistencia. o Por agresividad. o Por convicción. o Por crisis. o Por falta de disciplina social o Por falta de dominio sexual. o Por reacciones primitivas. o Profesionales desobedientes al trabajo. Estos tipos sirven para hombres y mujeres; pero varían la magnitud y presentan formas típicas de comisión.

2. LA ESFERA SOCIAL Y EL PROCESO DE SOCIALIZACIÓN DEL DELINCUENTE. Gooppinger está vinculado a la esfera social donde está el proceso de socialización, siendo muy importante en el desarrollo del individuo en la sociedad. La socialización es la influencia de los hechos sociales sobre el desarrollo y la formación de la personalidad humana. El proceso de socialización tiene como finalidad hacer al individuo apto para la sociedad, por lo que:  Tiene que aprender a obrar, muchas veces en contra de sus propias necesidades inmediatas.  Aprende las normas y valores.  Se adaptada e integra en su propia cultura. El proceso es: 1. Fase de lactancia. 2. Imitación e identificación con los adultos 3. Relaciones sociales recíprocas

  1. Aumento de la influencia de otros grupos  Disminuye la influencia de la familia.  La escuela es un factor importante.  Autonomía del individuo adaptado e integrado en la sociedad Los mecanismos de control son de gran importancia, usando técnicas como aprobación, desaprobación, recompensa y castigo. El proceso de socialización actúa en la esfera social de las personas, y está determinado por ella. Una esfera social inadecuada, incompleta... puede hacer que el proceso de socialización no dé los resultados aceptables para la norma social, surgiendo conductas inadaptadas, delictivas... La esfera social del delincuente puede ser estudiada dividiéndola en esferas parciales:  Esfera de relaciones primarias → contactos directos y familiaridad entre las personas sin regulación formal.  Esfera de relaciones secundarias → relaciones con superiores, organizaciones, instancias, instituciones… o Goppinger creó una división más sistemática:  Ámbito de rendimiento: colegios, formación y profesión  Ámbito del tiempo libre  Esfera social de la familia del examinado  Familia creada por el examinado 3. LAS INTERDEPENDENCIAS SOCIALES DEL DELINCUENTE Para llegar unas conclusiones científicamente válidas sobre las interdependencias sociales del delincuente es necesario investigar todos los datos e irregularidades físicas, psicológicas y sociales ya apuntadas, sobre un número elevados de sujetos y hacer un análisis comparativo con sujetos no delincuentes. Este fue el espíritu que guio las investigaciones de delincuentes jóvenes de Tubinga, señalando 4 clases de características que se daban en el 60% de los examinados, sobre las que Gooppinger basa las conclusiones existencia de: CONSTELACIONES CRIMINOVALENTES CONSTELACIONES CRIMINORRESISTENTES Cierto riesgo a la criminalidad Oposición a la criminalidad
  • Descuido del ámbito del trabajo y rendimiento, deberes familiares y demás deberes sociales.
  • Falta de compresión del valor del dinero y propiedad.
  • Falta de planificación de la vida.
  • Actitudes improductivas en el tiempo libre.
  • Cumplimiento de los deberes sociales.
  • Compresión realista del valor del dinero y de la propiedad.
  • Vinculación a la casa y a la vida familiar
  • Nivel adecuado de propósitos. Es importante que coincidan todos los factores, ya que cada factor aislado no supone que llegue a ser delincuente. No es ninguna garantía contra la criminalidad.

TEMA 7: EL CONTROL SOCIAL.

1. EL CONTROL SOCIAL INFORMAL

Opera a un nivel estrictamente social, sin intervención del aparato legal del Estado. Las instancias de control informal tratan de educar e integrar al individuo en la normativa de orden y consenso, transmitiendo hábitos, normas y valores determinados para que se adapte a disciplina social Estas no están reguladas por normas o leyes escritas, ni institucionalizadas, ni influidas por medios de comunicación, educación, normas morales, familia, mundo laboral… Se considera que:  Funcionan correctamente cuando el individuo acepta las normas de la sociedad, se somete al rol impuesto  No funcionan correctamente cuando el individuo actúa contra las expectativas, necesidades y exigencias el Estado, provocando actuaciones de las instancias formales, interviniendo el aparato legal del Estado. A partir de la presencia de la instancia policial, el individuo se tendrá un nuevo estatus social: desviado, inadaptado, antisocial, delincuente o peligroso.

2. EL CONTROL SOCIAL FORMAL Las instancias de control formal intervienen por el fracaso del:  Control informal.  Política social y prevención. Los portadores del control jurídico-penal que actúan públicamente son:  Policía  Administración de justicia (abogados y jueces)  Personal que atiende a quienes cumplen condenas de ejecución condicional y funcionarios de la ejecución penal. Todos ellos usan estrategias represivas o preventivas, según los casos. Por ejemplo, utilizan el potencial sancionatorio para aplicar sanciones negativas, como:  Penas y medidas de seguridad,  Medios previstos por el Derecho Procesal Penal, como embargos, medidas de incautación… A) La instancia policial: Mergen dio una definición neutra y descriptiva: órgano de control social formal cuyo objetivo es la protección de la sociedad y sus ciudadanos, es decir, defensa de peligros, diferenciando:  Estado absoluto → apoyo moderador y confidencial del poder soberano.  Estado de Derecho → carácter más transparente y abierto, sometido a control por representantes populares y por Tribunales de Justicia.  Estado moderno actual: o Mantienen del orden interno o Función criminal de la policía de represión y prevención del delito. o Vinculación social de la policía y la comunidad, por asistencia social. B) La instancia judicial: Están implicados varios especialistas del derecho:  Abogados → sus intervenciones influyen en los procesos, ya que puede condicionar la actividad judicial.

 Jueces y Tribunales → sus procesos de aplicación del derecho clasifican determinadas personas como delincuente. La sentencia crea un nuevo estatus para el imputado. El cambio continuo de la estructura social SACK distingue entre ciudadanos fieles o violadores de las leyes.  Funcionarios y empleados en los diversos órganos judiciales.  Auxiliares de la justicia → médicos, forenses, peritos técnicos… C) La prisión: Institución destinada a la ejecución de las penas privativas de libertad, siendo la última instancia de los órganos de control administradores de justicia dentro de los aparatos del Estado, donde la sociedad ejerce su máxima autoridad sobre el individuo. En la ejecución de la condena se entiende que el recluso tiene una buena conducta si muestra:  Capacidad de obediencia  Sumisión a la Autoridad del Estado delegada en el funcionario. Según la Ley Orgánica General Penitenciaria, sobre la reeducación y la reinserción social del recluso, se debe hacer del interno una persona:  Con la intención y capacidad de vivir respetando la ley penal.  Capaz de cubrir sus propias necesidades. Además de desarrollar en ellos actitud de:  Respeto a sí mismo  Responsabilidad individual  Responsabilidad social respecto familia, prójimo y sociedad en general. El tratamiento:  Carácter continuo y dinámico dependiendo de las incidencias de la evolución de la personalidad del interno.  Individualizado.  No se impone al recluso, es decir, no es obligatorio que se someta a él.  Se incitará interés y colaboración en su propio tratamiento.  Uso de medios o métodos médico-biológicos, psiquiátricos, psicológicos, pedagógicos y sociales, en relación a su personalidad